¿Qué puedo hacer en el patio?

Determinadas zonas comunes de muchos edificios, tales como las terrazas de los áticos (que constituyen la cubierta del edificio) o los patios interiores (también llamados patios de luces), cuentan con un único acceso a través de una vivienda concreta. Incluso en las escrituras de división horizontal pueden atribuírseles como parte de la misma. Pero estas zonas, ¿pertenecen a la vivienda?, ¿puede el propietario hacer el uso que quiera de ella?

Elementos comunes de uso privado

462En primer lugar vamos a definir lo que son los elementos o zonas comunes de uso privado. Esto hace referencia a elementos o zonas comunes que pertenecen a todos los propietarios del inmueble como cualquier otra, pero que la concesión de su uso y disfrute corresponde a un vecino (o varios) en concreto ya que el acceso al mismo se encuentra a través de su zona privada. Como ejemplo, un patio interior cuyo acceso sólo puede hacerse por medio del piso Bajo A. En este caso, y pese a que la propiedad de dicho patio es de todos los vecinos, su uso y disfrute le corresponde únicamente al propietario del Bajo A.

Cabe considerar que el propietario que disfruta del derecho de uso exclusivo del elemento común, tiene la obligación de utilizarlo según la naturaleza del mismo y para la finalidad que fue destinado, de forma que no perjudique a la comunidad. Además, debe permitir su utilización a otros propietarios si así procediera y estuviera previsto en los Estatutos y garantizar el acceso al mismo a efectos de la realización de obras o mejoras que se consideren adecuadas para la conservación del conjunto del inmueble.

Uso o abuso

Delimitar los límites del derecho de uso y disfrute de estas zonas o elementos es la fuente de los conflictos que genera este tema. Por suerte la legislación vigente es muy clara.

Tiene los mismos derechos y obligaciones de un usufructuario.

Esto implica que el propietario tiene derecho a disfrutar de ello, siendo su propiedad ajena a él y con la obligación de conservarlo en perfecto estado. Por este motivo, no se puede modificar la configuración del elemento, ya sea colocando techados, cerramientos, toldos, marquesinas o simplemente pintando, sin el consentimiento de la comunidad.

Ni siquiera está permitida la colocación de muebles o enseres en estas zonas, aunque si no se causa ningún perjuicio a la comunidad, por regla general no se denuncia este hecho. Como ejemplo para este caso, la colocación de una lavadora en el patio, cuyo ruido genera molestias a los vecinos.

En ocasiones, el aprovechamiento privado de una zona común conlleva el interés o el deseo del vecino de contar con cierta intimidad, lo que le puede llevar a tapar una ventana que comunique con los pasillos o escaleras del bloque. Esta acción se considera un perjuicio grave para la comunidad ya que la función de la ventana no es otra que la de proporcionar claridad y ventilación.

Así pues, la comunidad puede obligar al vecino a dejar esta zona en su estado y finalidad original.

917 thoughts on “¿Qué puedo hacer en el patio?

    • se puede cambiar el uso de una oficina que es de uso común a un apartaestudio, con el fin de arrendar

      • Hola Marlen,
        Eso lo marca el Ayuntamiento de tu localidad a través de la concejalía de urbanismo y las normativas municipales.
        Un saludo.

        • Buenos días en mi caso compre un piso en el año 2015. El cual tiene un patio comunitario dividido en 2. De acceso desde mi piso y el de mi vecino colindante. De uso y disfrute por tanto de estas viviendas. Este año una vecina ha denunciado a dicho vecino y a mi por un cerramiento y es que el patio tiene una galeria (que cuando compre el piso ya se encontraba realizada). Haciendo indagaciones he conseguido averiguar que fue realizada en el año 1999 con acuerdo previo bajo acta de todos los vecinos. Yo no he ampliado dicha galeria ni quitado metros al patio. Pero si reforme el interior. ¿Pueden obligarme a tirarla cuando yo no he realizado la misma y compre el piso asi? Si el acta no estuviera firmado por todos (que en principio se supone que si) si estaria obligada? Gracias

          • Buenos días,
            La jurisprudencia actual viene a desestimar ese tipo de demandas en las que han pasado muchos años si que existan reclamaciones por parte de los vecinos. Otra cosa es que hayas hecho reformas en ese patio, lo cual sí que está prohibido y te pueden denunciar por ello.
            Un saludo.

          • buenos días, tengo un piso con una terraza comunitaria que pero nadie excepto nosotros puede disfrutar, tengo una vecina que tiende la colada sin centrifugar tanto que hoy casi me resbalo porque iba cargada de ropa, el charco se crea justo a la entrada y salida de mi habitación, ahora la pregunta es si un día me resbalo por culpa de eso y me hago daño, seria denunciable?? gracias de antemano

          • Hola Letizia,
            Eso es un tema más de responsabilidad civil que deberías consultar con un abogado. Nosotros somos administradores de fincas. Sí que podemos decirte que lo que tienes que hacer es notificar a la vecina y plantear el problema en una junta de propietarios para que se acuerde hacer un uso responsable de los tendederos.
            Un saludo.

    • Gracias por toda la ayuda.
      Recientemente nos hemos comprado un piso con acceso a un patio interior de la comunidad pero de uso privativo. La puerta está desde un baño peo también hay una ventana Corredera desde la galería de la cocina. ¿Se podría hacer una puerta en la cocina? Necesitamos aprobación por unanimidad o por mayoría de la comunidad? Y por otro lado, para poner una celosia al rededor del muro existente, plantas, sombrilla y unas mesas de jardín?

      Muchas gracias por adelantado!
      Un saludo
      Gonzalo

        • Buenas tardes,
          Quisiera saber si estas modificaciones en los patios luces de las que habláis prescriben o no. En mi caso, tengo una vivienda en planta baja en una finca de 1935 y he descubierto que tenía dos ventanas que daban a un patio de luces que fueron tapiadas. No obstante, no las puedo reabrir, ya que la frutera que tiene el uso y disfrute de dicho patio de luces construyó un cuarto de baño de 1×1,4 m justo en el espacio que daba a mis ventanas. Todo esto ocurrió muchísimos años antes de que yo comprara el piso así que no sé hasta que punto puedo reclamar.. Cualquier consejo será bienvenido. Gracias.

          • Hola Laura,
            No es que prescriba, simplemente es que la jurisprudencia actual está desestimando demandas por modificaciones cuando tras pasar varios años nadie ha reclamado nada y, por lo tanto, alegan que hay una aceptación pasiva por parte de la comunidad. Por eso, si han pasado muchos años sin que nadie se haya quejado, es muy improbable que ahora se pueda iniciar la demanda.
            Un saludo.

  1. Acabo de alquilar un piso que tiene una de estas terrazas, solo se puede acceder desde mi piso por el dormitorio y por la cocina, puedo colocar una mesa y plantas como si fuera una terraza exterior? queria poner una tela trasparente para que entre luz y tener un poco mas de privacidad y ponerme una mesa para comer en verano, se puede hacer en este tipo de patios? gracias

    • Buenas tardes,
      Las terrazas como la que describes son de propiedad de la comunidad de vecinos pero su uso está restringido a los propietarios que tienen acceso. Esto no quiere decir que en ellas se pueda hacer todo lo que se quiera. En principio, puedes colocar elementos ornamentales y hacer uso de esta zona siempre y cuando no ocasione molestias a los demás vecinos. Colocar cortinas, telas, toldos, techados o cualquier elemento de este tipo requiere del acuerdo de los propietarios en Junta, sin el cual, todo lo que coloquéis para buscar más intimidad tendréis que retirarlo inmediatamente.
      Nuestra recomendación para estos casos es siempre que se pida permiso en una Junta y que conste el acuerdo en el Acta para evitar posibles conflictos futuros.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Buenas mi pregunta es tengo un comercial y tengo un patio de luces y sanidad me obliga a cerrar el patio de luces pero somos 3 vecinos uno de ellos se niega me gustaría cerrar el patio de luces para poder trabajar el la tienda me puedis ayudar gracias

        • Hola Manuel,
          Pues necesitarás autorización de la comunidad de propietarios. Si uno de los vecinos se niega no vas a poder hacerlo. Estas cuestiones son importantes analizarlas antes de abrir un negocio porque pueden complicar mucho las cosas o llegar incluso a hacerlas imposibles.
          Un saludo.

      • Buenas noches compre un piso hace 20 años que traia la construccion de un lavadero en el patio comun ,obra que hizo el anterior propietario, hace 20 años se dio permiso para dicha obra , hace un año se vendio la casa de al lado con acceso al patio comun a traves de una puerta que tiene su cocina , yo solo dispongo de ventanas , la cuestion es que me esta obligando a no abrir laa ventanas porque le entran oleres a su casa cosa que ya es quejarse por todo hasta cuando abro porque cocino !! Puede obligarme despues de 20 años a derrumbar ese muro ? Y tendria que hacerme yo cargo de los costes ? Yo lo veo super injusto !! Ella si puede abrir su puerta y acceder al patio no ! Pero yo no puedo abrir mi ventana !!!

        • Hola Soraya,
          Evidentemente no puede prohibirte abrir ni las puestas ni las ventanas de tu casa, faltaría más. Respecto del muro, habiendo pasado tanto tiempo y si además se hizo en su día con aprobación, no hay problema, dudamos mucho que puedan ordenar su derribo.
          Un saludo.

      • Necesito ayuda, tengo el uso y disfrute del patio interior del edificio, hace años hice una reforma y amplié el baño unos 60 cm que quité al patio. tuve el consentimiento verbal(error, debí tenerlo en acta)de la comunidad.hoy ha llegado una inquilina nueva que me dice que aunque hubiera tenido por escrito el consentimiento de la comunidad no podía haber hecho esta obra, repito, aunque hubiera tenido el consentimiento de la comunidad????

        • Hola Tamara,
          Habría que ver otros factores, licencia del ayuntamiento, metros de habitabilidad, etc. Puede que a eso se refiera la vecina. Aunque en este caso es suficiente con que no exista acuerdo de la comunidad para que tengas que devolverlo a su estado original.
          Un saludo.

  2. Mi piso tiene un patio interior, al cual solo se puede acceder por mi vivienda. Se estan realizando mejoras
    de todo los elementos comunes, patios de luces, fachada, etc.
    Mi patio en cuestion tiene alicatado con azulejos dos paredes, las cuales, por tiempo y humedad, se estan
    despegando. Como se esta rehabilitando todo el conjunto, mi pregunta es, la comunidad esta obligada a reparar dichos azulejo sin gasto para mi o cual es la solucion. Espero me aclaren esta duda. saludos.

    • Hola kiko,
      En primer lugar debe comprobar que dicho patio es propiedad de la comunidad, aunque su uso le corresponda a usted. En caso de que sea una zona comunitaria, como todas, su reparación corresponde a la comunidad. Eso sí, su reparación debe ser aprobada por la comunidad. Puede que no estimen oportuna su reparación por cualquier motivo.
      Solicite al administrador/presidente que se repare o que le expliquen la causa de no hacerlo.
      Esperamos haber resuelto su duda.
      Un saludo.

    • Hola, hay una cosa importante que no está clara, los azulejos en cuestión fueron puestos por la constructora durante la construcción del edificio, fueron puestos posteriormente por la comunidad de propietarios, o fueron puestos por usted o algún otro anterior propietario, de su vivienda actual?
      Creo que eso daría diferentes tratamientos legales al asunto.

      • Hola, en mi caso, hay un patio interior y al mismo solamente se puede acceder desde mi vivienda o desde la de otro vecino.
        Tengo que aclarar que solo puede accederse al mismo a través de las ventanas del cuarto de baño, debiendo abatir las mismas para poder acceder al mismo. Los cristales de dichas ventanas son abatibles, pero debajo llevan una parte fija, otra ventana fija de unos 2 palmos y medio por tres, a una altura del muslo la parte más inferior de la ventana, por lo que hay que hacer juegos malabares para introducirse en el patio, el cual solo posee dos bocas de desagüe por la lluvia, no tiene utilidad ninguna, puesto que coincide con el doblez en L de los tres bloques que forman el conjunto de la comunidad.
        Debido a que nadie puede tener acceso al mismo, siempre he creído que nos correspondía a los pisos que tienen acceso al mismo su limpieza, pues con el tiempo caen ramitas traídas por el viento o caen cosas por descuido de los vecinos de los pisos superiores, y a veces según sopla el viento, los desagües huelen a cañería. El otro vecino que comparte patio conmigo, ni por asomo ha hecho para limpiarlo, pero este hecho no me importa demasiado, pues aún puedo apañármelas con ayuda para subir y meterme en el mismo para limpiarlo yo misma. Lo que sí me importa, es que los años pasan y llegará un día en que no pueda hacerlo.
        En caso de que sacara el tema en la próxima junta, si se hiciera una puerta de acceso al mismo, ¿quién correría con los gastos:¿ la comunidad o los dos vecinos que compartimos patio? Señalo la comunidad, puesto que el hecho de evitar que se atasquen los desagües beneficia a los demás vecinos también.

        Le ruego me aclare este punto, pues pronto tendremos una junta general.
        Un saludo

        • Hola Carmen,
          La conversión de ventana en puerta correría por cuenta del propietario, nunca de la comunidad.
          Un saludo.

  3. Hola,
    Tengo un piso con una terraza comunitaria de uso privativo. El acceso a dicho patio pasa por el plato de ducha del piso.
    No hay otra puerta. Quiero pedir permiso para abrir otra puerta por la sala o la cocina, que tienen ventana a esta terraza. ¿Tengo que tener el permiso de todos los vecinos? ¿Puedo alegar la peligrosidad que tiene el acceso desde la ducha?
    Además la terraza no tiene barandilla y hay dos metros de desnivel hacia el otro patio. ¿Tiene la comunidad la obligación de ponerla? El resto de terrazas de alrededor la tiene.
    Gracias,
    Un saludo.

    • Hola Susana,
      La entrada a un patio de luces tiene la motivación de poder acceder, entre otras cosas, para recoger los objetos que puedan caer de los pisos superiores (por ejemplo cuando se tiende la ropa y a alguien se le cae una prenda). Este aspecto es de interés general y, siendo el patio propiedad de la comunidad, la misma está obligada a cubrir los gastos que permitan un mínimo de seguridad, por lo que entendemos que la colocación de la barandilla es necesaria.
      Desde luego que el acceso a través del plato de ducha es cuando menos curioso. Esta reforma se podría considerar privativa, por lo que usted correría con los gastos. Además puede que necesitase autorización de la comunidad. Lamentamos no ser más concretos pero estos casos tan particulares dependen de muchos factores como para poder dar una respuesta online.
      Esperamos haber sido de su ayuda.
      Un saludo.

  4. Hola, mi duda es la siguiente, tengo un piso con acceso a dos patios comunitarios , pero en la escritura no se hace referencia a los mismos ni las condiciones de su uso, deberían estar en los estatutos de la comunidad?

    • Hola Alfredo,
      Efectivamente, sería conveniente que se reflejase en los Estatutos, aunque si tu piso es el único con acceso a los patios, se presupone que el uso y disfrute de los mismo te corresponde.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Gracias por la información, lo tendré en cuenta por si tengo más dudas,y les agradezco la rapidez de la respuesta

  5. Hola, tengo una duda, en el edificio donde vivo tiene varios patio de luces, de la noche a la mañana uno de ellos hizo obra y lo tapo todo unos 60m cuadrados, otros dos se hicieron medio y ahora otro quiere taparselo para hacerse el piso mas grande, que yo sepa en el acta del edificio no pone nada de todas estas obras, que podria hacer para que no hicieran mas obras y que dejaran los patios tal y como estaban? La ley me ampara en estos casos?
    muchas gracias

    • Hola Vicente,
      Si los cerramientos que se han hecho no tienen aprobación en Junta de vecinos puedes denunciarlo ante los tribunales y los vecinos deberán retirarlos y dejar el patio en su estado inicial.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Buenas tardes. Vivo en una casa de dos plantas y es mi propiedad. El propietario de al lado (son casas adosadas) tiene la planta baja y la primera planta debajo de mi techo. Me ha dicho que se supone que soy obligado a montar un canalón por no hacerse humedad en los paredes de nuestras plantas bajas. Querría saber si soy obligado y en el caso de que voy a montar el canalón debería y el vecino participar en el pago de montar el canalón. Gracias de antemano

        • Hola Nicolás,
          Para resolver la cuestión tendríamos que valorarlo in situ, es decir, que no podemos dar una respuesta sin ver exactamente lo que nos estás proponiendo. Sentimos no poder ayudarte.
          Un saludo.

  6. Buenos días. Nuestro piso es el único que tiene acceso al patio comunitario en los estatutos no pone nada del uso del patio y en nuestras escrituras se expecifica que el piso tiene una cantidad de metros más 20 metros de patio pero no dice si es de uso restringido o de uso y disfrute. En las escrituras de ley de protección horizontal dice que es zona común, queremos poner una lavadora ya que la cocina es minúscula y no cabe al haber añadido un lavavajillas, pero pensamos en meterla en un mueble por el tema del ruido para que no moleste a los vecinos por lo demás el patio no lo utiliaremos para nada más salvo tender y poner algún tiesto lo podríamos hacer?

    • Hola Lau,
      Lo que debéis hacer es consultarlo o exponerlo en Junta de Propietarios para evitar posteriores reclamaciones. Que el patio sea de uso privativo (que es lo normal aunque sea considerado zona comunitaria) no significa que en él se pueda hacer lo que se quiera sin consentimiento de los demás vecinos y más cuando hablamos de instalación de maquinarias. Así pues, nuestra recomendación, al igual que para todos los casos relacionados con las comunidades, es que antes de hacer nada se consulte en Junta de Propietarios.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  7. Hola, vivo en un edificio donde la primera planta tiene acceso a un patio de luces y en el estatuto de la cdad asi lo indica » tiene la facultad de acceder al patio para uso y disfrute del mismo responsabilizandose del mantenimiento y limpieza». Ahora el vecino del otro primero quiere abrir una puerta con acceso a este mismo patio y a su vez hacer un muro en medio de el para tener intimidad.¿ Podeis indicarme si podria hacer esta obra? Gracias

    • Hola Maria José,
      Para que el otro vecino pueda hacer esa obra debe ser previamente autorizado por la comunidad de propietarios en Junta. Si así fuera y se le permitiera acceder al patio una vez dividido, lo lógico es que se acudiera al Registro para reflejarlo ya que actualmente los metros de patio se te estarán computando íntegramente a ti y en caso de hacer la división ésto debería cambiar, lógicamente.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  8. Buenos días,
    Vivo en un primer piso y no puedo colocar un tendal en ninguna de las 3 ventanas que dan al patio interior ( en donde el resto de vecinos tienen colocados sus tendales) por falta de espacio, pues habrá unos 40 cm hasta el suelo del patio. He colocado el tendal en una de las paredes libres del patio, único lugar en el que se puede tender y a unos 1.60 metros del suelo para poder colgar la ropa, como las sabanas.
    Tengo acceso al patio a través de una puerta, llave que me facilito el anterior propietario.
    Me están poniendo problemas los vecinos y me dicen que tengo que quitar el tendal.
    Mi pregunta es, puedo colocar ese tendal.?. Puedo acceder por el patio a colgar la ropa?, pues además mis ventanas tienen rejas, pero aunque ni las tuvieran, no podría por falta de espacio. Por lógica, debería de poder disfrutar de una parte de la fachada interior para este menester, como el resto de vecinos. Por favor si alguien que sepa de estos temas me pudiera ayudar se lo agradecería. Gracias y saludos

    • Hola Mónica,
      El uso que se le dé a un patio comunitario como el que nos describes debe ser acordado por todos los propietarios. Que tu piso tenga unas características concretas que impidan que coloques un soporte para tender en la fachada interior no te da derecho a usar el patio con ese propósito, ya que, repetimos, el uso del patio debe ser acordado por los propietarios. Así pues, no puedes colocar el tendal salvo que así te lo autorice la Junta de Propietarios.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  9. Hola…soy propietaria de un primer piso con terraza comunitaria….los vecinos tiran todo lo que no quieren en sus casas sin pensar en quien vive en ese primer piso,por lo que yo lo limpio todas las semanas con agua de la comunidad…esto causó entre algún vecino una cierta rabia y me piden que retire unas plantas que tengo en ella…mi pregunta es….qué derecho tienen y tengo yo….Gracias.

    • Hola María,
      Como explicamos en este artículo, el propietario con acceso al patio comunitario tiene derecho de uso y disfrute de esta zona, pero al ser comunitario, las modificaciones de la misma deben ser acordadas en la Junta de Propietarios. Normalmente los elementos decorativos, como son las macetas con flores, no suponen molestias para ningún vecino y es raro que alguien quiera acudir a los tribunales para obligar al vecino a retirarlas, aunque estaría en su derecho.
      En cuanto a que los vecinos ensucien esta zona, el Artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal obliga a todos los propietarios a «Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos».
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Buenas tardes,
        Soy propietario de un piso con un patio de uso privativo; en los estatutos solo se especifica mi uso y disfrute y mi mantenimiento y limpieza como obligaciones.
        Puedo instalar un tendal cubierto como el resto de mis vecinos?
        Muchísimas gracias

        • Hola Dedien,
          Creo que queda claro en el post lo que puedes o no hacer. Lo que está claro es que debes pedir permiso a la comunidad.
          Un saludo.

      • Vivo en un primero con un patio interior. Tengo algunos o algun vecino que me tira palos de limpiar orejas, compresa, papeles sucios,… Que puexo hacer?

        • Hola Roser,
          En primer lugar denunciarlo ante la comunidad de vecinos en una junta de propietarios y si continúa, no dudes en denunciarlo ante las autoridades.
          Un saludo.

          • Hola, tengo varios vecinos que dejan escurrir las heces y orinas de sus mascotas desde los pisos superiores del edificio en el que vivo ubicándose verticalmente sobre mí todos ellos, el tema es que además usan el desagüe de aguas lluvias para canalizarlo y llegan los residuos justo frente a mi terraza, el olor es insoportable, todos los días es el mismo tema, que debo hacer, me han manchado la ropa mi piso y hasta el muro , está impregnado de orinan residuos fecales, ya no soporto, a que leyes debo ampararme

          • Hola Christian,
            Se trata de un problema de salud que tienes que denunciarlo. No hay otro modo de hacerlo. Pon una denuncia en el juzgado.
            Un saludo.

  10. Saludos.
    Vivimos en un bajo con patio de uso privativo y estamos interesados en comprar un local perteneciente al mismo edificio pegado a dicho patio lo que nos permitiría abrir una puerta de acceso para comunicar ambos inmuebles a través del patio. Supongo que esto pasa por la autorización unánime de la Comunidad de vecinos,verdad?
    Un cordial saludo y gracias de antemano.

    • Hola Roberto,
      Efectivamente, al considerarse una modificación del inmueble precisará del acuerdo unánime de la Junta de Propietarios. El patio, aunque sea de uso privativo es de propiedad comunitaria y, por tanto, realizar un nuevo acceso al mismo desde otra estancia se considera una modificación de las zonas comunes y requerirá la aprobación de la Junta.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  11. Hola,
    Soy propietaria de un bajo el cual tiene acceso a un patio grande que compartimos 3 bloques , es decir, tenemos acceso sólo los bajos de cada bloque que vendría a ser 6 pisos, donde tendemos la ropa. Yo tengo apollado en la pared del patio que corresponde a mi casa un somier, una escalera de metal y dos masetas, otro vecino de mi bloque tiene varias masetas y un avecina su escalera de metal, en los otros bloques una vecina tiene los juguetes de sus hijos, otro vecino un mueble de madera con dimensiones de una nevera. Mi pregunta es puedo poner yo esas cosas (somier, escalera y maderas) en el patio?. Mi casa justamente esta rodeada por todo el patio mientras que las otros bajos sólo tienen la zona de la puerta q les conduce al patio. Pero algunos vecinos me dicen que tengo que quitar eso ( aunque ni siquiera se nota porque de los pisos de arriba a penas se ve el somier apollado en la pared) , tengo que quitarlo? O para quitarlo tiene que estar de acuerdo todos los bloques? Y de estar de acuerdo los bloques puedo dejarlo pues nose cuanto puede incomodar a los pisos de arriba un somier unos juguetes de niños y masetas …. Además me dicen que lo tengo q limpiar siempre intento limpiarlo cada vez veo la mierda q tira la gente de arriba como comida (lentejas), colillas, agua de regar las masetas q me manchan los cristales de tierra, pan seco en migajas, ropa q nadie viene a recoger , pero aveces me cansó de lo guarra q es la gente y si sólo han caído pinzas lo dejo …. Yo no tengo ningún problema en hacer pasar a la de la limpieza q es una de las propietarias un piso de arriba para q lo limpie siempre y cuando cumpla un horario pues limpia un ejemplo un martes a las 9 am luego un viernes a las 7pm y cada semana cuando le da la gana( y es una de las vecinas q se queja) ¿tendría ella que respetar un horario o puede hacerlo cuando quiera? ….. Lo siento por mi comentario tan largo pero quería ser lo más específica.
    Muchas gracias y esperó una respuesta.

    • Hola Karol,
      Como indicamos en el artículo, no está permitida la colocación de muebles o enseres en el patio, por lo que si los vecinos que insisten en que se retiren estos objetos que tienes en esta zona, has de retirarlos.
      En cuanto a la limpieza, lo normal es que se tenga un horario fijo para ello, más aún cuando la entrada al patio ha de hacerse desde un piso privado.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  12. Hola,
    Soy el propietario de un piso (entresuelo) con acceso desde la cocina y el comedor a un gran patio comunitario, del que solo yo tengo el disfrute. Actualmente, tendemos la ropa y comemos en verano. Me gustaría cubrir una parte de este patio para hacer una nueva habitación para agrandar el piso. En el caso que todos los vecinos me den el permiso para hacer dicha cubrición en una junta de propietarios, debo solicitar también una autorización al Ayuntamiento? Y, por otro lado, si la cubrición afecta al vecino del edificio contiguo, como debo solicitar la autorización a la comunidad de vecinos colindante?
    Muchas gracias y un saludo,

    • Hola David,
      Las Normativas Municipales difieren de una localidad a otra por lo que no podemos saber si precisas o no de licencia. Te recomendamos que acudas al Ayuntamiento a informarte de ello.
      Si el bloque contiguo se va a ver afectado por el cerramiento, debes ponerte en contacto con el presidente o administrador del mismo para solicitar que se incluya la propuesta en Junta y que, posteriormente, te notifiquen la decisión. Todo siempre por escrito.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

    • Buenas tardes hace 25 años construí un pequeño cuarto trastero en un patio del cual solo hay acceso por mi piso y del cual tengo el uso y disfrute ,todos los vecinos me dieron permiso pero no por escrito , puesto q todos han hecho sus cuartos trasteros pero en la terraza y no nos pareció necesario en aquel tiempo tanta burocracia , ahora e tenido problemas con uno de esos vecinos y me a dicho q me va a denunciar para q tenga q destruirlo ,mi pregunta es, aunque todos los demás vecinos carraboren mi versión y después de 25 años puede obligarme a derribarlo

      • Hola Carmen,
        Después de 25 años dudo mucho que ningún Juez acepte la demanda a trámite.
        Un saludo.

  13. Buenas tardes, he visitado algunas páginas y he visto cierta contradicción en el siguiente tema.
    Vivo en una casa de tres plantas, la mía es la planta baja, con tres propietarios.
    Desde mi domicilio tengo acceso directo a un patio interior. Como digo somos tres vecinos, en ninguna de las tres escrituras se hace referencia al uso del patio (al menos en la mía no, en las otras no estoy tan seguro). Hasta ahora más o menos nos hemos arreglado, los tres vecinos somos hermanos, pero el primer piso lo vende mi hermana y no estoy seguro de las intenciones que traerán los nuevos propietarios (por cierto, un británico y una irlandesa). Mi pregunta es: ¿puedo tener en el patio utensilios, como por ejemplo un armario despensa, el carro de la compra, escobero y alguna chorrada más?. Desde luego no tengo nada que haga ruido o genere olores etc…. Muchas gracias.

    • Hola Fernando,
      Como indicamos en el blog, «ni siquiera está permitida la colocación de muebles o enseres en estas zonas, aunque si no se causa ningún perjuicio a la comunidad, por regla general no se denuncia este hecho.» Con esto queremos decir, que lo normal es que el propietario con acceso al patio lo utilice para colocar algunas cosas como las que nos comentas, sin que al resto de vecinos le importe, pero eso no quiere decir que esté permitido y que si los vecinos lo exigen debas retirarlos del patio.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  14. Hola, vivo en una comunidad pequeña constituida por dos portales,pero con todo en común. Hay tres bajos, uno de ellos el mío, cada uno con acceso privado a un patio. Por la situación de mi piso el patio «privado» se delimitaba del llamado patio de luces por unas vallas de metal. Hace aproximadamente veinte años se pidió en junta la aprobación para cerrarlo, a lo que se nos dejó sustituir las vallas por una pared de ladrillo, pero no a incluir un techo. Sin embargo en el acta sólo consta que se denegó el cerramiento. He de decir que otro de los bajos sí procedió a cerrar al completo su patio alegando que era de su propiedad, y la mayoría de los pisos superiores tienes cerradas las terrazas sin previa aprobación en junta. Ahora, después de casi veinte años, se va a debatir en junta sobre el «cerramiento» efectuado en mi patio. Mi pregunta es: ¿después de tanto tiempo sin queja alguna podrían hacerme quitar la pared? ¿Y habiendo precedentes de cerramientos completos podría añadir yo un techo al mío?¿Podría yo hacer quitar al resto de vecinos sus cerramientos no aprobados en junta? Y una última cosa; Sí está aprobada la instalación de toldos, ¿podría poner yo uno cubriendo el patio al igual que el resto de vecinos los tienen en esa fachada?
    Gracias, y disculpe el enorme párrafo.

    • Hola Francisco,
      Efectivamente, después de tantos años sin que previamente se haya denunciado el asunto, es difícil que un Juez ordene la retirada de la pared de ladrillo, del mismo modo que es complicado que se mande quitar los cerramientos de los demás patios o terrazas. Si en tu caso no te permiten realizar el cerramiento, tal y como otros patios los hicieran, podrías acudir al arbitraje de un Juez ya que estaríamos ante un caso de discriminación.
      No obstante, para realizar cualquier modificación, al igual que recomendamos siempre, lo mejor es proponerlo en Junta con anterioridad.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  15. Hola. Vivo en un 1º piso y justo debajo de mi vivienda hay un local comercial que tiene acceso y uso privativo de un patio, que es propiedad de la Comunidad de vecinos. El dueño del local no usa el patio para nada y me estoy planteando comprarle el derecho de usufructo, pagando una cantidad fija o mediante un contrato de arrendamiento. Si acepta, para poder acceder al patio desde mi casa, tendría que colocar una escalera metálica desde un balcón de mi casa. Entiendo que si el vecino acepta, yo tendría que contar con el permiso de la Comunidad, claro. Pero, ¿debo también pedir permiso al Ayuntamiento? ¿hay algún otro trámite legal que deba tener en cuenta?
    Y aunque se que es difícil hacer valoraciones sin verlo ¿podrían decirme en cuanto se puede valorar el precio por m2 de patio, ya sea para compra o para arrendamiento del derecho de uso privativo? No pretendo que me lo regalen, pero debo ofrecer un precio que sea justo para ambas partes.
    Muchas gracias de antemano

    • Hola Julián,
      No sólo necesitas que el vecino acepte, sino que necesitas la aprobación por unanimidad del resto de propietarios.
      Con respecto al permiso del Ayuntamiento, las normativas municipales varían de un lugar a otro, por lo que lo más recomendable es que acudas a la Concejalía de Urbanismo para informarte de ello.
      En cuanto a la valoración del patio, obviamente, no podemos ayudarte. Lo sentimos.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  16. Hola buenas,mi caso es el siguiente… En mi edificio hay un patio interior en el que solo se puede acceder por los 1os d y b.la vecina del b hizo hace tiempo una salida al patio por una ventana que convirtio en puerta.ahora yo quiero hacer lo mismo he pedido permiso en junta y me ha sido rechazado …puede ser un agravio comparativo?muchas gracias

    • Hola David,
      El agravio comparativo es una interpretación que el Juez de turno puede hacer una vez que analice y estudie los hechos, que nunca son tan sencillos como decir «al otro vecino le dejaron hacerlo». Por tanto, aunque la lógica nos lleve a una conclusión determinada, no podemos postularnos a este respecto.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  17. Hola,vivo en un primero con un patio interior al que se accedía por una ventana y cuya llave estaba en posesión de la limpiadora pero han cambiado la ventana por una puerta y ahora la llave la tienen los 27 vecinos ,es legal.no tengo rejas en la ventana y tengo miedo por mi seguridad. Gracias.

    • Hola María,
      Por lo que entendemos, al patio no se accede por ninguna vivienda, sino por las zonas comunes y, por tanto, es perfectamente legal que todos los vecinos puedan tener acceso al mismo. Si quieres instalar rejas en las ventanas por seguridad, puedes solicitarlo a la Junta de Propietarios.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  18. Buenas tardes,

    Mi vecino de abajo tienen una terraza de uso privativo y asi mismo, en la división horizontal del edificio pone que excluye expresamente de los elementos comunes del edificio, el uso de las terrazas pisables atribuido expresamente a determinadas viviendas, entre ella, la de este vecino, que según dice ostenta por tanto un derecho privativo, exclusivo y excluyente, sobre la terraza.

    El caso es que ahora tiene perros en ella, me han caído prendas de ropa y me las han devuelto todas rotas, alegando que el responsable de esas prendas por el artículo 1910 del CC es el cabeza de familia, y que por tanto, él no tiene responsabilidad alguna. ¿Es esto correcto?

    Así mismo, y dado el carácter de su terraza, ¿si quiere cerrar puede hacerlo sin el permiso de los vecinos?

    Gracias y un saludo

    • Hola María,
      El vecino con acceso al patio tiene derecho de uso pero no es propietario del mismo y, por tanto, no puede modificar nada de él sin consentimiento de la Junta.
      En cuanto a los animales que pueda tener en el patio, si causan molestias a otros vecinos, puede ser denunciado porque, como decimos en el artículo, el vecino tiene la obligación de utilizarlo según la naturaleza del mismo y para la finalidad que fue destinado, de forma que no perjudique a la comunidad y, entendemos, que la finalidad del patio no es la de albergar animales de compañía.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  19. Buenas tardes:

    Vivo en una comunidad con varios patios interiores. Resulta que la comunidad va hacer mejoras en 2 patios y uno de esos patios es el mio. El caso es que al patio se accede por la ventana de mi cocina y por la ventana de una habitacion del piso de al lado. Se podia tambien acceder por la cocina del otro piso pero la propietaria puso una reja fija hace unos 15-20 años.

    En los ultimos 20 años siempre que habido mejoras en el patio (canalones, pintura, suelo, etc…) lo han hecho todo por mi casa. La cosa es que han tomado por norma que todo es por mi casa siempre y no tienen en cuenta que hay otro piso al lado que tambien tiene acceso al patio. Estoy muy harto de que siempre utilizen mi casa para acceder al patio y encima el año pasado arregle la cocina, la salida es mala y tengo miedo que me rompan algo.

    ¿Podria negarme esta vez rotundamente a que accedan al patio por mi casa y asi que pasen por una vez por el otro piso?. Decir que el otro piso es alquilado y vive una familia peruana, aunque los propietarios oficiales viven en un piso frente al mio, pero sin acceso a este patio.

    Espero respuesta.

    • Hola Juan,
      Lo ideal sería que se planteara la posibilidad de convertir una de las ventanas en puerta y así el patio quedaría vinculado a una de las viviendas, facilitando el acceso y el cuidado del mismo.
      Para realizar una reforma (en vuestro caso) no se puede negar el paso bajo ningún concepto, pero ni desde tu piso ni desde el otro. Si por un piso no se puede acceder por cualquier motivo (que no estén los propietarios, por ejemplo) se tendría que acceder por el otro. Pero negarse no se puede negar la entrada. Otra cosa es que se acuerde alternar para no molestar siempre al mismo propietario, pero eso es más de sentido común que de aplicación de leyes.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  20. Hola,

    vivo en un edificio que tiene zonas comunes como patios y jardines a las que podemos acceder todos los vecinos. Los patios están siendo utilizados de forma exclusiva por los propietarios de los bajos pues lindan con sus pisos, pero el acceso a los patios no es a través de sus pisos, todos los vecinos tenemos llave de la puerta que da acceso a estas zonas comunes. En el título constitutivo de la propiedad de los bajos puede leerse que “tiene derecho al uso del patio con el que linda” pero no hace mención a que sea de forma exclusiva. En los estatutos nada se menciona al respecto.

    La duda que nos surge al resto de vecinos es si tenemos también derecho al uso y disfrute de esos patios. ¿Debe expresarse en el título de propiedad explícitamente que ese uso es exclusivo y excluyente?, ¿es suficiente con que ponga en el título de propiedad que «tienen derecho al uso» para impedirnos el uso y disfrute al resto de vecinos?

    Muchas gracias.

    Un saludo.

    • Hola Luna,
      No podemos atender un caso tan concreto porque para ello deberíamos conocer las características de la finca y acceder a las escrituras para estudiarlas debidamente.
      En principio, si el acceso al patio comunitario no es por ninguna vivienda, el resto de vecinos tendrá derecho de uso, siempre y cuando no venga regulado de otro modo. Lo ideal es que, si las escrituras no especifica este asunto, los Estatutos de la comunidad sí lo contemplen para evitar discordias.
      Lamentamos no poder serles de más ayuda.
      Un saludo,

  21. Hola, vivo en un edificio construido en 1840, era un hotel con jardín al que se accedía por una puerta de nuestro portal.Hace unos 32 años construyeron un edificio al lado y entre ese edificio y el nuestro hay otro más pequeño que es un local , una tienda cuya entrada es por un pasaje interior del edificio nuevo. el resultado de esa construcción fue que el jardin se transformó en un patio de luces de unos tres o cuatro metros de ancho.
    Nuestra comunidad ha decidido adecentarlo pintando y poniendo plantas.Nuestra comunidad se encarga de la limpieza y mantenimiento de dicho patio siempre.Ella no lo ha limpiado jamás.Solamente pintó su fachada una vez en 20 años.De hecho no puede entrar al patio sino es através de nuestro edificio y no tiene servidumbre de paso.
    Ahora que está bonito , limpio y curioso, viene la dueña de la tienda y dice que en su escritura pone que tiene el uso y disfrute de ese patio en exclusiva, que tenía una puerta de salida al patio pero que la quitó por seguridad,( yo vivo hace 21 años en esta casa y no he conocido esa puerta) Dice que no podemos hacer nada en el patio porque es suyo… Es esto posible? Se niega a enseñarnos sus escrituras y en las nuestras que son súper antiguas hablan de las fincas antiguas y no hay manera de ver nada…Dice que nosotros no tenemos puerta sino ventana ( es mentira) .Qué podemos hacer? Podemos pedir sus escrituras en el registro? si nuestro edificio quisiera rehabilitar la fachada tendríamos que pedirle permiso?

    • Hola María,
      Podéis solicitar las Escrituras que preciséis en el Registro sin ningún problema.
      El uso y disfrute del patio no significa que en él pueda hacer lo que quiera, sino que cualquier modificación, alteración o instalación, ya sea fija o móvil, precisará de la aprobación de la Junta.
      Lo que debéis hacer es acudir a vuestro Ayuntamiento, al Registro y al Catastro para solucionar las posibles discrepancias que puedan existir a este respecto para así evitar conflictos innecesarios.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  22. HOLA. TENEMOS UN PATIO AL CUAL TIENEN ACCESO LOS DOS VECINOS DE LA PRIMERA PLANTA Y UNO DE ELLOS QUIERE PONER UNA MAMPARA FIJA DIVISORIA CON EL VECINO DE LA OTRA MANO. EL PATIO TIENE UN MURETE QUE DIVIDE AL DE OTRA COMUNIDAD. PUEDE DEJAR AL OTRO VECINO SIN PODER ACCEDER A TODO EL PATIO? YA QUE EN NINGUN DOCUMENTO DICE QUE SEA PROPIEDAD SUYA. GRACIAS

    • Hola Alfonso,
      La colocación de la mampara para dividir el patio es una modificación que debe ser aprobada por unanimidad en Junta. En caso contrario no puede colocarse.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Buenos días,
        el hecho de que haya que aprobar este tipo de modificaciones en junta, ¿en qué artículo o normativa viene recogido para poder consultarla?
        Gracias de antemano, saludos

  23. Hola,
    Vivo en un ático en el que tenemos una terraza comunitaria de uso privativo.Dicha terraza está separada con un muro de la terraza contigua. Nuestra sorpresa ha sido que de repente escuchamos voces que provenían de la terraza y nos encontramos al Administrador del edificio asomado por encima de dicho muro sacando fotos al interior de nuestra terraza. El administrador nos comentó que estaba controlando las terrazas y se escapó corriendo.
    Lógicamente decidimos llamar a la policía para preguntarles si esto se puede hacer y nos dijeron que nos enviaban una patrulla inmediatamente si queríamos porque eso no está permitido. Finalmente decidimos que no viniesen ya que no queremos tener problemas con nadie.
    Al día siguiente decidimos hablar con el Presidente de la Comunidad para que nos diese una explicación de lo ocurrido y se quedó sorprendido porque el no tenía conocimiento alguno por parte del Administrador.
    Según la LOPD está vetada la toma de fotografías en el interior de un domicilio sin consentimiento de la persona o en cualquier ámbito que pueda considerarse privado o susceptible de formar parte de la vida privada de las personas.
    En cambio, el Administrador le ha comunicado al Presidente que si puede hacerlo.
    Mi pregunta es si puedo denunciar estos hechos o como podemos solucionarlo.

    • Hola Susana,
      Puedes y debes poner una denuncia ya que es de extrema gravedad lo que nos cuentas, ya sea vecino, presidente o administrador. Entre las funciones del administrador está la de velar por el buen régimen de la casa… pero esto no significa que pueda «espiar» o tomar fotografías libremente. Bajo nuestro punto de vista es una interpretación excesiva y fuera de lugar de las funciones de dicho cargo.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  24. hola, quería consultar un problema que tengo a ver si pueden ayudarme….
    Tengo un piso, él cual tiene dos patios, uno que es el de luces al que sólo yo tengo acceso por mi dormitorio y como es normal no está en mis escrituras porque es comunitario y otro por la cocina y el salón y éste lo tengo puesto en mis escrituras que es sólo mío. He hablado con la administradora que nos lleva el bloque porque quiero hacer un trastero en mi patio y me dice que tengo que pedir unanimidad de todos los vecinos ¿ésto es posible? si el patio es mío, no se supone que puedo hacer lo que quiera…..??
    Gracias.

    • Hola Sandra,
      El cerramiento se considera una modificación de la estructura y estética del edificio y, por tanto, se necesita el acuerdo unánime de la Junta. Tu administradora está en lo cierto.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Muchas gracias, aunque yo no voy a cerrar el patio…. sólo un trastero en una esquina y sería al fondo de éste que no va en la fachada del edificio ni nada… pero bueno…

        • Hola Sandra,
          Aún así, entendemos que ese trastero quedará a la vista en el patio, es decir, que altera el diseño del patio, con lo que se precisa el acuerdo indicado.
          Un saludo.

    • Hola. He comprado un piso. Primera planta, el cual cocina y un dormitorio dan a patio de luces. Este patio tiene acceso por una vivienda únicamente, la cual esa de otro portal ( misma comunidad). El caso que el patio está en estado lamentable. La vecina que tiene acceso tiene una parte cercana a su vivienda dividida con sábanas, y ademas de poner maceteros para dividir, tiene toldo y armario. El caso que he preguntado él porque no se abre un acceso comunitario desde escalera para que la limpiadora pueda acceder a dicho patio. Me comentan que tiene que votarse en junta. Tendrían que estar dé acuerdo todos los vecinos?. Si no se acuerda abrir ese acceso desde la escalera comunitaria podría yo abrir puerta desde cocina, por lo menos para mantener el sumidero y más limpio dicho patio?. ( el cual dan solo 4 pisos). Tienen que darme permiso? Me lo pueden denegar? ( si ya hay un acceso porque no se puede abrir otro…). O por lo menos que se garantice el manteniendo de todo el patio y no solo que esta vecina limpie lo cercano a su piso y además tenga lo anteriormente dicho.

