Las toallitas húmedas han pasado de ser un artículo de uso exclusivo para bebés a ser empleadas por todos los miembros de la familia, ya sea para limpiarse las manos o la cara, considerándose un producto más para mantener la higiene personal. Si bien se puede estimar que su uso proporciona una sensación muy agradable y recomendada, el destino final que le damos a las toallitas tras ser utilizadas no resulta tan atractivo. (más…)
En algunas Comunidades Autónomas, como Madrid o Valencia, existe la obligación de que los edificios cuenten con un seguro que al menos cubra los daños por incendio y a terceros, es decir, de responsabilidad civil. En otras Autonomías no es obligatorio y esto hace que las comunidades de propietarios decidan prescindir del seguro y ahorrarse el consiguiente gasto, pero, ¿es ésta una buena decisión?
Es frecuente que los propietarios de los pisos o locales en planta baja quieran colocar rejas en sus ventanas por motivos de seguridad, lo cual puede plantear ciertos inconvenientes puesto que, al tratarse de una modificación de la configuración o estado exterior del edificio, el vecino en cuestión no podrá realizar la instalación de las rejas sin el consentimiento de la comunidad y dicho acuerdo no siempre es fácil de conseguir teniendo en cuenta que requiere de mayoría de 3/5 partes de los propietarios.
Los patios de luces se consideran elementos comunes y, por tanto, pertenecen a todos los propietarios del inmueble, ya tengan entrada al mismo o no. Por regla general, el constructor otorga a una o varias viviendas el derecho de acceso, uso y disfrute del mismo pero, en otras ocasiones no confiere ninguna entrada y únicamente concede derecho de luces por las ventanas. En este caso, la limpieza y el buen mantenimiento del patio corresponde a la comunidad y a nadie se le escapa que la dificultad de acceso (entrada por una de las ventanas) impide que se lleve a cabo de manera adecuada. Por este motivo se puede plantear convertir una de las ventanas en puerta.
Una duda bastante lógica que se plantea en muchas Juntas de Propietarios es la que pone título a este post: ¿puede un vecino moroso ser nombrado presidente? Para responder a esta cuestión hay que partir de la legislación vigente y estudiar los diferentes casos que pueden darse, porque si bien la Ley de Propiedad Horizontal no dice nada a este respecto, se pueden sacar varias conclusiones con un análisis más minucioso.
Una de las dudas que más quebraderos de cabeza produce en las comunidades de vecinos es el reparto de los gastos cuando se realiza en función de la superficie de cada propiedad. Estas complicaciones surgen cuando no se tienen claros conceptos tales como la superficie privativa, zonas comunitarias o coeficientes escriturados. A continuación vamos a intentar aclarar algunas de estas cuestiones:
La entrada en vigor de la Ley de Protección de Datos frenó una polémica costumbre en las comunidades de vecinos que consistía en colocar en el tablón de anuncios un listado con los vecinos que no se encontraban al corriente de sus obligaciones contributivas. Esta publicación pretendía sonrojar al moroso en cuestión con el fin de hacerle pagar su deuda, evitando así ser objeto de escarnio por parte de sus convecinos.
Las reformas se han convertido, a lo largo de los últimos años, en el perfecto sustituto de la compraventa de viviendas nuevas. Las modificaciones de tabiques, ventanas, puertas, etc., son además necesarias en muchos para hacer que la vivienda sea energéticamente más eficiente. En cualquier caso, conviene saber ciertos aspectos relacionados con las reformas.