El blog de Comunadis

Descubre consejos, novedades y recursos sobre la gestión de comunidades de propietarios.
En este espacio compartimos información útil, actualidad del sector y recomendaciones prácticas para facilitar la vida en tu comunidad, siempre con la experiencia y cercanía de Comunadis.

La morosidad en comunidades es uno de los temas más sensibles en una comunidad de propietarios. Cuando un vecino no paga sus cuotas, afecta tanto a la economía común como a la convivencia. Es normal que los propietarios quieran saber quién debe dinero, cuánto se debe y qué medidas puede adoptar la comunidad.

Ahora bien, esa necesidad de información no significa que los datos de los propietarios morosos puedan difundirse de cualquier manera. La protección de datos no impide reclamar deudas ni informar a la comunidad, pero sí exige hacerlo con prudencia y solo cuando sea necesario.

La comunidad puede tratar los datos de morosidad

Si un propietario debe cuotas ordinarias, derramas u otros importes aprobados, la comunidad puede tratar esos datos porque son necesarios para su gestión. Por ejemplo, si en una junta se va a aprobar la reclamación judicial de una deuda, es razonable que la convocatoria o el acta indiquen qué finca debe, cuánto debe y qué acuerdo se adopta.

La Ley de Propiedad Horizontal permite incluir en la convocatoria la relación de propietarios que no están al corriente de pago, ya que esa información afecta al derecho de voto y a la correcta adopción de acuerdos. Pero una cosa es informar y otra muy distinta exhibir.

Qué datos pueden aparecer

En términos generales, debe incluirse solo la información imprescindible. Lo habitual será identificar la vivienda o local afectado y el importe adeudado. En algunos casos también podrá aparecer el nombre del propietario, si resulta necesario para la correcta identificación.

Lo que no debe incluirse son datos excesivos o innecesarios tales como DNI, teléfonos, cuentas bancarias, correos electrónicos, circunstancias personales, comentarios sobre la situación económica del propietario o valoraciones del tipo “no paga porque no quiere”.

  • Un ejemplo correcto sería indicar que la vivienda 2ºA tiene una deuda pendiente de 425 euros.
  • Un ejemplo incorrecto sería añadir datos personales, explicaciones privadas o comentarios que nada aportan a la gestión de la deuda.

El tablón de anuncios no es un escaparate público

Uno de los errores más frecuentes es pensar que la comunidad puede colocar libremente una lista de morosos en el tablón de anuncios y no es así.

La publicación en dicho espacio solo debe utilizarse en supuestos concretos, como cuando es imposible notificar al propietario por los medios ordinarios. Además, debe hacerse en un lugar de acceso controlado, evitando zonas visibles desde la calle o accesibles a terceros ajenos a la comunidad.

No es lo mismo incluir la deuda en una convocatoria correctamente remitida a los propietarios que pegar un listado visible en el portal para que lo vea cualquier persona. Lo primero puede estar justificado, lo segundo puede generar un problema de protección de datos.

Cuidado con WhatsApp y correos masivos

También hay que tener especial cuidado con los grupos de WhatsApp, correos electrónicos o comunicaciones informales. Enviar listados de morosos por canales donde pueden estar inquilinos, antiguos propietarios o personas ajenas a la comunidad puede suponer una difusión indebida.

La información sobre deudas debe circular solo por los cauces adecuados y entre quienes tienen derecho a conocerla.

Reclamar sí, señalar no

La protección de datos no protege al moroso frente a la reclamación de la deuda y, por tanto, la comunidad puede aprobar la liquidación, certificar la deuda, reclamar judicialmente e iniciar el procedimiento correspondiente.

Lo que es inapropiado es convertir esa reclamación en una forma de exposición o escarnio público. Se puede reclamar con firmeza, pero no humillar. Se puede informar, pero no difundir sin control.

Conclusión

La morosidad debe gestionarse con rigor y transparencia, pero también con prudencia. Los propietarios tienen derecho a conocer la situación económica de la comunidad, incluida la existencia de deudas, pero esa información debe limitarse a lo necesario y tratarse por los canales adecuados.

En una comunidad bien gestionada, la protección de datos no impide actuar contra la morosidad, simplemente exige hacerlo correctamente.

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