      Muchas gracias

      • Hola Jose,
        Cualquier de las modificaciones que planteas deben ser acordadas por unanimidad en junta de propietarios. En caso de que no se acuerde, lo que sí se puede hacer es reclamar a la propietaria de la vivienda con acceso para que retire todos los enseres que tenga en el patio.
        Un saludo.

  25. Buenos días:
    Soy propietario de un local comercial que en estos momentos no estoy utilizando.
    Dicho local tiene un patio de la comunidad de uso privativo y cada vez que voy me lo encuentro lleno de colillas y más colillas. Ya lo he hablado con el presidente de la comunidad en varias ocasiones y me dice que me envía a alguien que lo limpie pero para mi es una molestia tener que ir al local expresamente para que una persona me limpie el patio.
    Como no se hace nada con el vecino que crea el perjuicio he dejado de pagar la comunidad hasta que se solucionen el problema.
    No se que solución tiene esto ni como actuar así que agradecería su respuesta profesional.
    Muchas gracias de antemano.
    Saludos

    • Hola Jose,
      Si el uso del patio corresponde a tu local, el mantenimiento del mismo también te corresponde, es decir, que eres tú quien tiene que encargarse de su limpieza y no la comunidad. Otro asunto es que haya algún vecino que ensucie o no respete las instalaciones (fumador que tira las colillas). Contra él se pueden tomar medidas sancionadoras ya que la Ley, en su artículo 9º dice que es obligación de cada propietarios respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  26. Hola,

    Tengo el uso y disfrute de un patio de luces de una comunidad. Cuando compré el piso hace unos 15 años, una parte del patio ya había un techo de policarbonato, y debajo de él estaba situada la lavadora y la caldera.
    Ahora con el tiempo los elementos que soportan el techo se han oxidado y sería necesario sanear y sustituir ese techo.
    Entiendo ue tendría que exponerlo en Junta y conseguir la unanimidad de los vecinos para pode sustituir el techo por otro y sanearlo todo, pero me preocupa que los vecinos no estén de acuerdo, y me acaben obligando a sacar el techo, con lo cuál tendría que sacar la lavadora y la caldera….
    ¿hay la posibilidad de que me obliguen a retirarlo todo si durante todos estos años nadie a dicho nada y yo ya me lo encontré así cuando compré el piso?
    Muchas gracias,

    • Hola María,
      Si en su día se aprobó debidamente la colocación de ese techado, salvo que en la Junta se debata y decida su retirada, no deberían exigir que se eliminase. Lo que se debe acordar en la Junta es el cambio o la reparación de ese elemento, que es lo que tú estás solicitando. En cualquier caso, lo más importante es que todas estas reformas se reflejen en el Acta, por lo que te recomendamos que averigües si en su día se aprobó en Junta.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  27. Hola, vivo en un edificio donde el patio de luces lo usa el del primero. Este vecino lo tiene muy sucio con muchas cosas por medio.. Enseres varios (escaleras de mano, bombonas cubos…) y con un perrito que hace sus necesidades y no las limpia. Si le advertimos que tiene que dejarlo limpio y en condiciones y no lo hace podríamos cerrarle la puerta que tiene acceso al mismo?

    • Hola Lucía,
      Evidentemente no. No se le puede cerrar la puerta de acceso al patio sin más, aunque se considere justa la medida, no es legal. Lo que sí podéis plantear son sanciones por su comportamiento incívico o incluso denunciarlo por la vía judicial.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  28. Buenos días. Somos una empresa de pequeñas reformas de viviendas. Un cliente tiene dos ventanas en la cocina que dan al patio de luces (un patio pequeño). Quiere cerrar una de ellas y me pregunta si pueden denunciarlo los vecinos por esto. Pienso que, al ser una ventana al interior, un patio de luces pequeño, no afecta a la estética del edificio y que por ese lado no tendría problema. Al ser una ventana de su propia vivienda, no priva de luz a nadie, así que tampoco habría problema por ahí. ¿Tendría problema por estos o algún otro motivo? Gracias de antemano y un saludo!

    • Hola Lola,
      El patio de luces es un elemento comunitario y su fachada, aunque sea interior, también lo es. Por tanto, precisa del acuerdo unánime de la Junta de Propietarios. En caso contrario, podrían denunciarle y con razón.´
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  29. Buenos días,
    Soy propietario de un piso 1º que tiene acceso directo a un patio exterior de unos 100 M2 (no es un patio de luces). Dicho patio corresponde al techo de un parking, que es otra comunidad diferente a la del edificio del piso.
    En las escrituras indica claramente que el patio es de uso del piso, e incluso indica claramente la delimitaciones de mi piso como las paredes que delimitan dicho patio (indicando cada una de las casas y terreno que delimitan este por su exterior).
    La cuestión es que es un patio muy antiguo y feo, de losetas llenas de líquenes, etc…
    Los 4 vecinos de los bajos, que están en el mismo caso que yo, llevan 30 años con el concepto de que en estos patios no se puede hacer nada mas que limpiarlos, poner unas macetas y tender la ropa, ya que ellos tienen tendederos.
    Los 4 patios están separados entre ellos por unas vayas metálicas viejas y oxidadas.
    Ahora yo pretendo sanear mi patio realizando lo siguiente:
    – Pintar algunas paredes muy degradadas, de su color original.
    – Colocar brezo en la vaya con mi vecino contiguo, para mejorar el aspecto y como no ganar intimidad.
    – Colocar cesped artificial en toda la superficie, que no deja de ser una alfombra superpuesta sin enganchar con colas, etc…Que en todo momento es retirable. Aprovechando también para sanear algunas juntas del suelo por las que puede filtrar agua al parking (nada complicado). Dicho cesped no afecta a los sumideros que recogen el agua de la lluvia.
    – Colocar una mesa de jardín y 4 sillas. Y una pequeña y sencilla pérgola desmontable y transportable de tela.

    Las finalidades son 2; sanear y mejorar el aspecto porque realmente esta muy viejo y descuidado, y como no dar uso de patio para que mis hijos puedan disfrutarlo.
    En ningún caso pretendo modificar, ampliar, colocar elementos que sean fijos, hacer ruidos excesivos o que sean molestos.
    En las comunidades citadas(edificio y parking), a las cuales pertenezco y que están separadas, no disponen de estatutos de uso ni nada similar.

    ¿Es posible sanear y colocar los elementos mencionados siendo el patio de uso de mi piso?
    ¿Hasta que punto o en que mejora debo pedir permiso a la comunidad de mi edificio o a la del parking?

    Muchas gracias por vuestro tiempo.

    • Hola Jesús,
      Las modificaciones de los elementos comunes del edificio, ya sean por estética, mejoras o mantenimiento, deben ser aprobadas en Junta. El patio, aunque sea de uso privativo, es una zona comunitaria y, por tanto, precisa del acuerdo de la Junta.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Buenos días,

        Gracias por la respuesta.
        Pero con el fin de clarificar un poco mas, ¿colocar una alfombra de césped artificial se puede considerar una modificación de elementos comunes?, teniendo en cuenta que esta estaría superpuesta, sin sujetarla a nada, y se puede retirar en unos minutos.
        Como no hay una normativa especifica y clara, por lo que he podido entender al leer la LPH y en algunos foros:
        – OBLIGACIONES: Mantener limpio y en buenas condiciones y a mi cargo el patio. Mantener una lógica de convivencia, no realizando y haciendo nada que pueda molestar a los vecinos. No realizar modificaciones estructurales, ampliaciones del piso, construcciones fijadas a elementos comunes (techo, paredes…)
        – DERECHOS: Uso y disfrute.
        La cuestión es que dispongo de un gran patio el cual durante años solo mantengo limpio, pero no uso ni disfruto, por que es muy viejo y feo. La única manera en que lo podremos usarlo es saneándolo cambiado su aspecto. Y como digo, sin hacer modificaciones y/o afectaciones. Solo elementos fácilmente removibles.
        Pregunto de nuevo: ¿la colocación de royos de cesped artificial se puede considerar una modificación de elementos comunes?

        Muchas gracias por vuestra ayuda.

        • Hola Jesús,
          Estarías modificando la estética. Aunque en principio no debe suponer ningún problema y dudo que un vecino quiera meterse en juicios por eso, lo conveniente es que antes de hacer nada lo comentes en una Junta y que figure en Acta, aunque sólo sea por prevenir.
          Esperamos haber resuelto tu duda.
          Un saludo.

  30. Hola buenas tardes.

    Yo quería saber, si la comunidad tiene que reparar el sumidero del patio que disfruto yo del bajo 1º o core a cuenta de la persona que disfruta de ese patio en este caso yo

    • Hola Jose,
      En principio se considera un elemento comunitario y, por tanto, es la comunidad quien debe repararlo.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  31. Hola. Acabo de comprar un piso y la distribución es tan horrorosa que a la galería se accede por una habitación.

    He pensado en tirar el tabique que limita la habitación con la cocina para intercambiar sus usos, y poner la cocina en la habitación y en la cocina actual ubicar un dormitorio.

    El inconveniente es que ha una ventana que me quedaría partida en dos por el nuevo tabique.

    Mi pregunta es: puedo convertir esa ventana en dos ventanas separadas, una estrecha para la cocina y otra para el dormitorio? Da a un patio de luces interior.

    Y más ventanas:
    El cuarto de baño tiene una ventana que da a la calle. Sería el típico patio pequeño pero no se cierra al no haber ningún edificio delante, sino un solar tapiado. La ventana es enorme y empequeñece el cuarto de baño, y quisiera saber si puedo taparla por completo.

    Un saludo!

    • Hola Javier,
      Para modificar las ventanas necesitas permiso de la comunidad por acuerdo unánime de la Junta ya que se considera una modificación de la estética del edificio.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  32. Hola queria informarme he alquilado dos bajos con terraza (pues asi lo anunciaban)resulta que la terraza es comunitaria pero exclusiva para uso y disfrute de los bajos uno de ellos es negocio.queria saber si puedo estar con el perro conmigo en esta terraza (nunca estara solo) y si podria colocar un cenador seria portatil y desmontable estaria cuando hace sol.

    Gracias, un saludo

    • Hola Laura,
      Por supuesto que puedes usar y disfrutar del patio con tu animal de compañía, siempre que no sea una molestia para nadie. En cuanto a la colocación del cenador, aunque sea desmontable, no puedes colocarlo sin el consentimiento de la Junta.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  33. Hola buenas: me gustaría saber a quien corresponde la limpieza de los tejadillos que han colocado en los patios de luces de la comunidad.Solo se puede acceder a ellos desde los pisos primeros y se acumula basura desde colillas,pinzas de ropa,juguetes,cromos,chapas,cuerdas,ropa y un largo etc.He informado al administrador y me comenta que el consejero se encargara pero pasan los meses y nadie se hace cargo de la limpieza.A quien puedo acudir?Muchas gracias y un saludo

    • Hola Maricarmen,
      Sin conocer in situ el edificio ni cuales son las normas que tenéis establecidas en vuestra comunidad es difícil responde. Si como comentas es el conserje la persona que ha de encargarse de ello y no lo hace, es cuestión de llamarle la atención o instarle a que lo limpie. Si no lo hace, en una Junta se puede proponer su destitución.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  34. Buenos dias,
    Mi comunidad tiene unos patios de luces pequeños a los que unicamente dan las ventanas de los baños de los pisos para ventilacion.
    La vecina del ultimo piso ha sufrido un intento de robo por estas ventanas ya que es muy facil que si alguien accede a la terraza superior, bien sea desde la escalera comun, o desde terrazas de edificios colindantes, se pueda descolgar y acceder a los pisos por las ventanas de los baños.
    Con lo que ha solicitado en junta que se ponga una reja justo arriba de la apertura del patio para que no se pueda acceder a el.
    Mi pregunta como presidenta de la comunidad es ¿esto incurre en el incumplimiento de alguna normativa referente a seguridad? Me refiero ante la evacuacion en un incendio o algo asi, porque no tenemos claro si el tapar esos patios con una reja, por un lado nos proporcionara seguridad, pero por otro nos podemos estar saltando alguna norma y plantearnos serios problemas en caso de que esto ocurra.
    Gracias y saludos

    • Hola Nuria,
      Obviamente, desde la distancia y sin conocer las características del inmueble es imposible dar una respuesta. En cualquier caso, con respecto a las normativas de seguridad, deberías acudir a Urbanismo para que te orienten al respecto ya que son ellos quienes pueden ayudarte mejor.
      Un saludo.

  35. Buenas tardes, estoy interesada en comprar un piso que está en la segunda planta de una comunidad., pero no me gusta el hecho de que el propietario del primero (un dentista) haya cerrado el patio comunitario para hacer más grande la consulta. No sé si se aprobó en su día en junta de comunidad el permiso para esa obra, pero si compro el piso, ¿sería posible exigir la retirada del cerramiento?

    • Hola Nuria,
      Si el cerramiento se aprobó debidamente en Junta no puedes reclamar su retirada. Tampoco puedes reclamar nada anterior a tu entrada como propietaria ya que no formabas parte de la comunidad en su momento y, por tanto, no puedes impugnar acuerdos, sean o no legales.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  36. Buenas tardes.
    En mi bloque queremos sustituir una ventana por una puerta y el tendedero ponerle suelo y un tabique en medio para cerrarlo.
    Está aprobado en junta y tenemos el acta con su aprobación y con el permiso de obra y proyecto del arquitecto.
    Una vecina se niega a que lo hagamos.
    Mi pregunta es. Podemos hacerlo aunque una vecina no quiera.

    • Hola Pedro,
      Si el acuerdo está debidamente aprobado, es decir, que la votación fue a favor y por unanimidad, claro que podéis. Pero si la vecina votó en contra en la Junta no se podría haber aprobado.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  37. Vivo en un primero colindante a un patio de luces al que solo se puede acceder por mi casa o por la del vecino. Para hacer la limpieza , solo puede ser saltando desde una ventana, puesto que no hay puerta. Hasta ahora hemos permitido la entrada a la limpiadora que era una vecina. Al jubilarse esta, se ha contratado una empresa de limpieza. Nosotros propusimos que puesto que hay forma de hacer una obra modificando el ascensor o contratando una limpieza vertical no todos los meses , 3 O 4 veces al año, no resultaria caro y seria una solucion. Pero se han negado en redondo. La pregunta es podemos negarnos los primeros a que pasen por nuestros domicilios, tengan que saltar por la ventana habiendo soluciones.? Por otra parte si nos vamos dur ante un tiempo como pueden acceder? Hemos de decir que tanto mi vecino como yo, no hacemos ningun uso del patio, ni tenemos ninguna pertenencia ni objeto alguno, puesto que como dije no tenemos puerta de acceso

    • Hola María,
      La Ley obliga a los vecinos a dejar pasar por sus viviendas para la realización de las labores o tareas necesarias para la buena conservación del edificio, así pues, tenéis la obligación de permitir el paso. Obviamente, si el vecino está ausente no se podrá acceder y, por tato, habrá que convenir las fechas y horarios para ello.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  38. Hola. De antemano gracias por la ayuda.
    Tengo un patio de uso y disfrute en el cual se accede únicamente por mi vivienda. En la escritura se contempla.
    Mi pregunta es:
    Los vecinos pueden poner tendederos y jardineras hacia mi patio si yo doy mi negativa a posterioridad ya que no han pedido permiso ninguno a la comunidad ni a mi para llevarlo a cabo?
    Por mi parte he manifestado mi descontento por varios motivos. Cae agua, cae suciedad y por el posible accidente grave que puede ocurrir si caen las jardineras que es lo que mas me preocupa a mi.

    Se niegan a quitarlo y en las juntas como solo me afecta a mi nadie me apoya.

    De nuevo gracias, necesito saber como actuar y a donde acudir ya que me veo ante un perjuicio para mi seguridad, ya que me expongo mucho bajo estas instalaciones.
    Un saludo.

    • Hola Teresa,
      Los tendederos y las jardineras en las fachadas (aunque sean interiores) deben ser aprobadas en Junta. Si no te hacen caso, puedes acudir al Juzgado a denunciarlo.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  39. Se me olvidó preguntar… Ningún patio ha pedido permiso para poner nada, hablamos de mesas, plantas, cenadores (en mi caso el único que no esta anclado a ningún sitio)
    En caso de pedir retirada de cosas en los patios…se puede pedir lo mismo para los áticos al ser cubierta de la comunidad?
    De nuevo muchas gracias y a ver si veo claro el camino.
    Un saludo

    • Hola Teresa,
      Todo lo que no esté aprobado en Junta puede ser reclamado para su retirada o restitución al estado original.
      Un saludo.

      • Y para que no se apruebe algo basta con mi oposición? O hace falta una mayoría?

        Y que medidas hay que tomar para que se proceda a retirar estos elementos?

        Gracias por su respuesta me es de gran ayuda.

        Un saludo

        • Hola Teresa,
          Las modificaciones o instalacioiones que supongan un cambio de la estructura o estética del edificio requieren del acuerdo unánime de los propietarios en Junta.
          Un saludo.

  40. Hola!
    Vivo en un primero que da a un patio de luces al que sólo se accede por mi vivienda (en la escritura no se especifica el uso de ese patio). La vivienda colindante perteneciente a l mismo edificio también da a un patio de luces pero no tiene desagüe, con lo que la vecina echa en mi patio la suciedad cuando limpia. Dada la situación, solicité en junta que se hiciera un desagüe en el patio de mi vecina, esos gastos corren a cargo de la comunidad?

    Otra pregunta: se podría alzar un muro (actualmente hay una valla metálica) para mayor intimidad entre «mi terraza » y la suya? Ese muro impediría el acceso al desagüe que está en mi terraza pero también protegeria a la vivienda de roedores que vienen desde ese lado. A cargo de quien correrían los gastos?

    Tercera pregunta: se podría alzar un muro entre la terraza de mi vecina y el patio de luces del edificio colindante? Actualmente tenemos problemas de salubridad porque de ese edificio nos entran roedores que primero pasan a la vivienda de mi vecina y luego a la mía

    Gracias

    • Hola Clara,
      Al ser un elemento comunitario, el patio y los gastos de su mantenimiento o reformas corre a cargo de la comunidad. Para cualquier modificación del patio es necesario el acuerdo unánime de la Junta.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Gracias! El tema es: están obligados a hacer el desagüe en el patio de luces de mi vecina o no se considera esencial?

        • Hola Clara,
          Eso es una pregunta técnica que no se puede resolver a distancia. Debería proponerlo en Junta o solicitar un informe técnico de algún arquitecto.
          Un saludo.

  41. Hola. Estoy en un local de alquiler y hay una patio interior al cual puedo acceder yo y la otra tienda. Hay una serie de vecinos que tiran de todo, tengo que limpiar yo o la otra tienda la mierda de los vecinos???. Todo el edificio es de pisos de alquiler. Una vecina le ha comentado al propietario de la finca la limpieza del patio y su respuesta es que nos denuncie a nosotros. Gracias

    • Hola David,
      Si el patio es de uso privativo de uno o varios propietarios, son estos los que deben mantenerlo en buen estado, lo que incluye la limpieza del mismo. El problema no deja de ser de civismo y educación de aquellos vecinos que no respetan las zonas comunes que, dichosea de paso, estan obligados a respetar por Ley, tanto los propietarios como los inquilinos.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  42. Hola, le planteo mi problema:

    Quiero alquilat un local de 400m para poner un centro de educacion infantil,el local tiene dos plantas. Uno de los requisitos que me pide el ministerio de educacion es que el centro tenga un patio de 75m donde una parte sea exterior y la otra esté cubierta… La comunidad de vecinos tiene un patio de luces al que no le dan uso, lo he solicitado para que me dejen hacer uso de el,y modoficarlo! 23 vecinos me dieron el si menos una vecina la que tengo justo encima que me ha dicho que no,y ademas que emprendera acciones legales contra mi en el momento que vea que ahi se hace esta actividad! Se hizo una primera junta de vecinos,y a la semana siguiente otra extraordinaria para saber los vecinos que opinaban, se recogio en acta,ademas la comunidad me puso unas normas,cm fueron el mantenimiento y el uso solo de 11:00 a 13:00 de la tarde del patio exterior. Me dijeron que con las 3/5 partes de propietarios tenia opcion de utilizar el patio, no se si estan en lo cierto…la cuestion es que no puedo alquilar el local si no estoy segura de que no vaya a tener problemas,es un centro para niños de 0-3 años,y la inversion del local es grande como para que una vecina me pueda empezar a denunciar…no se a donde ir ni a quien pedir ayuda! Ando un poco perdida en este tema,soy docente y esto se me escapa de las manos! muchas gracias

    • Hola Sara,
      Lamentamos decirte que necesitas el acuerdo unánime de la Junta, es decir, que si un vecino se niega, no hay nada que hacer.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  43. Hola yo tengo un patio comunitario pero de uso y disfrute mio el bloque es muy antiguo y todas más reformas como humedades y bajadas siempre corren X cuenta mía me gustaría saber si la comunidad tiene alguna obligación sobre reparaciones X q he leído que cada 15 años tienen que poner tela asfáltica desgaste un saludo y gracias

    • Hola Jose,
      El patio, pese a ser de uso y disfrute de un solo vecino, es de propiedad comunitaria, lo que quiere decir que todas las reformas que en él se realicen deben ser abonadas por la comunidad y todos los propietarios deben contribuir al gasto que se genere.
      Esperamos haber resuelto su duda.
      Un saludo.

  44. Hola, en nuestra comunidad existe un patio interior disfrutado por dos vecinos, separados por un cristal. Este se ha roto parcialmente. Los dos vecinos no se ponen de acuerdo para la reparación del cristal y nos comentan que es la comunidad quien tiene que hacerse cargo de dicha reparación. No se sabe el motivo de la rotura del cristal, si es por tema estructural o por mal uso por parte de alguno de los vecinos. Al tratarse de un patio interior de la comunidad pero que tiene el uso y disfrute los mencionados vecinos, ¿debe la comunidad hacerse cargo de la reparación o deben los dos vecinos soportar el coste de la reparación?
    Muchas gracias, un saludo.

    • Hola Alvaro,
      En principio debe ser la comunidad quien se haga cargo del gasto.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  45. SI cierro todas las ventanas de una planta baja mediante la colocacion de rejas es necesario u obligatorio la colocacion de una puerta de evacuaccion en una de ellas.gracias

    • Hola Martín,
      Esa pregunta es muy técnica como para poder responderla sin conocer la finca en cuestión.
      Lamentamos no ser de más ayuda.
      Un saludo.

  46. Muy buenos días,
    Soy propietario desde 2013 de un piso, es un bajo que antiguamente fue la casa del portero de la finca, ésta vivienda tiene acceso exclusivo a un patio de luces, cuando compré la vivienda en el patio de luces la anterior propiedad, había colocado en el suelo una tarima de madera de forma que no entorpece el desagüe de agua y que permite levantarla por partes para poder limpiar la suciedad que se acumula, así mismo colocó jardineras y dos toldos enrollables, según me confirmó la anterior propietaria estos elementos los instaló entre el año 2008 y 2009 y nadie le había protestado ni indicado nada en relación a ellos.
    Este año han aparecido humedades por capilaridad en la finca en distintos puntos y en mi casa con especial importancia, los ditintos técnicos que han ido han manifestado que es un problema que ha de resolver la comunidad y en ninguno de los informes se hace mención ni a las plantas ni al suelo de madera que hay en el patio.
    Pero la comunidad me indica que para que asuman el arreglo de estas humedades, he de desalojar el patio y quitar todas las plantas y demás cosas.
    En mi humilde entendimiento me parece un chantaje y quiero saber si por el paso del tiempo he adquirido ya algún derecho y como podría actuar al respecto.
    Gracias.
    Un cordial saludo.

    • Hola Vicente,
      El patio, pese a ser de uso privado es de dominio comunitario y, por tanto, la comunidad puede ordenar que se deje en su estado original, teniendo que quitar todo lo que tengas allí instalado o colocado, más aún si se trata de realizar alguna reforma.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  47. Vivo en un primer piso con un patio propiedad de la comunidad pero del que tengo el uso y disfrute. De un tiempo a esta parte han aparecido muchas hormigas y he descubierto que bajo las baldosas de dicho patio hay un hormiguero. He intentado eliminarlas con insecticidas, trampas para hormigas, lejía,… pero no consigo eliminarlas todas. Lo que quiero saber es, si al final es necesario llamar a un exterminador de plagas, si debe correr la comunidad con el gasto por ser la propietaria del patio o lo tengo que pagar yo. Muchas gracias.

    • Hola Iroa,
      En principio es un gasto que debería ser cubierto por la comunidad de propietarios.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  48. Buenos días, en mi edificio tenemos un patio interior compartido por dos vecinos, otro y yo. Yo quiero pedir permiso a la comunidad para cambiar la entrada desde mi casa al patio , osea pone ventana en la puerta y poner la puerta donde ahora hay una ventana ya que va a ir un baño donde está la puerta . Quiero saber cuántos vecinos son necesarios para que salga adelante la propuesta y saber si son vecinos o son asistentes a la reunión. Y lo mismo en cuanto a poner un toldo. Muchas gracias.

    • Hola Ángeles,
      Para ambas cosas se necesita el acuerdo unánime de la Junta de Propietarios.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  49. ¿Donde denunciar a un vecino que ha cerrado su patio de luces mediante toldos? Dicho vecino no cuenta con la autorización de la vecindad y lo ha llevado a cabo en ausencia de la propietaria más perjudicada.
    Gracias

    • Hola Francisca,
      Lo primero es exponerlo en Junta para que le obliguen a retirarlo. Si esto no funciona, se le puede denunciar ante los juzgados.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Gracias por su rápida respuesta.
        Me atrevo a hacerle otra consulta.
        El mismo vecino que ha cerrado el patio de luces, hizo hace unos años obra en su casa para convertirla en un negocio con tienda y atención al público y modificó con ello la fachada. Tampoco pidió permiso a los vecinos en esa ocasión y ahora cerrando el patio de luces pretende ampliar el local para almacenamiento o taller de su negocio.
        La pregunta ahora es la siguiente: ¿desde que finalizó la obra de su casa para convertirla en un local de atención al público, cuanto tiempo tenemos para denunciar el hecho???? ¿al cabo de cuanto tiempo perdemos el derecho a denunciar esta primera obra????? Gracias anticipadas

        • Hola Francisca,
          Pues dependiendo de su naturaleza y de la interpretación del juez, el período puede ser de 30 años o de 15 años. Hay jurisprudencia a favor y en contra en ambas líneas, por lo que no podemos concretar más.
          Un saludo.

  50. Mi comunidad está compuesta por dos edificios exactamente iguales, cada uno de ellos con su propio patio interior.son patios comunitarios con uso y disfrute de los bajos de cada bloque, dos por cada edificio. Es decir, que los bajos de cada edificio comparten el patio, con la diferencia que en el edificio A existe un muro divisorio, mientras que en el B no existe nada. soy la propietaria de uno de los bajos del edificio B y me gustaria poder poner tb un muro divisorio, sin embargo lo he llevado a junta y existe un único vecino que se opone a que lo haga…..y como tiene que ser por unanimidad….. me parece discriminatorio que en una misma comunidad haya vecinos que puedan hacer determknada cosa que a otros se le prohibe. qué puedo hacer¿¿¿

    • Hola Pepa,
      Si consideras que se están vulnerando tus derechos o que se te está perjudicando como propietaria, puedes acudir a la justicia ordinaria.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  51. Buenas tardes,
    Actualmente vivo en un quinto, la casa está construida justo encima de una terraza comunitaria. De echo, para poder acceder a mi piso he de entrar primero a la terraza comunitaria. Hay que decir que la terraza es completamente comunitaria, todo el mundo tiene llave pero yo en concreto vivo «dentro» de ella.

    Actualmente tengo un par de macetas y una pequeña mesa de madera y los vecinos se han quejado y quieren que lo saquemos todo. Según lo que he ido leyendo en principio no puedo tener absolutamente nada en la terraza, es así? No hay ninguna posibilidad de poder luchar para tener las dos plantas y la mesa pequeña? Realmente nadie sube nunca a hacer nada.

    Muchisimas gracias por todo,

    Un saludo,

    • Hola Sonia,
      Pues efectivamente, si los vecinos reclaman que se quite todo de la terraza, así ha de hacerse. No hay más opciones.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  52. Hola
    Estoy en tramites de comprar un piso bajo que tiene una habitación hecha en el patio comunitario.
    El presidente de la comunidad me ha dicho que tengo que derribarlo, el propietario me dice que la habitación lleva mas de 5 años y ya está consolidada en el registro de la propiedad?
    Me pueden obligar a tirar la habitación?
    Tengo alguna forma de asegurarme de que está consolidada?

    Gracias

    • Hola David,
      Si la construcción no cuenta con ninguna autorización, lo más lógico es que os obliguen a dejarlo en el estado original de la edificación. Para ver en qué condiciones legales está, debes consultar el Libro de Actas de la comunidad y ver si está aprobado y cómo se hizo.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  53. Buenos dias, tengo un vecino que en un patio de la comunidad en el que el tiene el uso y disfrute ha instalado un toldo fijo con estructura anclada a la pared. Es un toldo corredero tipo pérgola pero lo ha instalado demasiado alto y además de que creo que ha puesto anclajes a la altura de mi piso (segundo) , no me deja cuando está el toldo echado suficiente espacio para tender. No ha pedido autorización a la Comunidad.
    Como debo actuar? Es legal esta instalación?

    • Hola Luis,
      Obviamente la instalación no es legal si no cuenta con el permiso de la comunidad. Puedes denunciarlo ante la justicia ordinaria.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  54. Buenas tardes. Llevo en un local 14 años . ahora han alquilado el de al lado y las ventanas de los baños dan a mi patio pasillo para pasar a un depósito. Es un bar y me llegan los olores y humos. Se que los baños deben de tener ya sea ventana o extractor de humo. Pero no usarlo como salida de ventilación de humos, dejan la puerta del baño abierta para q les corra el aire. Puedo tapar o exigir que tapen las ventanas . gracias

    • Hola Antonio,
      Los servicios de bares deben cumplir su normativa correspondiente, la cual puedes consultar en el Ayuntamiento de tu localidad. En base a eso podrás hacer las reclamaciones que consideres que se incumplen.
      Un saludo.

  55. Buenas tardes, quisiera recurrir a la comunidad para que el vecino que ha puesto el toldo en el patio de luces, lo retire. El toldo lo ha puesto sin autorización de la comunidad, pero la comunidad de vecinos no tiene una representación como tal ya que se trata de una casa de solo seis vecinos en régimen de comunidad pero sin que haya un asesor o representante exterior que pueda hacer una reunión oficial o tomar acta de lo acordado. ¿que es lo que tengo que hacer para convocar una reunión? ¿de que manera puedo hacer oficial esa reunión para llevar lo acordado al Ayuntamiento o a los juzgados?.
    Gracias

    • Hola Francisca,
      Si la comunidad no está constituida como tal, es lo primero que debéis hacer. Cualquier vecino puede convocar una reunión para que se constituya la comunidad. A partir de ahí, se plantean los demás problemas. Lo mejor es que os pongáis en manos de un administrador de fincas profesional para que os asesore y os ayude en todas esas cuestiones.
      Un saludo.

  56. Buenas tardes,

    Desde mi piso tengo acceso a un pequeño patio a través del cuarto de baño. Todos los bajos de mi edificio tienen acceso a un patio, 12 bajos y 12 patios.

    El problema está en que aunque sé que es mi deber mantenerlo limpio, me resulta complicado y desagradable puesto que me veo obligada a despegar chicles a diario, recoger colillas, comida, juguetes y hasta preservativos. Me he quejado en varias ocasiones al president de la comunidad, me sonrie, me da la razón y no hace nada, más que decirme «claro bonita» o «te entiendo reina».

    ¿Puedo hacer algo al respecto? Porque esta claro que quejarse no sirve.

    • Hola María,
      Contra la falta de civismo y educación a veces es bastante complicado luchar. Te recomendamos que propongas que se contrate un servicio de limpieza para el patio y así, al menos, no te toca a ti limpiarlo.
      Un saludo.

  57. hola tengo un patio en escritura significa ke es de uso particolar mio los tendederos estan en la terraza ya ke estan asignado por piso pero por comodidad han puesto tendederos de dan en mi patio es legal ya ke tanvien ponen los tubos de la secadora y tengo el patio lleno de peluzas es legal

    • Hola Miguel,
      En primer lugar, apenas entendemos nada de lo que nos pones. Los signos de puntuación e interrogación están para usarlos, si no, es imposible entenderse.
      Los acuerdos tomados por la Junta son válidos mientras no contravengan la Ley. Las modificaciones de la estética del edificio que no tengan acuerdo de la Junta no son legales.
      Un saludo.

  58. Hola buenass noches,yo vivo en un bajo con patio de uso exclusivo y mi vecino de arriba tiene la salida del aire acondicionado metida en la bajada general,por lo cual a mi me cae constantemente el agua de su aire y por consiguiente tengo el patio siempre mojado.
    Es legal que lo tenga asi?

    • Hola Margarita,
      En la instalación de aparatos de aire, es muy importante tener en cuenta la evacuación del agua de condensación para que ésta no vaya a parar a la calle o a otra propiedad privada o comunitaria, sino que vaya adecuadamente conectada a alguna cañería de desagüe.
      Un saludo.

  59. Vivo en un edificio de 3 plantas con un patio en el centro de uso común a través de pasillos. Tiene una ventana de uso común o ventilación en cada planta (un total de 4 contando la parte de la azotea y el bajo) y dichas ventanas dan a un minúsculo patio que da a una casa vecina, abandonada actualmente.
    Todas las viviendas tienen varias salidas a la calle menos el ala en el que yo estoy que sólo tiene una, el resto es interior. Somos 3 vecinos los que vivimos en este ala y tenemos cada uno dos dormitorios que dan al patio interior (patio que está cerrado con montera y que posee unas rejillas a modo de respiradero) más una cocina. Cada estancia tiene una ventana al patio. El cuarto de baño es totalmente interior, sin ventana ninguna y el salón es la única habitación que da a la calle a través de un ventanal a ras de suelo con un sólido cristal sin reposabrazos y dos contraventanas mal puestas porque en lugar de estar a ras de la fachada una vez abiertas, forman un ángulo de unos 60º y por tanto no hay forma de evitar que se cierren (aunque este es otro asunto dado por imposible ya).
    El caso es que en verano nos asamos de calor en casa, por más que abrimos todo el día todas las ventanas no corre apenas aire. La única corriente que hay, si el viento es favorable, se produce cuando las ventanas del patio y/o la puerta que da desde la azotea al exterior están abiertas.
    Hay dos o tres vecinos que las cierran constantemente, de hecho hay una que la cierra de forma obsesiva y no entiende que nosotros la abrimos por necesidad. Su argumento es que entran mosquitos (que parece ser que sólo entran por el patio porque ella mantiene durante todo el día todas sus ventanas abiertas (3 a la calle), de las cuales sólo una, la de la cocina da al patio) y dice que se gasta mucho dinero en repelentes y que también entra olor a humedad por las ventanas. Yo, que tengo esa ventana común más cerca que nadie, puedo decir que el olor sólo se nota a veces y que no es para tanto, que peor es cuando se queda todo cerrado y más acuciado es en la planta baja que arriba.
    Mi pregunta es, ¿hay alguna normativa que oblique a mantener esas ventanas abiertas al menos en verano o forzosamente corresponde a votación vecinal su apertura o cierre? Tenemos comunidad de vecinos y estoy planteándome proponer una votación ya que estamos hasta las narices de andar abriendo ventanas porque ya he tenido un roce con una persona en concreto y no quiero más problemas. El resto de vecinos, salvo dos, pasan por el lado y les da igual si están abiertas o cerradas. Me preocupa que exista alguna ley que me ampare y yo viva en la ignorancia.
    Muchas gracias y espero su respuesta.

    • Hola Ana,
      Que sepamos, no hay ninguna Ley que regule esto que nos comentas. Lo único que podéis hacer es crear un Reglamento de Régimen Interno en el que defináis el uso de las zonas y elementos comunes.
      Un saludo.

  60. Buenas vivo en un bloque de 21 vecinos los pisos bajos tienen patio comun pero uso de ellos y pidieron a la comunidad permiso para acer habitacion y se aprobo, mi pregunta es yo que vivo en el tercero y encima tengo tejado yo podria pedir permiso para acer una terraza justo encima de mi piso para utilizarla solo yo y entrada desde mi piso con escalera de caracol?? Otro tercero la tiene hecha cuando se izo el bloque y ahora quisiera acerla yo que tendria que hacer aparte de hacer una reunion y comunicarselo a los vecinos. Se podria acer pagando yo la obra. Gracias<a

    • Hola Jose,
      TIenes que solicitar la modificación en Junta de Propietarios y que te la aprueben.
      Un saludo.

      • Por los vecinos no hay problema ninguna are una reunion para exponerlo y se aprovara. Me refiero al modificar digamos la estetica del bloque o que en la escritura no suene que tiene terraza, se podra hacer modificaciones sin ningun problema??

        • Hola Jose,
          En primer lugar invitarte a que escribas sin tantas faltas de ortografía porque impiden la comprensión correcta.
          Cualquier modificación debe ser aprobada en Junta según sea considerada y contar con los permisos y licencias adecuados. En caso contrario es ilegal.
          Un saludo.

  61. Hola buenas tardes! Mi caso es el siguiente vivo en un bloque donde existe un patio interior de la comunidad al que dan todas las ventanas y balcones del bloque y al que se accede por una puerta común que se encuentra dentro del portal y de la que todos los vecinos tienen llave para acceder al mismo para recoger cosas que se les puedan caer. Una parte de la planta baja era un bar que no tenía acceso directo al patio comunal, ahora este local lo están convirtiendo en dos viviendas y han abierto dos puertas de acceso privado al patio comunal, sin haber pedido permiso a la comunidad de vecinos, exclusivamente solicitaron permiso para hacer la obra sin enseñar planos y se les dio permiso para realizar una obra sin explicar lo que iban a hacer, pero ahora, al ver que están abriendo dos puertas al patio de vecinos, según ellos no son puertas son ventanas grandes y dicen que son legales nuestra pregunta es pueden hacer esas puertas sin el consentimiento de la comunidad aunque les haya dado permiso el Ayuntamiento?

    • Hola Carmela,
      Incuestionablemente NO. Sin el permiso de la comunidad, que deberá ser otorgado en Junta de Propietarios, no se puede modificar nada. Así pues, podéis denunciarlo en el juzgado y el propietario del local deberá restituir la fachada interior a su estado original.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  62. Buenos días:

    Acabo de comprarme un bajo con un patio de uso privado. Estamos pensando en hacer un cerramiento en la parte de la cocina para sacar el lavadero fuera. El vecino de al lado tiene exactamente lo mismo.

    Mi pregunta es: ¿Podría hacer un puerta en la pared de la cocina para acceder al cerramiento?

    He comprobado que dicha pared no es de carga. El patio es interior, por lo que no se modifica la estética de la fachada.

    Gracias

    • Hola Francisco,
      Como todas las obras que planteen una modificación de elementos comunes (como es el caso que nos cuentas) debes pedir autorización a la Junta y que te la concedan. Otra cosa sería que te negaran una modificación que ya se ha permitido con anterioridad, pero insistimos, lo primero es siempre pedir autorización.
      Un saludo.

  63. Hola, tengo una duda.

    Soy reciente inquilina de un piso con un patio interior. En el patio hay cierto polvo y un poco de suciedad (en parte porque los vecinos sacuden trapos o manteles y nos hemos encontrado alguna que otra colilla). Una vecina nos ha denunciado y la vicepresidenta nos ha comunicado que ha venido una persona del ayuntamiento para ver el patio y tomar notas.

    No sé que gravedad puede tener el asunto y si existen ciertos niveles por los que debieramos preocuparnos seriamente ante la denuncia.¿ que requisitos tiene que tener la situación para que sea denunciable?

    Gracias!!

    • Hola Ana,
      El mantenimiento y la limpieza del patio te corresponden a ti exclusivamente al tener acceso a él. Por este motivo, si no cumples con ese deber, es lógico que te denuncien.
      Un saludo.

  64. Buenas mi inquietud es la siguiente soy propietaria de un segundo piso y la propietaria del primer piso quiere hacer unas modificaciones en el patio quiere hacer una placa y sobre ella construir un segundo piso en la escritura figura la propiedad horizontal … ella puede hacer eso

    • Hola Carmenza,
      No puede hacer semejante modificación sin consentimiento de la Junta de Propietarios. En caso contrario cualquier vecino puede denunciarlo.
      Un saludo.

  65. Buenos dias,
    Soy presidente de una comunidad con un patio exterior común a tres escaleras; las otras dos escaleras tienen un acceso al patio por una puerta, en la nuestra sólo se puede acceder a través de una ventana situada en una habitación del primer piso, un acceso un poco complicado porque no está al mismo nivel que el patio, mas o menos un metro mas bajo el piso. El problema es la limpieza del patio, o por lo menos de nuestra parte (el patio es propiedad común de las tres escaleras, aunque parece que desde siempre cada una se hace cargo de su parte), la pregunta es si tienen las otras dos escaleras obligación de cedernos el paso para dicha limpieza o se pueden negar aduciendo que nosotros también tenemos acceso al patio.

    Gracias

    • Hola Juan Antonio,
      Estas cuestiones son complicadas de responder sin analizar las escrituras y demás documentación, pero por lo que nos comentas, vuestro bloque no tiene acceso como tal, ya que una ventana no cumple la misma función que una puerta, así pues, no debería haber problema en que entrarais al patio a través de los bloques que sí tienen acceso mediante puerta. No obstante, en las escrituras debería aclararse esta cuestión.
      Un saludo.

  66. Hola buenas noche; mi pregunta es la siguiente…..Estoy viviendo recientemente en mi piso; es un 1; y el patio interior lo tiene usandolo el del bajo; algun dia desafortunadamente se me a derramado el cubo de la fregona en el lavadero y el agua a caído a dicho patio interior que su uso lo tiene el propietario del bajo.
    ¿me puede llamar la atencion e incluso prohirme que caiga agua por el agujero que tiene mi lavadero?. Que puedo hacer al respecto su prohibición.
    ¿le puedo decir que si le molesta el agua que le ponga un canalon; tuvo y lo desvíe para otro lado?

    • Hola Antonia,
      Lo normal es que no se tire nada al patio. Si tu lavadero vierte agua, lo que tienes que hacer es arreglarlo o canalizarlo debidamente para que no siga vertiendo agua, pero eso lo tienes que hacer tú, no él.
      Un saludo.

  67. HOLA .EL PATIO DE LUCES DE MI COMUNIDAD ES COMUN PARA TODOS LOS VECINOS Y LA PUERTA DE ACCESO ESTA UBICADA EN UN PASILLO COMUNITARIO, DICHO PATIO ANEXA CON AL BAJO A Y EL BAJO B.
    PUS BIEN YO SOY EL PROPIETARIO DE UN BAJO Y TIENDO LA ROPA EN EL EN UN TENDAL MOVIL Y NO FIJO . MI VECINO RECLAMA LA MITAD DEL PATIO PARA EL , ENTORPECIENDO EL PASO CON UNAS MACETAS QUE HACEN DE DIVISION , CON LO CUAL A LA HORA DE TENDER LA ROPA TROPIEZO CON LAS MACETAS Y MIS PROTESTAS NO HAN OBTENIDO MAS QUE INSULTOS POR PARTE DEL OTRO PROPIETARIO . NO HAY REGIMEN NI NORMAS INTERNAS .
    QUE PUEDO HACER?

    • Hola Diego,
      Creo que tu consulta está más que resuelta en el artículo. En el patio, no se puede poner nada sin el consentimiento de la Junta.
      Un saludo.

  68. Buenos días,
    Vivo en un inmueble donde uno de los vecinos tiene el uso y disfrute de un patio comunitario. Dicho vecino ha colocado en el patio diversos enseres y mobiliario sin pedir antes permiso. En la próxima Junta puedo proponer que se retire? Necesitaría unanimidad? Para retirárselo también necesitaría modificar los estatutos? Muchas gracias

    • Hola Silvia,
      Como ya explicamos en el artículo, puedes pedir lo en la Junta. no obstante hay que ser tolerantes con los vecinos y permitir el uso del patio, siempre que no moleste a nadie.
      Un saludo.

  69. Hola vivo en u bloque donde somos 3 bajos y cada bajo tiene dos patios q son de uso exclusivo de cada vivienda. Mi pregunta es si puedo hacer un cuartillo en uno de los patios, en un lado donde no molesto a nadie,y si puedo hacerlo sin permiso de la comunidad.
    En las escrituras tengo incluido ese patio,pero no se si esta dentro de las zonas comunes,ya q en escritura solo nombra a zonas comunes: escaleras,portal y azotea.
    Gracias

    • Hola Cari,
      Creo que ya hemos dejado claro más de una vez que no se pueden hacer modificaciones sin la aprobación de la Junta.
      Un saludo.

  70. Hola muy buenas mi caso es muy parecido al de los demás pero tengo varios puntos con dudas. mi edificio es escalonado justamente encima mio no tengo vecinos solo la azotea pero tengo un patio interior en el cual en lo alto de una de las paredes tengo un vecino con una ventana que dice que la ventana solo la tiene para que le entre fresco ese patio es al aire libre he puesto una mesa con sillas y este señor me ha dicho que esta prohibido fumar en ese patio porque dice que es zonas comunes, y es verdad porque en zonas comunes no está prohibido fumar, pero tengo entendido que en zonas comunes con espacios abiertos esta permitido fumar creo y en los estatutos de la comunidad no dice nada sobre el patio la comunidad dice que se están rigiendo por la ley.pero de todos modos la puerta del patio esta en el salón y como es normal en verano tengo la puerta abierta y si fumo dentro de mi casa que hasta el día de hoy si puedo fumar dentro de mi casa el humo sale por ese patio mi duda es ¿al ser zona comunes con espacios abiertos puedo fumar y hacer vida dentro de ese patio siempre y cuando no lo cierre ni haga cosas raras? Muchas Gracias

    • Hola Carmelo,
      No hay ninguna normativa que prohíba explícitamente fumar en un patio de luces o terraza comunitaria. Siempre que la comunidad no lo prohíba en los Estatutos o en el Reglamento de Régimen Interno, se podría hacer.
      Un saludo.

  71. Hola.
    En Septiembre del 2015 adquirí una vivienda, en cuya escritura figura que dispone del uso y disfrute del patio de luces como terraza. Cuando me dispongo a ocupar la vivienda, el presidente y vicepresidente de la comunidad, me comunicaron la prohibición de usar el patio de luces, lo cual he respetado.
    En la junta celebrada este verano, se acuerda actualizar las cuotas a los coeficientes de participación que establece la declaración de obra nueva, no se sabe que criterios se estaban aplicando hasta la fecha, el caso es que esta actualización me ha supuesto un aumento en mi cuota de un 70% aprox.
    Ante esto he encontrado una información en mundojuridico.info, que dice lo siguiente «Las cuotas de participación dependerán de varios factores, como superficie útil del piso, su emplazamiento en el edificio, uso que se presuma que se va a hacer de los servicios comunes, etcétera.»
    Ante esto va mi pregunta, si la comunidad me ha prohibido el uso del patio de luces, ¿podría solicitar una revisión del coeficiente de participación asignado a mi vivienda?.
    Gracias

    • Hola Manuel,
      Claro que lo puedes solicitar. Otra cosa es que se apruebe o no. En caso de que no se apruebe sólo te quedaría acudir a los tribunales.
      Un saludo.

  72. Buenas tardes,
    Vivo en un bajo con un patio comunitario al cual tengo acceso directo desde mi casa también hay otro acceso donde esta los contadores del agua, en las escrituras me pone que es un patio comunitario pero no me hace referencia si es de uso privativo o no y me gustaría arreglarlo y asi poder disfrutarlo ya que lo único que hago es limpiarlo.
    Un saludo gracias

    • Hola Nica,
      Prueba a exponer esta cuestión en una Junta de vecinos, porque si no te corresponde el uso y disfrute del patio tampoco tienes la obligación de limpiarlo.
      Un saludo.

  73. Buenas noches.
    Vivo en una casa donde tengo un patio de luces con una ventana,esa ventana que da al patio de luces es del vecino.
    Mi pregunta es:
    Tengo yo la obligación de dejarle pasar por mi propiedad para arreglar la ventana si tiene desperfectos o quiere arreglar su pared y tengo yo obligación de limpiar el patio,un saludo.

    • Hola Oscar,
      Sí, tienes la obligación de dejarle pasar y también tienes la obligación de limpiar el patio.
      Un saludo.

  74. Tengo un piso donde tengo un patio que es comunitario, pero solo por mi vivienda se puede entrar. Mi problema es que el patio es pequeño pero tiene un sumidero que cuando sacuden se llena de polvo, colillas,etc.,
    Yo limpio el patio pero también tienden la ropa y si llueve tengo una rejilla del gas que esta muy al ras del suelo cuando me ausento unos días les cae ropa y atascan el desagüe y me entra el agua y no es la primera vez que me moja todo el pasillo y una despensa, quien debería de correr los gastos del arreglo.

    • Hola Bienvenido,
      El patio, pese a ser de tu uso y disfrute, debería ser de propiedad comunitaria (comprobar en las escrituras), así pues, su arreglo corresponde a la comunidad.
      Un saludo.

  75. Hola, soy propietaria desde hace 10 años de un piso en la 2 planta, con piscina y patio comunitario, este año ha venido a vivir un vecino que monta junto a otros 2, fiestas infantiles con musica, cine y barbacoa de 8.30 a 12 de la noche los viernes sin pedir permiso a la comunidad, lo hacen el dia q les parece de una forma continuada. Mi pregunta es, si es legal hacer ruido hasta las 12 de la noche y si se puede cocinar en zonas comunes como patios comunitarios con zonas infantiles?

  76. Hola, desde hace 10 años soy propietaria de un segundo piso con zonas comunes con pista padel, piscina baños y patio, y este año h venido a vivir un vecino q monta en el patio comunitario todos los viernes fiestas infantiles, con musica, cine y barbacoa de planchas de 20.30h a 12.00 de la noche enganchando la elecricidad al baño de mujeres quedandolo inabilitado esas horas puesto se tiene k kedar la puerta abierta. Mi pregunta es si se puede hacer ruido hasta esas horas y si se puede cocinar en zonas comunes? se puede poner musica alta en la piscina? Gracias

    • Hola Patri,
      Lo normal en este tipo de comunidades es que los Estatutos o el Reglamento de Régimen Interno regulen este tipo de actividades. Al tratarse de zonas comunitarias, el vecino en cuestión siempre debe pedir autorización para hacer uso de ellas.
      Un saludo.

  77. Mi vecina del bajos segunda tiene en el patio interior una auténtica selva, hasta el muro que separa su vivienda con la del bajos tercera lo tiene lleno de plantas. Además deja botellas, pinchadas boca abajo en la tierra de los tiestos, con agua. En verano la proliferación de mosquitos y otros insectos, es intolerable ¿Que puedo hacer al respecto?

    • Hola Javier,
      Si el patio es comunitario, que es lo normal, la vecina que tiene acceso al mismo puede hacer uso de él pero esto no significa que pueda hacer lo que quiera. Cualquier vecino puede reclamarle que deje el patio en su estado original y que retire todo lo que tenga.
      Un saludo.

  78. Buenas tardes,
    Quisiera hacer una pregunta, vivo en un bajo y en frente tengo la piscina comunitaria. Desde hace unos años somo mas vecinos y no puedo ni tender fuera porque en muchas ocasiones salpican mi terraza con agua de la piscina. Incluso llegando a manchar los cristales. Puedo quejarme de este hecho a la comunidad? Que deberia hacer para no tener que oir que vivo en un bajo y ya sabia a que me arriesgaba? Espero vuestra respuesta muchas gracias

    • Hola Encarna,
      La queja la puedes exponer como cualquier otra. La comunidad debería buscar una solución al problema. Sin ver las instalaciones es imposible dar un juicio más concreto.
      Un saludo.

  79. Buenas,
    En la finca que vivimos, las dos viviendas que están en el primero tienen acceso a sendos patios interiores. La cuestión es que sabiendo que son zonas comunes para el disfrute de ellos, alguno ha instalado una pila lavabo de obra, han montado alguna que otro mueble como despensa, plantas grandes con sus macetas, han pintado muebles, cubos de basura, etc………Quería saber si eso lo pueden poner sin el consentimiento de la comunidad. Ademas en sus rellanos de sus puertas han dejado las bicicletas de los niños. Eso también pueden ponerlo o hay que aprobarlo en Junta??
    Agradecido por la respuesta.
    Un saludo

    • Hola Pedro,
      Como ya indicamos en el artículo, no se puede poner nada en el patio comunitario sin el consentimiento de la Junta. Igualmente, las zonas comunes como pasillos o escaleras tienen la misma consideración. Nadie puede hacer de estas zonas su propio trastero.
      Un saludo.

  80. Buenos días, mi caso es el siguiente:
    Tengo comprada una vivienda en un piso primero. En su día, antes de mi compra, el inmueble situado debajo de mi propiedad techó el patio común de modo que el patio de luces del bajo se convirtió en patio de luces en primera planta al que se puede acceder desde mi vivienda (sin acuerdo de Junta). Ahora el dueño del bajo pretende derribar el techo del patio y poner una montera de cristal. Tengo claro que no podría poner la montera sin consentimiento de todos los propietarios, pero ¿podría proceder al derribo del techo existente? ¿Requeriría consentimiento de todos los propietarios para el derribo del techo o sería un acuerdo de mayoría dentro de la comunidad? ¿Puede derribarse una obra consentida tácitamente por los propietarios durante años?

    • Hola Pedro,
      Para cualquier modificación de las zonas comunes se requiere de autorización de la comunidad por mayoría de 3/5 partes aunque, dependiendo del tipo de modificación esta mayoría podría ser simple o por unanimidad pero para saberlo habría que estudiar el caso concreto in situ. Lo que está claro es que no se puede modificar nada libremente y sin consentimiento.
      Un saludo.

  81. Buenas tardes,
    soy dueña de un piso con terraza (que por escrituras es de mi piso) al cual dan varias ventanas, una de ellas es del portal del piso.
    Delante de esa ventana he colocado algunas macetas y algunos vecinos se quejan de la falta de claridad, aludiendo que esa ventana es de la comunidad. Las plantas están en mi terraza no sobre la ventana.
    ¿Tengo derecho a poner estas macetas siendo mía la terraza?
    ¿Para techar esta terraza tendría que pedir permiso a la comunidad?

    Gracias

    • Hola María,
      En ningún momento puedes obstaculizar la entrada de luz de esas ventanas, así que debes retirar cualquier elemento que tape entera o parcialmente la misma.
      Para techar, obviamente, necesitas el permiso de la comunidad.
      Un saludo.

        • Hola María,
          Si obstaculizan la entrada de luz de una ventana, la respuesta, como ya te hemos dicho, es no.
          Un saludo.

  82. Hola, mi duda es la siguiente,
    vivo en un primero con patio comunitario pero de mi uso exclusivo y tengo una terraza que ya estaba construida cuando lo compre y que está en las escrituras, he puesto además un toldo sobre una estructura que también estaba ya construida cuando lo compre. Tanto el techo de la terraza como el toldo se llenan de plumas y porquerías de las palomas, es obligación mía limpiarlos? Me pueden obligar a quitarlos? Gracias de antemano,

    • Hola Mª José,
      Efectivamente es tu obligación limpiarlo. Y si no pediste permiso a la comunidad para la instalación del toldo y algún vecino lo solicita, tendrías que quitarlo.
      Un saludo.

  83. Buenas.
    En mi escritura pone que tengo el patio interior en propiedad… no aparece nada que indique que es común o de uso y disfrute de mi vivienda.
    Ahora bien… se solicitó en su momento el techado de los patios y sólo hubo un voto en contra.
    Tengo dos preguntas:
    1. Al estar en propiedad y no uso y disfrute, ¿puedo techar sin aprobación de la comunidad?
    2. Y en caso obligatorio de que necesite aprobación de la comunidad, ¿se necesita mayoría absoluta o simple, o qué?

    Mil gracias

    • Hola Román,
      Con independencia de la titularidad del patio, el cerramiento del mismo supone una modificación de la estructura original y, por tanto, necesita de aprobación en Junta. La mayoría necesaria para ello, entendemos que es de 3/5 partes.
      Un saludo.

  84. HOla, agradeceros la ayuda que prestáis en primer lugar.
    Mi consulta es la siguiente.
    Soy propietario de un piso en bloque donde solo somos un total de dos pisos.
    Yo estoy en el segundo, y en el primero no vive nadie aunque tiene dueño, claro.
    El edificio cuenta con patio al que dan los dos dormitorios de cada piso (pisos iguales), y la cuestión es que a ese patio solo se accede desde el primero, donde no habita nadie.
    El propietario no limpia el patio que tiene bastante suciedad en suelo y paredes y mala imagen, y nosotros desde el segundo piso no podemos hacer nada.
    Tampoco tenemos constituida comunidad de propietarios y tengo duda si al ser solo 2 estamos obligados o queda a nuestra elección.
    ¿Qué puedo hacer para que el propietario del primero limpie o contratar a limpieza del patio una o dos veces al mes y pagar a medias? ¿Le corresponde la limpieza del suelo del patio a ese propietario al solamente el tener acceso al mismo?

    Gracias de antemano.

    • Hola Manuel,
      Al ser sólo dos propietarios no tenéis obligación de constituir una comunidad de propietarios.
      En cuanto al patio, el que el vecino no viva allí y el piso esté cerrado, eso no le exime de la responsabilidad de mantenerlo en buen estado. para ello, puedes denunciarle ante el juzgado directamente.
      Un saludo.

  85. Buenas, tengo una duda , a ver si me podéis resolver.
    En el año 97 compré un ático que da a la calle y la terraza a esta, es decir a fachada , el edificio es de obra vista pero ya tenía las paredes de mi terraza , de uso privativo , pintado el ladrillo en rojo y la junta en blanca.
    Con el paso del tiempo , las juntas se han ido degradando y la pintura tambien, La idea es pintarlo todo en blanco con una buena pintura pero no sé si debo tener permiso de la comunidad . Aunque bien sé que la terraza es comunitaria de uso privativo y da a la fachada, cabe decir que por el retranqueo del piso , la pared en cuestión queda casi tres metros hacia el interior respecto al resto de fachada.
    Gracias y un saludo .

    • Hola Pepo,
      Si es una zona común, con independencia del uso, debes solicitar autorización a la Junta.
      Un saludo.

  86. Tenemos un patio entre varias comunidades de vecinos, con acceso desde el exterior. Siempre hemos considerado que pertenecía a todas los edificios, y así se han hecho limpiezas periódicas del mismo. Hace años construyeron un edificio en el medio para instalar una fábrica porque decían que el patio era de propiedad privada.
    El hecho es que ahora ese edificio lo ocupa un vecino que ha hecho saber a todos los copropietarios que el patio también es suyo en su totalidad y ha cerrado el acceso al mismo amenazando a los vecinos de que no tiren nada porque se quedará con lo que caiga. Además no deja que pase ningún vecino al patio y tampoco permite que vengan los servicios de mantenimiento y reparación. Ha dicho que tiene todo el patio en escritura pública. ¿Es esto posible?. Ha instalado una especie de chiriguito en donde se reúne con sus amigos justo al lado de las ventanas de los bajos.

    • Hola Matilde,
      Por ser posible, puede serlo sin problema. Muchas veces no atendemos a las escrituras con detalle. No obstante puede ser un caso complejo que habría que analizar detenidamente.
      Un saludo.

      • Muchas gracias por la respuesta.
        Pero, aunque tuviera el patio en propiedad debería mantenerlo limpio y no molestar a los vecinos; dejar que pasen los servicios de mantenimiento y reparaciones eléctricas, y otros, pienso que habrá alguna forma de obligarle a hacer todo esto y exigirle que no haga ruido, nos está haciendo la vida imposible.
        Ha prohibido a todo el mundo que tiendan la ropa; mientras él lo está llenando de toda clase de basura que recoge por la calle. Se sube a su azotea (no sabemos si tiene luz y agua en su vivienda-fábrica) a espiar a los vecinos del segundo piso,¡ en fin¡. Se trata de un patio ubicado en Madrid capital, rodeado de fincas urbanas construidas en el año 1952 aproximadamente.

        • Hola Matilde,
          Podéis denunciar todo lo que consideréis que vulnera vuestros derechos, ya sea por descanso o por suciedad y mal uso del patio.
          Un saludo.

  87. Hola: a traves d euna cooperativa nos hemos comprado un piso con patio interior. Pagamos por el mas dinero que vecinos con la misma casa pero sin patio. Al ir a ver los pisos hemos visto que nos han colocado una salida de humos y no sabemos de donde proviene, si de locales, de garajes…
    Eso es legal. Es un cuadrado de un metro de añtira en mitad del patio. Que podemos hacer al respecto??gracias

    • Hola Laura,
      Las salidas de humos suelen ir reguladas por normativas municipales. Ponte en contacto con tu Ayuntamiento y consulta el tema.
      Un saludo.

  88. Hola,
    vivo en una comunidad de vecinos, en un 1º y tenemos el usufructo del patio de luces. Vivimos desde hace más de 20 años aquí y nunca han puesto problemas por asar algo fuero ( asar con un hornillo o similar, nunca con parrrilla ni usando madera ni similares y muy pocas veces) entonces nunca se quejaron los vecinos del humo que desprende, hasta ayer. Una única vecina se quejó tras todos estos años de que le olía la ropa, y el administrador de la finca nos dijo que si le molesta a una deberíamos de dejar de hacerlo. Mi pregunta es: deberíamos hacer caso de eso tras tantos años? y por otro lado, mi comunidad aprueba tener perros, pero si alguien es alérgico podría solicitar que por ejemplo no estuvieran los perros en zonas comunes cerradas, tal como un ascensor?
    Gracias de antemano

    • Hola Christian,
      Lo de asar en el patio y echar olor y humo a los demás no es que sea de muy buen vecino y claro que pueden denunciarte por ello y prohibirte que lo vuelvas a hacer.
      Con respecto a los perros, no puedes hacer nada puesto que el planteamiento que expones es un poco absurdo. Si no quieres ir con el perro en el ascensor, no subas, te esperas al siguiente turno y ya está.
      Un saludo.

  89. Buenos dias,
    Vivo en un ático con terraza propiedad de la comunidad pero de uso exclusivo y unico acceso desde mi vivienda. Tendría que pedir permiso para poner un suelo por ejemplo de madera (asi como para recubrir el murete)? (Actualmente tiene colocada una capa de fibra de vidrio aislante pero no tiene mas tipo de suelo por encima). Asi mismo quería poner maceteros con plantas para tener privacidad respecto a la terraza de mi vecina.
    Un saludo.

    • Hola Carolina,
      No nos cansaremos de decirlo, para cualquier modificación de un elemento común se precisa consentimiento de la comunidad.
      Un saludo.

  90. Hola,buenas noches.

    En un inmueble de más de cincuenta años tengo un local dentro del cual existe un patio de luces y yo soy el único que puede acceder a él. Está techado con una placas traslúcidas que desconozco si fue entregado así o si fue cubierto posteriormente, si fuera posterior también desconozco si fue aprobado con autorización comunitaria,aunque de cualquier forma estaría legalizada la cobertura puesto que lleva más de 50 años. No sé si existe Título Constitutivo de Comunidad pero parece lógico que, como explican Vds lo corriente es que el patio sea comunitario con uso privativo. Pues bien ,esta cubierta se encuentra deteriorada y el agua de lluvia entra en mi local inundándolo; pienso que la reparación y mantenimiento debe correr a cargo de la comunidad puesto que es comunitario, y además el daño ha sido causado en su mayor parte por los vecinos de las viviendas superiores,puesto que han caído todo tipo de objetos taponando desagües,desplazando placas y juntas impermeables,etc.
    Agradeceré mucho que me den su opinión.
    Muchas gracias.

    • Hola Manuel,
      El Título Constitutivo de la Propiedad (no de la comunidad) siempre existe. Puedes pedir una copia en el Registro de la Propiedad para salir de dudas acerca de las cuestiones referentes a dicho patio. Si es un patio comunitario las reparaciones correrán a cargo de la comunidad.
      Un saludo.

  91. Hola:
    Mi madre nos dejo en herencia a mi hermana y a mi una casa de dos plantas. Mi hermana ha vendido su parte que es la parte alta. Yo tenia firmado con mi hermana un documento donde se dice que ella puede hacer «uso» de la azotea y patio y donde pone que ese uso se respetara en el futuro independientemente de cuales fueran sus propietarios en cualquier momento, salvo que ambas partes decidan llegar a un acuerdo distinto del uso de zonas comunes.
    Puedo cambiar ese papel aunque solo tenga el 50% de voto?

    • Hola Pepi,
      Tendrías que consultarlo con un abogado puesto que se trata de un asunto meramente legal sobre la validez de un acuerdo privado, una posterior compraventa y la posibilidad de modificar lo pactado. Sin conocer los documentos, contratos, condiciones de la compraventa o las escrituras no podemos dar más respuesta.
      Un saludo.

  92. Hola,

    Mi madre vive en un primer piso con patio. El contador de agua individual de origen estaba ubicado dentro de la vivienda, en la cocina, en un sitio que molestaba mucho, pero no por ruido, sino por ubicación. Hace 7 años hicimos una reforma y aprovechamos para cambiar la ubicación del contador y lo instalamos fuera en el patio. El caso es que ahora la vecina de arriba se está quejando de que oye el ruido del agua desde la zona del contador y que le molesta y que ese contador no debería de estar ahí porque es una zona comunitaria. Puede obligarnos a quitarlo?

    Gracias

    • Hola Marta,
      Obviamente sí que puede. Primero porque lo has hecho sin consentimiento (por lo que entendemos) y segundo porque lo has colocado en una zona común.
      Un saludo.

  93. Hola, buenos días.
    Vivo en la 1a Planta de un edificio de dos alturas. En la vivienda que esta debajo de la mía hay un patio común pero de uso privado. Ahora tengo que arreglar la antena de televisión y para ello debo acceder a dicho patio.
    ¿Por ley me tiene que dejar acceder el propietario de la planta baja?

    Gracias.

    • Hola Andrés,
      Por supuesto. Cualquier propietario debe ceder el acceso para las reparaciones del edificio que sean necesarias.
      Un saludo.

  94. Buenos dias,
    en mi edificio hay una terraza (patio de luces) en la que nadie tiene el ususfructo y a la que únicamente se puede acceder por las ventanas de los locales comerciales que se encuentran en nuestro edificio. Locales que no tienen acceso a la porteria y por tanto no pagan comunidad, sólo la parte proporcional del seguro del edificio.
    La comunidad de vecinos queremos limpiar ese patio ya que tiene los sumideros algo embozados y los propietarios de los locales no permiten acceder a la empresa de limpieza para prodeceder a su cometido.
    Uno de los locales sólo nos permite acceder si le permitimos hacer una entrada al local más grande por la fachada a la calle del local, modificando la fachada del edificio, es decir ampliar el escaparate del local.
    ¿ Puede el propietario del local negarse a que la empresa pase a limpiar el patio?
    La periodicidad de la limpieza sería 1 vez al año y por su puesto no pretendemos que el local la pague.
    Atentamente,
    Sandra

    • Hola Sandra,
      No puede negarse y menos puede chantajear a la comunidad por ello. La ley le obliga a ceder el paso para el buen mantenimiento de las zonas comunes.
      Un saludo.

  95. Buenas.
    Vivo en una comunidad que tiene un patio de luces de uso común y acceso común por el portal. Puedo hacer fotografías de productos en el patio? No sale el patio en las fotos, solo uso la luz natural que entra, pero un vecino me dice que no puedo ponerme ahí a hacer fotos . Yo vivo en un bajo y no uso el portal, pero pertenezco a esa comunidad puesto que pago la cuota que conlleva los gastos comunes como el ascensor, luz de escalera, etc aunque no lo disfruté.
    Gracias

    • Hola Alberto,
      Este tema no tiene mucho que ver con la administración de comunidades, sino más bien con el derecho a la intimidad de las personas. Dudo mucho que puedas hacer fotografías en el patio comunitario e incluso podrían denunciarte por ello. Te recomendamos que busques otro entorno.
      Un saludo.

      • Tengo u negocio de papeleros pero esta en parte mas baja que la calle y colindo con otros negocios puse un barandal que tapa el pasillo hasta la escalera que da a la calle porque el banco de a lado la gente se forma y tapan la entrada de mi negocio y por eso puse el barandal pa que ya no tapen mi entrada mi vecina ya me hecho al municipio pa que lo quite es delito lo que hice o no

        • Hola Herbert,
          Entendemos que lo que has hecho es instalar una baranda en la calle, lo que es, lógicamente, una infracción puesto que la calle no es tuya sino de todos. Tu Ayuntamiento decidirá si te sanciona en función de las normativas municipales.
          Un saludo.

  96. Buenas tardes:
    Soy propietaria de un 2º piso que da a un patio de luz comunitario cuyo uso y disfrute tiene el propietario del bajo. Este vecino se queja de que el tubo del aire acondicionado de mi casa, el cual no está grapado a la pared, le provoca humedad en el patio. Desde la oficina del Administrador me dicen que tengo que hacer lo necesario para que no moleste al vecino del bajo.
    Me podría aclarar si estoy abligada a tal actuación a mi costa, o sería una cuestión de la comunidad o incluso del propietario al cual molesta el agua que pueda destilar el aire acondicionado?
    Muchas gracias.

    • Hola Rocío,
      Lógicamente es una asunto que debes solucionar tú y las costas debes afrontarlas únicamente tú. No vemos la duda por ninguna parte.
      Un saludo.

  97. Buenas, tenemos un patio comunitario en el que algunos vecinos tienen acceso a el por su vivienda, además de una puerta comunitaria, el problema viene con un vecino que en escrituras poner que le corresponde una parte del patio para uso y disfrute, pero no pone metros, ningún vecino tiene vayado ninguna zona, pero este quiso vayarlo y no le dejaron, tiene una parte limitada con macetas, quisiera saber si se puede hacer, puesto que en los que tienen puerta para salir pone que consta de zona libre en edificación. Gracias

    • Hola Alejandro,
      Tendríamos que estudiar las escrituras y características del edificio para dar una respuesta exacta. No obstante, según nos comentas, ningún propietario podría delimitar espacio alguno de dicho patio al considerarse un elemento comunitario. Únicamente podría hacerlo si la comunidad le concede permiso.
      Un saludo.

  98. Hola buenas..
    Estoy en un edificio de 4 plantas del año 1975 y yo tengo en Propiedad un Local Comercial en los bajos. Resulta que cuando lo compraron mis padres había » un solo Acceso Directo al Patio de Luces desde nuestro Local «. Al poco tiempo mis padres hartos de toda la Porquería que tiraban los vecinos, en una reunión decidieron mis padres dejar el patio (no regalar el Patio !! ) para que lo usaran los vecinos para que guardasen sus cosas. (carritos de bebes, bicis..ect..), y entonces cerraron mis padres la Entrada desde nuestro local, he hicieron una puerta desde el Portal de la comunidad, y todos los vecinos disponen de una llave para el uso que se acordó.
    Resulta que a los tiempos de hoy los vecinos están comentando el que quieren poner un ascensor, en el cual nosotros no estamos de acuerdo.
    Resulta que repasando la escritura, no pone nada del patio de luces, solo pone el total de metros de nuestro local y tampoco tenemos Plano de nuestro Local. Supongo que en aquellos años el papeleo no es como al día de hoy. Ahora he echo una instancia en el Ayuntamiento para ver si Urbanismo puede darme los planos de nuestra Propiedad y confirmar por Papeles que ese Patio, solo había una entrada desde nuestro Local.
    *.* Si en los papeles Originales figura la entrada desde nuestro local, doy por echo que es de uso exclusivo para nosotros, cierto ??
    *.* Si quisiera usarlo solo Yo, podría hacerlo ?? (..abriendo la puerta desde nuestro Local y cerrando desde la comunidad, siempre que en los papeles figure )
    *.* Si quieren montar el Ascensor, se supone que al ser nuestro, no pueden hacer nada los vecinos, cierto ??
    Un saludo, esperare su Respuesta.

    • Hola Raúl,
      Si la modificación de la entrada al patio lleva hecha tantos años y se puede demostrar, dudo mucho que a día de hoy puedas reclamar el patio como zona de uso privativo. El Juez puede dar valor a la situación actual, consentida durante tantos años, por encima de lo que figura en las escrituras. Así pues, no puedes modificar libremente la entrada al patio.
      En cualquiera de los casos, se trata de una zona comunitaria y se puede destinar a la instalación del ascensor si así lo determina la Junta de Propietarios. Recuerda que el patio de luces es de propiedad comunitaria pero de uso privativo, por lo que el vecino que hace uso de él, no tiene mayores derechos que sobre cualquier otra zona común del edificio.
      Un saludo.

    • Ante Todo muchísimas Gracias por su Respuesta COMUNADIS.

      En mi Local, en la Zona del Lavabo tiene una ventana que da al Patio de Luces.
      Pueden taparla sin mi consentimiento para poner un Ascensor ??
      Si me niego a que cierren la Ventana, pueden poner el Ascensor ??

      Según comenta COMUNADIS, al dia de hoy un Juez podría negarme a Mí que volviera a dejar el Local como estaba en su situación Original, aun teniendo la Escritura de la Propiedad y los Planos Originales que demuestran que es » mio «. Pero entonces, yo estoy pagando de mas en el Impuesto Ibi, si ??

      ..Y si UNO de los Vecinos no puede pagar la Parte Proporcional para la Obra del Ascensor porque su economía es mala ( circunstancias de la vida ). Supongo que puedo Negarme a pagar parte de su Deuda, no?? ( lo comento mas que nada, porque hace poco se tuvo que hacer una reforma en el bloque y todos los vecinos pagamos su parte.., con la condición de que no lo ira pagando poco a poco, todo por escrito legal )

      Perdone COMUNADIS por tantas Preguntas y Dudas. Supongo que ya se ha dado cuenta de la situación que tengo y la Meta que quiero alcanzar. También decirle que me gusta estar lo mas Informado Posible para prevenir algunas situaciones no deseadas, y si no se puede hacer nada, tendré adaptarme a lo que hay.
      Saludos y Muchisimas Gracias.

      • Hola Raúl,
        La instalación del ascensor lleva parejo un proyecto realizado por un arquitecto que deberá ser aprobado y en él se contemplarán todas estas situaciones que nos comentas. No podemos dar mayores indicaciones sin conocer de primera mano las escrituras y el edificio.
        Sobre tus derechos sobre el patio y el pago del IBI, entenderás la importancia de hacer las cosas correctamente, registrar los cambios, notificarlos a la administración pertinente, etc. En caso contrario, como es el vuestro, suceden multitud de incongruencias, problemas y conflictos cuya solución pasa por el juzgado, con los consecuentes gastos innecesarios que esto supone. Así pues, deberíais registrar la situación actual tanto en el Registro de la Propiedad como en el Catastro.
        Un saludo.

  99. Buenas tardes,
    Me gustaría que me ayudará con una duda que tengo. Mis padres viven en un primer piso que tiene un patio comunitario al que sólo se puede acceder desde su vivienda. Se acordó en la Junta de vecinos que el conserje limpiaría el patio todas las semanas (cosa que se está cumpliendo regularmente) , pero mis padres se han comprado una casa para las vacaciones y están planeando pasar los 3 meses de verano en ella. Algunos vecinos, cuando han hablado con ellos del tema, les han comentado que el patio no puede estar 3 meses sin ser limpiado y que por tanto tienen que dejarles las llaves de su casa al conserje para que pase a limpiarlo, cosa que ellos no les apetece hacer. ¿Estarían obligados a ello? . Muchas gracias por anticipado.

    • Hola Ester,
      Obligados a dejar las llaves al conserje no, pero sí están obligados a facilitar el acceso y para ello, no existe un modo concreto. Que le dejen las llaves a un familiar, amigo o vecino de confianza para que el conserje pueda acceder. Lo que está claro es que tienen la obligación de facilitar el paso.
      Un saludo.

  100. Buenas tardes,
    En mi edificio hay varias terrazas en las plantas bajas de uso privativo, alineadas en paralelo, que por la parte delantera lindan con una calle pública. Tengo claro que la valla que delimita estas terrazas de la calle es común al edificio en tanto que sirve de cerramiento al edificio y su reparación corresponde a la comunidad.
    Mi pregunta es si la pared que delimita mi terraza con la del vecino es común del edificio o no. En otras palabras la reparación de esta valla corresponde a la comunidad o nos corresponde repararla a mi vecino y a mi. Aclarar que la valla que divide nuestras terrazas no es ni un muro de carga ni pared maestra y únicamente separa nuestras terrazas.
    Muchas gracias

    • Hola Marmorji,
      Pues habría que ver quién hizo esa pared y si figura en las escrituras o no. Si se contempla desde un inicio y los patios también son comunitarios entonces correspondería a la comunidad, pero si no figura y su realización fue por cuenta de ambos propietarios con el consentimiento de la Junta, entonces os corresponde únicamente a vosotros. En cualquier caso habría que conocer los datos más a fondo para determinarlo con exactitud.
      Un saludo.

      • Muchas gracias COMUNADIS, me ha dado la respuesta porque las paredes estan desde que se construyó el edificio y en la descripción de cada planta baja que hace la escritura constan las terrazas individuales para cada planta. Por tanto su reparación corresponde a la comunidad.

  101. Buenos días,

    En mi caso concreto, se trata de un patio que tiene dos accesos uno para el propietario de la vivienda y otro para el resto de propietarios desde la zona de trasteros. Además el propietario con acceso directo, ha colocado muchísimas macetas con plantas, muebles y ha dejado prácticamente poco espacio, eso si sin consultarlo a la comunidad ¿En este caso tiene derecho a hacerlo? hay que tener en cuenta que hay dos accesos.

    Un saludo,

    • Hola Pedro,
      Este caso es uno más, sin ningún tipo de diferencia. Si algún vecino requiere la retirada de enseres del patio, hay que cumplirlo.
      Un saludo.

  102. Muchas gracias y que base jurídica puedo alegar para que lo retiren. Según el vecino esta en su derecho de uso privativo y puede ponerlo.

    • Hola Pedro,
      En la Ley de Propiedad Horizontal. Es muy sencilla de leer y, además, convendría que todos los propietarios estuvieran al tanto de sus indicaciones.
      Un saludo.

  103. Buenas tardes, estamos pensando hacer un baño al lado del baño que tenemos en casa; al hacer esta obra el nuevo baño ocuparía una parte de la ventana de la habitación donde se haría. Esta ventana da al patio interior de la finca, y tendríamos que sustituir esa ventana por dos ventanas mas pequeñas. En el patio interior hay algunos vecinos que han modificado otra ventana, no esa y por la parte de la fachada exterior hay varios vecinos que han acristalado el balcón. ¿Debemos pedir permiso en la comunidad para modificar esa ventana?

    Muchas gracias.

    • Hola Justo,
      Lógicamente la respuesta es SÍ. Es una modificación y como tal debe ser autorizada por la Junta.
      Un saludo.

  104. Buenos días,
    Vivo en un primer piso y comparto junto con una vecina un patio interior. Desde cualquiera de nuestras viviendas hay acceso a dicho patio a través de una puerta, el resto de viviendas de los pisos superiores tienen ventanas que dan a este patio.

    El caso es que para acceder al patio, hay un desnivel de unos 60 cms de altura, es decir, que si quiero acceder a limpiar el patio, tengo que saltar 60 cms, o si tengo que recoger algo que se ha caído a los vecinos. Digo «tengo» por la otra vecina con la que comparto el patio es minusválida y por lo tanto ella no puede hacerlo.

    El caso es que hace 4 años aproximadamente, al ir a limpiar el patio mi madre se resbaló y se calló dentro del patio, como consecuencia tuvo una rotura en el hueso del talón del pié y estuvo tres meses sin poder pisar.
    Este verano, me caí yo, las consecuencias, cortes, golpes, un dedo del pié roto, y una vértebra golpeada, dos semanas de reposo sin poder trabajar. Los servicios de emergencia tuvieron incluso problemas a la hora de sacarme de donde me había caído porque yo no podía moverme, por seguridad, por si me había pasado algo en la columna tuvieron que inmovilizarme y les resulto complicado evacuarme.

    El alféizar de la puerta que da acceso al patio es estrecho, como un alféizar de ventana normal, por lo que el pié cabe a duras penas y además está embaldosado con una baldosa que no es antideslizante. Si llueve o si los vecinos cuelgan ropa que gotea, y esta baldosa se humedece resbala bastante.

    Además, la vecina de enfrente, al ser minusválida, para poder acceder al patio con la silla de ruedas o con muletas, primero hizo unas escaleras de obra para poder bajar al patio, modificando incluso el desagüe, pero como su invalidez ha ido más, hace un par de años puso una plataforma metálica (al caerme los cortes me los hice con el filo de esta plataforma) que queda subida esos 60 centímetros de altura salvando de esa manera la altura entre la vivienda y el fondo del patio (las escaleras que hizo están bajo la nueva plataforma metálica).

    Tras el último accidente expuse a la comunidad la necesidad de levantar el suelo del patio a la altura de la puerta de la vivienda, el patio es de uso privado pero pertenece a la comunidad, y me dicen que cuando compré la vivienda sabía que ese patio era así, y que si quiero hacer cualquier modificación corre a mi cuenta.

    No obstante, al ser propiedad de la comunidad, yo estoy obligada a mantenerlo en perfecto estado de limpieza y a facilitar a los vecinos las prendas y objetos que se les caen, pero ¿si mi seguridad no está asegurada, tengo que seguir haciéndolo? ¿no es más lógico hacer la obra, que la paguemos entre todos los vecinos y que sea un área segura?

    Teniendo en cuenta la inseguridad que existe, y que la otra vecina implicada es minusválida, ¿no están obligados a modificar el patio para que sea seguro y accesible?

    En concreto mis preguntas son:
    – Si quiero modificar el patio, ¿quién tiene que pagar? ¿tienen que estar todos los vecinos de acuerdo en hacerlo, o están obligados a ello según la Ley de Propiedad Horizontal?
    – ¿Tengo derecho a denunciar a la comunidad por los daños ocasionados? Al parecer la comunidad no tiene seguro de responsabilidad civil y me dicen que los seguros de cada casa se suelen hacer responsables en caso de necesidad, ¿es así?

    Un saludo y mil gracias

    • Hola Iratxe,
      Por lo que nos comentas no existe un acceso al patio como tal, porque un desnivel de 60 cm es más que considerable. Lo más sencillo sería colocar una escalinata. En cualquier caso es un aspecto muy técnico y concreto que debería ser estudiado por un arquitecto para ofrecer la mejor solución. Obviamente se considera una zona común y es la comunidad quien tiene que correr con los gastos. Ante la oposición de la comunidad, sólo queda acudir al arbitraje del juzgado.
      Un saludo.

  105. Soy propietario de un piso que tiene el disfrute de la mitad de un patio segun escritura, el vecino colindante tiene vallado el 75% del mismo, con el objeto de aclarar el tema saque copia de escritura de final de obra y división horizontal, en la misma dice que el piso del vecino tiene el disfrute de una porción del patio, en mi piso dice exactamente lo mismo y en mi escritura el notario especifico esa porción en la mitad del patio ( 50%).
    El vecino dice que es el patio que le corresponde por los metros de su piso y que ademas esta dividido hace 8 años. Me estoy planteando acudir a los tribunales.

  106. Buenos días. En abril mi pareja y yo nos vinimos de alquiler a un bloque pequeñito. Nuestro piso es un 1° y es el único que tiene acceso a un pequeño patio interior mediante una puerta a través de nuestra habitación. Le preguntamos a la propietaria sobre el uso de ese patio, puesto que ahi tenía el tendedero, el termo y las bombonas de gas, y nos dijo que era comunitario pero que solo nosotros podiamos hacer uso de él. El propietario del otro 1° piso (cuyas ventanas están: una, pegada a nuestra puerta, y otra, justo enfrente, pero todo cerquísima porque es un patio muy pequeño) puede acceder perfectamente sin dificultad a través de su ventana. Eso ya nos preocupaba bastante en cuanto llegamos, ya que al poco tiempo descubrimos que es un piso de alquiler vacacional mediante la web airbnb, y cada 3-4 dias viene gente nueva de todo tipo y nacionalidad. Hace dos días escuchamos ruidos en el patio y nos asustamos. Nos asomamos y habia dos técnicos instalando dos maquinas grandes de aire acondicionado: una encima de la ventana que está justo al lado de nuestra puerta, y otra enfrente. Los tubos de salida van a dar al patio. Le preguntamos a la propietaria si ella sabía algo de esto y nos dijo que no. Mi pregunta es: ¿Pueden acceder los de ese piso por la ventana sin pedirnos ningún permiso? Además, tememos que cuando vuelva el calor y empiecen a usar el aire, los ruidos, la salida de agua y el calor que desprenden esas máquinas sean molestos. No sé si habrán decidido en junta darle el permiso pero, si el principal afectado es mi propietaria (en este caso nosotros), y a ella nadie le ha consultado esto, ¿es procente esa instalación? El tema del patio lleva siendo un quebradero de cabeza desde que llegamos y vamos a optar por cambiar de piso para evitar, ya que el vecino del segundo, justo arriba de nosotros, lleva haciendo obra desde marzo sin parar, y todo el polvo cae también en el patio, por lo que tenemos que tender en un tendedero portatil dentro de otra habitacion. Yales avisamos en su dia y ni siquiera bajan a limpiar, lo tenemos que hacer nosotros. Gracias de antemano por su respuesta

    • Hola Fany,
      En las Escrituras vendrá qué derechos hay sobre el patio. En caso de que el uso corresponda únicamente a tu piso, nadie puede salir sin consentimiento. Lo de los aparatos de aire tiene que contar con autorización de la Junta.
      Un saludo.

  107. Buenas tengo un piso bajo donde tiene una entrada al patio por mi cocina y también a través del cuarto de contadores los vecinos, en mi escritura pone que tengo uso y disfrute del patio, mi pregunta es… Puede entrar cualquier vecino al patio sin permiso? Es que si es así pueden meterse en mi piso si me dejo la puerta de la cocina que da al patio abierta gracias de antemano

    • Hola Maria José,
      Es una situación extraña que teniendo escriturado que el uso corresponde únicamente a un piso, exista una entrada comunitaria para los demás comuneros. Lo normal es que ese acceso estuviera restringido. En cualquier caso habría que analizar bien las escrituras de constitución.
      Un saludo.

  108. Vivo en un segundo piso y tengo un balcon corrido en la parte posterior que da a a patios interiores. Mi vecina del primero, que hace las veces de bajo, tienes una terraza de unos 25m2 y la tiene totalmente techa con una especie de uralita ( sin amianto). Esto me supone un sin fin de molestias, la primera la estética por fea que es la uralita y por lo horrible que es ver la uralita cubierta de suciedad y cosas varias que caen de los pisos de arriba. Me gustaría saber en que circunstancias puedo obligarla a que la retire. Quíen es responsable de la limpieza?

    • Hola Lola,
      Si el techado está debidamente aprobado por la Junta no puedes reclamar su retirada. La limpieza del mismo le corresponderá a su dueño. Pide una copia del Acta en la que se le concede autorización para realizar ese techado.
      Un saludo.

  109. Soy propietaria de un bajo con acceso exclusivo a un patio de luz comunitario, cuando llueve se me inunda. Podria solicitar a los vecinos que se cubriera el patio para evitar los problemas con el agua????

    • Hola Eva,
      Habría que analizar el problema detenidamente y buscar la mejor solución. Si el problema radica en elementos comunes correspondería a la comunidad su reparación.
      Un saludo.

  110. Tengo un local con patio que en su dia y con permiso de toda la comunidad se procedio a su cerramiento.
    me sirvió para utilizarlo de almacen.Tengo filtraciones de agua,llame al administrador y me dice que es mio y tengo que hacerme cargo de los gastos se su reparación.Mi pregunta es si esta en los cierto.Un saludo

    • Hola Nachi,
      No podemos determinar una respuesta sin conocer in situ los hechos y el problema de la filtración.
      Un saludo.

  111. Hace tres meses compre un piso de segunda mano por Solvia. Estoy muy contento con el piso, pero la promotora cerró al principio el patio con una estructura metálica y cubierta de policarbonato. Al adquirir el piso, he pedido que quiten la cubierta porque en ocho años nunca la han limpiado y está llena de basura. Se que ha pasado mucho tiempo desde su construcción, pero el bloque ha estado desocupado porque los pisos no se vendieron al principio. Por otro lado no aparece en ningún acta de la comunidad, y el administrador se escuda de que cuando el cogio la comunidad del edificio, la estructura ya estaba construida. Por otro lado, la vecina del otro patio contiguo se queja de que cada ve que llueve la basura del patio le cae a ella, por lo que ha pedido permiso para la construcción de otra cubierta. Mis preguntas son, ¿puedo hacer que quiten el cerramiento de abajo ya que crea insalubridad y un aspecto estético sucio? Por otro lado, la vecina que pidió cubrir su patio lo hizo hace un año y aún no lo ha construido, ¿que tengo que hacer para impedir su construcción y que no sea otro foco de basura? gracias

    • Hola Dani,
      En principio hay que ver si los cerramientos estaban planteados en la construcción inicial y registrados. Para hacer ese tipo de modificaciones, siempre que no estuvieran contempladas, se necesita la aprobación de la Junta de Propietarios. El hecho de que los pisos no se vendan y estén aún en manos de la promotora no implica que no tengan las mismas obligaciones que cualquier otro propietario y, por tanto, se le pueden exigir legalmente.
      Un saludo.

  112. buenas tardes soy pedro
    mi consulta es la siguiente , he comprado un local a un familiar , dicho local tiene una zona techada que no viene en escrituras, pero esta zona del local esta construida así por la constructora desde antes que entregaran los pisos hace mas de 40 años y que los vecinos de dos primeros usan como de terrazas y tienen salida a esos patios , hay unas humedades en esa zona del local y quiero saber a quien corresponde esa reparación , comunidad , vecinos de esos patios o a mi

    • Hola Pedro,
      Lo primero que habrá que hacer será determinar la procedencia y causa de la humedad y luego se podrá concretar a quién corresponde la reparación. Entiende que sin saber la causa no podemos ofrecer respuestas válidas.
      Un saludo.

  113. Buenos dias. Vivo en una propiedad horizontal que consta de tres plantas donde hay dos vecinos por planta. Los vecinos de las plantas 2 y 3 tienen ventanas a un patio al cual solo yo puedo acceder ya que vivo en el 1er piso. ESta misma situacion es la que tiene mi vecina. Ambos tenemos un patio que solo se puede acceder por nuestras viviendas. El patio esta dividido por una pared en la cual hay dos orificios para que la vecina, cuando limpia, vaya todo al desagüe que tengo en mi patio. En la escritura describe que mi vivienda linda entre otras cosas un patio de luces. Ha surgido un problema en en desagüe que le ocasiona daños a una ferreteria que esta en el bajo. La pregunta es, la reparacion es comunitaria o mia. Saludos y gracias. ESpero su respuesta por favor si son tan amables

    • Hola Alejandro,
      Si la avería es de las tuberías bajantes la reparación corresponde a la comunidad. Del mismo modo, si es por un problema del sumidero del patio o de impermeabilización de la zona, también correría por cuenta de la comunidad. Si es provocado por el mal uso que se le haya dado (por ejemplo que vierta por el sumidero restos de comida) en ese caso sería el causante del daño quien tendría que reparar. Pero a priori, por lo que nos comenta, sería la comunidad de propietarios la encargada de las reparaciones.
      Un saludo.

      • Muchas gracias por su respuesta. El patio tiene un uso normal diria yo. Esta tapado para que no entren cosas. Tengo una perrita pero el patio se limpia y yo cada tanto lo limpio sacando la tapa del desagüe. El piso esta hecho del 85 y nunca se hizo nada de mantenimiento. Muy amable. Como compredera, es dificil decirle a los vecinos que en «mi patio» hay una averia y que la tenemos que pagar entre todos. Gracias otra vez y felices fiestas

  114. Buenos días,

    Me llamo Eloy, puse un comentario la semana pasada pero supongo que no debió llegar.

    Soy propietario de un piso que tiene el uso y el disfrute de una terraza cuyos propietarios son la comunidad de al lado, cada poco tiempo subía el portero para limpiar las terrazas colindantes, ocasión que aprovechaba el presidente de la comunidad para subir a sacar fotos, tanto de mi terraza como de la casa de los vecinos de abajo, con quien tienen problemas por un techo que han puesto…

    En fin un día cansado de que subiese a hacer fotos sin permiso con la escusa de que el portero subía a limpiar decidí prohibirle el paso a este señor y permitirle la entrada únicamente al portero para que limpiase(que se supone que era el objetivo de la visita) y como resultado he recibido un burofax en el que dicen que no permito la entrada a mi casa para el mantenimiento y en el que proponen un régimen de visitas trimestral al cual acudirían el presidente(el fotógrafo diría yo) junto con un técnico especializado. Además de estas visitas trimestrales quieren que mensualmente suba el portero para asegurarse que las terrazas colindantes están limpias y los desagües en orden.

    ¿Hasta que punto estoy obligado a permitir tales visitas? entiendo que tienen que hacer el mantenimiento y me parece correcto, pero resulta muy molesto que un señor se pasee por mi casa y se ponga a hacer fotos por doquier tanto a mi como a mis vecinos. En el propio burofax dicen «acudirá únicamente el presidente de la comunidad o persona designada al efecto, junto con un técnico cualificado que pueda evaluar el estado de la terraza» ¿significa eso que si viene el presidente únicamente no tengo porque permitirle el acceso a la terraza?

    Muchas gracias de antemano

    • Hola Eloy,
      Entendemos que el paso no puedes prohibirlo y hasta ahí todo es correcto y suponemos que no tienes problemas. Eso sí, el paso debes cederlo para que se limpie y mantenga el patio (o una reparación), pero no para que pasen quien le plazca a ver cómo es aquello y se ponga a echar fotografías. Si se plantea una reforma y van técnicos a presupuestar, es lógico que saquen fotos o mediciones de las partes a reformar, pero sin motivo alguno es difícil de entender.
      En cuanto a las fotografías aleatorias, creemos que es más una vulneración del derecho de privacidad que deberías denunciar si se repite en el mismo momento.
      Un saludo.

  115. Hola, hace un mes compre un bajo con un patio interior o un patio de luzes. Ahora resulta que en la azotea hay una plaga de palomas que no paran de cagarse el patio i las ventanas. Quieria enganchar un toldo mobil, de tela labable i de cierre manual, pero una vecina me dijo de la manera muy agressiva que tenia que pedir permiso a la comunidad i que ella tmb aguanta la mierda. Que puedo hacer si la comunidad no me da el permiso? Las palomas contaminan. Tengo un hijo de 3 años que sale corriendo por el patio cada vez que lo abro. I ventana de su cuarto sale al patio tmb. Mi idea no es cerrar el patio si no tapar un trozo de lado de la ventana

    • Hola Susana,
      Efectivamente, para colocar el toldo necesitas el consentimiento de la comunidad. En cuanto al problema de las palomas, lo lógico es que emprendáis algún tipo de acción para evitar que aniden en estas zonas.
      Un saludo.

  116. Mi bajo tiene una puerta directa al patio. Pero no es la única. Hay otra puerta desde el portal. ¿Pueden bajar los vecinos a estar en el patio (jugando con niñps,paseando al perro, a fumar un cigarro…)aunque eso me molesta porque están a cm de mis ventanas? Puedo exigir que se delimite una zona cerrada que preserve mi intimidad a cierta distancia de mis ventanas? Gracias

    • Hola Fermín,
      Tienes que consultar las escrituras para ver lo que dice sobre el uso y disfrute del patio.
      Un saludo.

  117. Buenas noches vendemos una vivienda que tiene acceso a un patio de luces por una puerta de la cocina, ni en los estatutos ni en la escritura se hace mención ni a la titularidad ni al uso. El resto de patios de luces colindantes y el propio del vecino tienen acceso también por una puerta en la terraza. Cada patio de luces viene delimitado por vallas.No hay ningún acceso comunitario. El problema es que la persona interesada en comprarlo quiere que aparezca por escrito que tiene derecho al uso y disfrute de la terraza y lo cierto es que no aparece ninguna mención. Hay algún artículo en la Ley que diga que en caso de zona comunitaria con acceso desde una propiedad privativa ésta tendrá el uso y disfrute??? Lo cierto es que es el típico caso en el que se presupone que la terraza es de titularidad comunitario pero que le pertenece el uso y disfrute al piso, el problema es que no aparece nada y en los estatutos solo regulan sobre un local que pertenece al edificio para el resto remiten a la Ley de Propiedad horizontal.
    Estábamos pensando el intentar pedir los planos y memoria de la obra para ver si pone algo pero el problema es que tardan semanas en dar cita en urbanismo y el tema urge para que no se eche atrás la persona que compra.

    • Hola JIN,
      Pues sentimos decirte que no creemos que puedas resolver el problema de manera rápida si, como nos indicas, no se hace ninguna mención en escritura de ese patio. Lo lógico será averiguar la situación legal del mismo y, en su caso, hacer la modificación de las escrituras que corresponda, asignando su uso a quien se determine legalmente. Deberás demorar la venta hasta solventar este asunto.
      Un saludo.

  118. Gracias por la rápida respuesta. Pues no aparece tampoco nada en la escritura de declaración de obra nueva, es del año 1960. Nada de nada y según dicen los propietarios sólo hay actas por escrito desde el año 2000 aproximadamente.Toda su vida ha estado así, pero claro, explica esto a la compradora sin poderle dar ninguna garantía por escrito. LO único que si decidieran hacer otro acceso para los vecinos a ese patio de luces con que ella se negara ya no se podría hacer pues sería un cambio de la estructura original y eso requiere unanimidad.
    Por lo que veo no hay nada que pueda hacer ya que el uso de dicho patio de luces no se reguló en ningún sitio(ni estatutos ni escrituras). LO único que se me ocurre es buscar los planos de obra para ver si ya entonces estaba proyectada una puerta en la vivienda., pero eso no implica que tenga asignado el uso. Vamos que veo que se perderá la venta.

  119. Tengo un local con negocio en activo que tiene un partió comunitario en uso exclusivo. Tengo la lavadora debajo de los patios de los vecinos donde ellos la tienen también, tendemos y ahora he puesto unas estanterías para ordenar todo un poco. Los vecinos quieren que las quite. He de hacerlo si no afectan de ninguna manera la estructura ni la estética? El patio está cubierto en el techo.

    • Hola Victoria,
      Como ya indicamos en el post, no puedes instalar nada en el patio sin consentimiento de la Junta.
      Un saludo.

  120. Buen día. Me gustaría consultarte. La escritura de una vivienda en un trifamiliar dice lo siguiente: «a esta vivienda, en el primer piso hacia el lindero oeste de la propiedad, le corresponde una zona de patio común de uso privativo del propietario».

    Se trata de un conjunto de 3 casas. Solo esta vivienda tiene dicho patio a su lado.

    En este concepto se entiende todo lo indicado en tu artículo. Ahora, mi pregunta es, que debe hacer el propietario de la vivienda para poder tener uso exclusivo del patio y poder realizar las modificaciones que el crea conveniente.

    Muchas gracias.

    • Hola Daniel,
      El uso exclusivo ya lo tiene puesto que es lo que significa tener «uso privativo». Al ser un patio comunitario no puede modificarse sin consentimiento de la Junta.
      Un saludo.

  121. Buenas tardes. Tengo un piso en un bloque de una sola planta, donde debajo es un local comercial, y encima no hay vivienda. El patio solamente tiene acceso desde mi vivienda, y ninguna otra vivienda tiene ventanas que den al patio. Podríamos decir que es una terraza aunque en las escrituras viene como patio. ¿Este patio es comunitario? ¿Podría cerrarlo dado que el patio solamente da luz a mi propia vivienda y a ninguna más?
    Muchas gracias, un slaudo.

    • Hola Gabriel,
      Eso tendrás que consultarlo en el Registro o en el Catastro ya que es ahí donde se estipula la titularidad del patio, aunque a priori parece que se trata de un patio privado, pero no podemos asegurarlo al cien por cien.
      Un saludo.

      • Muchas gracias por su pronta respuesta. He mirado en el catastro vía online y no he visto nada al respecto. Si que viene que mi vivienda tiene 80m cuadrados. Para llegar a esos 80m están incluyendo el patio. El caso es que en las escrituras donde especifica el garage, y el cuarto traastero del piso también hace alusión al disfrute de un patio, pero no lo delimita correctamente y no se si se trata del patio con acceso desde mi vivienda o al patio comunitario donde se encuentra la piscina.
        En el catastro vía online, si el patio fuera de la comunnidad como vendría informado? Muchas gracias, un saludo.

        • Hola Gabriel,
          Online no vas a poder solucionarlo, debes acudir a tu Ayuntamiento para conseguir dicha información. A veces las descripciones de las escrituras son muy confusas. Tendrás que investigarlo bien, pero poco más podemos ayudarte por este medio. Lo sentimos.
          Un saludo.

  122. Hola
    He comprado un piso que está situado en una planta 4ª con tres vecinos. Tenemos un patio de luces en el que todos tenemos acceso por la ventana de un vestíbulo que distribuye las entradas a las viviendas, excepto una de ellas que además tiene acceso por una ventana del interior de la vivienda.
    Cuando me decidí a comprar una de las condiciones (era la última vivienda que quedaba por vender) era poder instalar un tendal en ese patio, ya que no hay otra posibilidad. El constructor así me lo hizo saber y no obstante antes de efectuar la escritura lo consulté con la administradora del edificio, quien me dijo que no había ningún problema porque no había nada (ni en escritura ni que constase en actas) que dijese lo contrario.
    No tuve la precaución de que constase en la escritura y a los 10 meses de tener instalado el tendal, el vecino que no había colocado ningún tendal me llamó la atención diciendo que él estaba antes que yo y que quién era yo para colocar un tendal allí.
    La cuestión es que está en el orden del día de la próxima junta a petición de este vecino. Yo le aconsejé que como había otra ventana libre podía usarla él pero dice que es más incómoda y está dispuesto a que me quiten de ahí el tendal, que por otra parte no estorba a nadie, ni se ve salvo que se asome al patio y además hay otros tendales colocados de los vecinos que si tienen acceso por dentro de la vivienda.
    ¿Puede conseguir de forma legal que quite mi tendal? Uno de los vecinos me dice que no podrá porque no había nada establecido al respecto en los estatutos de la comunidad y que el hábito hace ley o algo por el estilo.
    Muchas gracias

    • Hola Paula,
      Si existen ya instalaciones iguales y nadie las ha reclamado con anterioridad es difícil que un Juez te ordene quitarlo. No obstante, la pelota está en el tejado del vecino que quiere denunciar, puesto que es él quien tendrá que iniciar los trámites y justificar las causas para ello. En cualquier caso, es una prueba más de la importancia que tiene pedir permiso formalmente y por escrito de todo aquello que queramos modificar.
      Un saludo.

  123. Buenos dias tengo un local comercial bastante grande y quiero trasformarlo en pisos, por parte del ayuntamiento no hay problema pero claro necesito luz natural para estos pisos que quiero hacer, quisiera que los patios comunes en vez de que fueran en la primera planta llegaran a mi local ( aunque la propiedad del suelo es mia se la podria ceder a la comunidad ), habria que contactar con los propietarios de los pisos que tienen acceso a los patios y negociar o bien en junta general hacer la propuesta.

    Gracias por adelantado

    • Hola Lorenzo,
      Por supuesto que sí. Tendrás que negociarlo y hacerlo constar en Junta, aprobarlo y escriturar las modificaciones.
      Un saludo.

  124. Poseo una vivienda en la playa que a nivel del primer piso posee un patio de luces comunitario con uso privativo de los vecinos de esa planta. A partir del año pasado, las propiedades son de un único vecino, el cual hace un uso demasiado privativo: pequeño techo en la zona del acceso (lavadora y lavadero), muebles que guardan aparatos como televisión, equipo de música, mesa, sillas, tumbonas, barbacoa…vamos, una prolongación de su casa. Hacen vida constantemente, desde que se levantan hasta muy entrada la noche. Mi familia y yo hacemos uso de esta propiedad, tan solo dos o tres meses al año, y nunca habíamos tenido este problema. Legalmente se le podría comunicar que su «uso» se ha convertido en un «abuso», sin necesidad de tener que acudir a denuncias?. Gracias

    • Hola Rosa,
      Siempre la vía amistosa debe ser la primera. Eso sí, siempre mediante notificación, para que quede constancia de la reclamación por si en un futuro se necesita reclamar de otra forma. Todas las cosas que nos cuentas están totalmente prohibidas en cuanto al «uso» del patio, siempre y cuando la comunidad de propietarios no le conceda permiso para ello.
      Un saludo.

  125. Muy buenas, le expongo el caso, vivo en un edificio el cual dispone de un enorme patio al cual originalmente se accedía desde los rellanos de la primera planta del edificio mediante una puerta.
    Pasado los años esa puerta de acceso la quitaron y pusieron una ventana y le pusieron rejas con lo cual ya no se puede acceder. A dicho patio daban las ventanas de 1a,1d y 1e, pues bien, ellos quitaron sus ventanas y pusieron puertas, además,ellos dispusieron dos tabiques con los cuales han dividido ese enorme patio en tres trozos repartiéndose el patio para ellos tres. Pues bien no acaba la cosa ahí ya que ya cada uno en su trozo han hecho lo que ha dado la gana, han edificado un enorme cuarto, han puesto techados,han puesto termos de gas butano y bombonas de butano ahí para así ahorrar espacio en sus viviendas y además se ven cosas como fiestas, barbacoas y piscinas hinchables en verano… Bueno, después de esta exposición verídica , se ha producido una avería en la cual se están mojando unos garajes que hay debajo de ese patio.
    Bien, la duda es hasta que punto estamos obligados la comunidad ha hacernos cargo de dicha reparación después de todas esas modificaciones las cuales no figuran en ningún acta y después de tener que soportar todo ese abuso de ese lugar comunitario.
    Gracias

    • Hola Jose Antonio,
      Lo primero de todo es deciros que al no denunciar los hechos en su momento, de manera pasiva los estábais consintiendo y ya hay jurisprudencia a este respecto. Todas esas modificaciones, aunque no figuren por ningún sitio, las habéis aceptado al no denunciarlas.
      Con respecto a la avería, lo que hay que determinar es la causa de la misma, si viene provocada por el «uso» del patio o por el deterioro natural de los elementos estructurales del edificio. En base a eso se verá la responsabilidad y quién ha de pagar la reparación.
      Un saludo.

  126. Buenos días,

    Os pido consejo en lo siguiente. En abril alquilé un ático (7ª planta) para mí y para mi hijo, de 2 años. Cuando lo encontré, su dueño y mi casero, me aseguró que no habría problema en colocar las vallas de seguridad en las terrazas. Son dos, una de 11 x 4 y otra de 4 x 3 metros. Las vallas, pagas por mí, tienen un metro de altura, son de metal, de color blanco y están atornilladas sobre la superficie del muro. El ático es un séptimo piso y la verdad es que, desde abajo, apenas se pueden ver. Mi casero estaba convencido de que no habría ningún inconveniente en poner las vallas. Primero por su propósito, la seguridad de un niño, y también porque hace algunos años otro vecino había puesto unas gradas iguales sin pedir permiso a la comunidad. Así que solicitó el permiso del ayuntamiento y desde allí le dijeron que también hacía falta el permiso de la comunidad de vecinos para montar la valla. Mientras tanto, como me había dicho que no habría problema, yo busqué un cerrajero para poder tener las vallas montadas en el piso poco después de mi llegada y tener al niño siempre seguro.
    Entré el 1 de abril de 2016 y la reunión de la junta de vecinos se retrasó hasta el jueves 7. Yo había quedado para montar la valla el viernes 8, por la mañana. Mi casero me llamó el jueves, dia 7, por la noche y me dijo que la junta de vecinos había denegado la solicitud para montar las vallas. Estupefacta, le pregunté qué haría, ahora que acababa de entrar en la casa – con todo lo que eso conlleva – y había pagado ya toda la obra, etc. Me dijo que siguiera adelante con las vallas y que él se encargaría de ´recibir los palos´.
    Eso hice. A principios de verano, me llamó diciendo que había recibido un burofax del administrador de la comunidad, solicitando que quitáramos las vallas o de lo contrario irían a juicio. Hasta ahora ya ha recibido dos burofax solicitando que quitemos las vallas. Es obvio que las tendré que quitar y lo quiero hacer para que esté todo legal. Pero necesito saber qué poner para garantizar la seguridad el pequeño. Ya he pedido a mi casero que solicite una Junta para preguntar a los vecinos qué puedo poner, pero no veo que haya movimientos en ese sentido y, aparte, tengo la sensación de que están tan enfadados que no querrán que ponga nada.. Mi pregunta es: puedo poner una estructura móvil, por ejemplo unas gradas sujetas a unas bases de hormigón como las que hay en las piscinas, siempre y cuando no esté atornilladas ni toquen el muro? El muro es parte de la fachada y por lo tanto está bajo la potestad de la comunidad, pero entiendo que lo que yo haga dentro de la terraza, que solo pertenece al piso y no es comunitaria – solo me dice respecto a mí. Sería como poner una sombrilla o un árbol – como tienen mis vecinos.

    Muchísimas gracias
    Un saludo
    Claudia

    • Hola Claudia,
      Sin conocer in situ las características del edificio y de la terraza es imposible plantear alternativas. Aún así, suponemos que en el mercado habrá todo tipo de elementos adecuados para mejorar la seguridad de los niños sin que supongan realizar modificaciones ni instalaciones en la terraza.
      Un saludo.

  127. Muchas gracias por vuestra respuesta. Las terrazas son del atico, así que son parte del techo, es decir, no tienen nada por encima por donde se pueda sujetar una red, por ejemplo. De todas las alternativas que hemos visto hasta ahora, que son muchas, la unica que nos ha parecido plausible ya que no supone una instalación ni modificación sería poner una valla movil. Un saludo

  128. He comprado un local con acceso a un patio comunitario. El uso y disfrute de este patio es exclusivo de los dos propietarios de los bajos. Hace 20 años, tras unas obras, se decidió en junta demoler el muro de separación entre ambos. Mi pregunta es si puedo exigir que se vuelva al estado preexistente pues de este modo carecemos de las debidas condiciones de seguridad e intimidad entre las dos propiedades de los bajos. He pensado, incluso, en facilitar las cosas asumiendo el coste íntegro de su construcción.
    Un saludo, y gracias de antemano.

    • Hola Elisa,
      No puedes exigirlo ya que se aprobó en Junta su derribo. Como mucho puedes solicitar que se vuelva a construir pero deberá ser aprobado por la Junta.
      Un saludo.

  129. Hola buenos días:

    Estoy reformando la cocina de mi vivienda (1er piso), incorporando a la cocina un pequeño tendedero exterior para ganar un poco de espacio en la cocina. Dicho tendedero tiene un balcón que da a un patio interior, comunitario.
    Por tanto, la idea es cerrar ese balcón, haciendo un murete en la parte baja y poniendo una ventana en la parte superior.
    Entiendo que no tengo que pedir autorización ya que no estoy modificando ningún elemento comunitario (aunque sí he notificado a los vecinos la fecha de comienzo de la obra)
    En segundo lugar, hay unos barrotes en todos los balcones (sujetos con tornillos) como elemento de seguridad. Al ir a cerrar ese tendedero (con un muro y una ventana), entiendo que puedo quitar los barrotes. ¿Es correcto? ¿Se podría considerar que es una alteración de la fachada del edificio y podría tener problemas? Solo indicar que la fachada no da a la calle, sino a un patio interior de uso y disfrute de nuestra comunidad.
    Muchas gracias por su ayuda y un saludo.

    • Hola Javier,
      El caso es que da por entendidas muchas cosas y realmente lo que no entiende es que cualquier tipo de cerramiento o alteración de la fachada, interior o exterior, así como la colocación de cualquier elemento en un patio comunitario que no existiera en su origen, necesita autorización de la comunidad. Esto es lo que tiene que entender. Si por el contrario desea entender otra cosa según su razonamiento, se podrá encontrar en su día con alguna denuncia. Ahórrese problemas por malentendidos y solicite la aprobación en Junta de esas modificaciones.
      Un saludo.

  130. Buenos días,
    Mis suegros se acaban de comprar un piso el cual dos terrzas del patio interior tenian un muro de dos metros, desde su construcción. Ahora estan construyendo un bloque nuevo al lado y la tereaza de ese bloque en vez de estar a la altura de el resto de vecinos la han levantada hacia arriba. Es decir…. La inmensa terraza de ese bloque empieza a partir de los dos meteos de altura y luego un muro de un metro mas que han construido para que sea n las paredes de ese patio. Con lo que ciertos vecinos del bloque de mis suegeos se han quedado sin luz y con un muro enfrente que oarece el muro de berlin. Sin hablar de que desde la terraza de esa nueva cosntruccion puede acceder a los balcones del segundo piso sólo estirando la pierna, ya que como te he explicado han elevado la terraza hacia arriba…..una planta de piso… No se si debajo habrá un parking o el que….. Es legal? Una de las terrazas ha quedado tan tapada que parece un pozo aquello….no se si puedes hacerte a la idea con mis explicaciones…. Pero visualmente es como. Encerrar a unos cuantos vecinos.

    • Hola Ana,
      Eso es una cuestión urbanística. Nosotros ahí no podemos decir nada. No es un tema relacionado con la administración de una comunidad.
      Un saludo.

  131. Buenos días:
    En mi vivienda hay una terraza común de uso privativo. El caso es que hace años se impermeabilizó el suelo (por parte de la comunidad) para evitar filtraciones a las viviendas inferiores. Posteriormente no fue suficiente y se repararon los muros con la misma intención (también a cargo de la comunidad). Actualmente la impermeabilización del suelo (que consiste en una capa plástica o similar) provoca que la terraza sea insegura ya que se resbala, esta situación me preocupa por propia seguridad y porque tengo dos niños pequeños.
    La preguntas: ¿Quién es responsable en caso de accidente por ese motivo? ¿no debería la comunidad hacerse cargo de que esa zona quedase al menos tan poco resbaladiza como antes de esa impermeabilización?
    Muchas gracias de antemano

    • Hola Fran,
      Entendemos que lo que se ha hecho es aplicar algún tipo de pintura impermeabilizante sobre el solado. Si es así, es una medida poco fiable y poco duradera, además que no es viable cuando el suelo es transitable, como es el caso que nos comentas. Lo que debe hacerse es levantar el solado e impermeabilizar como dios manda para que no haya problemas en el futuro.
      Un saludo.

  132. Buenos noches.

    Hace 4 años compré una vivienda a través de un amigo sin prácticamente verla porque en ese momento no había luz, era invierno y de noche con lo cual no nos apercibimos de la situación que tenía el patio, craso error por nuestra parte, depués de esto solo tuvimos la información tanto de la nota registral como de la escritura en el notario y en esta no se hacía alusión alguna a servidumbre de paso ni a ningún patio privativo ni en uso y disfrute. Al llegar a la casa después de la entrega de llaves y con luz y tranquilidad, vimos una puerta en el dormitorio que daba a un patio, al salir vimos un muro que dividía un patio de luces común a otro portal, preguntamos a los vecinos que porque estaba ahí ese muro y nos dijeron que el único acceso que había al patio era por el otro portal a través de una puerta ubicada en el pasillo del mismo y que los vecinos tapiaron el acceso porque su bloque se entregó antes que el nuestro y así evitar que les entrarán por la obra no terminada de nuestro edificio, el resultado fue que una vez acabada la obra se negaron a dar acceso condenando de esta manera al otro edificio a no poder entrar ni para limpiar, realizar obras o incluso en caso de que surgiera un caso de catástrofe. Al final los vecinos hartos de quejarse pero nunca ante un juzgado llegaron a un acuerdo con un anterior propietario ( después de ese hubo 2 más) para abrir la puerta en su dormitorio y que se hiciera el cargo del patio pero nada de esto consta en escritura. El problema es que los vecinos son bastante guarros, tiran de todo, incluso hace poco tuve que soportar obras en la casa por culpa de las bajadas, también tengo que ponerme en la tesitura del hecho de irme de vacaciones, que ocurra una desgracia y destrocen mi vivienda, cuando yo no tengo ninguna servidumbre ni relación de usufructo con el patio, creo que es un problema que abría que solucionar de forma definitiva con los vecinos del otro portal y no ser yo quien asuma el perjuicio de una situación que no supieron defender en su momento.
    Me gustaría saber qué solución jurídica tiene este caso si estamos ante un patio comunitario de 2 portales con acceso solo por uno de ellos. Pueden tapiaron e impedir el paso los vecinos en cuyo portal está la puerta de acceso? Abría que ver el proyecto de obra y el título constitutivo?

    Reciban un saludo.

    Susana

    • Hola Susana,
      «Habría que» se escribe con H.
      Si no se llega a ningún acuerdo entre las partes, lo más recomendable es acudir al juzgado para que el juez de turno, estudiando bien el caso, determine las pautas que tenéis que seguir. Sería complicado aventurarnos a dar una respuesta de cuál podría ser el veredicto puesto que entran en juego muchos factores. Eso sí, al no haberse reclamado durante tantos años estas modificaciones «indebidas», la comunidad las estaría aceptando de manera tácita, lo que podría decantar la balanza en favor de mantener la situación actual.
      un saludo.

  133. Buenos días. Tengo un bajo y en la zona de la cocina tengo una claraboya que da al patio interior de la comunidad. He cambiado la carpintería de esta claraboya, porque la existente provocaba condensación dentro de mi vivienda. La comunidad no está conforme y quieren obligarme a restaurar la carpintería anterior. No hay nada en los estatutos que indique estos extremos y la mayoría de los vecinos han cambiado las carpinterías de sus ventanas que también dan a este patio interior. Estoy obligado a cambiar la carpintería si lo han aprobado en junta sin unanimidad?

    • Hola Manuel,
      Suponemos que has modificado la estética de esa claraboya y por eso te están reclamando que la devuelvas a su estado original. Ciertamente, si deseabas cambiarla tendrías que haber pedido autorización a la comunidad o al menos, estéticamente haber mantenido la anterior estructura. Si no cuentas con el permiso de la comunidad sí que podrían obligarte a retirarlo. A tí te quedaría recurrir alegando discriminación porque ya hay cambios previos similares, pero habría que ver si en su día se les concedió autorización y cómo fue.
      Un saludo.

  134. Buenos días,

    Soy propietario de una vivienda que tiene un acceso directo en a través de una ventana/puerta dentro de mi vivienda a una terraza.
    Esta terraza es la cubierta de la planta de abajo de mi mismo edificio y está acabada como con piedras, sin baldosas. En mi escritura no aparece específicamente esa terraza/cubierta ni tampoco como elemento común.

    ¿Puedo usar dicha terraza?
    Muchas gracias, saludos

    • Hola Carlos,
      Eso tendrás que preguntarlo allí, no por internet, que no podemos ver las características ni saber cómo es. Aunque, a priori, no creemos que esa cubierta sea transitable, es decir, que si se pisa mucho por ella se deteriorará la impermeabilización. Pero como no podemos verlo, no podemos asegurarlo.
      Un saludo.

  135. Hola, vivo en una comunidad en la que hay un patio interior. Somos dos vecinos en la primera planta pero sólo tiene acceso el otro primero desde hace mas de 30 años. Dice que en su escritura pone que el patio es suyo, ¿como puedo verificar eso? ¿Es suyo o tiene el uso y disfrute?
    Hemos tenido algunos problemas porque ni siquiera me permitía tender y me cortaba las cuerdas del tendedero. Fuimos a juicio y la sentencia fue clara, perdió el juicio y el juez nos permitió tener el tendedero como el resto de los vecinos (hay 4 plantas)
    Tiene el patio hecho un asco, lleno de trastos y muebles viejos.
    Ahora quiero tener acceso a ese patio de luces igual que el otro vecino, supongo que tengo el mismo derecho ¿donde tengo que pedir permiso? ¿abro una puerta y listo?
    Gracias,

    • Hola Ana,
      Vete al Registro de la Propiedad y pide una Nota Simple para comprobar la titularidad del patio.
      En principio no tienes derecho de acceso a ese patio. En primer lugar deberías solicitarlo a la comunidad y que te lo conceda por acuerdo unánime. Si es así, deberás ir después al Registro para que se modifiquen las cuotas (la tuya aumentará, lógicamente).
      Si abres la puerta sin hacer esto antes, te verás en un problema serio.
      Un saludo.

  136. No entiendo porque no tengo derecho de acceso a ese patio y el otro vecino si lo tiene. Lo tiene que tener limpio, no?? Lo tiene super sucio y huele fatal.
    Gracias,

    • Hola Ana,
      La responsabilidad de tener limpio el patio es del vecino que tiene acceso al mismo, siempre que le corresponda el uso y disfrute.
      En cuanto a que no entiendes que no tengas derecho a acceder, es muy sencillo de entender, al patio solamente puede acceder la persona a la que le corresponda el uso y disfrute. Igual que un piso en alquiler, el uso corresponde al inquilino y el propietario, pese a ser el dueño de la cosa, no tiene derecho a entrar libremente y sin consentimiento mientras el piso esté alquilado.
      Pero vamos, que esto no es cuestión de entendimiento, la Ley es así y punto.
      Un saludo.

  137. Si pido la nota simple y efectivamente tiene el uso y disfrute, ¿como quedo yo? ¿nunca tendré acceso?
    Es lo mismo uso y disfrute que propiedad?
    Gracias de nuevo,

    • Hola Ana,
      La propiedad es una cosa y el uso y disfrute es otra. Comparado con un alquiler, la propiedad pertenece al arrendador y el uso y disfrute corresponde al inquilino.
      Si el patio está asignado a un piso en concreto, a ese mismo le corresponde el uso y disfrute. Si quieres tener derecho sobre ese patio, deberá aprobarse en Junta de Propietarios, deberás Registrar las modificaciones, se te incrementará el valor y la cuota de tu piso y, por supuesto, debes tener en cuenta que deberás pagar más impuestos también.
      Es lo que hay.
      Un saludo.

  138. Lo primero, muchas gracias por este blog, es una maravilla y resulta de gran utilidad.
    Mi nombre es Guillermo y mi consulta es la siguiente:
    Un local interior que posee, según consta en la división horizontal de 1980, «el uso y disfrute exclusivo de un patio de luces. Delimitado éste por pared o medianería del mismo local, con muro de cerramiento (sur), con otro muro de cerramiento (norte), con orto muro de cerramiento (oeste) y por el oeste con una linea que lo separa de un pasillo común del inmueble que da acceso a otro local.
    Esa línea se cerró hace más de 18 años, con una puerta y un muro.
    En principio no consta autorización de la junta para poner ni el muro, ni la puerta, pero sí es cierto que en actas de años 2002 y posteriores,. Cuando se creó polémica sobre la legalidad de su existencia, ya se reconocía que tanto el muro como la puerta ya estaban puestas, con anterioridad.
    También es cierto, que aun cuando se ha manifestado en algún acta que no era legal su existencia (aun cuando ya habían pasado más de 15 años de su puesta) ante los argumentos y negativas del poseedor del uso y disfrute exclusivo ,nunca se reclamó por vía judicial su eliminación.
    Por otro lado en junta de propietarios celebrada en 2002, se aprobó por unanimidad, que se incluyesen, a cargo de la comunidad, reparaciones en dicho muro y puerta.
    Por lo dicho, entiendo que a estas alturas el plazo para solicitar que se quite por desacuerdo de algún vecino de su existencia ha prescrito y por lo tanto no se puede exigir su eliminación.
    ¿Se puede entender que esa línea se puede cerrar con un muro y una puerta, al tener el uso y disfrute exclusivo de ese patio?
    ¿Se puede hacer que se quiten ambas si algún miembro de la comunidad quisiera?.

    Igualmente, solicito se me aclare lo siguiente. El citado local interior, está en una planta baja y desea colocar en la fachada interior del inmueble, que da al patio del que tiene el uso y disfrute exclusivo, una caldera de calefacción y agua cliente. . A este respecto decir que otros vecinos, sin autorización de la junta, han puesto en esa fachada interior de ese patio de luces y en la fachada, también interior, de otro patio de luces, aparatos de aire acondicionado.
    Por lo dicho, ¿Puede poner la caldera de agua caliente o bien necesita la autorización de la junta de propietarios?

    A la espera de sus respuestas y agradeciendo sus servicios, reciban un atento saludo con mi agradecimiento

    Guillermo

    • Hola Guillermo,
      Como siempre indicamos, para evitar problemas futuros es mejor contar con el permiso de la comunidad. Ahora bien, existe jurisprudencia que apoya a los vecinos denunciados por instalaciones sin autorización y que argumentaron que previamente existía instalaciones similares en la comunidad. Alegando, pues, un trato discriminatorio podrían obtener el consentimiento del Juez de turno. Pero también es cierto que existe jurisdicción en contra. Depende mucho de la interpretación de cada Juez y de las características de cada caso. Por otro lado, la práctica habitual es que los actos que se han consentido a lo largo del tiempo sin que fueran reclamados, se consideren aceptados tácitamente y, por tanto, se suelen desestimar las demandas.
      Un saludo.

  139. Hola

    Tengo una duda vivo en un 3 piso y queremos poner una puerta en el pasillo q se dirige al 3 piso,pero los propietarios del segundo nos dicen q no están de acuerdo por q al final del pasillo ellos tienen una venta q se dirige al balcón de ellos mi pregunta es, en las escrituras dice pasillo de dominio común eso q significa podemos o no colocar una puerta y ellos si pueden tener una venta? Gracias

    • Hola Milena,
      Dominio común significa que es propiedad de todos los propietarios del edificio y, por tanto, para modificar su estructura necesitas acuerdo unánime de la Junta. No es que ellos tengan más derechos por tener una ventana, es que tú no tienes derecho a modificar lo que es de todos sin su autorización.
      Un saludo.

  140. Quisiera saber si pueden tender en un patio de luces y servidumbre al tener los pisos terrazas tendederos y si pueden tener las chimeneas de las calderas de condesacion con lo cual gotean en el patio del bajo el cual es de uso y disfrute.

    Un saludo

    • Hola Lola,
      Creo que hemos dejado bastante claro que en el patio no se puede hacer nada sin consentimiento de la Junta. Eso sí, si durante años se ha estado tendiendo en ese patio y nadie lo ha reclamado nunca, es posible que la reclamación no prospere al considerarse aceptado en el tiempo.
      Un saludo.

  141. Hola a tod@s.
    El motivo de mi consulta. Es la posible instalación del ascensor en mi comunidad. El sitio más ídoneo es por el patio de luces. Pero el dueño de un local es el que tiene el uso privativo del mismo y se niega a renunciar a su derecho para la instalación del mismo.
    Todos los vecinos estamos de acuerdo y ademas hay un minusvalido que no pueden salir a la calle porque no hay ascensor.
    ¿Podemos obligarle a que renuncie a ese derecho privativo?
    Un saludo y gracias

    • Hola Raúl,
      El patio es propiedad de la comunidad, no del vecino. Además, si es por un requisito de accesibilidad y es la única forma de instalar el ascensor, no puede negarse absolutamente ningún propietario.
      Un saludo.

  142. Hola mi problema es el siguiente; yo vivo en un primero A y mi casa da al patio común, a este patio se puede acceder por mi casa y por la del segundo B; yo estoy de alquilada y tengo un perro en el patio atado y dentro de casa, inicialmente el dueño de la casa me dijo que podría tener mascota que los anteriores inquilinos tenían un perro y q estaba suelto por el patio que la vecina de al lado no le molestaba (esta vecina ha fallecido y no hay nadie en su casa); bueno y yo ami perro siempre lo tengo atado, y únicamente lo desató cuando juego con el fuera, el problema empieza cuando la vecina de arriba y la presidenta de la comunidad me dicen q no puedo tener al perro fuera nisiquiera atado, he repaso mi contrato de arrendamiento y no estipula que sea un patio común. y siendo patio común puedo tener yo el perro ahí? (Lo saco todos los días y no hace sus necesidades ahí puede que tenga croquetas esparcidas pero las recojo) la vecina de arriba siempre se está quejando : nos ha acusado de que en el patio había caca y que el perro estaba suelto y tuve que salir del trabajo por qué iba llamar a la policia pero ni en el patio había caca ni el perro estaba suelto.
    Me gustaría que me recomendaran lo antes posible para saber si debo mudarme lo antes posible gracias

    • Hola Andrea,
      Si es un patio comunitario de uso privado, significa que el patio es de la comunidad de propietarios, aunque tú puedas hacer uso de él. No es una zona destinada a la estancia de mascotas y, por tanto, si los vecinos, aunque sea uno solo, te requiere para que el perro no permanezca ahí, es posible que te obliguen a respetarlo. Por tanto, no puedes tener al perro en el patio si la comunidad no te deja. Su lugar es dentro de casa.
      Un saludo.

  143. Hola. Vivo en un bajo cuyo patio es propiedad de la comunidad pero de uso y disfruto del propietario (osea yo). El problema es que la cajetilla de telefonica esta en mi patio y para acceder a ella los tecnicos de telefonica tienen qe pasar por mi casa, molestandome cada semana para hacer cualquier alta nueva o cambio en las contrataciones de cualquier vecino. Me puedo negar? O tengo que dejarles pasar? Puedo obligar a telefonica a cambiar la cajetilla de sitio para no tener que pasar por mi domicilio?

    • Hola Josué,
      Tienes la obligación de permitir el paso. Consulta con la compañía de teléfono para ver la posibilidad de cambiar la ubicación de la misma.
      Un saludo.

  144. Buenos días, acabo de comprar un piso en planta baja que tiene derecho al uso exclusivo de dos patios de luces de la finca. El edificio tiene 40 años de antigüedad, y jamas se ha hecho ninguna reforma a ninguno de los 2 patios, por lo cual las paredes de los mismos tienen humedades, el suelo es irregular al ser cemento y lleno de musgo, y las arquetas y tuberías enteradas de desagüe están atascadas, de tal forma que siempre cuando llueve los patios se llenan de agua. Precisar que las arquetas también recogen el agua pluvial del edificio.
    Para poder entrar a vivir necesito reformar ambos patios, que tiene un coste elevado, pues hace falta desatascar o cambiar las arquetas y las tuberías, poner tela asfáltica y baldosas, aislar y pintar las paredes, porque la vivienda también tiene humedades por culpa de los patios. Se lo he comentado al presidente de la comunidad y me dice que no me van a pagar nada, por que los patios son de uso exclusivo de mi vivienda, y que están así por que el anterior propietario no los mantenía. Entra en mi obligación pagar la reforma completa?
    Por otro lado en uno de los patios pusieron en su día la instalación de gas y en el suelo el armario con los contadores que impide la reforma, no se si es legal que se encuentren ahí al ser el patio de mi uso exclusivo? Y también pusieron una escalera desde la ventana del vestíbulo del portal para acceder a dicho armario, así que cualquiera puede entrar en el patio… Ruego me indiquen si puedo retirar esa escalera o por lo menos cerrar con un candado la rejilla de la ventana, por que para el armario supongo que pedirán autorización cuando lo instalaron, pero no me parece normal que tenga que pagar una reforma de un patio comunitario que aunque es de mi uso exclusivo, encima que puedan entrar si quieren. Muchas gracias y un saludo

    • Hola Ana,
      Las reformas y reparaciones necesarias de los patios comunitarios, aunque el uso sea privativo (como es el caso), corresponde a la comunidad de propietarios y si, llegados al caso, denuncias a la comunidad por dejadez y por el perjuicio que pueda causar el deterioro del patio en tu vivienda, la comunidad quedaría condenada a realizar las reparaciones necesarias y a costar las mismas.
      Con respecto a dicha escalera que da acceso a cualquier vecinos, si en las escrituras pone que el uso y disfrute corresponde únicamente a tu piso, es ilegal que estén allí por mucho que en su día se hubieran autorizado. Si quieren acceder al patio para algo relacionado con la instalación de gas tienen que hacerlo a través de tu vivienda.
      Un saludo.

  145. Buenos días! Quiero rralizar una consulta, tengo un apartamento en un primer piso, este apartamento cuenta con un patio, al cual solo tenemos acceso nosotros, lo tenemos cubierto, la cubierta se deterioro ya que los vecinos arrojan cosas sobre él, queremos cambiar la cubierta, podemos realizar dicho cambio de cubierta?

  146. Buenos días, he comprado un bar que se encuentra en medio de pasaje privado, el pasaje tiene acceso únicamente por dos calle públicas. el problema es que los vecinos quieren cerrar el acceso al pasaje, poniendo una valla al principio y al final del pasaje, con lo que impediría que los clientes pudieran acceder a mí local.

    Sabe sí esto se ajusta a derecho, muchas gracias y un saludo

    • Hola Juan,
      Si el negocio es legal, dudo mucho que puedan hacer tal cosa ya que se estaría vulnerando tus derechos. Si lo probasen podrías impugnar el acuerdo judicialmente y casi con toda certeza te darían la razón.
      Un saludo.

  147. Hola,
    Quería hacerle una consulta. Vivo en un ático, el cual tiene una terraza, de la cual yo hago uso. En ella, puse hace varios años césped artificial. Ahora que se ha dado cuenta uno de los vecinos me dice que lo tengo que retirar. Debo hacerlo porque un vecino este en contra?

    Muchas gracias

    • Hola Ana,
      Dudamos mucho de que esa reclamación pueda prosperar ya que es igual que si colocas una alfombra, no tiene demasiado sentido que se solicite que se retire. Si fuera un patio de luces al que tienen vista otros pisos podría entenderse la reclamación, pero en la terraza de un ático… es un poco absurdo.
      Un saludo.

  148. Soy propietario de un ático, en él hay una terraza, propiedad de la comunidad pero que yo puedo disfrutar. Por lluvias el vecino de abajo tiene humedades; mi seguro no lo cubre, porque es propiedad de la comunidad, y los vecinos me dicen que el seguro de la comunidad tampoco lo tiene que cubrir, que tengo que pagar yo el daño porque en la terraza tengo puesto césped artificial y según ellos, puede ser el causante de la humedad. Debo pagarlo yo? O debe ser un périto el que diga que es lo que ha causado las humedades?
    Gracias

    • Hola Antonio,
      ¿Y el césped artificial tiene riego? Si el vecino del piso inferior tiene humedades cada vez que llueve es porque la cubierta de la terraza está deteriorada por el paso del tiempo y dicha reparación corresponde a la comunidad. Los daños en dicho piso deben ser cubiertos por el seguro de la comunidad. No obstante, lo primero es determinar de dónde proviene la humedad.
      Un saludo.

  149. Buenos días,

    Quería hacerle una consulta, tengo un patio interior propiedad mía, no corresponde a la comunidad, al que le he cambiado la uralita por un techado nuevo, ya que del paso de los años estaba deteriorada. Al colocar este nuevo techo, y ser paneles un poco mas anchos ha quedado un poco mas alta de lo que estaba la anterior, unos 5 cm tirando por lo alto. La vecina del segundo, se ha quejado y amenaza con una posible denuncia, ya que ella tiene ventanas que dan al patio con cuerdas para tender la ropa de una ventana a otra. Mi pregunta es, que distancia debería haber entre mi nuevo techo y su propiedad para que no ocasione molestias al vecino del segundo? Y si me puede indicar en que parte de la Ley Horizontal puedo buscar información referente a este tema.

    Muchas gracias
    Un saludo

    • Hola María,
      En la Ley de Propiedad Horizontal no se hace referencia a esas cuestiones. Eso es un aspecto técnico de urbanismo y edificación.
      Lamentamos no poder ayudarle.
      Un saludo.

  150. Buenos días,
    En mi comunidad quieren instalar ascensor.
    Las empresas que han venido a presentar presupuesto indican que se tendría que instalar por el patio de luces, es un patio mancomunado con la comunidad colindante ( son comunidades independientes) tendríamos que hacer alguna tipo de contrato o indemnizar a la comunidad de al lado? O solo solicitarles permiso; si es con permiso, cual seria el quórum necesario, unanimidad?
    Asimismo el patio mancomunado linda con el bajo comercial de nuestra comunidad, que lo ha cerrado y colocado baños, desde hace mas de 15 años. Habría que indemnizarles tambien?
    En la división horizontal, respecto al bajo comercial solo pone que linda con ese patio pero no pone nada de uso y disfrute. Pero nadie nunca le ha dicho nada.
    Un Saludo. Mari

    • Hola María,
      Casos tan concretos no podemos atenderlos sin analizar bien todos los datos. Lo que sí podemos decirte es que si el ascensor se instala para garantizar la accesibilidad o por necesidades de personas con discapacidad o mayores de setenta años, tiene carácter obligatorio. En cuanto a la indemnización posible, tendríamos que analizar las escrituras. Es complicado dar respuesta a distancia de casos específicos.
      Un saludo.

  151. hola mi pregunta es la siguiente mi vecino pidió permiso para cerrar el patio y se lo han concedido solo las tres cuartas partes y se puso en acta lo de su cerramiento yo puedo hacer lo mismo sin pedir permiso puesto eso crea precedente gracias.

    • Hola Miguel Ángel,
      No. Tú has de pedir permiso igual que cualquier otro vecino, aunque quieras hacer lo mismo. Lo que ocurre es que no te lo pueden negar si ya hay un precedente igual. Pero sin autorización de la junta te expones a futuras reclamaciones.
      Un saludo.

  152. Buenos días.

    En mi comunidad de vecinos hay un patio interior comunitario con acceso solo desde la ventana del primer piso. El problema es que el vecino del primero es estranjero y apenas viene con lo que la suciedad se acumula y se obstruye el desagüe del patio ocasionando humedades en el piso ‘bajo’.

    Este patio vomo digo es comunitario por lo que tampoco es responsabilidad del primero pero solo se podría acceder desde este.

    ¿qué se puede hacer en estos casos?

    • Hola Silvia,
      Este caso es muy común y siempre consideramos que es una verdadera torpeza por parte del constructor, ya que no disponer de una puerta de acceso al patio de luces supone una complicación a la hora de realizar las labores de limpieza y mantenimiento. No obstante, el piso que tenga asignado el acceso (aunque sea por la ventana) tiene la obligación de dejar pasar, viva o no en el inmueble. Por lo tanto, tendréis que reclamarle, en primera instancia, al propietario del piso en cuestión para que permita el acceso, ya sea dejando la llave al presidente (a un familiar, vecino, amigo, etc.) o encargando él, personalmente, la limpieza del patio, aunque luego sea la comunidad quien corra con los gastos.
      Un saludo.

  153. Hola, acabamos de comprar un piso bajo con terraza y parcela de uso y disfrute exclusivo.
    La terraza y parcela están a distinta altura, hay 3 escalones.
    Hemos comenzado a hacer rampa, y nos han dicho los vecinos que no se puede hacer. El propietario de la vivienda es minusválido. ¿Pueden negar los vecinos realizar la rampa?

    • Hola Miguel,
      Al tratarse de una modificación cuya finalidad es facilitar el acceso a una persona con una minusvalía, tal reforma es obligatoria y los demás propietarios no pueden negarse a ello.
      Un saludo.

  154. Buenas tardes,
    soy Sara y quisiera saber si me podéis aclarar una duda, vivo con mi familia en un primer piso con una terraza a la que accedemos por la cocina. Siempre hemos tendido allí, hace poco se ha puesto a vivir encima nuestra(2º piso) una señora que me está haciendo la vida imposible desde el primer día. Cuelga a la salida de la terraza ropa que gotea(en nuestras cabezas), les riñe a los niños por cualquier cosa, nos observa mientras tendemos…desde el día que llegó vivo amargada…hay alguna posibilidad de poner un techado translúcido para que podamos vivir en paz?. Gracias.

    • Hola Sara,
      Todo lo que quieras instalar pasa por la necesaria aprobación en Junta de Propietarios.
      Un saludo.

  155. Buenos días.
    Tengo una consulta,soy propietario de un bajos con patio comunitario privativo utilizado como trastero lavadero,y después de unos años nadie se ha quejado salvo una vecina del primero,en el patio está la caldera,lavadora y dos armarios de plástico,la caldera y lavadora ya estaban ahi al comprar el piso,la vecina me ha denunciado al ayuntamiento pueden obligarme a quitar los armarios,Caldera,lavadora.
    Como puedo saber los estatutos ya que me sea que la vecina conoce a la persona que se encarga del ayuntamiento y creo que no está siendo justo.donde puedo acudir o donde tengo que denunciar,o pedir que me lo revise otra persona .

    • Hola Juanfra,
      Lamentamos comunicarte que la vecina tiene razón y que tendrás que retirar todos los enseres que haya instalados en el patio. Siempre con la salvedad de que el Juez de turno indique otra cosa.
      Un saludo.

  156. Tenemos en la finca 3 patios de luces ,en cada patio son 5 vecinos,si hay una reparación en uno de ellos,quien corre con los gastos, los 15 vecinos o los 5 vecinos de ese patio. gracias

    • Hola Antonio,
      Si los tres patios son comunitarios, todos los vecinos, tengan o no acceso a él, deben contribuir a la reparación.
      Un saludo.

  157. Buenas,
    Vivo en un bajo con patio de unos 20 metros cuadrados cuya propiedad me corresponde. Para cerrar total o parcialmente el mismo, ¿necesito aprobación de la Comunidad?, en caso de ser así, ¿Qué porcentajes necesito?. gracias

    • Hola Carlos,
      El hecho de que sea privado no significa que puedas hacer todo lo que quieras. Por ejemplo, el cerramiento puede suponer una modificación de la estética de la fachada o una alteración de los derechos de vista de otros vecinos o incluso una causa de molestias, por lo que conviene advertir de estas intenciones para que sean consensuadas en Junta. La mayoría necesaria sería de 3/5 partes.
      Un saludo.

  158. Hola buenas,
    en nuestra comunidad, el sobreatico esta alquilado y tiene la terraza comunitaria de acceso privativo
    se da la circunstancia que los inquilinos son extranjeros y tienen la costumbre de invitar amigos realizando barbacoas con musica y baile (varias personas sin miramiento)
    ello hace que retumbe de forma considerable el techo de los vecinos que viven abajo
    se ha informado a la comunidad y administrador y en breve se le envíara escrito al propietario del piso para que les llame la atencion…estamos modificando los Estatutos en lo que a uso y disfrute de las terrazas se refiere.
    mi pregunta es segun la Ley Horizontal existe alguna restricción o prohibición al respecto ? Gracias

    • Hola Luisa,
      No. Para esas cuestiones están los Estatutos o el Reglamente de Régimen Interno. En todo caso, las normativas municipales en cuanto al derecho al descanso y a la realización de actividades molestas.
      Un saludo.

  159. Hola,
    tengo intención de comprar un piso el cual tiene acceso a un patio por el que solo se puede entrar por la cocina del mismo. El vendedor me insiste que es de uso privativo y que se lleva utilizando así durante casi 40 años (los que tiene el piso aproximadamente). Este ‘uso privativo’ no viene reconocido ni en los estatutos de la comunidad, ni en la escritura del piso, ni en el registro de la propiedad (de Málaga). Viendo estos mensajes, parece que yo debería estar tranquila ya que tendría uso y disfrute del patio pero mi abogada me dice que si no tengo nada que lo acredite, eso es una zona común y todos tienen derecho a su disfrute. ¿Podrían ustedes decirme cuál es la normativa o ley que estipule esto? Estoy muy angustiada porque nos encanta el piso, pero la razón principal por la que lo queremos comprar es por el tamaño de este patio que hace que le entre mucha luz y le da mucha privacidad. Me aterra pensar que los vecinos pudieran venir a mi casa a decirme que quieren entrar al patio a tomar el sol y por lo tanto usar mi cocina como zona de tránsito. ¡Mil gracias!

    • Hola Mónica,
      Si bien es cierto que ese uso y disfrute debería aparecer en las escrituras, en ningún momento el resto de vecinos puede exigir el uso del patio y entrar por su casa (salvo en los casos de obras y reparaciones necesarias). Para ello, debería aparecer en las escrituras un derecho de servidumbre en su favor, lo cual sería muy extraño. Así que ningún vecino puede abusar de ese modo para hacer uso del patio.
      A priori el uso y disfrute corresponde al piso que tiene acceso al mismo, por lógica. Con lo cual, si ningún otro vecino tiene acceso directo al patio, no deberían preocuparse por nada de esto.
      Un saludo.

  160. buenos días, en mi comunidad tenemos un vecino que ha comprado hace unos meses el último piso y aunque de forma ilegal tiene un lavadero que accede a la terraza común, esta terraza tiene una división sin puerta para que los vecinos podamos tender, el caso que como este vecino tiene acceso directo a esta zona de la terraza ha decidido por su cuenta cerrarla con una puerta y modificar el suelo y paredes impidiéndonos el acceso al resto de propietarios, ha metido su mobiliario personal y se ha hecho un espacio privativo sin consentimiento de nadie y seguramente sin permisos legales, aprovecha que los propietarios no estamos allí para pintar zonas comunes como su rellano y el acceso a la terraza, se ha enganchado al principio de comprar a la luz de la escalera para hacer obras en la casa antes de que le dieran de alta, ciertas cosas que teníamos en la terraza los demás propietarias decidió tirarlas a la basura,…y así siempre, ni siquiera nos abre la puerta cuando le tenemos que informar de algo. Ya estamos cansados de todo y en la reunión de la Junta queremos tomar acciones en cuánto a todo esto, no tenemos administrador de fincas con lo cuál pido consejo en cuanto a como debería plantear la reunión ya que soy la presidenta y quiero tenerlo todo muy claro para enfrentarme a todo lo que me pueda replicar.
    Un saludo y muchas gracias

    • Hola Viole,
      El hecho de contar con un administrador es precisamente este, que puedan tenerse todos los documentos de la comunidad en regla y perfectamente legales para evitar que estas cosas pasen y que, en caso de ser necesario, se puedan reclamar judicialmente. El planteamiento que debéis hacer es el de denunciar los hechos y las modificaciones que el vecino en cuestión ha realizado sin consentimiento de la junta de propietarios. Reflejad en el orden del día la autorización al presidente para reclamar judicialmente las modificaciones que este vecino ha realizado en las zonas comunes.
      Un saludo.

  161. Hola,
    Soy propietario de un 1ª piso con un patio de luces para uso y disfrute mio. Tiene una entrada por las escaleras antes de llegar a mi vivienda y tambien por la mía. No tengo en el patio nada instalado y lo limpio personalmente desde hace ya mas de 40 años.Mi pregunta es la siguiente:
    ¿Puedo exigir que la limpieza del mismo recaiga tambien sobre la comunidad a traves de los servicios de limpieza de alguna empresa ya que a medida que pasa el tiempo me es mas dificil realizarlas? y pedir que los productos de dicha limpieza sean de pago compartidos por la Comunidad,ya que siempre han sido a mi cargo y nunca he pedido nada?.
    Muchas gracias por el gran servicio que dais con vuestras respuestas
    Un saludo.

    • Hola Roberto,
      Si el uso y disfrute del patio te corresponde exclusivamente a ti, los gastos de su limpieza también te corresponden. No obstante, por pedir que no quede. Si existe un acceso al patio por las zonas comunitarias y el resto de vecinos aprueba que la limpieza del patio se realice con cargo a la comunidad, no habría problema.
      Un saludo.

  162. BUenas! mi duda es la siguiente:

    En un bloque de vecinos, con patio comun para uso y disfrute de los propietarios de dos escaleras, que tiene dos bajos locales, y dos bajos vivienda que dan a este patio, solo con ventanas, no con puerta, puesto que se accede desde otro sitio. Un propietario de bajo vivienda hace años abrio una puerta y la comunidad no se quejo. ahora ese piso lo embargaron, y lo ha comprado otra persona y queremos saber que pasa con esa puerta, si se puede cerrar? si es suya? si no apareciera en la escritura es ilegal? no hay documento alguno que marque con que fecha se hizo esa puerta, ni se aprobo en junta…nada.

    • Hola María,
      Si la puerta se abrió sin consentimiento de la comunidad, claramente es ilegal. El cambio de propietario complica la posible reclamación para la restitución a su estado original, pero lógicamente, se puede solicitar que se cierre.
      Un saludo.

  163. Hola,

    Tengo una vecina de la comunidad que tiene un patio que colinda con otros patios de otras comunidades diferentes a la nuestra. La usuaria de este patio (usufructuaria), abrió una de las vallas que delimitan la saparación de fincas hacia la el patio de al lado (otra comunidad) en la que vive un familiar suyo. He recibido quejas de los vecinos porque entran y salen por el piso de nuestra comunidad con bicis y demás los propietarios de la finca de la otra comunidad a través de esta apertura de la valla hecha por nuestra vecina. Le hemos comunicado varias veces que debería cerrarla, pero ella nos indica que según la ley de la propiedad Horizontal puede tenerla abierta. Justo ahora debido a unos arreglos de la comunidad, tenemos que reparar entre otros elementos la valla indicada, pero le hemos dicho que la valla se dejará cerrada y que no puede abrirla otra vez, a lo que se niega insistentemente.

    ¿Como puedo gestionarlo?, ¿podemos negarnos a realizar la reparación si insiste en tenerla abierta?, ¿se puede acudir a algún organismo mediador, para gestionar este tema y que quede legítimamente cerrado sin tener que denunciar a esta vecina?

    Muchas gracias.

    • Hola Jordi,
      La comunidad decide y tiene autoridad para hacerlo, no la vecina en cuestión. Es decir, que por mucho que esta vecina insista en abrir una puerta hacia otro patio, si el estado original es una valla enteriza, así ha de quedar. Si la vecina vuelve después a abrir una puerta en la valla, sólo tenéis que denunciarlo ante el juzgado y le obligarán a reponerlo. Cuando le toque en el bolsillo abrir la puerta para después volver a cerrarla se le quitarán las ganas de insistir.
      Un saludo.

  164. Hola,
    Mi comunidad tiene un patio comunitario que linda con las manos A y B al que sólo se puede acceder por la B. En los últimos meses el problema de que algunos vecinos de la mano A tiren de todo desde su casa se ha agravado porque lo que tiran ahora son cacas de perro y preservativos usados y la vecina de la mano B se niega a limpiarlo porque lo ha hecho en alguna ocasión y siguen echándose heces. Además tampoco deja a la comunidad que pase por su piso para que lo limpie y es el único acceso a este patio. Qué solución se le puede dar a esta cuestión si la comunidad ya ha hecho todos los requerimientos amis todos imaginables tanto a los vecinos que podrían estar tirando las cacas como a la vecina de la mano B por la que se accede al patio comunitario?

    • Hola Esther,
      Nadie debería estar, a estas alturas de la vida, para tener que educar a los demás. Es lamentable que haya personas tan incívicas e irrespetuosas. Denunciad los hechos ante el juzgado.
      Un saludo.

  165. Hola,
    Tengo una terraza en un ático de uso privativo sin mas vecinos encima y uno en un costado separado por un muro de 3 metros de altura, es decir que no afecta a la vista de nadie. Tan solo se ve desde el tendedero comunitario del terrado. Quiero colocar césped artificial sin necesidad de instalación ya que el piso de la terraza es de baldosa, como si se tratara de una alfombra. Debo pedir permiso para ello a la comunidad?
    Muchas gracias.

    • Hola Ángel,
      En principio, la colocación de césped artificial no tiene mayor relevancia, como bien dices, como si pones una alfombra. No creo que nadie vaya a reclamarlo.
      Un saludo.

  166. Buenas,
    no sé si comprar unos bajos qua llevan consigo un patio comunitario de uso privativo por los problemas que esto me pueda generar. Por ejemplo, el edificio no tiene ascensor, se podría usar el patio para construirlo y modificar parte de mi vivienda para acceder a él? En el caso de compra del edificio por una promotora que quisisera reedificar a mi me darían también los bajos o podría acceder a otro piso?
    Muchísimas gracias.

    • Hola Maritza,
      En caso de construcción del ascensor, efectivamente, podría darse el caso de que el patio fuera la zona que se utilizase para dicho fin. Hay que tener en cuenta que el patio es propiedad de la comunidad. No obstante, habría que estudiar el caso en concreto para ver cómo afectaría a la vivienda.
      En cuanto a la segunda pregunta, no entendemos lo que nos quieres decir.
      Un saludo.

  167. Hola, mi consulta es la siguiente:

    Vivimos en un bloque donde todos somos inquilinos de alquiler, los vecinos del bajo poseen un patio, una especie de terraza grande. Esta es usada como patio o campo de juegos que van desde estar continuamente jugando con balones dando balonazos, incluso a las 2, 3, 4 de la tarde, una piscina en verano, de las que se montan o un saltador elastico.

    Despues de intentar mediar para que se redujesen los ruidos al menos a ciertas horas y no conseguir nada nos pusimos en contacto con el administrador de la finca el cual nos diio que no se podia hacer nada ya que en au casa cada uno hace lo que quiere.

    Es esto cierto? El problema que veo es que no existe una junta o un presidente en la escalera ya que ninguno somos propietarios.

    Muchas gracias!

    • Hola VecinoV,
      Claro que se pueden tomar medidas. Con independencia de que sean inquilinos, siempre se pueden denunciar los comportamientos y actividades molestas. Otra cosa es que el administrador no quiera hacer nada porque es más fácil cobrar sin trabajar. Prodeced con denuncias a la policía.
      Un saludo.

  168. Buenos días,tengo un patio interior que solo se puede acceder por mi vivienda,sale reflejado en mi escritura como patio interior,pedí permiso a la comunidad para techarlo y poder hacer una habitación,ya que mi casa es muy pequeña y necesito una para poder poner al bebe que viene de camino.Me aceptaron los vecinos la propuesta poniendo que podía techarlo parcialmente.Ahora que estoy con la obra,y pedí todos mis permisos e hice el cierre,algunos vecinos quieren que lo quite,a pesar de que a ninguno le molesta y deje un hueco de casi un metro para poder limpiar el techo.Despues de haber estado aprobado por la comunidad de vecinos ,esto se puede hacer? El decirme que lo quite?? Un saludo

    • Hola Rocio,
      Si lo que estás haciendo está debidamente aprobado en Junta y tienes todos los permisos y licencias necesarios, no te pueden requerir nada.
      Un saludo.

  169. Buenos días

    En mi caso soy yo la que vive en el primer piso de un bloque con patio de luces. Concretamente el patio da a la cocina y todos los vecinos tenemos instalado unas cuerdas para tender. Mi problema es que el bajo tiene instalado desde hace mas de 20 años un techo de uralina para proteger una ampliación de la cocina. Dicha ampliacion no esta recogida en ningún acta y no hay aprobación de la comunidad. El techo me genera problemas porque yo no puedo tender, me rozan las sábanas. Cuando nosotros nos trasladamos a la vivienda, en un acta de una reunión dejamos constancia que no estábamos de acuerdo con el techo y que solicitaríamos quitarlo cuando falleciera la propierataria. Era una persona mayor y no queriamos generarle malestar. Ahora que la señora ha fallecido, le hemos solicitado al hijo que debe quitar el techo y nos dice q eso es suyo. El piso lo va a vender por lo que nos urge una solución al conflicto. Quien tiene razón?

    • Hola Inmaculada,
      La razón la tendría que dar un juez que estudiara el caso en concreto. Lo que sí podemos decirte es que si lleva tantos años construido y no hay reclamaciones previas es muy posible que se denegara la demanda. Lo único que se nos ocurre es que solicitéis la retirada del techado por ser material que contiene amianto con el consiguiente peligro para la salud que ello conlleva.
      Un saludo.

  170. Compre una vivienda y tiene acceso a dos patios comunitarios, solo mi vivienda tiene el uso y disfrute de los mismos pero estan en muy mal estado como la comunidad no pretende arreglarlos y yo estoy sufriendo filtraciones de los mismo por mal estado propuse en junta arreglarlos yo y asumir los gastos, me lo aprobaron, pero ahora no se si tengo que cumplir con algun tipo de estética de la comunidad o puedo arreglarlos a mi manera, es decir las baldosas y rodapies que yo quiera. Gracias

    • Hola Ann,
      La comunidad tiene la obligación de reparar los patios comunitarios. Si modificas libremente la estética de los mismos, aún asumiendo tú los gastos, te podría generar un conflicto si algún vecino reclama. Lo que debes hacer es reclamar tú a la comunidad la obligación de realizar las reparaciones y si no cumplen con ello denunciarlo.
      Un saludo.

  171. Hola
    Soy el reciente propietario de un departamento en el ultimo piso, con uso exclusivo de la terraza del mismo piso.

    En su momento el propietario anterior solicito autorización a la junta para construir un cuarto mas sobre la terraza.
    El libro de actas de la junta fue extraviado por el ultimo administrador.
    Quería saber si es posible que me hagan sacar ese cuarto al no contar con la evidencia.

    Saludos

    • Hola Alejandro,
      Si nadie lo ha reclamado no hay de qué preocuparse.
      Un saludo.

  172. Bn noche chico yo vivo en un apartamento plata baja y la parte de la cocina tengo un pedazo de patio y yo quiero serca esa parte ya q no tengo lavadero quisiera q me respondiera a ver que puedo hacer en ese caso si lo puedo hacer

    • Hola Nelimar,
      Eso tendrás que consultarlo en la Junta de Propietarios para que te den autorización.
      Un saludo.

  173. HOla. Tengo una vivienda en dos altura. Baja y Sotano. En la baja tengo mucha luz, y en el sotano a pesar de que entra luza de la alta, me gustaria hacer un tragaluz, o algo similar para mejorar la ventilacion e iluminación. El tema es que el techo del sotano, es el suelo del patio de la comunidad de propietarios. Podria hacer ese tragaluz, asumiento yo los costes previa autorización de la comunidad por escrito.

    • Hola Maria Rosa,
      Tendrás que tener también la correspondiente licencia de obra y proyecto (si se necesitase) ya que en ningún caso puedes menoscabar o alterar la seguridad del edificio y eso sólo lo puede garantizar un técnico in situ. Nosotros desde aquí no podemos decirte si se puede o no se puede hacer. En caso afirmativo, si la comunidad lo aprueba por unanimidad no habría problema.
      Un saludo.

  174. Buenas tardes,

    Vivo en un bajo, y tengo un patio al que solo se puede acceder por mi salón. El patio no esta dentro del edificio, sino que esta fuera de la fachada, por lo que no afecta a ningún vecino ni a nada relacionado con comodidades dentro del edificio.

    Tengo dos preguntas al respecto:

    1- ¿Puedo poner un toldo o algo que me de un poco mas de privacidad en el patio?

    2- ¿Hay alguna manera de pedir la propiedad de dicho patio? Ya que como he dicho, ningún vecino tiene acceso ni supone nada dentro del edificio.

    Muchas gracias de antemano.

    Un saludo!

    • Hola Pablo,
      El acceso no concede mayor derecho que el de uso y disfrute, es decir, que si el patio es propiedad de la comunidad no puedes instalar nada en él sin consentimiento de la Junta, moleste o no moleste a nadie.
      Puedes adquirir la propiedad como cualquier otra, comprándola.
      Un saludo.

  175. buenas tardes.
    Explico situación del edificio para una mejor solucion.
    SEGUN ABRES LA PUERTA DEL PORTAL TE ENCUENTRAS CON UN PASILLO CORTO A LA DERECHA HAY UN EDIFICIO CON TRES PISOS (Bajo y las escaleras para el1º en el que yo vivo, 2º)
    SIGUIENDO POR ESE PASILLO ESTA EL PATIO DONDE HAY MAS CASAS DONDE HAY VECINOS QUE TIENEN EN SUS FACHADAS UNOS ESCALERAS Y OTROS HASTA CUATRO BICICLETAS, MOTOS Y PISCINAS DESMONTABLES.
    MI PREGUNTA ES CUANTOS METROS TIENEN CADA VECINO DE PATIO Y SI EL 1º (YO) Y EL 2º TAMBIEN NOS PERTENECE INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SEAMOS INQUILINOS O PROPIETARIOS???
    son vecinos molestos ya que nos hechan la culpa de que se rompe el marmol del portal al sacar la bici que la tenemos apollada en la fachada de el propietario de abajo y si el no dice nada ellos tampoco entonces ya que quieren ir por lo legal quiero estar informada
    a la espera de sus noticias.
    GRACIAS
    UN SALUDO

    • Hola Jessica,
      En primer lugar, no podemos contestar a tu pregunta por mucho que nos describas el inmueble. Esos datos los puedes consultar en el registro o en el catastro.
      Por otro lado, las zonas comunes no son susceptibles de aprovechamiento ni división privada, por lo que no pueden ser utilizadas por ningún propietario. El patio, si es comunitario, no puede ser utilizado como trastero y, como exponemos en el blog, ningún propietario puede colocar, instalar o almacenes enseres personales sin consentimiento de la Junta.
      Un saludo.

  176. Hola,
    Vivo en un primer piso , único acceso a un patio, propiedad de la comunidad, pero del que tengo el uso y disfrute. Yo me encargo de su mantenimiento y limpieza. Desde hace algún tiempo un vecino cuelga ropa mojada sin escurrir por lo que gotea sobre mis plantas y otras pertenencias que nunca me han prohibido tener, los vecinos.
    ¿Tienen derecho los vecinos a tender la ropa mojada sin escurrir?
    Gracias.

    • Hola Jose María,
      ¿Y cuando llueve no se le mojan igual las cosas que tiene en el patio? Derecho a tender la ropa sin escurrir… más bien habría que decir si es un comportamiento cívico o no. No podemos darte una respuesta a esa pregunta porque no la hay.
      Un saludo.

  177. Buenos días,
    tengo una plaza de parking en la que hay un mini patio de luces. sólo se puede acceder a través de mi plaza de parking.
    yo pago el coeficiente completo de la plaza, o sea, que no se me resta por el paso que se pueda tener para acceder al patio ni a la apertura de la puerta.
    el mini patio de luces, no se utiliza para nada, simplemente allí está, ya que es muy pequeño.
    tengo mi moto aparcada delante de la puerta, pero un vecino me increpa e indica que tengo que dejar paso a acceder (cuando no tiene que acceder nadie allí), no es ni tan siquiera salida de humos.
    el problema es que si dejo paso, me quedo con la plaza más pequeña, contando con TODA la plaza es de mi propiedad.
    puedo negar a dejar el espacio para que puedan pasar por mi plaza a su antojo?
    cuando ha habido algún problema, he sido la primera en facilitar el paso.
    un dia me tiraron la moto al suelo por querer pasar. me dejan la puerta abierta y entra todo tipo de porquería.
    muchas gracias por su ayuda

    • Hola Nyora,
      Entendemos que en las escrituras se debe contemplar esa situación haciendo constar el espacio de servidumbre que tiene que dejar libre para el acceso. Sea o no de utilidad el patio, si existe debe dejarse la entrada libre y no puede ser obstaculizada.
      Un saludo.

  178. Hola buenas tardes,
    queria hacerles una consulta,
    resulta que vivo en un piso alquilado en un atico, y resulta que ese atico era antigüamente la casa del portero del edificio, y cuando murió este hombre la vendieron y la compro mi casero. Pues bien, resulta que la casa tiene una puerta de acceso a la terraza del edificio, donde los vecinos tienen sus trasteros pero no tendederos para la ropa, el problema está en que todas las ventanas de la casa dan a esa terraza, y normalmente si sube algun vecino suele ser respetuoso, hace lo que tenga que hacer en su trastero y se va. Pero resulta que en uno de los pisos hay alquilados tambien unos estudiantes erasmus, que de vez en cuando suben alli y normalmente cuando se dan cuenta de que hay una casa se van. Pues ayer paso otra vez pero con la diferencia de que una chica decia que no se iba a ir porque estaba en su derecho de estar ahi. Mi casero tiene problemas con los vecinos porque les fastidia que tenga acceso a la terraza, pero de la misma manera es una propiedad privada legal su vivienda, asi que mis pregunta son:
    ¿Pueden estos estudiantes subir a la terraza, y quedarse ahi en frente de mi ventana mirándome tranquilamente o hay algun tipo de restriccion?, habia pensado que por ser alquilados y no tener trastero y al no poderse tender la ropa, su acceso a la terraza no tendria sentido.
    por otro lado, ¿que derechos tiene mi casero en este caso frente a la comunidad?

    • Hola Solomo,
      Es un caso de compleja solución porque, obviamente, el destino inicial de la zona no era el que tiene ahora mismo. La servidumbre de paso a los trasteros existe pero eso no da autoridad para permanecer en la terraza. En cualquier caso debe prevalecer el derecho a la intimidad. Podría denunciarlo pero al ser un caso complejo no podemos aventurarnos a dar una respuesta más concreta.
      Un saludo.

      • Muchas gracias por su respuesta, la verdad que cada vez va a mas la cosa, esta semana han subido dos veces a hacer barbarcoa, y la verdad que se esta haciendo cansada la situacion. Yo estudio Ingenieria de la Edificacion y se que existen leyes sobre el uso apropiado de los elementos comunes, por lo tanto empezaremos ha hacer presion para que no suban mas, ya que su acceso a la terraza no esta contemplado ni autorizado por la normativa, imagino, estoy buscando informacion ahora mismo sobre eso. Si la cosa sigue asi, llamaremos a la policia. Muchas gracias de nuevo. Un saludo

  179. Hola
    Recientemente he comprado un piso en un edificio antiguo en el que nunca se creó una comunidad de propietarios ya que el edificio pertenecía a una familia.
    El edificio consta de 4 plantas y tres bajos comerciales, en la parte posterior del edificio hay un patio que en la escritura original figura como patio propio del edificio.
    Los bajos tienen acceso al patio, el primer bajo esta ocupado por un bar que utiliza una parte del patio como almacén para los bidones de cerveza, cajas de refrescos, cubo de reciclaje de vidrio etc, también existe en esa parte del patio una pequeña construcción que alberga un pequeño almacén y un baño que según un antiguo inquilino daba servicio a todos los bajos. Otra parte del patio está cerrado y cubierto y es una “ampliación” del comercio, hay un trozo de patio entre este cerramiento y el siguiente local al que no se puede acceder, solo si se salta un muro y para ello hay que acceder solo por una parte del patio. En la otra parte del patio está construida una pequeña construcción y sirve de almacenaje al local y de taller ya que la actividad es de una joyería.
    Por lo que pueden deducir que el patio se fue seccionando según las necesidades de los locales comerciales, en las escrituras no figura tal división y al no existir una comunidad de propietarios no existe ningún permiso por parte de la comunidad para hacer tales divisiones, a no ser que entre los familiares llegasen a algún acuerdo entre ellos.
    Estamos en fase de constitución de la comunidad de propietarios y quisiera saber si ese patio tiene que seguir tal y como esta o tiene que volver a su estado anterior todo abierto y despejado de construcciones.
    Uno de los problemas que tenemos actualmente es con los ruidos del bar ruidos que producen al arrastrar por el patio los barriles y al tirar los vidrios al contenedor a cualquier hora del día o la noche y también que la acumulación de estos barriles obstruyen la salida del desagüe que tienen en su parte del patio por lo que se suele inundar.
    Gracias por su atención.
    Un cordial saludo.

    • Hola María,
      Poneros en manos de una buen administrador para que os asesore en los procesos que debéis seguir para regularizar la situación del inmueble.
      Como ya hemos indicado en más de una ocasión, podemos dar respuestas de dudas generales pero no podemos estar resolviendo los problemas de cada caso en concreto. Tendríamos que analizar las escrituras de constitución y demás documentación del edificio y es imposible dar una respuesta sin eso. Lo sentimos.
      Un saludo.

  180. Hola buenas noches,

    Vivo en un edificio que tiene tres bajos. Uno de ellos hace ya al menos 10 años techó medio patio y fue aceptado por la comunidad. El otro bajo tiene montado un sistema de todo movible que cubre todo el patio. Yo que tengo el último bajo al existir ya la aceptacion de montar un tejado de la mitad del patio y he puesto, ya que entiendo que si ya existe un precedente yo tengo el mismo derecho. Un vecino del segundo piso dice que me va a denunciar por no pedir permiso a la comunidad y que me indica que el vecino de encima mia tiene que doblar la ropa al tenderla. He optado por techar el patio porque me cae de todo, pinzas, ropa, pipas, plasticos, escupen, chicles y hasta un destornillador. Tengo entendido también que en los patios de luces no pueden tender los de los pisos superiores porque precisamente es un patio de aireacion e iluminación. ¿ Tengo derecho a ponerlo si hay ya un precedente? ¿pueden tender los pisos superiores?. Gracias.

    • Hola Yolanda,
      El hecho de que exista un precedente no implica que puedas hacer algo sin permiso. Lo primero siempre es pedir autorización a la comunidad. En caso de que te lo negasen deberías alegar un trato discriminatorio y posiblemente te concederían lo que solicitas (los jueces tienden a mediar en esa línea). Pero sin la previa autorización de la comunidad te podrían ordenar quitarlo aún con la existencia de precedente.
      Un saludo.

  181. hola haber si me pueden ayudar..vivo como arendataria en un primer piso donde el unico acsesoal patio de luces es por mi cocina ayer a la tarde coloque una piscina inflable a mis hijos aun no la utilizaron y ya me dijeron que tenia que quitarla que era uso de la comunidad cosa que me sorprende de que les moleste la piscina y no el mugre que a diario tengo que recoger entre limpieza de sus plantas, colillas de cigarrillos q son arrojados a el patio pinzas en fin que en su momento tome fotos por si un dia tuviera algun percance, aunque nunca dije nada me limpiar cada dia en silencio …mi pregunta es hasta donde ellos tienen razon y si yo con las fotos de prueba puedo denunciar…mil gracias!!

    • Hola Dilma,
      La piscina la tienes que quitar sí o sí. No es el uso al que están destinados los patio y, en caso de tener, por ejemplo, garajes o trasteros debajo, puede causar un problema a la estructura del mismo. Aunque no fuera así, no puedes poner una piscina.
      Un saludo.

  182. Hola, vivo en un bajo al cual tenemos acceso al patio comunitario otro bajo y yo. Además hay una puerta exterior desde la que se puede acceder al patio. La cuestión es que otro vecino del bajo me esta haciendo la vida imposible, le molesta todo lo que hago, hasta que encienda el extractor del baño para ventilar, me ha insultado y siempre se altera muchisimo teniendo comportamientos anormales. Mi duda es que ahora ha decidido meterse en el patio y a pesar de tener rejas temo por mi seguridad y la de mi gata que a veces sale al patio. Queria saber si hay algun tipo de ley que impida a este vecino usar el patio al no tener su piso acceso o si puedo hacer algo para garantizar mi seguridad, porque no quiero verme limitada sin poder salir al patio por miedo (no es propietario, es un inquilino y a pesar de haber intentado hablar con el tranquilamente o de llamar al propietario, no cambia de actitud).
    A parte de esto, el tiene un gato el cual practicamente vive en el patio, esta todo el dia fuera incluso de noche y el pobre animal se pasa el dia maullando queriendo entrar en su casa y hace sus necesidades por las esquinas del patio, queria saber si hay algo que se pueda hacer respecto a esto tambien.

    • Hola Nis,
      Tu problema es de convivencia más que otra cosa. Estos aspectos son muy complicados en cuanto a que es difícil demostrar los comportamientos que tienen las personas ya que o tenemos testigos o grabaciones de vídeo o todo se queda en su palabra contra la tuya. En cualquier caso, el uso del patio debe estar regulado en las escrituras, en los estatutos o en el reglamento de régimen interno. Examina estos documentos a ver qué encuentras ala respecto.
      Un saludo.

  183. Buenas noches,
    He adquirido una vivienda que tiene el uso y disfrute exclusivo de la terraza bajo escritura pero hay que construirla aún. En la comunidad somos unos 10 bajos y 5 de ellos ya han construido su terraza. Esas terrazas dan a la fachada trasera del edificio. En mi caso la terraza daría para la fachada principal y es a lo que se agarra el administrador para negarse a autoriZarme su construcción alegando que es fachada principal. Nadie más de mi fachada ha construido porque son todos de Alquiler menos yo ahora. Sería la primera!!
    ¿Es posible que me denieguen a mi la construcción ya habiendo bajos construidos? Y si es asi no sería discriminación?
    El administrador Dice que cree recordar que se aprobó en una junta hace años (antes de yo comprar) si es así se podría pedir que se vuelca a votar?

    • Hola Jose,
      Lo único que te podemos decir es que el administrador no tiene autoridad de ningún tipo. Es la Junta de Propietarios quien puede tomar las decisiones que considere. En cuanto a tu caso concreto, desconocemos la finca, el proyecto, los planos, etc. como para poder dar una respuesta.
      Un saludo.

  184. Buenas tardes.
    Vivimos en una finca de 4 vecinos. No hay constituida comunidad. Son 3 vecinos en planta baja y un vecino en el primer piso por encima de ellos. Segun escrituras los 3 bajos lindan con jardines comunitarios de uso exclusivo. No mencionan metros cuadrados de jardines. El primer piso esta rodeado en su totalidad por una terraza de 100 metros y de uso exclusivo segun escrituras y no menciona que sea comunitario y tiene vuelo a los jardines comunitarios. A su vez el tejado del primer piso solo cubre a este siendo la terraza que lo circunda el techo o cubierta de los 3 pisos en la planta baja.
    Consulta, quien debe asumir los arreglos del tejado del vecino del primer piso? Quien asume los arreglos de su terraza? De producirse filtraciones a los pisos inferiores corresponde a la comunidad o al vecino del primer piso? Los vecinos de planta baja pueden disponer de los jardines comunitaros a su discreción? Por ejemplo colocar piscinas, barbacoas o crear un huerto? Y el vecino del primer piso que puede hacer en su terraza? Las dudas surgen debido a la especificación de jardines comunitarios de uso esclusivo y la terraza de 100 metros de uso exclusivo del vecino del primer piso.
    Saludos y muchas gracias por todo
    Fran

    • Hola Francisco,
      En el Código Civil (artículo 396) se especifica cuáles son los elementos comunes de toda edificación. La reparación de los mismos ha de ser costeada por todos los propietarios. Si las averías proceden de elementos privativos, su reparación corresponde al causante de la avería.
      El uso y disfrute de los patios y terrazas no permite la libre modificación de los mismos sin consentimiento del resto de vecinos. Para conocer la titularidad de esos espacios hay que dirigirse al Registro de la Propiedad.
      Un saludo.

  185. Hola! Mi duda es la siguiente: vivo en un primero y tenemos un patio de luces al que se accede por nuestra vivienda. Se ha pedido presupuesto para arreglar las ventanas del patio(q son las de las escaleras del portal), y creemos que tb habría que arreglar la puerta de acceso al patio ya que esta muy vieja y entra frío a casa. La pregunta es: el arreglo o cambio de esa puerta debería correr a cargo de la comunidad de vecinos como las ventanas o a nuestro cargo? Muchas gracias! El patio es propiedad de la comunidad pero de uso y disfrute nuestro. Gracias!

    • Hola Lucía,
      En principio la puerta corresponde al propietario del piso, es decir, a vosotros. Tendríais que correr con los gastos de la reparación pero cumpliendo con el mantenimiento de la estética del edificio.
      Un saludo.

  186. Hola,

    Tengo una pregunta relacionada que no consigo responder por mi cuenta. En mi caso tengo una terraza privativa en un patio interior en Barcelona ciudad que se encuentra dividido en 2 (una mitad de la terraza es mia, las dos mitades se dividen por un muro de altura media).

    Al ser un patio interior no recibo luz directa pues existen cuatro pisos por encima del mío. El patio interior es resultante del hecho de que existe un muro de separación de la misma altura de mi edificio en uno de los lados. Sin embargo, al otro lado de dicho muro no existe otro edificio, sino que alli se encuentra un parque en el interior de la manzana, ergo su existencia es a efectos prácticos completamente inútil (supongo que será herencia historica, el edificio es de principios del siglo XIX).

    Si buscara el acuerdo de los vecinos de mi comunidad, ¿sería legal proceder al derribo de dicho muro?

    • Hola Abel,
      Esa consulta tendrías que hacerla en la Concejalía de Urbanismo de tu localidad, ya que son ellos quienes pueden asesorarte sobre la legalidad de dicha acción en función de las normativas municipales vigentes. Sentimos no poder ayudarte más.
      Un saludo.

  187. Muy buenas y gracias de antemano por el trabajo q realizais. He leído casi todo el post y me surge una duda con respecto a un tema q me concierne. Mi vivienda da a un patio de luces de 7 plantas al que se accede por una puerta en la zona de trasteros. Todos lo vecinos tienen tendederos en la fachada colocados para tender, yo al ser un bajo no me vale esa solucion. Mi lavadero da al patio con una ventana enorme, y si hicera una puerta en la ventana accederia directamente, ya tengo claro q esto tiene q ser sometido a votacion. Mi duda es el porcentaje q es necesario, leo q pones q para este tipo de modificaciones es necesario unanimidad, pero por otro lado creo q en 2013 se cambio dicho epigrafe de la ley y ya solo son necesarias 3/5 partes a favor de una propuesta asi. Me podrias confirmar con seguridad cual seria el porcentaje necesario?

    • Hola Pizqe,
      Entendemos que tal modificación precisa de un acuerdo por unanimidad. El problema de la Ley actual es que plantea hechos muy generales y deja a la interpretación las situaciones concretas que suceden en la realidad de las comunidades. Por eso es complicado, a veces, discernir los límites entre las mayorías necesarias para las diferentes propuestas. Como indicamos, a nuestro entender se precisaría unanimidad.
      Un saludo.

  188. Quisiera información ante un problema: Vivo en una casa unifamiliar . Un vecino ha construído una estructura de pérgola con toldo pegada a la pared colindante, queda mas alta que la valla que tenemos y además me impide ( con el techado que ha puesto) toda la visión del paisaje. ¿es eso legal? ¿no debería haberlo hablado antes conmigo?¿hay algo que yo pueda hacer para volver a la situación nj la que estábamos desde hace mas de diez años?
    Muchas gracias

    • Hola Lucinda,
      ¿Hace más de diez años que se instaló la pérgola? Por que si es así y nunca antes lo has reclamado fehacientemente, es difícil que un juez, teniendo en cuenta la jurisprudencia actual, estime tu demanda.
      Un saludo.

  189. Buenos días,

    Tengo varias cuestiones sobre las que necesito asesoramiento para saber como puedo actuar:

    1.- Soy propietaria de un 1º piso que comparte pasillo privativo con el otro 1º de la misma finca. Se accede a él a través de la escalera y lo tenemos cerrado con un portón. Por éste pasillo únicamente tengo que pasar yo para entrar en mi vivienda ya que la entrada de la casa de mi vecina se encuentra por el descansillo de la escalera. Tiene colocadas por el lateral izquierdo de mi portón una ventana de unos 30×30 aproximadamente que dan al baño, a una distancia de mi puerta de 79cm en línea recta y otra enfrente del portón de mi casa de 1mtx1mt aprox. en línea recta a éste. Esta ventana da a su cocina por lo que ambas generan malos olores, suciedad amarillenta por la grasa…. porque además la campana extractora hace años que no le funciona.
    Me han comentado que estas ventanas, son ilegales por la distancia hacía mi casa ya que pierdo absolutamente toda la privacidad. Ve perfectamente cuando salgo, entro, vienen visitas….
    Este pasillo me pertenece al 50% y así lo recoge en mis escrituras. En ellas no dice nada de las ventanas y no sé si es que únicamente deben aparecer en las de ella registradas o al no están en las mías puedo entender que no están inscritas por ningún sitio. En la nota simple de su casa no aparece como lindero el pasillo y no pone nada al respecto de las ventanas.
    El mantenimiento y limpieza del pasillo lo hago al 100% yo. Es más, ha tenido una fuga por la ducha y está toda la pared mojada, la pintura caída y el zócalo que es de madera hinchado y no se hace cargo de su reparación. Simplemente como según ella yo hago uso para pasar por el pasillo me corresponde arreglarlo a mí.
    No sé de cuanto tiempo dispongo para poder actuar o por el hecho de estar colocadas un cierto tiempo, prescribe y ya no puedo hacer nada para conseguir que quite las ventanas de enfrente de mi casa.
    2.- Por todos estos problemas quisiera saber, a parte de que puedo hacer para quitar esas ventanas del enfrente de mi puerta, como puedo actuar para solicitarle la división del pasillo a la mitad y así poder llevar mi portón más hacia afuera y quitar definitivamente el portón de la entrada que da acceso al pasillo. Todo ello de manera legal para que no pueda luego exigirme nada. Y como puedo demostrar que soy yo la que me hago cargo del mantenimiento y limpieza aún habiendo sido ella la que ha generado un daño.
    3.- Por otra parte, mi casa es un interior que tiene por todo el pasillo ventanas que dan a un patio del que hace uso un local. Está techado con placas de metacrilato movibles y no se pueden pisar para limpiar ni nada.
    No se puede acceder al patio desde ningún sitio salvo por el bazar chino que es propietario del local. Por lo tanto, la limpieza que se hace después de millones de reuniones solicitandola, la hace el propietario quitando las placas desde abajo porque no quiere quitar los artículos ni nada para hacer correctamente la limpieza.
    Ese techo no está recogido en ningún acta, la comunidad le ha solicitado que lo quite y ponga otro que se pueda limpiar y pisar haciendome cargo yo de la limpieza del mismo. Pero no hace nada.
    La pregunta es, si realmente le corresponde a él o a la comunidad el techado del patio. Ya que dan por hecho que como me afecta directamente a mí, es una cuestión mía resolverlo con el propietario del local. Incluso así lo ve el propio administrador. Y realmente no sé si tengo que ir contra él o contra la comunidad.
    En caso de denunciarlo en urbanismo, ¿es legal cerrar un patio con material para poder pisarlo o por el contrario van a volver a colocar algo que no se pueda pisar?

    Te escribo desde Cádiz (capital).

    Un saludo y espero encarecidamente tu respuesta.

    Gracias.-

    • Hola Mabial,
      Lo que tengas que denunciar hazlo siempre en el Juzgado. El cerramiento del patio lo hace el dueño del local, que suponemos lo solicitó debidamente. El material no tiene por qué ser transitable, ni mucho menos, pero sí que el mantenimiento y la limpieza del mismo le corresponden a él. En caso de que te veas perjudicada por tal cerramiento, denuncialo.
      Con respecto a los daños por humedad en el pasillo, el causante del daño es quien corre con los gastos de la reparación, por tanto, es tu vecina la que debe pagar los arreglos necesarios. Si se niega, denuncialo.
      En cuanto a la cuestión de la propiedad del pasillo, legalidad de la ventana, etc. debes consultarlo con un abogado de tu zona para que estudie el caso documental y presencialmente. En eso no podemos ayudarte sin analizar in situ los datos.
      Un saludo.

  190. Buenos días,

    he adquirido recientemente una vivienda, que disfruta del uso del patio interior, al cual se accede desde mi vivienda. La puerta de salida a este, da a mi lavadero (descrito detalladamente en mis escrituras) y a continuación empieza el patio común, sin ningún tipo de delimitación física entre mi lavadero, y el patio.

    La cuestión es que el acceso, constaba de una «estructura» compuesta de puerta y ventana (todo junto), y al retirarla se ha cambiado por una puerta. El hueco de la ventana sería tapiado.

    Sería algo así:

    ————————-
    COCINA
    ————————- Puerta de acceso
    LAVADERO
    ————————- Sin delimitacion física entre lavadero
    PATIO INTERIOR
    —————–

    En teoría, la zona común es después de mi lavadero ¿no? y el tabique de la puerta, ¿está dentro de mi propiedad? ¿puedo hacer esa modificación sin permiso?
    Al ser la «estructura» antigua un único conjunto, podría considerarse como una puerta única.?

    A ver si me podéis ayudar.

    • Hola Jose,
      No podemos dar respuesta a casos concretos por mucho que nos mandes la descripción. Te recomendamos que acudas a un experto de tu zana para que analice in situ la cuestión.
      Un saludo.

  191. Hola me gustaría que me pudierais ayudar con una duda. Mi duda es que estoy en piso de alquiler en un principal con un acceso al patio de luces pequeño que es de disfrute mio. La comunidad ha acordado hacer obras en el patio y quieren colocar un ascensor que pasaria por el patio de luces. Mi pregunta es: Las obras que se realizaran del ascensor en el patio de luces , ellos pueden acceder a mi vivienda cuando quieran o tendrian que hacer una entrada por la ventana que da al patio de luces y a las escalera de la comunidad?? Gracias

    • Hola Jose,
      Si el único acceso al patio es por tu vivienda tienes la obligación de ceder el paso.
      Un saludo.

  192. Veo que este es un tema que afecta a muchísima gente.
    Yo mismo tengo algún «encontronazo» por estos temas. Aunque mi pregunta, creo, es más sencilla.
    Acabo de adquirir un piso, que dispone de una terraza, comunitaria pero de uso privativo mío. La anterior dueña tenía instalados un toldo, que cubría la puerta de salida a la terraza, y un armario de grandes dimensiones (eso que yo haya podido ver, antes igual tenía más enseres).
    Mis intenciones, transmitidas al presidente de la comunidad de vecinos son: cambiar el armario por una caseta de pvc o plastico para guardar bicicletas y cosas similares; y cambiar el toldo antiguo, por un toldo corredero, tipo pérgola.
    Ninguno de estos dos elementos son visibles desde la calle, ni cortan la visión ni ventilación de ninguna vivienda.
    Habría algún problema? Entiendo que lo que tenía instalado la anterior dueña «cubre» en cierta manera a lo que yo pretendo, no?
    Un saludo y gracias

    • Hola Victor,
      En principio no debería haber problema pero conviene siempre hacer las cosas con autorización de la Junta de Propietarios.
      Un saludo.

  193. Hola,
    Estoy de alquiler en el centro de Madrid y mi vivienda da en su totalidad a un patio de luces. A izquierda y derecha del edificio hay dos bares y usan este patio de luces como almacén y espacio dónde guardar los cubos de basura. Hay 3 accesos a dicho patio: uno es desde la entrada / el rellano del edificio y los otros dos accesos son las puertas de las cocinas de los bares. Los propietarios de los bares son los únicos que poseen dicha llave. El problema es que casi siempre tienen las puertas abiertas y se cuela todo el ruido al patio de luces y peor todavía también hacen todos sus descansos (fuman y charlan) en el patio. El silencio del edificio es casi monacal, excepto por los descansos de los trabajadores en el patio. Les oigo más a ellos que a mis vecinos!
    La pregunta: ¿es legal? ¿cuáles son nuestros derechos?
    Gracias.

    • Hola Susana,
      En el post ya explicamos lo que se puede y no se puede hacer en un patio comunitario. Denuncia los hechos porque es un agravio considerable.
      Un saludo.

  194. Vivo en un 2° piso de 4 con patio interior, de luces, tragaluz o con se llame. Los vecinos del piso bajo, tienen instaladas planchas para cubrir ese espacio, que utilizan a su antojo, ya que sólo se puede acceder por su vivienda. Las planchas están a menos de 1,50 m. de mi ventana, y me gustaría saber si es legal o podría denunciar, porque la de porquería que se acumula en ellas gracias a los vecinos de arriba es lastimosa y molesta hasta el punto de ver verdaderas guarradas sobre las mismas . A qué distancia deberían estar las planchas de mi ventana?
    Muchas gracias.

    • Hola Iván,
      Loque tienes que ver es si esa instalación cuenta con la autorización de la Junta de Propietarios porque de no ser así pueder denunciarlo para que lo retiren.
      Un saludo.

  195. Hola, Buenas noches.Soy propietario de un 1er piso con terraza comunitaria y en la escritura indica que tengo derecho de uso y disfrute de la misma. Tiendo la ropa en ella. En la última junta general se indicó que podía tender la ropa allí sin que se sometiera a votación. Tengo unas dudas:
    – ¿pueden prohibirme tender la ropa si no ello no supone un daño para la comunidad?
    – en caso afirmativo, ¿debería haberse votado?
    – en caso afirmativo ¿cuantos propietarios deberían estar en contra para obligarme a no tender la ropa?
    Muchas gracias

    • Hola Ivan,
      Ya respondemos a la primera pregunta en el blog. Cualquier acuerdo debería reflejarse en el Acta, es decir, que si se ha acordado que puedes tender la ropa en el patio, para que eso no suponga un problema el día de mañana, lo correcto es que se transcriba al Libro de Actas.
      Un saludo.

  196. Muy buenas a todos! por favor necesito ayuda….le explico…resulta que tengo un piso en propiedad de hace 3 años y ahora me toca ser de presidenta y por supuesto ahora salen problemas….por lo tanto uno de ello muy gordo con el patio común del edificio…resulta que según los estatutos la vecina de la planta baja(local comercial) tiene el uso y disfrute del patio exclusivo y también esta obligada en encargase de su mantenimiento y limpieza…hasta aquí todo bien…ahora el problema es que hace 10 años la misma vecina ha techado y cerrado con aluminio la mitad del patio que lo ha utilizado todo el tiempo como almacén para el negocio de la misma …ahora dice que nosotros los otros vecinos no podemos pasar en dicho patio Ni siquiera para recoger alguna prenda que nos pueda caer al patio al tender la ropa en las cuerdas que tenemos cada piso…que se lo pedimos a ella…y si esta de vacas 1 mes???….que nos denuncia dice…pues otra vecina del edificio dice que cuando techaron eso ella no estuvo de acuerdo y que lo hicieron con el acuerdo verbal de otros vecinos dicho hecho que en el libro de actas y en ningún sitio aparece como que se ha hecho ese acuerdo…nada ni reunión ni nada…en fin la vecina en contra que creo que esta en su derecho dice que no ha estado de acuerdo nunca ni ahora menos todavía…especifico que la comunidad son 4 vecinos de lo cual 1 es el local de abajo…yo quiero preguntar….si la vecina de arriba o otro se opone a lo que esta techado puede denunciar al ayuntamiento para que se proceda a quitarse???….la vecina del local jura y perjura que ella y 2 vecinos mas en su tiempo han estado de acuerdo verbalmente y 1 vecino no y que ese acuerdo verbal que vale mas que uno escrito….cuando se hace algo así en el patio hace falta una mayoría de vecinos y uno se puede oponer O tiene que ser todo el mundo de acuerdo?….absolutamente todos los vecinos?….aclaro hay 4 vecinos han estado de acuerdo la del local por suspuesto ,1 y 2(que actualmente es mi propiedad)…y la del 3 no ha estado nunca de acuerdo por lo visto ni ahora claro…por favor explicármelo como es legalmente para saber que decir a la reunión de vecino y aclaro que yo personalmente quiero que se haga las cosas correctas legalmente y que se llegue a acuerdos en el bien de todos de la comunidad sin excepción por eso quería estipular que la del local pague como una comunidad….. que pone en los estatutos que esta exenta de pagar una comunidad dado que ella no utiliza para nada el portal….entonces si utiliza el patio? paga o??…por favor ayuda

    • Hola Nicol,
      Efectivamente la única persona que puede acceder al patio es la propietaria del bajo. Sólo se puede acceder al patio en caso de reforma o reparación necesaria.
      En cuanto al techado, llevando más de 10 años, es difícil que un juez sentencie en favor de la retirada ya que la pasividad de la comunidad durante este tiempo al no haberlo denunciado antes, denota la existencia de una acuerdo o aceptación pasiva.
      Un saludo.

  197. Buenas noches,
    Soy propietario de una vivienda que tiene el uso y disfrute exclusivo (en escritura) de un patio al que se accederia desde mi vivienda. Ahora mismo ese patio no está cerrado por todos sus lados. Desde la calle todos tienen acceso a el. El acceso de mi vivienda aún no está construido. Tengo el acta de finalización de obra donde se me adscribe su uso y detalla que su acceso será desde mi vivienda. El plano de la constructora muestra exactamente por donde se autoriza la colocación de la puerta en mi vivienda y por donde levantar el muro de separación entre zonas comunes (entrada al portal) y mi zona común con uso y disfrute a mi favor (sin tocar El portal ni su acceso ) El residencial consta de 11 bajos con zonas comunes adscritas a cada una de las viviendas. 4 de esos bajos ya tienen construida su terraza. A diferencia de la mía esas 4 viviendas se entregaron sin acceso a las terrazas desde la calle ya que estan a un nivel diferente con respecto a la calle y ya tienen levantado el muro (espacios adyacentes cerrados). En junta se aprobó la construcción de esos 4 bajos y se excluyó en el debate los otros bajos (1 de ellos es el mio) ya que según el que redactó el acta » estos bajos quedan excluidos de la votación ya que no están acotados por todos sus lados y son espacios abiertos desde la calle y por tanto son zonas comunes, ejemplo de ello las entradas de los portales 21,22 (mio) y 23″ mi escritura es la misma que la de los otros portales que tienen ya construida la terraza. Con su nota aclaratoria que indica la imposibilidad de colocar Pérgola ni toldos que puedan cubrirla, ni techar y siendo la limpieza y gastos extraordinarios de conservación de cuentan de sus usuarios… Por lo demás al levantar el muro no impido de ninguna manera el acceso al portal el cual quedaría libre como un pasillo para acceder a él. En mi lado somos 6 bajos que sobre plano sólo se le autoriza a 2 de ellos(entre ellos el mio) su construcción ya que el acceso a la terraza no estaría colocado en la fachada sino por un hueco del edificio, entiendo que construida de esa manera para facilitar la construcción de la puerta de acceso a dicha terraza sin obstruir para nada el portal.
    El administrador alega que no puedo construirla porque no se considera lo mismo que las otras 4. Eso no sería discriminatorio? Tendría que volver a solicitar una votación en la junta? O de lo contrario se sobre entiende que el motivo por el cual me excluye es discriminatorio y teniendo el permiso de obra y avisando con antelación de 15 días ya puedo construirlo? Me acogeria al derecho tácito ya que la razón por la que me excluye creo que no tiene fundamento puesto que la única diferencia es que no tengo un lado del muro levantado.los otros 3 lados Si!!(fachada +lateral derecho + frontal)

    • Hola Antonio José,
      No podemos atender casos tan concretos sin analizar todos los datos. Entendemos que la opinión del administrador está debidamente fundamentada y deberías seguir sus indicaciones.
      Un saludo.

  198. Vivo en un edificio de tres vecinos (bajos mas dos pisos y desvan) desde hace menos de un año. Sin comunidad constituida. Es una finca vieja y en la division horizontal del edificio habla de que los bajos tiene un patio y como anejo el desvan de arriba, en el que hay un terraza por la que se accede desde el desvan y desde la escalera comun tambien. La terraza de arriba no sale en dicho documento, habla de desvan pero no de los metros que tiene y no sabemos a quien perteneceria la terraza. Yo entiendo que al no mencionarse dicha terraza es de la comunidad pero la propietaria insiste que es suyo que ella compro los bajos con la parte de arriba incluida la terraza. El edificio era familiar y la finca fue segregada por pisos, de ahi esa adjudicacion del desvan al bajo, pero no habla de la terraza de arriba. Como se interpreta entonces en estos casos? Gracias.

    • Hola Teresa,
      No hay que interpretar nada, lo que hay es que buscar toda la documentación registral de la propiedad, contratos de compraventa, divisiones, etc. para tratar de dar solución al asunto. En última instancia, regularizar la situación de dejarlo bien escriturado. Sin analizar los documentos es imposible dar una valoración.
      Un saludo.

  199. Buenas me ha parecido fantastico articulo , me ha gustado bastante ,le voy a echar un vistazo a ver si encuentro otros con esta calidad , es lo que andaba buscando. Esta expresado muy bieny se me han despejado algunas dudas. Saludos.

  200. Buenos días,

    Me llamo Manuel. Le comento mi situación.
    Tengo un piso en propiedad y soy el único vecino con acceso a una terraza comunitaria de uso y disfrute por parte de mi vivienda.
    Cuando compramos el piso hace año y medio la terraza tenia baldosas rotas, estaba algo desnivelada y tiene filtraciones de agua al garaje (que es lo que esta debajo de la terraza)
    Al hablar con el presidente de la comunidad siempre me da evasivas sobre arreglar la terraza.
    Hemos decidido asumir nosotros el gasto de levantar el suelo, poner aislamiento y un suelo nuevo.
    Lo podríamos hacer? los vecinos se podrían quejar de alguna manera?
    A fin de cuentas es mejorar la terraza para que no tenga filtraciones y poder disfrutar de una terraza con un suelo perfectamente nivelado y con baldosas nuevas.

    Un saludo,
    Manuel.

    • Hola Manu,
      La obligación de realizar esa reparación corresponde a la comunidad. Si asumís el gasto, en realidad estáis eximiendo a la comunidad de dicha responsabilidad. No creo que a ningún vecino le interese quejarse ya que les estás regalando literalmente una reforma que deberían pagar entre todos.
      Un saludo.

  201. Buenas, me he comprado un piso que es un bajo, el piso da a dos patios de luces y los cuales los dos tienen entrada a dicho patios por los vecinos. Mi pregunta, puedo solicitar abril una puerta para poder utilizar los patios yo tan bien y cortar el patio por la mitad . para tener intimidad y poder utilizarlo yo tan bien, ya que al salir ellos al patio a tender la ropa me puede ver si tengo la ventana abierta. Segura mente se me pase algo me podria orientar. Gracias

    • Hola Javier,
      Puedes solicitarlo sin ningún problema, de hecho, es algo que se suele hacer para tener mejor acceso y poder realizar un mantenimiento adecuado.
      Un saludo.

  202. Hola ,somos una comunidad de tres edificios que comparten un patio abierto, tiene 4 árboles grandes . Uno de los tres portales tiene acceso por el patio.
    En este patio tenemos pajaritos, algunos vecinos dejan comida para los gatos del barrio y el patio esta bien cuidado.
    El problema es que un par de vecinos sacan sus perros en este patio , recogen siempre las heces y no hay olores, solo cuando los gatos están en celo que marcan por todos los sitios.
    Un par de vecinos insultan a los dueños de los perros cuando los ven el patio y siempre amenazan con denuncias.Aunque a día de hoy no sabemos que ninguna se haya llevado a cabo.
    Me gustaría saber quien tiene razón en todo este embrollo.
    ¿pueden estos vecinos sacar a sus perros por el patio.?
    Un saludo y muchas gracias por vuestra atención

    • Hola Víctor,
      Si es una zona comunitaria debería tratarse como tal, es decir, que al igual que no sacan a los perros al pasillo, del mismo modo no pueden salir al patio a hacer sus necesidades.
      Un saludo.

  203. Hola vivo en planta baja y tengo un patio dentro de mi propiedad que al comprarlo ya tenia un toldo viejo….pasaron 6 años y el toldo no da para mas y soy hostigado por las ratas que bajan por los cables….

    YO quiero sacar el toldo y poner chapas y machimbres ( cerrarlo por el tema ratas )

    lo puedo hacer? pido permiso? me denunciaran?

    espero tu pronta respuesta

    gracias

  204. Buenas tardes, mi piso tiene un patio de luces en el que hace más de 40 años se colocó una cubierta para cubrir del agua la lavadora y pila. Creo que hubo acuerdo en la junta de vecinos pero no tengo acta. Hace unos 10 años sustituí la cubierta por otra similar para sanearla, no lo solicité a la junta ni hubo quejas.
    Hace unos pocos años ha cambiado el presidente que es un vecino nuevo y ahora ha pedido en junta de vecinos que se retire mi cubierta y lo ha obtenido por mayoria simple de votos. ¿Es válida esa votación, ya que la cubierta tiene más de 40 años? ¿o se considera la antiguedad de la reforma de hace 10? ¿cual es el plazo? Para retirarla necesitaria mayoria simple o unanimidad? muchas gracias

    • Hola María,
      Entendemos que, pasado tanto tiempo y sin que nadie antes se haya quejado, la comunidad ha aceptado pasivamente la colocación del techado. Por otro lado, la modificación de un elemento común o una zona comunitaria necesita unanimidad en la votación, por lo que ese acuerdo no tendría aplicación legal.
      Un saludo.

  205. Buenos días. Me gustaría preguntarle lo siguiente; vivo en un primer piso con acceso directo al patio y hace unos 18 años 2 vecinos mandaron a construir balcones en dicho patio y uno de ellos hasta le puso un saliente de agua en el centro del balcón. Ahora éste, no para de echarme agua constantemente con el consiguiente perjuicio para nosotros ya que dicho patio da a 2 habitaciones y a un cuartito que construí para poner la lavadora.
    Mi pregunta es la siguiente; ¿ puede este vecino verter agua al patio interior? ¿tiene derecho a poner el saliente de agua? y en caso afirmativo, esta permitido ponerlo en medio del balcón?
    Comentar que dicho balcón fue construido con amenazas. ¿Se le puede exigir la eliminación de dicho saliente?

    Respecto al segundo vecino, el balcón lo construyó para poner la bombona. Tiene una planta y cada vez que la riega me cae toda el agua con tierra ensuciándome todo el patio constantemente.
    ¿tiene derecho a tener una bombona colgada en un habitáculo cuadrado construido para éste uso pegado a la pared. Tengo miedo que después de 18 años construido, se despegue y por ende que caiga la bombona.

    Muchas gracias.

    • Hola Mari Carmen,
      Si los balcones llevan tantos años construidos es posible que no pueda reclamarse ya su retirada. En cuanto al vertido de aguas, entendemos que las mismas deben estar canalizadas. No obstante, es un caso muy específico que requiere un estudio más detallado y en este blog tratamos de dar respuestas a casos más generales.
      Un saludo.

  206. Queremos comprar un piso que tiene una planta bajo cubierta en usufructo. Hasta qué punto podríamos disponer de ella? El acceso es únicamente por el piso. Podríamos acondicionarlo? Si no pudiésemos hacer nada, tal vez sería más bien un engorro estar manteniéndolo sin poder usarlo más que para acumular cosas.

    • Hola Irene,
      No entendemos a qué te refieres con «una planta bajo cubierta en usufructo» ni en qué condiciones legales está esa zona.
      Un saludo.

  207. Buenas noches soy presidenta de una comunidad de vecinos de Castilla la Mancha, y tengo algunos problemas y dudas espero que me podais orientar un poquillo.
    En el edificio tenemos un patio de luces comunitario pero sin acceso desde el portal para acceder a el es por los bajos uno de los propietarios antes de yo vivir pidio permiso a los vecinos para abrir una puerta y ella se encargaba de limpiar junto otras dos vecinas del edificio del al lado que son del bloque con el que compartimos el patio, accedieron y la abrio y puso un tejado de cuatro metros por encima de uralita todos estos años lo a utilizado de uso y disfrute desde plantas escobas perros defecando niños jugando ect… el problema lo tenemos ahora que se a derrumbado la cornisa del tercero y para arreglarlo hay que meter andamios por su casa que se niega aunque mate a un vecino. Lo que quiero yo junto a otros vecinos cerrarla la puerta y que deje la estructura original una ventana no hay papeles que digan que puede abrir una puerta firmado por ningun vecinopero no se como hacerlo ya que yo llevo 14 años viviendo aqui y eso ya estaba. gracias
    Se me olvidaba el edificio no tiene estatutos ni esta inscrito en ningún lado .

  208. Tengo que instalar un tabique pluvial pero mi vecino no me deja acceder a su parcela. Se lo he pedido varias veces y se niega sin dar solución. ¿Como lo puedo resolver? ¿Donde debo acudir?

  209. Buenos dias
    Tengo parte de un patio interior me gustaria ponerle cesped atificial eso es posible seria mi pregunta

    • Hola Pool,
      Como ya indicamos en el post, no se puede variar la estética de una zona comunitaria sin consentimiento de la Junta de Propietarios.
      Un saludo.

  210. Tengo un local comercial en Barcelona que dispone de un patio en el interior de la manzana que es de propiedad exclusiva del local. Las preguntas ¿puedo techarlo dejando la ventilación y entrada de luz adecuada? ¿debo obtener permiso de la comunidad de vecinos o del ayuntamiento?
    Gracias de antemano por su ayuda

    • Hola Eduardo,
      Cualquier modificación de la estructura original del edificio requiere de autorización de la Junta de Propietarios. Lógicamente, también hay que cumplir las normativas municipales.
      Un saludo.

  211. Hola, buenas noches. En la galería de mi piso tengo puestas unas cortinas de madera. En ningún momento quedan por fuera de lo q es mi galería pero lógicamente se ven. Se pusieron en color marrón para disimular con el color del edificio. Por lo visto un vecino se a quejado en la reunión pero a mí no me ha dicho nada, y lo sé por otros vecinos los cuales no les molesta y me lo han comentado para que lo sepa. Yo no dije nada porque pensé q al estar dentro mi galería y no salir fuera de fachada no pasaría nada… y no lo hice a mal. Pueden obligarme a quitarlas? En los estatutos está el tema de los cerramientos con ventanas establecido tal y como debe ser… pero esto al ser una cortina q ni siquiera se apoya en la repisa de la terraza está x dentro no se si inflije la ley o estatutos no se, si hay alguna ley que establezca tb los interiores de estos. Y si la hubiera y no está en estatutos del edificio, debo quitarlas o no? En el caso que pudiera dejarlas, donde debería acogerme?
    Yo quiero poner tb el toldo al igual q tienen muchos ya puesto pero se a puesto esto temporalmente xq entra muchísima agua a la galería. Gracias de antemano.

    • Hola María,
      En principio no te preocupes porque no creemos que esa queja vaya a mayores. Es un asunto complejo pero no creemos que una reclamación por este asunto pueda prosperar.
      Un saludo.

      • Muchísimas gracias por tu respuesta. Las he quitado porque no quiero ningún problema con ningún vecino… Xro por lo visto en la reunión se habló y en la carta de acta de la reunión lo pone que no se cumplía con lo establecido de todos y herramientos acordados. Xro esq esto no es un cerramiento, ni un toldo!! Y pone que nos dirian de quitarlas. Yo esto lo he visto hoy y hace una semana que las quite. Pero me gustaría saber si realmente estaba incumpliendo algo o no. Solo por poder decirlo aunq no las ponga ya… Muxhas gracias.

  212. Hola. He comprado un piso recientemente y al ir a hacer obra en la cocina me he dado cuenta de que encima del falso techo hay cuatro tragaluces (esta parte de la casa se encuentra debajo de un patio interior ).
    Hace tiempo que se hizo obra en dicho patio y se azulejo dejando los tragaluces baja los azulejos, con lo que ya no cumplen su misión de dar luz.
    La cocina ,cuyos tragaluces están encima,es muy oscura, con lo que me vendría bien dejar vistos los tragaluces para tener luz.
    Es posible obligar a la comunidad a retirar los azulejos de encima de los tragaluces? Pedimos en junta de vecinos retirar los azulejos pero no nos lo permitieron incluso pagandola nosotros.

    • Hola Yolanda,
      Si esa reforma se aprobé debidamente en Junta y cuenta con los permisos correspondientes, no hay nada que hacer. Pero si no está aprobada la modificación del patio, cabría la posibilidad de reclamarlo, siempre y cuando en el Título Constitutivo, planos, etc. figure el diseño original.
      Un saludo.

  213. HOLA TENGO UN PATIO EN 1 PISO QUIERO CERRAR CON CERRAMIENTO UNA PARTE, NO TODO, Y EL ADMINISTRADOR NO ME DEJA. MI VECINO DE AL LADO TIENE TODO SU PATIO TECHADO, PERO A MI ME DIJO QUE SI LO HAGO ME HACE LA DENUNCIA A LA MUNICIPALIDAD. ESTOY MUY ASUSTADA TENIA LA GENTE TRABAJANDO EN MI CASA CON EL TRABAJO PAGO Y POR TEMOR A QUE ME DENUNCIARA LE SIJE QUE SUSPENDIERAN EL TRABAJO.

    • Hola Analia,
      Si no tienes autorización de la Junta de Propietarios y del Ayuntamiento, no puedes realizar el cerramiento. No obstante, el administrador no puede denunciarte, en todo caso sería la comunidad de propietarios.
      Un saludo.

  214. Quiero comprar una primera planta con un patio comunitario de uso y disfrute privado de ese piso solamente. Yo soy cuidadora de bebes entre 1 y 3 años y tengo en mi casa un maximo de 5 bebes. Pueden salir al patio? Me lo puede prohibir la Comunidad? Dado que es una actividad. Pero tambien es mi pario. Yo estoy dada de alta como madre de dia en la Comunidad de madrid

    • Hola Ainhoa,
      Creo que intuyes de sobra que no puedes hacerlo. Debes pedir permiso en Junta de Propietarios para evitar problemas. Si te lo conceden, que se refleje en el Libro de Actas.
      Un saludo.

  215. Hola!
    Quería preguntar si el derecho de uso y disfrute de un patio de luces es exclusivo del propietario que tiene acceso desde su vivienda. Me explico: Cuando me instalé en mi casa creí que el uso del patio se compartía con el vecino de enfrente. Su acceso me parecía un poco raro porque su terraza estaba demasiado alta; harían falta un par de escalones para que fuera cómodo. Sin embargo, desde mi cocina se accede directamente al patio. Hace poco me he enterado por otro vecino que originalmente no existía su acceso; tenía una barandilla en su terraza que se lo impedía. Es decir, que el único acceso al patio era a través de mi cocina. Durante el tiempo que mi casa estuvo vacía, él quitó su barandilla y empezó a usar el patio, aunque tienen que saltar para hacerlo. La comunidad se lo permitió porque mi casa estaba vacía y nadie lo usaba. Ahora yo quiero saber si mi vecino ha podido adquirir en ese tiempo alguno tipo de derecho de uso, o si yo puedo exigir que vuelva a colocar la barandilla, en tanto mi derecho de uso y disfrute se ve menoscabado.
    Gracias

    • Hola Maryasol,
      Lo que hay que ver es lo que figura en el Registro de la Propiedad con respecto a qué propiedad es la que tiene derecho de uso de ese patio. Si tu vecino no lo tiene reflejado en las escrituras, puedes denunciarle perfectamente.
      Un saludo.

  216. Buenas, he comprado un ático que tiene dos puertas a una bonita terraza. Como único vecino tengo un pequeño apartamento donde vive el conserje del edificio y que al parecer, aunque el catastro atribuyen también sus metros a mi vivienda, dicho pequeño apartamento del conserje pertenece a la comunidad. El también tiene una salida a la terraza. Puede la comunidad prohibirnos salir a dicha terraza cuando el conserje y yo somos los únicos con posibilidad de acceso a ella? Al parecer así se acordó en una junta vecinal pero me parece muy extraño que puedan obligarnos a ello puesto que mi vivienda tiene dos Puertas originales de salida a dicha terraza. Muchas gracias

    • Hola César,
      Tienes que ver lo que pone en las Escrituras de Constitución con respecto a esa terraza y a quién le corresponde su uso y disfrute.
      Un saludo.

  217. Hola.
    Mi piso dispone de un patio comunitario de uso privativo según estatutos. A dicho patio se puede acceder, además de por mi vivienda, por una puerta situada en pasillo comunitario ¿Tienen derecho los demás propietarios a tener llave de la puerta de acceso al patio por el pasillo, y poder entrar en él sin mi conocimiento, aunque solo a mí corresponda el uso y disfrute del patio?
    Muchas gracias.

    • Hola Manuel,
      Con independencia de lo que ponga en los Estatutos, tienes que ver qué es lo que dice al respecto en las Escrituras de Constitución, ya que en ellas se puede contemplar quién tiene el derecho real de uso y disfrute de ese patio.
      Un saludo.

  218. Muchas gracias por la rápida respuesta.
    Es verdad, se me olvidó poner que también en las escrituras viene que el patio es comunitario, pero de uso privativo. Siendo así ¿puede tener cualquiera la llave de la puerta de acceso al patio por el pasillo comunitario y poder acceder a él sin mi conocimiento?
    Gracias y saludos.

    • Hola Manuel,
      Si se contempla que el patio es de uso y disfrute privativo, lógicamente significa que el uso y disfrute del patio corresponde únicamente al propietario del piso al que está vinculado. El resto de vecinos no puede acceder libremente a él. Lo que no entendemos es que exista esa puerta desde el principio de la construcción, cosa que deberías comprobar también consultando las Escrituras del edificio.
      Un saludo.

  219. Buenos dias, mi consulta es la siguiente:

    Vivo en un conjunto de casas independientes, mi casa es esquinera en frente de ella se tiene un espacio para utilizar como jardin, el cual por situación de salud de mis hijos quienes presentan alergia al pasto natural (presenten atopia), decidimos reeplazar el pasto y plantas de cerramiento que alli se encontraban al momento de comprar la casa, por grama artificial la cual fue instalada sobre una placa delgada de cemento. Pero luego de un año y un incoveniente con otro vecino q decido poner una valdosa no aprobada por la adm, este promovio q la adm nos solicite retirar la grama y volver a dejar ese espacio en tierra y pasto.

    Teniendo en cuenta q pq salud de mis hijos no puedo colocar pasto y ademas el espacio como estaba generando humedad en la sala. Debo retirar la grama o que puedo hacer? Que atenta a su orientación

    • Hola Valentina,
      De momento no hace falta que hagas nada. Tendrás que esperar a que te llegue el requerimiento, momento en el cuál podrás alegar tus razones, siempre de manera extrajudicial, es decir, por la vía amistosa para tratar de llegar a un acuerdo. En caso de que se denunciara ante el Juzgado, es impredecible el resultado, pero las modificaciones de la estética sin consentimiento de la Junta de Propietarios, sea por la causa que sea, no están permitidas.
      Un saludo.

  220. Buenas tardes, tenemos un patio interior que pertenece a unas 10 comunidades de vecinos.
    A raíz de la inspección de la ITE pusieron una canaleta de agua que está en mal estado para arreglarla y coincide en la zona que colinda con nuestro edificio.
    El caso es que quieren que seamos nosotros los que paguemos la reparación por el simple hecho de la cercanía a nuestra fachada.
    ¿Pero no sería lógico que las cosas que pasan en este patio se pagasen entre todos? Es un patio que no entra nadie desde hace décadas, sólo propietarios de bares para utilizarlo de almacenaje de cajas de bebidas y que por este tema se creó una asociación. Un saludo.

    • Hola Rodrigo,
      Hay que irse a las Escrituras para ver lo que dice al respecto. Si no indica nada que lo aclare, deberás consultar los Estatutos o las Actas que hagan mención a este asunto. En caso de que no haya nada escrito, habría que estudiar la configuración de la zona afectada y analizar a quién corresponde la reparación.
      Un saludo.

  221. Buenos días,

    estoy interesada en la compra de un piso 1º que tiene acceso (puerta) a un patio comunitario. Los dueños aseguran que es de uso exclusivo, pero no encontramos nada sobre esto ni en las escrituras ni en los estatutos de la comunidad. La terraza ha sido usada por los antiguos propietarios y nunca han tenido problemas, pero yo quisiera asegurarme su uso para que dentro de lo fijado por la ley, nadie pueda decirme que no tengo derecho a ella.

    No sé donde más buscar ni como solucionar el problema, ¿Hay alguna manera de incluir en algún documento público que luego se registre, las condiciones de uso/disfrute/limpieza … del patio? Entiendo que un acuerdo por unanimidad de todos los vecinos sólo vincularía a los propietarios actuales y no solucionaría mi problema, pero es que no sé que posible solución podría tener. Que tenga puerta de acceso desde sus orígenes (1985) y se haya venido disfrutando por ese piso, ¿crea algún tipo de derecho?.

    Muchas gracias.

    • Hola Guadalupe,
      Tendréis que modificar las escrituras de la propiedad. Simplemente eso.
      Un saludo.

  222. Buenos días,

    Mi consulta es la siguiente:
    En el año 2005 compré un primer piso con un pequeño patio interior. Ahí tengo la lavadora y el termo pues las instalaciones estaban en el patio y no en la cocina. Debido a la basura que tiraban los vecinos y viendo que los otros tres patios similares que tiene el edificio estaban techados; llamé al administrador de la comunidad para comentarle que quería techar el patio.
    Este me dijo que los vecinos no habían puesto pegas a los otros techados y por lo tanto que procediera, todo ello de palabra. Ahora hay otro administrador y un vecino se ha quejado. Me ha llegado un burofax para retirar el techado en un plazo de 60 días.
    Mi pregunta es, al no tener la autorización por escrito,¿Hay algo a lo que me pueda acoger? Por ejemplo el tiempo que lleva de puesto sin que nadie reclamarse, doce años.
    Gracias de antemano

    • Hola Enrique,
      Lógicamente necesitas permiso por escrito para realizar ese techado, pero también es cierto que pasado tanto tiempo se puede alegar una aceptación pasiva por parte de la comunidad ya que nunca antes hubo quejas ni denuncias al respecto.
      Un saludo.

  223. Acabo de comprar una vivienda que es un bajo en el cual tiene un patio de uso y disfruto mío pero el patio que tiene una salida que da a a la calle pero es muy alto es como si fuese un segundo y claro quería poner una barandilla de seguridad no muy alta ya de medio metro para que mi hijo de dos añitos no pueda tirarse al vacío y tengo que pedir permiso a la comunidad para poner esa barandilla

    • Hola Mertxe,
      Lógicamente tienes que pedir autorización a la comunidad en Junta de Propietarios y que se refleje el acuerdo en el libro de actas.
      Un saludo.

  224. Hola, soy propietaria de un primer piso el cualtengo una terraza de uso privativo y mi galeria como todas e da a la ventana del patio interior (a las escaleras) desde hace 31 años la ventana sólo la puedo abrir yo, pueden ahora obligarme a dejarla abierta??

  225. Buenos días,

    Tengo una duda, un piso que es un bajo con patio cerrado, pero con una puerta desde la calle, pueden disfrutarlo también los vecinos? el propietario dice que es de uso exclusivo de él.

    Muchas gracias

    • Hola Vane,
      ¿Qué indican las escrituras sobre ese patio? Es lo primero que hay que hacer, leerse las escrituras.
      Un saludo.

  226. Buenos días.
    Vivo en un 2º y la vecina del 3º tiene una terraza comunitaria de uso privativo, tras reforzar la tela asfáltica por su parte, ha echado 6/8 sacos de tierra y ha instalado una caseta de madera y césped artificial, llegando a plantar tomates, tener algún animal por allí, vamos, como si estuviera por el campo.
    El caso, es que, aun no llegando a tener humedades, tengo una condenación en casa ya insoportable, llevando así mas de un año, hace dos hizo la obra, y creándome en casa unos problemas…
    Podrías indicarme que pasos podíamos seguir, y que legislación es aplicable, ya que la presidenta me dijo que antes de meterla a juicio, le mandaríamos un burofax comunitario, para que desmonte todo el “chiringuito” pero no sabes en que o como basarlo,a que agarrarnos, antes de contratar un abogado si se niega para meterlo a juicio.
    Muchas gracias de antemano.
    Un saludo.

    • Hola Eloy,
      Si la terraza es comunitaria pero de uso privativo, en ella no se puede realizar instalación alguna sin consentimiento de la comunidad y menos aún, instalar un huerto que pueda dañar la estructura del edificio. En el burofax simplemente tenéis que informarle de que debe retirar todo del patio puesto que no cuenta con autorización de la Junta de Propietarios. Le dais un plazo de 20 días y si no responde pues iniciáis la vía judicial.
      Un saludo.

  227. Hola, en mi caso, hemos alquilado un restaurante, y resulta que parte de la cocina por lo visto esta ocupando un patio que es de la comunidad y está completamente cerrado, solo se podría acceder a él desde el restaurante . La comunidad a demandado al propietario, por ocupación ilegal. Pero lleva hecho el cerramiento, unos 16 años, ¿pueden obligar a quitar el cerramiento, o estas cosas prescriben pasado un tiempo en el que no se ha quitado?.
    Muchas gracias.

    • Hola Álvaro,
      En principio hay argumento para la demanda y será el Juez quien interprete los hechos en función de toda la documentación que se aporte. No podemos aventurarnos a determinar de qué lado se decantará la balanza.
      Un saludo.

  228. Hola
    Soy propietaria de un bajo con un patio q en mi escritura específica el uso y disfrute de manera exclusiva y excluyente de la mismo
    Pueden limitar ese derecho por ejemplo a impedir plantar árboles
    Gracias

    • Hola Eva,
      Creo que a tu pregunta respondemos perfectamente en el post. El derecho de uso y disfrute no permite instalar ni modificar nada del patio.
      Un saludo.

  229. Hola….
    Mi patio de enfrente no tiene nada para dividirlo del del vecino, y quiero poner una barda, dado que mi patio está en mis escrituras y no le veo problema pero mantenimiento del fraccionamiento me dice que lo puedo hacer pero de herrería y del modelo que ellos nos dan. Mi pregunta es: que pasa si no les hago caso y pongo mi barda de tabique como lo quiero hacer???

    • Hola Ben,
      Eso tiene que ir aprobado en Junta de Propietarios y si haces cualquier cosa fuera de lo que esté acordado te expones a que te denuncien.
      Un saludo,

  230. Hola, ante todo gracias por resolver tantas dudas.
    Mi pregunta es en relación a la limpieza de un patio comunitario, de uso y disfrute por mi parte. ¿Hasta que punto se puede tolerar la suciedad y los objetos que tiran los vecinos de pisos superiores? Es decir, dónde está mi disfrute, ya que el uso que hago es el de recoger todo tipo de cosas, desde colillas, cáscaras de plátano, bastoncillos, chicles…y podría enumerar 100 cosas mas. ¿De verdad no se puede hacer nada contra esto que no sea leer el Artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, que obliga a todos los propietarios a “Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos”?
    Un saludo

    • Hola Hugo,
      El problema está en la educación, el civismo y el respeto de las personas, eso que debe aprenderse en la infancia y que ya de adultos es muy difícil corregir. Fotografía todo lo que veas en tu patio y que se salga de lo lógico que puede caer (ropa, pinzas de tender, etc) y haz un registro todo lo exhaustivo que puedas. Consulta con un abogado y si puedes, cursa una denuncia contra los vecinos que tengan vistas al patio.
      Un saludo.

  231. Quiero comprar un piso y el gestor inmobiliario nos ha dicho que el patio que está encima de nuestro piso nos corresponde pero al hacer el contrato de compraventa no figura más que el piso que vamos a adquirir, esto es normal? El edificio son 2 viviendas cada una de ellas con un patio-azotea separado encima de cada vivienda a la que se accede por puertas separadas pero por una escalera común, que debe figurar en escritura para mi tranquilidad?

    • Hola Rocío,
      Por supuesto que debe aparecer en las escrituras siempre que os corresponda, ya no por tranquilidad, sino porque es lo legal y por lo que vais a pagar en la compra.
      Un saludo.

  232. Buenos dias,
    En mi caso mi vivienda tiene salida a un patio comunitario de uso privativo al igual que mi vecina, por tanto tenemos una acuerdo de la junta por el que se nos permite a ambas disfrutar de ese patio y mantenerlo.
    Ahora bien, mi vecina quiere dividirlo por intimidad.
    Como puede hacerlo? Que caracteristicas ha de tener? Con que medidas como por ej. altura ha de contar? Existe normativa?
    Y lo mas importante ha de respetar mis ventanas y paredes? No quiero que apoye en ellas
    Muchas gracias

    • Hola María,
      Ese tema debe acordarse en Junta de Propietarios, por unanimidad y con tu consentimiento expreso por ser un vecino afectado directamente, así que las características las tendréis que negociar para llegar a un acuerdo que no perjudique a nadie.
      Un saludo.

  233. hola buenas noches,tengo un patio de luces del cual solo se puede acceder desde mi vivienda,en el patio hay un pozo,por el cual tengo humedad en la vivienda,me han dicho k tengo k sanear el patio,levantarlo todo,esto corre a cargo de la comunidad?,otra pregunta,puedo poner mesa y Pérgola,y en la alambrada,mimbre para poder tener intimidad?,espero su respuesta,muchas gracias,un saludo

    • Hola David,
      Si el patio es propiedad de la comunidad aunque el uso y disfrute te corresponda a ti, es la comunidad la encargada de las reparaciones que sean necesarias.
      En cuanto a los que puedes y no puedes hacer, creo que en el post queda muy claro.
      Un saludo.

  234. He comprado un piso,un 1º y el patio interior está en condiciones de insalubridad.Sucio, no solo por la suciedad que tiran los vecinos sino por la falta de reformas que deberían hacerse.
    He hablado con el presidente y el administrador de fincas y hacen caso omiso con este tema.
    Hay una ventana que está cerrada pero nadie tiene la llave y para limpiar solo se accede desde mi casa o desde una vecina.He solicitado la apertura pero tampoco se han interesado.
    ¿Debo recurrir a la vía judicial?

    • Hola Teresa,
      Pues me temo que si nadie hace por solucionar este problema no te quedará otra vía. No obstante entendemos que ningún piso tiene el uso y disfrute de ese patio, ya que en dicho caso es éste propietario el que tiene que mantener en perfecto estado de limpieza el patio.
      Un saludo.

  235. En mi bloque hay un patio de luces con acceso por el portal con una puerta con llave de la que, en teoría, solo tienen copias la empresa de limpieza y el presidente. Hay vecinos de los bajos que se les permitió tender pero ademas de entrar a tender, almacenan bicicletas, juguetes, armarios, tiestos, etc.
    ¿Que se puede hacer?

  236. Hola. Tengo plantas, un limonero y algunas plantas de altura en el patio comunitario de uso privativo mío. Un vecino dice que no se nos dió permiso en el 2010 para ello. Dicho permiso dice literal » permiso temporal y se milita, única y exclusivamente, para juegos de la niña y la colocación de una mesa de camping para asueto y ovio de los ocupantes y un numero limitado de aforo (familiares y amistades).
    Puede extralimitar la interpretación del permiso?. Se nos podría obligar a quitar las plantas?
    Gracias

    • Hola Pepa,
      Según nos dices, no hay permiso para poner plantas. No sé dónde está la duda. No puedes poner nada que no sea lo indicado en el permiso.
      Un saludo.

  237. Hola tenemos un patio comunitario de uso y disfrute por parte de la correspondiente persona q vive de alquiler y resulta q el uso q hace de el es donde orina y hace sus heces la perra q tiene sin sacarla a la calle incluso dejando las heces durante el fin de semana y si nos cae ropa nos la devuelve orinada por la perra está permitido q su perra salga al patio a hacer sus necesidades q es lo q podemos hacer gx espero respuesta saludos

    • Hola Isabel,
      Obviamente eso no está permitido, además de ser un comportamiento totalmente incívico. Lo primero es notificar al propietario de la conducta de su inquilino y lo siguiente es proceder con una denuncia en toda regla. Podéis incluso denunciarlo ante la protectora de animales.
      Un saludo.

  238. En mi edificio el vecino del primero tiene para su uso y disfrute un patio interior aunque pertenece a la comunidad. Como no lo limpia está lleno de suciedad y porquerías acumuladas.Como consecuencia de esto a la lonja situada debajo le han salido unas goteras y los propietarios nos han denunciado a toda la comunidad y exigido su arreglo . Todos los propietarios debemos pagar por la desidia de uno?

    • Hola Pilar,
      Lo primero es determinar la causa de las humedades. Si están causadas porque el patio no se encuentra limpio y produce atascos en los sumideros que provocan las filtraciones de agua, la reparación y los daños pueden repercutirse únicamente al piso responsable del patio.
      Un saludo.

  239. Hola nosotros vivimos en una casa unifamiliar que esta dividida en el piso matriz que es el nuestro y el bajo y el segundo donde viven mis suegros ,la usufructuaria que es la abuela de mi marido .Detrás de la casa hay un patio con un porche con tres bodegas ,desde hace años yo coloco una piscina desmontable ya que mi marido esta enfermo y no puedo salir .El año pasado encarge una plataforma como mi suegro quiso y dijo ya que el patio tiene un desnivel .Hace tiempo que la cinvivencia es difícil pero empeoró cuento la abuela hizo público el testamento y le deja el piso los anexos incluidas las otras entradas a mi marido .YO PUEDO SEGUIR PONIENDO LA PISCINA SOLO CON EL PERMISO DE LA ABUELA SIN CONTAR DEMÁS YA QUE LA CASA NO TIENE DIVISIÓN HORIZONTAL Y SOLO OCUPO EL SITIO CORRESPONDIENTE A NUESTRA BODEGA ?

    • Hola Purificación,
      Un caso tan concreto, sin ver la documentación de la comunidad o las escrituras, ni analizar la situación legal en la que se encuentra, es complicado de resolver a distancia.
      Un saludo.

  240. Ha ido un inspector del Ayuntamiento y éste le ha enviado al presidente de la comunidad una notificación y tiene un plazo de 20 días para que lo limpien.Sigue haciendo caso omiso.
    ¿puede el Ayuntamiento iniciar trámites judiciales?

    • Hola Teresa,
      Pregunte en el Ayuntamiento lo que pueden o no pueden hacer. Lo que sí le indicamos es que si realizan una reclamación judicial y persiste la conducta, ante el mandato del juez, se puede incurrir en un delito de desobediencia.
      Un saludo.

  241. Vivo en un edificio de tres plantas más ático.
    Vivo en la Primera y los vecinos de planta baja disponen cada uno de un patio comunitario de uso privativo.
    La vivienda tiene cuatro años de antigüedad y ya puedo observar en los patios: enseres de todo tipo (muebles, mesas, casetas, toldos sobre estructuras metálicas ancladas en muro lindante con con la vía pública y pared del edificio, tiendas de campaña que ocupan toda la superficie del patio, tejadillos de chapa anclados en fachada a lo largo de toda la fachada, de aprox. 50 cm de ancho, destinados a proteger los toldos recogidos – donde suena el agua de lluvia hasta resultar molesto para el descanso nocturno-, muebles que tapan la ventana de caja de escalera… y no sigo más por no alargar este escrito innecesariamente.
    En los áticos, retranqueados respecto a la fachada del edificio y que disponen de una terraza con pérgola de hormigón, se han cerrado los espacios entre vanos de pérgolas y se ha cerrado el frontal de la terraza, con lo que disponen de una superficie habitable a la que yo creo no tienen derecho.
    Algunos ah suprimido la barandilla que daba continuidad a todas las terrazas del edificio por otras más de su gusto, sin que exista aprobación alguna en junta de propietarios.

    Preguntando al administrador sobre las actas que aprueban todo esto apenas me presenta la utilización de toldos tipo sombrilla.

    Mi pregunta es sobre la legalidad de todo este desaguisado. Y qué hacer para revertir todo esto, si se puede, al estado original.

    Gracias y perdón por la extensión del escrito, pero como veis en poco tiempo el destrozo es considerable.

    • Hola Ángel,
      Como ya explicamos en el artículo, nada de lo que nos describes es legal sin la autorización pertinente de la comunidad de propietarios. Además, si los áticos han ampliado su metros con cerramientos, podrían estar incumpliendo el ordenamiento municipal y la broma les podría salir muy cara. Lo que puedes hacer es denunciar debidamente los hechos.
      Un saludo.

  242. Buenos dias,
    Ojala me puedan ayudar!

    He comprado un local de un edificio de 4 plantas, mi proposito es instalar mi actual negocio (una imprenta). He solicitado todos los permisos y tengo el proyecto etc, pero el ayuntamieto me exige una salida de humos (aunque no se vaya a utilizar). He realizado las modificaciones en los proyectos para instalar la chimenea correspondiente que saldría por el patio y finalizaría en la azotea.

    Lo expuse en la junta de vecinos y todos votaron a favor. Sin embargo, me acaban de comunicar que el vecino del bajo (tiene uso y disfrute del patio) ha impugnado el acta de la junta de vecinos porque no quiere que se instale la chimenea.

    mi pregunta es: ¿puede negarse a que se instale la chimenea? ¿no existe ninguna forma q

    • Hola Javier,
      En principio hay que ver cómo ha impugnado el acuerdo ya que no vale con decirlo, hay que impugnarlo judicialmente y tiene que ser admitido según la legislación.
      Si cumpliera todos los requisitos, sí que puede negarse a la instalación. Para resolver el problema habría que recurrir a una mediación judicial.
      Un saludo.

  243. Buenas tardes, en el patio comunitario de uso privativo tenemos plantas y dos bicicletas y una vecina nos ha exigido que lo quitemos. Qué debemos hacer?
    Gracias

    • Hola Eulalia,
      Como ya decimos en el artículo, lo que tienes que hacer es quitarlo.
      Un saludo.

  244. Buenos días, tengo un dúplex en una parcela de 180 metros, adosado dos a dos, los patios traseros dan a los patio de los otros vecinos separados por muros de unos 2 metros, en la parte del patio que da a la cocina quiero cerrarlo con un toldo fijo y taparlo con cristales los lados que sobresalen del muro, todo por mi lado sin sobrepasar mi mediana, mis vecinos pueden denunciarme.

    • Hola Francisco,
      Claro que pueden, lo que debes hacer es pedir permiso para la modificación en Junta de Propietarios.
      Un saludo.

  245. Buenos días,
    Es mas de lo mismo, pero quisiera realizar mi consulta personal.
    Desde hace unos pocos meses vivo en un 1º piso con acceso a una amplia terraza de la comunidad, el acceso a ella es desde mi cocina y desde la cocina de mi vecina. El suelo de la terraza es tan solo de tela asfáltica que hace que se ensucie mucho y suelte muchísimo polvo que de por si suelta: ¿seria recomendable realizar fotos para que conozcan el estado actual de la terraza los vecinos??, además cuando llueve se queda estancada una zona de la terraza amplia que empujamos con una escoba hacia el desagüe.
    En la terraza tendemos la ropa ambas viviendas, mi vecina ha puesto unas plantas, unas sillas de playa y unas baldosas en forma de cuadrado para poner sobre ellas una mesa y sillas de playa para verano con sombrilla, en mi parte, hemos colocado sobre esta tela, un césped artificial (que ahora compruebo debería haber solicitado permiso a la comunidad y no hice) por el, el agua filtra perfectamente, además colocamos sobre el, una mesa y sillas de teka y plantas.
    Mi vecina de arriba que tiene colocado un toldo, me dijo: 1/ que no podía poner un toldo (ella lo tiene puesto) que sobre pasase mi cajón de la persiana. 2/ me comenta que nos hemos adueñado de la terraza. Y lo que mas molesta es que pese al recibimiento tan directo que ha tenido de entrada hacia nosotros, nos tiende la ropa de manera que su ropa en muchísimas ocasiones tapa mas de la mitad de nuestra ventana (cosa que fotografié).
    Mis dudas son; 1/ si me permitieran colocar un toldo, ¿debería ser como me comenta mi vecina?, ¿no por encima del cajón de la persiana? sinceramente no se si seria posible, no he consultado aun a ningún profesional, si es posible lo realizaría como me dice, no quiero problemas, pero también quiero estar informada.
    2/ ¿puedo solicitar en la próxima reunión de vecinos y por tanto solicitar que un profesional perite el estado actual de la terraza? por si hubiera que repararla, sobretodo esa zona que se estanca agua.
    3/ entiendo que para la reparación mínima de la terraza, como pintarla, es algo que sale de todos nosotros, es decir de la comunidad, verdad? y puedo solicitar que se realice?
    4/ la terraza tiene respiraderos (4) de los dos bajos, los cristales que hay en ellos, muchos están rotos ¿aquien se debe reclamar para que se sustituyan? además sale de ellos un olor desagradable, entiendo que se reclama a los dueños de los bajos?
    muchísimas gracias de antemano.

    • Hola Leonor,
      Consulte con un profesional cómo sería la instalación en su caso concreto porque, obviamente, a distancia no podemos afirmar nada.
      Puede solicitar lo que quiera para que sea tratado en la Junta, entre ello, la revisión del patio y todo lo que le afecte.
      Los gastos que asume la comunidad son los relativos al mantenimiento y conservación de los elementos comunes. Eso sí, la limpieza y el cuidado de la terraza corresponde a los propietarios que tienen el uso y disfrute.
      Un saludo.

  246. Hola buenas, e comprado un piso que a su lado tiene un patio con balcón a la calle, la llave de esa puerta solo la tengo yo, ya que esta pegada a la puerta de mi propiedad, por el el cual, el que me vendió el piso me comentó que le pertenece a el. Una vecina de dos pisos más arriba me reclama el patio por el cual dice que es comunitario. Y en mis escrituras aparece con balcón en su fachada. Mi duda es la siguiente pueden quitarme ese patio con balcón.

    • Hola Marcos,
      La verdad es que nos cuesta muchísimo entender el caso. Lo que sí podemos decir es que si el patio es comunitario pero tiene el uso y disfrute asignado a un piso en concreto, el único que puede acceder al mismo es el propietario del piso.
      Un saludo.

  247. Hola,

    Esto no es ninguna pregunta. Sólo quiero felicitaros por las respuestas y la profesionalidad.

    Vaya cracks!

    Saludos

  248. hola, el edificio de enfrente esta muy cerca del mío y el ventanal de mi salon está enfrente de las ventanas del cuarto de baño de hombres de una oficina. Cada día tengo que ver como los hombres van a orinar, se levan los dientes etc… porque siempre tiene la ventana abierta. Puedo hacer algo para que mantengan la ventana cerrada?

    • Hola Laura,
      Pues no, no puedes obligar a nadie a cerrar la ventana de su casa, oficina o despacho.
      Un saludo.

  249. Buenas noches,mi caso es que en mi piso de una 1 planta tengo una terraza que es comunitaria de uso privativo solo se puede acceder desde mi vivienda,cuando compre el piso y se construyo la comunidad pedi permiso para instalar una barbacoa en la terraza todos estubieron de acuerdo y firmaron en el libro de actas, el administrador los puso en ruegos y preguntas pero me an dicho que si en un año nadie se a quejado esque estaban deacuerdo y pasa a estar aprobado.. ese tiempo ya paso.
    Ahora los vecinos del atico me quieren hacer retirar la barbacoa porque dicen que les molesta muchisimo cuando solo la enciendo 1 vez cada 2 meses un uso esporadico…todos los demas vecino no se oponen y no les molesta…en caso que fueramos a juicio quien ganaria?? Yo tengo todos los papeles firmados y el permiso del.ayuntamiento de la localidad donde vivo que no hay ninguna ley que las prohiba…muchas gracias un saludo

    • Hola Iván,
      Lo del plazo de un año como que no sabemos de dónde te lo sacas. El que esté contemplado en ruegos y preguntas del Acta no lo autoriza por que en ese punto del orden del día no se puede llevar a votación nada. Lo de las barbacoas es muy conflictivo por las molestias que se causa pero no existe prohibición para su uso salvo que los Estatutos de la comunidad las prohíba.
      Un saludo.

  250. Buenos días.
    A ver si me podeis ayudar… Compramos una casa que es un primero solo de una mano y (solo 4 pisos) hay un patio pequeñito interior al que solo se puede acceder desde mi casa desde cualquiera de las ventanas. Ahora vamos a hacer una reforma integral de la casa y nos gustaria una de las ventanas convertirla en puerta para poder tener un acceso mas facil al patio. Me tienen que dar todos los vecinos la aprovación? Por otro lado, el baño que tambien da al patio interior, lo voy a dividir en dos baños diferentes, por lo que la ventana que hay ahora tengo que divivirla para dos baños diferentes. Tambien me tienen que dar todos la aprovacion?
    Gracias!

    • Hola Jaione,
      Efectivamente necesitas permiso de la comunidad por tratarse de modificaciones de la estructura original del edificio.
      Un saludo.

  251. Buenas,he comprado el.piso hace un año y tengo.un patio.de luces para compartir entre la vecina y to en la.mitad del muro.divisorio tiene unas ventanas puestas que abre y cierra cuando quiere con la cual vecina su casa y al.fumar cosas imegales,tabaco y cocinar mi casa huele mucho.existe alguna posibilidad de tabi a las ventanas o hacer un muro por mi parte.ya se esta.volviendo bastante molesto y encima no.tengo intimidad ninguna.

  252. Hola, he comprado un piso en una planta primera, con un patio comunitario donde tengo el uso y disfrute. Pero en ese patio el vecino del local de abajo, un bar. Había colocado una salida de humos que lo recorre en sentido horizontal más de 5 metros y posteriormente sube unos 25 mts. En su momento, calculo hace unos 10 años, solo pidió autorización a la propietaria de este piso que he comprado, por lo que no consta la autorizació de la comunidad en ningún sitio.
    Ya que el patio esta parcialmente inutilizado me pregunto si existe algún modo legal que pueda obligar al bar a quitar esa extracción.

    • Hola Carmen,
      Puedes intentarlo por la vía judicial aunque no siempre se tienen garantías de conseguirlo al haber pasado tanto tiempo. Otro aspecto que puedes mirar, al margen de los puramente comunitario, es si esa extracción así instalada cumple con las normativas actuales.
      Un saludo.

  253. Tengo un vecino que la comunidad le dimos permiso para hacer un patio cubierto para su uso y disfrute,pero despues de tiempo como la vivienda se le quedaba pequeña realizo obras en ese patio cubieto e hizo una habitacion y un cuarto de baño,se le pueden pedir responsabilidades,pues ademas tuvo que sacar un tubo por el forjado para el desague del wc

    • Hola Valerio,
      Claro que se le pueden pedir responsabilidades y que lo devuelva a su estado anterior. Una cosa es un techado y otra muy diferente realizar otro tipo de instalaciones o habilitarlo como vivienda.
      Un saludo.

  254. hola soy vecino de un portal de tres bajo primero y segundo el del bajo que tiene el patio de uso y disfrute ha puesto a todo lo largo un tejadillo de uralita y en todo el centro una piscina de unos 3 metros de diametro por unos 60 centimetros de altura a men de una pergola osea esto parece el parque sindical en epoca de franco hay niños para montar una guarderia por supuesto no hay ningun permiso solicitado a la comunudad
    les he pedido que no sean tan escandalosos,pero no me hacen caso estoy pensando en denunciarlos no se ni que hacer me podrias decir si todo lo que hacen es correcto pues ellos piensan que el patio es suyo

    • Hola Francisco,
      Pues nada de lo que hacen o han hecho es correcto. No se puede realizar ninguna instalación o alteración en el patio sin consentimiento de la comunidad, siempre que el patio sea propiedad de la comunidad y únicamente corresponda al vecino el uso y disfrute. Por tanto, puedes proceder a denunciar los hechos sin problema.
      Un saludo.

  255. hola soy francisco otra vez y queria preguntarte sobre lo anterior si pasado 15 años de haber puesto el tejadillo prescribe pues me dicen que si que ya no puedo hacer nada tu que opinas

    • Hola Francisco,
      Lo que viene a establecer la jurisprudencia actual es que si durante ese tiempo (15 años en tu caso) nadie ha reclamado nunca o se ha quejado formalmente, existe una aceptación o aprobación tácita y pasiva de la comunidad, es decir, que el paso del tiempo actúa como aprobación de la modificación en tanto que la ausencia de reclamación supone la aceptación.
      Un saludo.

  256. Buenos días a todos
    Yo vivo en un segundo y la vecina del tercero cada vez que tienen el patio de luces tiende su ropa chorreando si da la casualidad que yo también la tengo tendida me la moja se lo he dicho mil veces pero pasa del tema mil veces que la sigue teniendo igual y la vecina del quinto tira colilla y ceniza aparte de otras cosas que también sí tengo la ropa tendida pues me la ensucia
    Mi idea es porque ahora tengo la cortina con un palo para hacer de techaillo para que no me caiga nada pero no llega todo es decir que tengo que poner dos tandas de ropa para cubrir esa cortina que tengo puesto un plástico para que no cale pero aún así se emboza y cae por los lados y me cae entonces mi pregunta es la siguiente

    ¿¿¿Yo puedo poner dos eles y una lámina de poliuretano fina para hacer de techo para que no me caiga nada y poder tender tranquilamente???
    Dos vecinas me han dicho que eso no puedo ponerlo porque cuando llueve molesta al caer el agua ahí pero es que la del quinto también lo tiene más pequeño pero lo tiene y también se oye bastante pero es que yo soy la afectada y a mí me cae porquería de arriba y es el único sitio donde puedo tender
    Por otro lado el estatuto de la comunidad cada una tiene el suyo o es uno universal para todas las comunidades me gustaría saber dónde puedo conseguirlo porque la administrador ya se lo he pedido una vez y creo que no lo tiene
    Muchas gracias y espero contestaciones vuestras

    • Hola vecina,
      Lamentablemente no puedes poner el techado sin consentimiento expreso de la comunidad de propietarios. Tienes que exponer el caso en Junta y proponer lo que consideres para que sea votado.
      Un saludo.

  257. Hola, en mi caso tengo un patio de 9m2 para acceder a mi vivienda. Todos los bajos de mi comunidad . tienen 1 incluso algunos dos porque sus cocinas dan al patio de luces. En mi caso sólo tengo el patio de acceso a mi casa. Hace 8 años cuando nos dieron las viviendas hubo un problemas de construcción y ni casa se inundó. Incluso afectó al patio y se levantaron las baldosas. Los de la constructora me repararon todo y me cambiaron las baldosas por otras diferentes. Ahora me han mandado un burofax que si no pongo el suelo original me van a denunciar.
    Aunque me dicen que es una zona común de uso privativo en mis escrituras solo hablan de terraza y no lo definen ni como privada ni común
    Pone la casa consta de 58m2 incluido el salón, cocina, baño, dormitorios y terraza.
    – como puedo saber que realmente es común de uso privativo?
    – Después de 8 años que ha nadie le ha molestado, ya que Sólo se ve al entrar a mi casa… , me pueden obligar a cambiar el suelo?
    Muchas gracias por vuestra ayuda

    • Hola Sandra,
      Entendemos que si en tus escrituras pone que tienes una terraza, la misma es privada, es decir, de tu propiedad, al igual que el baño o la cocina. Si fuera comunitaria de uso privativo tendría que indicarlo como tal.
      Un saludo.

  258. ¿A quien le corresponde la responsabilidad y limpiar la mierda arrojada desde los pisos superiores a un patio interior en que no esta recogido el uso ni señalada existencia en Escritura de División Horizontal, ni de compra venta de local con acceso único?.

    • Hola Miquel,
      Si el patio es comunitario y no tiene asignado su uso y disfrute a nadie, lógicamente la limpieza y el mantenimiento corresponde a la comunidad de propietarios.
      Un saludo.

  259. Buenas vivo en un edificio de tres plantas no tenemos formada comunidad de vecinos.resulta que no tenemos luz de escalera y un vecino va a contratar la luz a su nombre sin contar conmigo,la otra vecina esta de acuerdo y todo esto lo están haciendo a mis espaldas en ningun momento se ha dirigido a mi. segun he oido me va a pasar todos los gastos de la contratación y las facturas de la la luz. Puedo hacer eso poner la luz a su nombre por su cuenta y pasarme las facturas de todo sin estar formada una comunidad de vecinos y no haberme informado de todo esto con anterioridad.gracias

    • Hola Armando,
      Lo que tenéis que hacer es constituir la comunidad, que no se tarda nada y los costes son mínimos. Tarde o temprano el contrato de la luz habrá que cambiarlo de titular con lo que lo mejor es empezar por la constitución de la comunidad. Todo lo que se salga de esta premisa acabará dando problemas.
      Puede intentar cobrarte, pero tu te puedes negar y así hasta que un juez decida quién tiene razón. Así que haced las cosas bien desde el principio o acabaréis muy mal.
      Un saludo.

  260. Buenas tardes,
    Vivo en un edificio en el cual hay unas escaleras para acceder a unas viviendas altas desde el portal, y hay también un pasillo que lleva a un patio comunitario donde se encuentra mi vivienda (es la planta baja de las viviendas a las que se accede directamente desde el portal), y otras dos viviendas. Por lo tanto, ese patio es la zona de acceso a nuestras viviendas. Mi casa, siendo cuadrada, tiene ventanas al patio por 3 de los 4 lados, además de la puerta. Tengo puesta una mesa y unas sillas en la puerta de mi casa. Y entre otras cosas, tendemos en el patio la ropa lavada.
    Una vecina del tercer y último piso, viendo que la comunidad no le arregla una obra en su techo, se dedica a molestar a todo el mundo, y ha exigido que se pongan más mesas y sillas en el patio para que lo disfruten el resto de vecinos. Teniendo claro que el patio no es de mi propiedad, puede la comunidad poner más mesas y sillas cuando desde cualquier punto se vería el interior de mi casa y lo que hago en cada momento (al igual que las otras dos viviendas)?
    Hasta qué punto se puede invadir mi intimidad?
    Entiendo que si la comunidad acuerda que tenga que quitar mis sillas y mesas, lo tendré que hacer. Esta mujer también ha exigido a otro vecino que vive en el segundo (sin ascensor) y que deja el carrito de su niño pequeño en un hueco del portal abajo, que lo quite.
    Es posible que la comunidad no tenga derecho a poner mesas y sillas e invador mi intimidad,y que además se vote y acuerde hacer uso del patio comunitario por los vecinos que tenemos que pasar si o si por él para entrar a nuestras viviendas, siempre con el sentido común?
    Gracias, un saludo.

    • Hola Javier,
      Si el uso y disfrute de ese patio no está asignado a ningún propietario en concreto, en principio es de la comunidad y pueden decidir lo que sea siempre que haya acuerdo para ello. Pero en estas cuestiones, como bien dices, debe primar el sentido común y no llegar a sacara las cosas de sus casillas.
      Un saludo.

  261. Somos propietarias de dos locales.Dixhos locales están arrendados.Ocurre que cuando hubo unas lluvias hace dos meses uno se inundó.Mi abogado me dijo que lo que pasaba era que los sumideros estaban sucios.Ellos lo niegan.Quien paga los daños ocasionados?.Mi abogado me dice que debe pagarlo el seguro de la casa.Los vecinos del edificio dicen que son los tubos que son pequeños y viejos y que deben cambiarse y que además llovió mucho.Por otra parte el.otro local tiene una terraza de uso exclusivo y dicen que no la quieren limpiar y que se niegan .Además dicen que hicieron una obra sin si consentimiento.Esta obligado el inquilino a limpiar la terraza?.Las obras necesitan consentimiento de la comunidad aunque no perjudiquen ?.. Gracias.

    • Hola Carmen,
      Lo primero es determinar la causa y procedencia de la filtración de agua. Si lo que tenéis son especulaciones, eso no sirve de nada. Tendrá que haber una peritación y en base a eso se podrá proceder con la reparación que se estime necesaria y, en función de ello, considerar a quién corresponden los gastos tanto de la reparación como de los daños causados. Todo lo que se salga de ahí son especulaciones que no llevan a nada.
      Por otro lado, si un patio tiene asignado su uso y disfrute a un piso en concreto, son los vecinos de ese piso (propietarios o inquilinos) quienes tienen que realizar las labores de limpieza.
      Un saludo.

  262. buenos dias . tengo un vecino que quiere alzar la fachada que comparte patio de luces conmigo sobre 1.4 mtr.esto perjudica la entrada de luz por mis ventanas(la distancia de su fachada a la mia es de 4.5 mtr.) sabe añguien si esto es legal. gracias

  263. Buenas después d 20 años se va formar comunidad de vecinos,3 propietarios,en la primera reunion de la comunidad se va a proponer en votación la retirada de unas planchas que cubren los patios de luces.dichas planchas llevan 20 años puestas,la verdad es que la ventilación es minima,pueden despues de tantos años en.los que todos los propietarios nunca han puesto problemas, hacer retirar las planchas,hay bastante claridad.gracias

  264. Hola quería preguntar puede mi vecino de la primera planta (yo soy del segundo) montar un techo en su terraza sin solicitar permiso en la junta, a mi me lo avía comentado pero yo le dije que si el se hacia cargo de proteger mis ventanas con rejas le daba mi autorización por el echo de que el techo queda a 1,5 metro de altura a mis ventanas para evitar posibles robos en mi vivienda gracias

    • también quisiera saber si existe una distancia mínima con respecto al edificio en la que pueda construir dicho techo sin que me perjudique ami

      • Hola Jose Morales,
        Esa pregunta es para un técnico de edificación o para la concejalía de turno de tu municipio.
        Un saludo.

    • Hola Jose Morales,
      No se pueden hacer instalaciones o modificaciones de ese tipo sin autorización de la Junta.
      Un saludo.

  265. Mi familia tiene una casa, planta baja, (la finca tiene dos plantas), en un pueblo. La construcción tiene dos patios, uno delantero, dividido por una tapia de ladrillo en dos partes por una de la cuales se accede a la casa de abajo y por la otra a la escalera del piso superior, es más pequeño que el anterior. El patio de la parte trasera solo tiene acceso desde el interior de la planta baja. Inicialmente la construcción era una solo persona y siempre ha tenido esa configuración. Posteriormente al fallecer el único propietario se hizo la división horizontal, y respecto de los patios no indicó nada acerca del uso privativo que siempre han tenido y que continúa. La cuestión se complica un poco porque la planta baja tiene una ventana que da al patio de donde sale la escalera del piso de arriba. La cuestión es la siguiente: ¿Los patios son de uso privativo? ¿El vecino del piso de arriba puede privar de vistas y ventilación a la ventana que da a su patio?
    El Código Civil, que menciona la escritura de división horizontal, cuando enumera los elementos comunes, los califica como tal, aunque sean de uso privativo. En ese caso la el uso privativo se deriva de las características que siempre tuvo y tiene la construcción. Estaría interesado en conocer opiniones sobre la situación descrita.

    • Hola Pedro,
      Este es un claro ejemplo de los problemas que se derivan de una mala o deficiente división. Si no existe especificación que determine qué elementos son privativos, podrá entenderse que son comunes. Otra cosa es que se pueda alegar, en su momento, que el uso siempre ha sido privativo y que, llegados a los tribunales, se pueda demostrar y el juez pueda o no fallar en esa línea.
      No obstante, no se puede privar de las vistas de esa ventana sin consentimiento.
      Un saludo.

  266. Tenemos un vecino nuevo en la comunidad que tiene acceso al patio de luz y tiene uso y disfrute. El vecino tiene como actividad carpintería. Y la realiza en el patio con el consiguiente ruido. Que es muy molesto. En la comunidad donde yo soy relativamente nuevo. He avisado al administrador el ha avisado al vecino en dos ocasiones de la molestia ls y de que cese de realizar esa actividad en el patio. Además tiene enseres y animales(pero eso no me molesta) le he preguntado que si algún vecino más le había dicho algo de los ruidos. Y me ha contestado el administrado que solo yo me he quejado. Se va a poner otra vez en contacto con el por medio de teléfono… ¿Si no cesa cual es el siguiente paso? Muchas gracias por anticipado

    • Hola Manuel,
      Puedes denunciarlo por la vía judicial y, de hecho, debes hacerlo.
      Un saludo.

  267. Hola. Vivo en un ultimo piso y lo que antes desde la azotea se veía como mi terraza ahora se ve como el techo de un cerramiento. Se puede acceder fácilmente desde la azotea al saltar el muro desde el que antes se veía mi terraza. Esa nueva zona que es el techo del cerramiento de esa terraza a quién pertenece?comunidad o propietario?

    • Hola Daniel,
      Tendrás que consultar en las escrituras o hacer las indagaciones que corresponda porque no nos dedicamos a la adivinación.
      Un saludo.

  268. muy buenas, mi mujer y yo tenemos una duda a la que no encontramos respuesta, vivimos de alquiler en un bajo con un patio de luces y tambien un patio exterior (que delimita con el bloque vecino y en cada lado con los patios de los otros arrendatarios) la cuestion es que queremos poner algun tipo de tejado en los extremos del patio aunque sea de calamina porque los vecinos de los pisos superiores se dedican a tirar basura al patio y en esos extremos tenemos objetos nuestros (bicis, una nevera, herramientas) y tambien para protegerlo de la lluvia. que derechos tenemos nosotros con respecto a este patio y que responsabilidad tiene el administrador ante estos sucesos (que arrojen obetos como si fuese el vertedero).

    • Hola Guillermo,
      Como ya indicamos en el post, no puedes poner ningún tipo de instalación o techado sin consentimiento de la comunidad.
      Sobre el comportamiento incívico de algunos vecinos, pues que el administrador no está para educar a nadie, simplemente puede instar a que se tenga respeto y educación, pero nada más. Lamentablemente es un problema habitual que, como te decimos, se trata de educación.
      Un saludo.

  269. Buenos dias.Mi hija se ha ido con su novoioa un piso de alquiler con patio,su vivienda es la unica que tiene acceso a ese patio,tiene una puerta en su cocina que da a ese patio.Ayer preparo una cena(no hizo barbacoa,para molestar lo menos pisible)y nos invito,para celebrar su emancipación,pues bien,la vecina de arriba a las 11 de la noche nos llamo la atencion y solo estabamos hablando.Puede mi hija hacer cenas o charlas con sus amigos en ese patio hasta las 12 de la noche sin que le llamen la atencion?.Gracias de antemano por su respuesta.

    • Hola Marisol,
      Sin en los Estatutos de la comunidad no se especifica otra cosa, en principio no hay problema en que estén hasta las 12 de la noche, eso sí, dentro de lo que se puede considerar como un comportamiento cívico y respetuoso.
      Un saludo.

  270. Buenas, mi comunidad tiene patios interiores en los cuales dan las ventanas de los dormitorios y los ventanales de las cocinas. Hay vecinos que se ponen a cocinar en verano a las tantas! A la 1 o 2 de la mañana y claro, en verano se duerme con las ventanas abiertas. De repente empiezan a subir todo tipo de olores ( pescaso, frituras, sofritos…) por el patio mientas uno esta durmiendo en su dormitorio. Es asqueroso! Sobre esto no hay ninguna norma?

    • Hola Medy,
      Normas sobre esto no hay, más allá de las no escritas de convivencia, respeto y civismo.
      Un saludo.

  271. Hola buenas compre una bajo de un piso.en la comunidad son unos 50 bloques y cada bloque son 4 bajos. Pues compre el bajo y como vi que el 90% de los vecinos de los bajos hicieron desde techados,trasteros,habitaciones etc pues yo hice un pequeño trastero.mi vecina de arriba se ha quejado y me ha mandado un borofax para que lo quite o me denunciara.hable con el administrador y me dijo que la comunidad no se opone ,que el tema de la denuncia de esta señora es a titulo personal.me pueden hacer derribar mi trastero? Si me hacen derribarlo … los demas vecinos con bajos tambien deberian de hacerlo no?

    • Hola Alfonso,
      Si el vecino de encima se ve perjudicado por la instalación y no le pediste autorización para ello, puede denunciarte y el juez decidirá si tienes o no que retirarlo. Eso sólo te implica a ti, no al resto de pisos, ya que la denuncia no parte de la comunidad sino de un vecino en concreto.
      Un saludo.

  272. Tengo el disfrute de un patio que da a un piso de mi propiedad. Dicho patio, tiene una zona de cristales en el suelo, por lo tanto es transitable.
    Ahora, hay filtración de aguas al parking, por lo tanto, hay que repararlo.
    Ahora, quieren sustituir, los cristales del suelo, por una claraboya, elevada del suelo, unos 30 centímetros y con salida de humos alrededor.
    Mi pregunta es: ¿pueden hacer esto aunque yo me niegue?
    Yo estoy de acuerdo con la reparación, pero no, con que se ponga una claraboya, en el lugar del suelo transitable.
    Muchas gracias.

    • Hola Ana,
      Si se trata de una modificación de la estructura del edificio, en principio se requiere acuerdo por unanimidad. Así pues, si te negases a la nueva instalación no podría llevarse a cabo. Otra cosa son las reparaciones, las cuales tienen carácter obligatorio.
      Un saludo.

  273. Hola
    Tengo una duda compré una casa que el primer piso me corresponde con el patio interior y los aires y el segundo piso a otra persona lo que el tragaluz es compartido, el techo del tragaluz no puedo taparlo pero podría cerrarlo con lunas transparentes? Y puedo poner una escalera falsa ?

    • Hola Giulianna,
      Para todas esas modificaciones precisa de autorización de la comunidad de propietarios.
      Un saludo.

  274. Buenas tardes. Quería hacer una pregunta al respecto. Vivo en un piso, en la planta baja y tengo acceso a un patio el cual está cercado y solo puedo usarlo yo, es decir, es común pero de uso privado. En el edificio hay una vecina bastante problemática, que vive justo en el piso de arriba del mío y todos los días tira por su ventana un cubo de agua, que acaba cayendo en mis ventanas y deja todo chorreando. También, cuelga toallas y sábanas a lo largo tapando hasta la mitad de mi puerta que tiene acceso al patio desde mi cocina, y encima las cuelga chorreando.
    Todos los vecinos sabemos que lo hace por molestar, pues también mueve muebles todos los días. Ni la administradora de la comunidad ni la policía tienen jurisdicción para proceder a su denuncia.
    No sabemos que hacer, pues tampoco dialogando conseguimos nada.

    Espero su respuesta.

    • Hola Laura,
      El tema de los vecinos molestos es lo más problemático y de difícil solución que hay. Más aún cuando las molestias son tan subjetivas como las que nos comentas puesto que tender la ropa más o menos mojada no es algo que pueda denunciarse. Si las molestias, por ejemplo, causan problemas para conciliar el sueño y son consideradas insalubres, se podrían denunciar. Aún así es muy complicado.
      Un saludo.

  275. Buenas tardes,
    Vivo en una comunidad que tiene un gran patio interior , debajo hay un local comercial, ahora tiene goteras ¿Quien tiene que repararlas? A ese patio no tiene acceso directo ningún vecino ni se puede hacer uso de el púes tiene forma abovedada con una cristalera que es la que tiene las goteras.
    Un saludo

    • Hola Antonio,
      Por lo que nos dices es un patio comunitario y, por tanto, su reparación corresponde a la comunidad.
      Un saludo.

  276. Hola! Mi mujer y yo acabamos de comprar un bajo en un edificio que tiene una cubierta comunitaria a la que sólo se puede acceder desde dos ventanas de nuestra vivienda y la ventana de una vivienda del edificio anexo.

    Tenemos las siguientes dudas:

    1. Para convertir una ventana en puerta entiendo que necesitamos el apoyo unánime de la Junta de vecinos pero, únicamente de los asistentes a dicha junta??? Pueden otros vecinos negarse con carácter retroactivo? No sabemos muy bien cómo funcionan las juntas de propietarios…

    2. El vecino del edificio anexo saca el tendedero para secar la ropa. En el catastro hemos comprobado que la cubierta es en su totalidad de nuestra comunidad, pero él puede acceder, utilizarla y ver el interior de nuestra vivienda cuando sale… Por no hablar de acceder si salís de casa y dejamos las ventanas abiertas! Él cuenta con una reja con candado y bisagras, pero nosotros no. Qué podemos hacer para que deje de salir al patio en caso de que tras decírselo siga haciéndolo???

    Gracias de antemano por la generosidad al dedicar vuestro tiempo a ayudarnos!

    Un abrazo.

    • Hola Gonzalo,
      Art. 18.2 LPH: Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto.
      Así pues, los asistentes a la junta tiene capacidad para tomar las decisiones y únicamente podrán oponerse según el criterio anterior.
      Con respecto al vecino que sale a la cubierta, sencillamente podéis denunciarlo.
      Un saludo.

  277. Buenos días, mi consulta es la siguiente; Vivo en un edificio de tres plantas,somos 9 vecinos, los de la tercera planta, tenemos por encima 3 terrazas de uso exclusivo y disfrute nuestro,(cada uno la suya) y por lo menos en mi escritura así consta,la finca tiene aprox 30 años y se cambió la tela asfáltica de las cubiertas hace unos 20 años, tengo hace años problemas de humedades en los techos de mi vivienda, lo he comunicado en varias reuniones y no me hacían caso, debido a ese problema hemos ido poniendo pintura aislante en el suelo de la terraza en varias ocasiones para evitar más humedades, pero solo ha servido para pasar el tiempo.Ahora se va a arreglar fachada y cubiertas pero hay un vecino que se niegan a pagar su parte del arreglo de las cubiertas alegando mala conservación porque tengo un perro o no sé que más dirá.Las plantas las tengo en sitios altos que no tocan el suelo y no tengo nada anclado al suelo.He de decir que el vecino de al lado también tiene ahora humedades también provenientes de su propia terraza y la ha tenido completamente vacía siempre.Me gustaría que me puedan aconsejar que hacer con este vecino que se ve claramente que no quiere pagar el arreglo de las cubiertas que son el techo del edificio.
    Gracias.

    • Hola Pilar,
      El aislamiento o la impermeabilización son elementos estructurales y, por lo tanto, su reparación corresponde a la comunidad. Del mismo modo, las reparaciones de estos elementos son obligatorias y únicamente hay que votar el reparto del gasto en caso de que sea necesario. Así pues, el vecino en cuestión no puede oponerse al pago y si lo hace se le puede reclamar judicialmente.
      Un saludo.

  278. Buenas,
    Les agradecería si me pudieran aclarar la siguiente duda: Quisiera hacer un cambio de uso en un local que compré hace más de 20 años. Mi local junto con otros dos, forman la planta baja del edificio. Los locales tienen acceso a unos patios y según las escrituras dice:
    – El uso y disfrute de los patios corresponderá a los propietarios de la planta de la planta baja debiendo permitir éstos la entrada a los demás propietarios para la recogida de las prendas u objetos que cayesen a éstos, sin que puedan edificar sobre los mismos.
    – El propietario o propietarios del local o locales de la planta baja, podrán sin necesidad de autorización de la Junta de Propietarios establecer sobre o a favor del mismo o alguno de ellos servidumbres de perpetuas y recíprocas de paso y comunicación.
    Mi pregunta es: Teniendo en cuenta lo que pone en las escrituras, ¿podría yo convertir una de las ventanas que dan al patio en puerta?.
    Saludos cordiales y muchas gracias por todo.

  279. Buenas tardes. Mi marido y yo hemos comprado un piso bajo el cual tiene un patio interior que compartimos con el resto de vecinos (es un edificio de cuatro alturas). Nuestros vecinos de enfrente cambiaron la ventana que da al patio por una puerta para poder salir al mismo, y lo utilizan para su uso y disfrute como si el patio fuese sólo suyo porque los anteriores propietarios de mi casa no lo usaban. Los vecinos de enfrente tienen un perro, le sacan al patio, hace sus cosas ahí, además recientemente han sacado una bicicleta, con lo cual yo no puedo ni tender mi ropa en mi parte de las cuerdas. Nosotros queremos hacer la separación del patio para poder aprovecharlo y sobre todo para tener más intimidad y seguridad, porque si por un casual entrasen a robarles, podrían colarse a mi casa por el patio ya que no hay rejas ni nada en las ventanas. ¿Ellos pueden negarse a que nosotros hagamos la separación del patio? Tengo que decir que viven de alquiler, la propietaria viene de vez en cuando pero no la conocemos. Nuestra intención en ponernos en contacto con la dueña para que esté al tanto de lo que queremos hacer. Y otra duda, el gasto de hacer la separación, ¿correría de nuestra cuenta por ser nosotros los interesados en hacerlo o es cosa de los dos porque afecta a los dos pisos? Gracias.

    • Hola Esther,
      En primer lugar es una modificación que precisa del acuerdo de la junta de propietarios. Además hay que contar con el consentimiento expreso de los propietarios afectados, en este caso de la propietaria del otro piso con acceso al patio. Si se negasen a ello, no podrías realizar la obra.
      Un saludo.

  280. Vivo en una comunidad de 3 alturas, con un patio interior cerrado hasta la segunda altura, y abierto en la última ( donde vivo yo).
    Me quieren poner una malla anti aves que me cubriría la parte superior y el frontal con esa malla. A modo de portería o jaula.
    Me podría negar? La comunidad se rige por la ley de propiedad horizontal. Muchas gracias

    • Hola Roberto,
      Entendemos que para tal instalación sería preciso una acuerdo de 3/5 de los propietarios pero también es cierto que si un propietario alega que se le perjudica de algún modo, podría negarse a la instalación y ésta no se llevaría a cabo.
      Un saludo.

  281. Buenos días. En una casa unifamiliar (propiedad de dos hermanos) que consta de bajo, primer piso y segundo piso hay un terreno/huerta en la parte trasera en el que está la caldera. Se ha procedido a la división horizontal de la misma, de tal manera que actualmente existen cuatro viviendas independientes ( dos bajos, un primer piso y un segundo) y dicho terreno corresponde al propietario del primer piso (uno de los hermanos, el resto de pisos son propiedad del otro hermano). Para acceder a dicho terreno hay una puerta con llave en el portal de la vivienda, y en las escrituras existe una servidumbre de paso permanente de 1m en dicho terreno para el mantenimiento y abastecimiento de la caldera. Tiene derecho el «no propietario» del terreno a tener la llave de acceso al mismo y poder acceder libremente al terreno sin preaviso al propietario? Es decir, hasta que punto el derecho a la intimidad e inviolabilidad de vivienda se puede ver mermado por esta servidumbre? Porque imagino que si el acceso a la caldera fuera a través de una vivienda, el presidente, administrador, otro propietario, etc no tendría una llave de la misma, pero al ser a través de una puerta situada dentro el portal no sé si podrían exigirlo, por el hecho de ser una servidumbre permanente. Gracias. Un saludo.

    • Hola Paula,
      Entendemos que no tiene porqué tener la llave. Tendréis el derecho de servidumbre y siempre que lo solicitéis os tendrán que dejar entrar, pero poco más.
      Un saludo.

  282. Hola, he comprado un piso y quería ponerla linea de cable para Internet, pero el vecino del bajo tiene el patio en uso y disfrute y ese seria el único lugar por donde hacer el enganche. ¿Se puede negar a que los operarios realicen los trabajos necesario para poner mi conexión a Internet por cable? Gracias

  283. Buenos dias, vivo en un entresuelo y mi galeria comunica con el patio interior de la comunidad, lo mismo le pasa a mi vecina de enfrente. Me lleva loco porque dice que no puedo acceder al patio porque salgo por la ventana (no tengo puerta) y que no podría ponerme puerta en un futuro. ¿Realmente si en ese patio tenemos acceso 2 vecinos, el uso del mismo debería ser la mitad?. Muchísimas gracias

    • Hola Sergi,
      Ese aspecto tiene que venir reflejado en las escrituras, de lo contrario, ninguno de los dos vecinos tiene derecho de uso. Para modificar esta cuestión debe ser aprobado en junta por unanimidad.
      Un saludo.

  284. tengo un gran problema en mi vivienda en una segunda y última planta de una pequeña comunidad de 6 viviendas, el muro de mi piso que linda al patio interno está en muy malas condiciones, entra humedad, falta enlucido y pintura.
    como al resto de la comunidad no le afecta se niegan a repararlo,yo me haría cargo de la reparacion.
    el tema es q la vecina de p. b por donde tendrían q acceder. se niega a dar su permiso para pasar, por otra parte sobre el techo de la caja de escalera han abierto una pequeña abertura por. la q apenas pasa una persona para q de ese modo se pueda acceder al techo sin pasar por su vivienda, el tema es q el tejado es de teja y ninguna de las personas q vienen a ver el trabajo acepta trabajar pasando por allí por el peligro q supone.
    quisiera saber si tengo derecho a solicitar pasar por el patio (incluso en la escritura indica una servidumbre) y como debo proceder para q la vecina entre en razon sin tener q gastar tiempo y dinero en abogados, el muro está muy deteriorado ya q vengo luchando con esto hace rato, tengo inquilinos, el piso dentro está todo reformado y se van por la humedad q les viene de ese muro y tejado sin q yo pueda darles solución. muchas gracias por su orientación.

    • Hola Liliana,
      Tal y como lo vemos, si no es por medio de abogados no vas a conseguir nada. Para eso están estos profesionales.
      Un saludo.

  285. Hola. Vivo en un primer piso cuyas ventanas dan a un patio interior. En dicho patio , con la aprobación de la comunidad, se van a realizar obras para solucionar unas supuestas humedades con mecanotubos, etc, etc y en la comunidad me dicen que tengo que permitir el paso de todos los materiales de obra y personal. ¿tengo que permitirlo? … porque puede ser una locura, no solo los destrozos que pueden causar, sino también los horarios, etc, etc. Muchas gracias.

  286. Hola, tengo un local que tiene un patio de uso y disfrute,en el patio hay cuatro ventanas y mi puerta de acceso al patio,una ventana es de mi local ,la cual tiene rejas,otras dos son de otro local también con rejas,pero luego hay otra ventana sin rejas que corresponde a una vivienda ,la cual era la antigua casa del portero,que ahora esta alquilada por la comunidad.He solicitado a la comunidad por medio del administrador a la instalación de una reja en esta ventana,por la seguridad de mi local y el acceso y uso único desde mi local.
    Me han contestado que por seguridad de la vivienda en caso de incendio no se puede poner,Pregunto yo,una ventana es una salida de emergencia, cuando la salida es a un patio interior sin salida?. Puedo exigir a la comunidad dicha instalación de la reja.?.
    Espero vuestra respuesta.
    Muchas gracias.
    Fernando

    • Hola Fernando,
      La respuesta del administrador (con todo el respeto del mundo) es una soberana estupidez. Solicita mediante burofax que se incluya en el orden del día de la siguiente junta la instalación de la reja en la ventana.
      Un saludo.

  287. Hola, he comprado una vivienda en la cual tengo un patio y me gustaría construir una habitación en parte del patio. El patio no es patio luces. Solo tiene acceso desde mi vivienda y es de mi propiedad. Pero las ventanas de mis vecinos de arriba si que dan al patio. Puedo construirla?

    • Hola Virginia,
      Necesitas autorización del Ayuntamiento de tu localidad y aprobación de la junta de propietarios.
      Un saludo.

  288. Hola, antes de nada muchas gracias por la información útil que dais y todas las dudas que resolvéis.

    Tengo una pregunta respecto a una vivienda que estoy pensando comprar.
    Esta es un bajo y tiene acceso a una patio, donde dan todas las ventanas de pisos superiores. Nuestro bajo es el único que tiene acceso al patio, mediante dos puertas y una ventana. Todavía no hemos podido comprobar la relación del patio con la vivienda, pero creemos que será un patio comunitario, pero con el uso y disfrute.

    ¿Podría ser el patio parte de la propiedad o por la ubicación obligatoriamente tiene que ser de uso y disfrute?

    ¿Si es de uso y disfrute, podría la comunidad instalar por ejemplo un ascensor que ocupe parte del patio y que sea accesible desde la escalera?

    A parte de en los estatutos de la comunidad, ¿hay otra forma de comprobarlo?

    Lo que sí hemos podido comprobar, y no entiendo muy bien el por qué, es que en el catastro se contemplan los metros de la vivienda y en otro apartado del catastro, también categorizado como vivienda, están incluidos los metros del patio (50% de los metros reales del patio). Concretamente aparece lo siguiente:
    – Destino(vivienda) Planta(00) Puerta(A) Superficie m2 (85)
    – Destino(vivienda) Planta(00) Puerta(A1) Superficie m2 (22)
    – Destino(elementos comunes) Superficie m2 (4)

    Espero que podáis ayudarme.

    Muchas gracias

    • Hola Juan Carlos,
      La situación del patio la podéis averiguar en las Escrituras de Constitución. Si es comunitario, al igual que cualquier otra zona, sus modificaciones han de ser acordadas en junta, con lo que sí que se podría aprobar que esa zona fuera destinada a la instalación del ascensor.
      Un saludo.

  289. Hola,
    Tengo acceso a un patio interior (al que sólo se accede por mi cocina y el cual aparece en mi escritura). Nos gustaría poner una lavadora fuera porque la cocina es pequeñísima y una pequeña “chapa” de paliuretano transparente encima para que no se moje. La gran mayoría de pripietarios que también tienen patio interior (ya que hay varios en el edificio) lo tiene así. Mi pregunta es, ¿tendría que pedir permiso igualmente a la comunidad o al haber más patios con esto hecho debería de entender que se acepta que se pueda hacer esto?

    • Hola María,
      Es una modificación de la estructura inicial y por tanto requiere aprobación en junta.
      Un saludo.

  290. Hola,
    mi duda es la siguiente. En 2004 compre un piso bajo que dispone de una puerta de acceso al patio de luces donde tiendo y tengo mis plantas ( no he realizado ningún cerramiento, ni he colocado muebles u otros elementos. La comunidad dispone de otra puerta de acceso al patio independiente de la mía y puede acceder a dicho patio sin problemas cuando lo precise A raíz de una discusión con un vecino, y 13 años después de haber estado usando el patio con normalidad la comunidad de propietarios cuestiona ahora que el hecho de tener una salida directa al patio signifique que tengo derecho a su uso. ¿ Cómo puede ser que teniendo una puerta de acceso directo al patio se me diga que eso no significa que tengo derecho a un uso normal del mismo y no lesivo para el resto de vecino?

    • Hola Fernando,
      Tendréis que ver las Escrituras de Constitución a ver qué dice con respecto al patio.
      Un saludo.

  291. por cierto, he olvidado agradeceros, de antemano, la labor de asesoramiento que brindáis. Muchas gracias!

  292. Hola.
    Quería saber si me podeis ayudar con una consulta.
    Yo compré mi vivienda en el 2010.
    En 2011 se hizo la ITE del edificio. Durante esa ITE se arregló la cubierta del edificio. En ese momento le propuse a la comunidad de vecinos realizar una modificación en la cubierta. En las aguas interiores de la cubierta en lugar de volverla a poner inclinada propuse hacer una cubierta plana de instalaciones. A la cual solo tendría acceso yo.
    La comunidad de vecinos me dio el visto bueno siempre y cuando no les costase dinero.
    El arquitecto que llevaba la ITE nos calculo la diferencia que eran 4200€.
    Yo le pague a la comunidad ese dinero.
    La comunidad de vecinos en junta de vecinos y por unanimidad acordó concederme el uso y disfrute de la terraza en exclusividad.
    Por su puesto la función de cubierta de instalaciones sigue adelante. Cualquier vecino puede si quiere subir, por ejemplo, su aparato de aire acondicionado.
    Como el acuerdo es posterior a la confección de los estatutos de la comunidad dicho acuerdo solo consta en el acta de la Junta de vecinos y no en los estatutos de la comunidad.
    Bien, la pregunta es la siguiente…
    Recientemente una productora de localizaciones ha rodado un anuncio de publicidad en mi casa y en la terraza.
    Un vecino me ha dicho que tengo que repartir el dinero con la comunidad.
    El uso y disfrute de la terraza me da derecho a explotarla económicamente?
    Muchas gracias

    • Hola vecino trabajado,
      Obviamente no. Tu derecho es de uso y disfrute, nada más. La explotación económica de una zona comunitaria corresponde a la comunidad, lógicamente.
      Un saludo.

  293. Hola buenas acabo de comprar una casa es un primero, el bajo tiene patio de uso y disfrute que no pertenece a la vivienda, mi pregunta es. ¿Puedo poner una escalera plegable desde mi terraza y bajar esos 2-3 metros para poder hacer uso de ese patio ?
    Gracias

    • Hola Enrique,
      Suponemos que este comentario es una broma pero si no lo es y quieres acabar detenido ponte a ello, pero sin avisar, en plan Papá Noel. Suerte con el allanamiento de morada.
      Un saludo.

  294. Hola, mi duda es la siguiente:. En mi comunidad hay un patio de luces al que unicamente se accede por las ventanas de dos viviendas. Los propietarios de una de ellas procedieron hace 20-30 años a tapiar dichas ventanas con un muro de ladrillo, por lo que el acceso a dicho patio para efectuar la limpieza ordinaria y las obras de mantenimiento se han hecho siempre desde la otra vivienda. Ahora se están produciendo problemas de filtraciones por el suelo de ese patio que hacen necesario acometer una obra de impermeabilización del mismo. La vecina que habitualmente dejaba acceder atraves de su ventana ahora se niega en rotundo ( es una persona muy mayor y sin más familia) y la otra vivienda tiene las ventanas tapiadas desde hace muchos años sin que nadie lo haya impugnado hasta ahora. Además la vivienda que ha tapiado las ventanas es la directamente perjudicada por las filtraciones.
    Qué puede hacer la comunidad para hacer frente a las obras?
    Gracias por su respuesta, un saludo
    Elisa

    • Hola Elisa,
      Después de tantos años no se puede revertir las ventanas tapiadas, así que esa vía queda descartada. Por consiguiente, sólo queda un acceso y la propietaria tiene la obligación de ceder el paso. No puede negarse por ningún motivo. En caso contrario, sólo queda la vía judicial, pero es innecesario llegar a ese extremo.
      Un saludo.

      • Buenas tardes, ¿a qué se refiere cuando dice que es innecesario llegar al extremo de la vía judicial, cuando la propietaria de esa vivienda ya ha impedido el acceso a los obreros contratados para impermeabilizar el patio?
        ¿Que paso previo a la vía judicial podría acometer la comunidad?
        Muchas gracias y un saludo
        Elisa

        • Hola Elisa,
          El paso previo es el de advertir con un Burofax a la propietaria de las consecuencias legales y económicas de su actitud. Sin este aviso previo tampoco podéis iniciar la vía judicial, pero en muchas ocasiones con esa advertencia es suficiente.
          Un saludo.

  295. Hola, el piso de mis padres,un segundo, da a un patio de luces, debajo hay una academia de inglés que es la que tiene acceso y no deja pasara técnicos de telefonía diciendo que no tienen las llaves de las rejas de las ventanas. ¿ tienen que permitir el acceso? Gracias

    • Hola María,
      Es obligatorio que se permita el acceso para realizar las obras, mejoras, reparaciones o instalaciones que la comunidad precise. Entre ellas, el acceso a las telecomunicaciones, que es obligatorio también. Por tanto, no se pueden negar a dejar pasar para realizar la instalación que sea precisa.
      Un saludo.

  296. Hola mi consulta es la siguiente, en mi comunidad quieren levantar el patio de luces para impermeabilizarlo, el suelo tiene unas pequeñas ventanillas de cristal que dan abajo a una lonja, mi pregunta es al ser una modificacion del estado original se podria hacer si la mayoria quiere o hace falta unanimidad ?
    Por otro lado en el caso de aceptar todos el importe de la derrama deberia ser equitativo entre todos los vecinos o clacularse en base a la cuota de participacion de cada uno ?
    Muchas gracias por su ayuda.

    • Hola Raúl,
      Si es una reparación necesaria tiene carácter obligatorio y no precisa de acuerdo. Únicamente hay que debatir y acordar el método de pago o la derrama en caso de ser necesaria. En cuanto al reparto, la comunidad tiene potestad para decidir si es equitativamente o por cuota de participación, siempre que exista el quorum necesario.
      Un saludo.

  297. Hola: acabo de adquirir un piso bajo en un edificio de tres plantas, una vivienda por planta. En la escritura de división horizontal pone que la vivienda incluye el patio. No dice privativo, sino que lo considera dentro de la propiedad. Ya tenía instalado un techo de plástico desde hace más de 15 años que cubre la mitad de dicho patio. ¿Puedo instalar en la otra mitad una lona que disminuya los ruidos que llegan de los vecinos?. Gracias

  298. Hola:
    Tengo un piso en cuyo patio colocamos hace ya más de treinta años una estructura metálica que cubre parcialmente el patio. El otro patio de la comunidad cuenta con algo parecido y desde el mismo tiempo. ¿Se puede dar ese elemento por consolidado y firme a la hora de defenderlo ante la comunidad de propietarios por el tiempo transcurrido?
    Gracias por su atención.

    • Hola Rita,
      Si no existe ninguna reclamación durante este tiempo, la jurisprudencia actual viene a determinar la aceptación pasiva por parte de la comunidad, con lo cual, no podrían reclamar ahora su retirada.
      Un saludo.

  299. Buenas tardes quisiera consultarles, en mi comunidad tenemos contratada una asesoria de fincas,la titular de la misma la cual está colegiada NO es quien nos lleva las cuentas ni asiste a las reuniones hace las actas pide presupuestos etc sino que lo hace su hermana que trabaja con ella pero la cual NO está colegiada, ¿ es esto legal o podría denunciarlo de alguna manera ? Gracias por su tiempo.

  300. Hola

    Vivo en un primero y como ya se ha expuesto en comentarios Anteriores tamnien tengo acceso privado y uso privativo de un patio interior de luces. Accedí a esta vivienda hace 14 años y cuando la compré en el patio de luces había un tejado de itálica q según me comentaron los vecinos llevaba puesto desde el comienzo de la creación del bloque de pisos, hace 40 años y se puso con el consentimiento de los vecinos. Ahora ha llegado una propietaria nueva al segundo piso y pretende que yo quite el tejado porque a ella le parece “muy feo”. Ese tejado lo limpio yo con todo el peligro del mundo pues tengo q subirme a el. El mantenimiento corre por mi cuenta. El tejado a mi en principio me molesta por dos motivos: por el ruido de la lluvia y porque me quita mucha luz. Sin embargo con el tiempo
    Lo he visto la necesidad de ese tejado por propia seguridad personal cada vez q salgo a tender la ropa pues además de tirar colillas, los vecinos echan cualquier cosa al tejado:
    Yo me he encontrado al limpiarlo desde barras soportes de cortinas, hasta láminas de persianas rotas y raritos de mader…yo no podría salir a tender al patio sin el tejado puesto q no sé qué me puede caer en ese momento. Si me obligan a quitarlo, donde y como tiendo la ropa? Tengo q quitarlo aunque hayan pasado 40 años desde la creación del
    Bloque y la construcción del tejado que se puso según parece con el consentimiento de los vecinos? Además, en otra ocasión y cuando un propietario de otro piso habló de este tema hace unos 6/7 años y los vecinos dijeron q no se quitará el tejado por mi seguridad. Qué puedo hacer? Saludos y gracias por la respuesta.

    • Hola María,
      En principio dudo mucho que puedan conseguir que lo quites. Ningún Juez, contando con la jurisprudencia actual, admitiría que lo tuvieses que quitar sin que hubiera denuncias previas y menos aún si hubo en su día consentimiento. Es decir, que el paso del tiempo hace que exista una aceptación pasiva por parte de la comunidad de vecinos y, por tanto, no se puede ahora reclamar el cambio. Puedes estar tranquila. No tienes que hacer nada.
      Un saludo.

  301. Hola Quiciera hacer una consulta,vivimos en una planta baja con un patio, abajo estan las cocheras del edificio, por asamblea de la cual no nos enteramos, aprobaron colocar membrana sobre nuestra ceramicas porque es lo mas economico, nosotros no queremos tener menbrana que no es transitable y ademas no es esteticamente apta para un patio que se usa continuamente, podemos impedir el trabajo, hace unos años colocamos eses ceramicas y el administrador nos dijo que la pagaramos nosotros porque nos correspondia y ahora la quieren tapar con una membrana asfaltica, podemos evitarlo con alguna accion judicial

    • Hola Eduardo,
      Si tenéis derecho de uso y disfrute del patio (entendemos que así es), cualquier modificación o reforma que se realice del patio por problemas de filtraciones de agua, debe dejar el mismo en igualdad de condiciones para facilitar el uso y disfrute del mismo. Con esto, lo que queremos decir es que la comunidad no puede eliminar la posibilidad de uso de una zona del inmueble, ya sea privada o común, ya que para ello sería necesario el acuerdo unánime de todos los propietarios.
      Nuestra recomendación es que procedáis a impugnar el acuerdo de la junta.
      Un saludo.

  302. Buenos dias vivo en un bajo con terraza q es el patio de luces. Hay una ventana q da a la entrada de la escalera la cual nontiene reja y por ahi pueden romper el cristal y entrarme a robar. Aquien le corresponde los gastos de una reja?

    • Hola Dany,
      Sería una modificación y el gasto es comunitario pero tiene que ser aprobado en junta.
      Un saludo.

  303. Hola, en mi Comunidad tenemos un patio de uso y disfrute exclusivo de la vivienda ( uno de los dos bajos de la finca ) que tiene una puerta que da acceso a él que fue adquirido con anterioridad a julio de 2001, teniendo en esa fecha el compresor de aire acondicionado instalado, donde hoy, aun lo tiene. Yo compre al anterior propietario, el otro bajo de la finca en noviembre de 2005, con el aire y compresor instalados donde aun hoy están, no habiéndome dado ningún problema de ningún tipo, en estos años y de hecho, ni había visto siquiera «físicamente» en donde estaba instalado el compresor, que esta justo al lado, en la misma pared ( del edificio colindante ) y a la misma altura que el del otro bajo. En un Acta de Junta de Comunidad de marzo de 2003 ( de la que he tenido conocimiento hace una tres semanas ) , se acuerda el sitio en donde se pueden poner los compresores y en concreto al otro bajo se le autoriza dejarlo en donde estaba en julio de 2001 y aun hoy esta ( al lado del mio y mas cerca de su propia ventana ). En cuanto al otro bajo ( el mio ) , su anterior propietario solicito abrir un ventanuco en la fachada principal y ubicar el compresor. Se le pidió proyecto, pero no esta claro si de ambas actuaciones o solo del ventanuco. Se acordó que fuera la Junta de Gobierno quien llegara a un acuerdo con el propietario, para autorizar la apertura de uno y la instalación del otro, pero nunca se reunió para tal fin, como tampoco existe ninguno proyecto de ningún tipo, pero si están desde entonces, el ventanuco en la fachada principal y el compresor en el patio. No hay Acta alguna desde entonces, salvo la de hace tres semanas, que haga mención ni de apertura del ventanuco ni de la instalación del compresor, pero en esta ultima, la nueva propietaria ( desde 2017 ), tercera en la linea de posesión, desde que se construyo el edificio, solicita sea eliminada la instalación de mi compresor del patio de la edificación, porque al parecer le molesta muchísimo el ruido (?) desde hace mucho (?) ( mi piso ha estado vacío todo el 2017 y la mitad del 2018 ), esta pegado al suyo y mas alejado de su vivienda y ni tan siquiera contempla, alejarlo lo máximo posible en la misma pared, y ni tan siquiera en la de enfrente…, porque dice que ya se prohibió en 2001 ( no estaba en su posición actual, si no encima de su ventana y ademas, el constructor no incluyo en la licencia de obra la instalación de aire acondicionada en la finca y tuvo que hacer otra complementaria. Con las debidas «reparaciones» e inclusiones, fue otorgada la Licencia de Primera Ocupación en febrero de 2003. No puedo sacar el compresor a la calle, y la única solución es subirlo al tejado, hacer una plataforma, etc, etc, etc, es decir, un «potosi» y veremos si el del Ático no se opone, que esa es otra…¿ TENDRÉ QUE RENUNCIAR A TENER AIRE ACONDICIONADO O PAGAR UN DINERAL POR DISFRUTARLO ?. Siento haberrMe extendido y pido perdón por ello

    • Hola Luis,
      ¿Es una pregunta retórica o una ironía? Porque la parrafada no tiene justificación para semejante pregunta. Las normativas hay que cumplirlas y si el compresor no debe estar en la fachada y, por el contrario, debe instalarse en la cubierta, pues así ha de hacerse y no por ello renuncias a tener aire acondicionado, que por otro lado, no es un derecho inalianable, sino un lujo. Si para adaptar la instalación a la normativa tienes que invertir dinero, pues bienvenido al mundo en el que las cosas no son gratis.
      Un saludo.

      • Gracias con mucho retraso, pido perdón por ello, pero es que han ocurrido muchas cosas en mi vida, perdón de nuevo. Reformulare la pregunta. Mi compresor está instalado en una de las paredes del patio de uso y disfrute exclusivo de un vecino que tiene acceso directo a él, donde también tiene su compresor de AA. Yo compre el piso con el AA ya en funcionamiento en noviembre de 2005 y dice en febrero de 2019 que mi compresor le molesta su ruido y además está instalado de forma ilegal, de hecho como no lo quise quitar, sin más ni más, lo ha hecho desparecer junto con las tuberías de su instalación. Mi AA fue instalado por el anterior propietario alrededor de 2003 y jamás nadie nunca protesto ni por su instalación ni por su ruido hasta febrero de 2019 como le digo por el propietario que más arriba le menciono (tercer dueño del piso desde la construcción del edificio en 2001 ) y que manifestó que quería desinstalármelo por las razones que le comento más arriba. ¿ Qué puedo hacer ?, ¿ Le puedo demandar por desmontar mi AA ?, como tiene el uso y disfrute del patio, ¿ Me puede hacer lo que me ha hecho ?. Espero no haber sido, demasiado pesado esta vez. Muchas gracias, por su «aguante» y un saludo. Luis

        • Hola Luis,
          Nosotros entendemos que el vecino no puede libremente tomar la justicia por su mano y desinstalar el compresos del aire acondicionado de otro vecino por mucho que considere que no cumple con la Ley. Si como dices, el aparato lleva tantos instalado y no ha causado problemas con anterioridad, se podría entender que existe un acuerdo tácito. Por tanto, sí que se podría argumentar la demanda por alterar un elemento privativo sin autorización.
          Un saludo.

  304. Buenasss….. antes de nada felicitarte por el trabajo que haces ..
    Mi problema es el siguiente vivo en una finca de ocho vecinos los dos pisos de abajo tienen un patio .los dos son comunitarios .pero hay uno q el dueño lo arreglo y se lo hizo suyo quitando la puerta para el acceso desde fuera la calle ..eso lo hizo antes de q yo estuviera ..asi segun los vecinos lo hizo porq a el le dio la gana ..pero yo no lo se de cierto ..el problema es q ahora ese vecino ha vendido el piso y el nuevo inquilino se ha instalado como pedro por su casa con un perraco enorme ..que ladra y hace sus necesidades en el patio q derechos tenemos los demas vecinos si el patio es comunitario y suponiendo q sea de disfrute privado????

    • Hola Marcela,
      Mientras el vecino tenga el patio limpio y en perfecto estado no hay problema. Con respecto al perro, como cualquier otro ruido o molestia, ha de tratarse como tal y denunciarlo en caso de que no cumpla con los horarios de descanso normales.
      Un saludo.

  305. Buenas tardes. En mi comunidad, a raíz de una encuesta hecha a los propietarios van a autorizar la retirada de todas las hamacas y sonbrillas privadas de la zona de la piscina, y a comprar a cargo de todos los vecinos 30 hamacas iguales y 5 sombrillas para uso de todos, Este acuerdo no se ha lllevado a junta, tan solo administrador nos envió un documento para dar el sí o el no a la propuesta y una vez expirado plazo aducen que se va a aprobar. Los resultados d la votación según administrador es:
    Total propietarios 76
    No contestan 19
    Se oponen a la compra 19
    A favor 19

    Para mayor indignación, en la cart que nos indica que en breve Presidente nos remitirá una carta con las normas de uso de estas hamacas comunitarias.

    Administradora nos indica que los NO han contestado se consideran abstenciones y no computan en total.
    Me surgen varias dudas:

    Esta consulta no debe tratarse en junta ordinaria?
    El resultado de los votos se puede considerar mayoría …..?
    Este tipo de acuerdos según LPH que margen de favorables necesita ?
    Tiene potestad el Presidente para decidir unilateralmente una norma de uso de estos enseres?
    En caso de no querer usarlas, podría seguir mantenimiento mis hamacas privadas en zona común piscina y solicitar que no se me facture por no querer hacer uso la parte de este gasto?.

    Gracias de antemano por la colaboración que nos ofrecen a los que como yo somos desconocedores de estos temas,
    UN SALUDO

    • Hola Jose Antonio,
      Todo se reduce a que es necesaria la celebración de una Junta para tratar estos temas y aprobarlos como es debido. Cualquier otra cosa, como todo lo que expones, no tiene validez alguna.
      Un saludo.

  306. Hola, tengo un vecino que tiene el perro instalado de forma permanente en un patio común de uso privativo. ¿es esto legal?

    • Hola Paco,
      Si el animal no causa molestias no hay mayor problema, pero entendemos que sí que las causa, con lo cual puede consultar la normativa de tenencia de animales de su localidad y denunciar el hecho en la policía o a la protectora de animales.
      Un saludo.

  307. Hola, buenos días,
    Soy propietaria de un piso en planta baja el cual tiene acceso a un patio que compartimos con dos bloques más, es decir, tenemos acceso sólo los bajos de cada bloque que vendrían a ser 5 pisos. Los 5 patios están separados por una pared.
    De mi bloque ningún bajo ha construido nada en su patio pero de los otros bloques han construido una especie de cuarto trastero.
    Uno de los cuartos trasteros linda con mi pared a la cual le está saliendo humedad, supongo que debido a alguna filtración del cuarto pues antes no la tenía; se lo he comentado a la dueña y dice que eso no es culpa suya.
    Por otro lado, los locales que hay debajo de los bloques también están teniendo filtraciones y necesitan algún tipo de arreglo y en mi bloque suponemos que es debido a que los patios no están preparados para soportar ese peso.
    Me gustaría saber si esos cuartos son legales y si no fuera así, qué medidas tendríamos que tomar en mi bloque?
    Muchas gracias.

    • Hola María,
      No sabemos si son legales o no porque no sabemos si se han aprobado dichas modificaciones en junta de propietarios. Mientras estén aprobadas no hay nada que hacer, más allá de contratar a un experto para examinar el problema de las filtraciones de agua y darle solución.
      Un saludo.

  308. Hola Buenas! en mi caso mi piso da a una especie de terraza o patio, que pertenece a la azotea de un local contiguo. No ha habido problema hasta ahora, que los nuevos dueños del local se pasean a sus anchas por la terraza a la que tengo 3 puertas de salida. El caso es que la zona inmediata a mis puertas de unos 2×8 metros, esta en tierra de nadie, nadie sabe exactamente a quien pertenece. Por un tema de privacidad y de seguridad, me gustaría vallarlo y mis vecinos no tienen problema, pero me pueden hacer algo los propietarios del local colindante?

    • Hola Leire,
      No realices modificaciones por tu cuenta y menos si la propiedad de dicha zona no esta clara. Lo primero de todo es solucionar las situación legal de dicha zona, quién es su propietario y a quién le corresponde el uso.
      Un saludo.

  309. Buenos días, resulta que mi pareja y yo compramos una vivienda en un segundo piso que tenía un hueco que permitía el acceso de una vivienda a otra, al hacer la negociación se habló con el anterior propietario de tapar dicho canal para así independizar la propiedad,la única condición fue conservar el flujo de la luz por lo que se colocaron traga luces ,resulta que al hacer la remodelación,las personas del primer piso vienen a quejarse y decir que debemos derrumbar dejando u. Hueco porque les da mucho calor cuando tenían ya conocimiento de lo que se iba a hacer y dieron su consentimiento.
    Agradezco su asesoría respecto a este tema.

    • Hola Juliana,
      El consentimiento tiene que existir pero por escrito, es decir, que tiene que reflejarse en el libro de actas. En caso contrario, como reza el dicho popular, «las palabras se las lleva el viento» y podrán reclamarlo.
      Un saludo.

  310. Buenas tardes, mi caso es en una casa antigua, dividida, mi casa tiene tres ventanas que dan a un patio , deseo instalar un aire aconcionado en l pared de mi casa que da ese patio, lo podria hacer desde mi ventana sin tener que acceder al patio.
    El propietario en principio accedio , pero su inquilino actual le llamo para que no lo permitiese ( por mala fe , pues el no usa el patio para nada.
    Mi primera pregunta es si puedo instalar la unidad de aire acondicionado en mi pared que da hacia el patio.
    Mi seguhda pregunta es en relacion al estado del patio, pues el inquilino actual lo tiene descuidado y a veces coloca objetos y basura frente a mis ventanas ¿Puedo legalmente protestar por ello? ¿Cuales son mis derehos en este caso?
    Un cordila saludo y gracias por adelantado

    • Hola Alberto,
      No puedes realizar la instalación del aparato de aire acondicionado sin consentimiento de la comunidad.
      Con respecto al patio y su mantenimiento, el propietarios que tiene acceso al mismo tiene la obligación de mantenerlo en buen estado. Puedes solicitar que se le requiera para ello en la próxima junta de propietarios.
      Un saludo.

  311. Soy administrador de un edificio y quiero dar respuesta a este asunto pero no encuentro soportes. Es lo siguiente:
    Propietario del primer piso tiene un patio de su propiedad y pide que las ventanas de los los pisos superiores que dan a su patio deben cerrarse o clausurarse para evitar que tiren basuras a su patio. Que la ley lo protege. Por asamblea no están de acuerdo por las dificultades que ocasionaría al interior de los demás apartamentos.
    Su opinión es importante Gracias.

    • Hola Iván,
      La petición que hace el vecino del bajo para cerrar las vistas al patio es de lo más increíble que hemos leído. No creo que haya ninguna Ley que puede apoyar semejante cuestión. Primero porque se trata de una modificación del edificio que, como tal, requiere acuerdo por unanimidad y segundo, porque no creo que te puedan obligar a eliminar una ventana de tu vivienda así porque sí.
      Se trata de un problema de civismo de los vecinos, nada más.
      Un saludo.

  312. Hola , soy el presidente de una comunidad de 3 plantas , 2 pisos por planta ,la primera planta es toda del mismo dueño que ha unido los dos pisos ,el tiene una salida desde cada piso a una terraza comunitaria ,en la que sólo el hace uso ,con muchas macetas , algunas enormes,perrito ,toldos ,mesas ,sillas ,hace cenas ,comidas etc…,los demás vecinos no le decimos nada , sabemos que el uso y disfrute es de él ,pero hace 8 años hubo problemas de goteras a un bajo comercial que hay justo debajo y pagamos entre toda la comunidad ponerle tela asfáltica y embaldosar la terraza ,ya le advertimos en la junta que no pusiera macetas ni cosas que pudiera deteriorar o perjudicar ,aunque no quitó nada ,también se habló que debía manternerla ya que solo puede él acceder ,ahora han vuelto a quejarse los del bajo por goteras ( las mismas u otras ) yo le pedí acceder desde su piso para ver qué pasa ,resulta que los bajos de las paredes de la terraza están muy desconchadas y deterioradas ,incluso dice que le cala la humedad a sus habitaciones ,mi pregunta es ,no debería él mantener esos bajos en condiciones ? Por qué los desconchones pueden ser por donde cala el agua , debería pagarlo él o la comunidad ? Gracias de antemano

    • Hola Juan,
      Previsiblemente, y desde la prudencia de no poder visualizar la incidencia, parece que se trata de un tema de impermeabilización y, por tanto, su reparación corresponde a la comunidad. El uso del patio puede deteriorar las paredes pero estéticamente, no en su estructura. Por lo que no cabría alegar que el propietario del piso ha causado los daños.
      Un saludo.

  313. Un apunte ,el seguro que paga la comunidad dijo que ellos no les correspondía pagar y eso que pagamos entre los 6 pisos y bajo 800 euros

    • Hola Juan,
      El deterioro del edificio, como es lógico, no lo repara el Seguro. Imagine usted que el seguro de su vehículo le tuviera que poner las ruedas nuevas. No tendría sentido. Así que el gasto de mantenimiento del edificio corre por cuenta de la comunidad.
      Un saludo.

  314. Buenas tardes,
    Soy inquilina de un piso entresuelo. Tenemos una terraza en que solo nosotros tenemos acceso. Recientemente, nos dijeron que el propietario en el piso debajo de nosotros quiere abrir dos claraboyas en su techo/nuestro suelo de la terraza. Después, nos dijeron que nuestra terraza es en realidad una terraza comunitaria. ¿Tenemos algún derecho a decir «no» a esto? El piso fue anunciado con la terraza incluida (privada) y el seguro que contratamos también incluye el espacio (metros) de la terraza. Leyendo mas el contrato del piso, parece que la terraza no está incluida como parte del piso. Intentaron iniciar la obra el mismo día que nos lo contaron, pero les detuvimos diciendo que primero necesitábamos una carta por escrito sobre la obra. También solicitamos la licencia para la obra (supongo que es una licencia diferente de la obra que ya tienen para el piso debajo, dijeron que es una licencia de obra menor) y todavía estámos esperando para verla. Gracias por tu ayuda.

    • Hola Erin,
      Es modificación requiere de una acuerdo por unanimidad de la Junta de Propietarios. No sé si vais a las reuniones o no, pero si no está aprobado en junta no se puede hacer de ningún modo. Así que, lo primero que tenéis que hacer es solicitar el Acta de la junta en la que se aprueba dicha modificación.
      Un saludo.

  315. Buenos dias,

    Que puedo hacer si en el patio de luces de la planta baja (de uso comun para un edificio con 20 apartamentos pero donde solo yo tengo acceso porque vivo en el piso con acceso al patio) los vecinos/algun vecino de arriba (desde sus terrazas que dan al patio) dejan que sus perros hagan sus necesidades (especialmente a orinar) y me cae todo encima? No puedo ni abrir las ventanas, esta lleno de gotas de orina y el olor es insoportable. Intente poner carteles abajo en la entrada del edificio pero los estan rompiendo. La empresa que gestiona el edificio tampoco hace nada. Puedo avisar a Sanidad publica o que podria hacer? Gracias!

    • Hola Diana,
      Puedes poner una denuncia, que es lo normal para estos casos.
      Un saludo.

  316. tengo un patio-terraza en las escritura pone que es de uso y disfrute en exclucividad mio. tenia un pequeño trastero de los vecinos anteriores , ahora lo quiero reparar y para ello he pedido permiso y no me lo dan , y me amenazan con tirar el trastero , pueden hacerlo? el trastero lleva mas de 10 años.
    muchas gracias

    • Hola Agu,
      Como has podido leer en el post, en el patio no se puede hacer nada sin consentimiento de la junta de propietarios.
      Un saludo.

  317. Hola, yo vivo en una comunidad de propietarios de muy pocos vecinos, donde la mitad son hermanos y la otra están alquilados. Los del bajo tiene patios de luces de uso y disfrute y cuando llega el buen tiempo hacen fiestas comidas etc… Meten hasta 20 personas he contado, que puedo hacer?? Y si lo digo a la comunidad la mitad son hermanos y se apoyan entre sí, y es que hacen mucho ruido y la de abajo mía que también se queja es alquilada y dicen que no puede hacer nada. Necesito una solución por favor?? Que puedo hacer???

    • Hola María,
      ¿Has probado a llamar a la policía y denunciarlo por el ruido?
      Un saludo.

  318. Buenas tardes,

    Os cuento mi caso particular para ver si me podéis asesorar. Yo vivo en un primer piso real y el propietario de los bajos tiene el uso privativo de un patio interior de unos 30 metros cuadrados. Este patio está cubierto por una cubierta de uralita desde hace 70 años (eso dice el propietario del bajo). Si este patio lleva tantos años construido, se puede obligar al propietario del bajo a quitarlo? A mi personalmente me causa molestias porque la ropa colgada me toca la uralita y me da miedo las posibles consecuencias sobre la salud. A parte, nadie cuida de este techo y está lleno de mugre y cosas que les caen a los vecinos.
    Que puedo hacer para que quiten esta cubierta o reemplacen la uralita por otro material que no sea nocivo para la salud?

    Muchas gracias

    • A parte, el vecino propietario del bajo y que tiene acceso, ha reparado en varias ocasiones agujeros o placas de uralita que estaban dañadas sin consentimiento de la comunidad. Tengo entendido que no se puede intervenir en estos materiales, pero es que lo ha hecho sin permiso del resto de propietarios (de hecho yo le dije que me negaba y el tiró adelante). Puedo denunciarle por ello?

    • Hola Jemi,
      En primer lugar, si el techado lleva tantos años es difícil que actualmente algún juez pueda admitir una reclamación para su retirada. En cuanto al amianto que pueda contener la chapa del techado, creo que deberías leer un poco antes sobre el tema porque por salud es injustificable. Además, que tiendas la ropa y llegue hasta el piso inferior no creo que sea algo muy apropiado.
      Un saludo.

  319. Hola buena tarde , compre un primer piso hacia arriba hay tres mas , el patio de mi casa tiene el aire pero el vecino de uno de los lados tiene unas terrazas abiertas por el lado de mi patio y escurren ropa y el agua cae a mi patio , se levanto muro en un lado y llegaron super enojados a reclamar, yo tengo entendido que eso se llama invasión a la intimidad y debería haber unas ventanas reglamentarias…. por favor me puedes informar que se debe hacer ahí muchas gracias . ademas que los pisos de arriba tienen sus balcones hacia la parte de atras de mi patio.. eso es legal?

    • Hola Diana,
      Entendemos que la construcción inicial cumple con las normativas pertinentes. Lo que podemos decirte es lo mismo que pone en el post, que no se puede realizar ningún tipo de modificaciones en un patio comunitario sin consentimiento de la comunidad.
      Un saludo.

  320. Buenas..
    Vivo en un primero y el vecino del bajo está haciendo uso y disfrute del patio.
    No no has molestado nunca,pero ahora ha instalado un toldo para su intimidad ,con el consiguiente problema que ahora no puedo tender ropa mas grandes de lo normal porque da en el toldo. Este no ha pedido permiso .¿Cómo debo actuar? ¿Yo tendría derecho a tender la ropa?
    Gracias

    • Hola Pepe,
      Tender la ropa invadiendo el piso inferior no me parece un criterio para tener en cuenta. Lo que sí que está prohibido es poner un toldo sin autorización expresa de la Junta de Propietarios, con lo cual, simplemente tienes que denunciarlo para que lo retire.
      Un saludo.

  321. Buenas, he comprado un piso, primero con acceso al patio de luces desde mi cocina, el patio esta cerrado completamente por muros y arriba un cerrado de metacrilato. Hay humedades en el patio y entra agua por ese cerramiento, la comunidad se hará cargo de las humedades y yo del arreglo de un corrimiento nuevo, perooo mi duda es, el cerramiento del patio no se sabe de cuando es exactamente (muchos años) y hasta hace un año no había comunidad por lo que no hubo ningún permiso cuando se hizo…pueden dentro de un tiempo o ahora obligarme a abrir el patio?? He leido en internet que si es algo hecho de antes de la comunidad y que nadie protesto en su día, pasados unos años pierden ese derecho a protestar ya que se da por hecho que si han callado es que han consentido…

    • Hola Marta,
      No es que se pierda el derecho a protestar, es que las sentencias actuales vienen a determinar que si no hay reclamaciones, los propietarios están asumiendo la instalación de manera pasiva. En otras palabras, los jueces están desestimando este tipo de demandas. Pero eso es algo relativo que puede variar con el tiempo o incluso con el caso en concreto o el juez de turno.
      Un saludo.

  322. Vivo en un primero que tiene un patio interior. Todos los vecinos de esta planta dispone de este tipo de patios. Todos tenemos lo mismo lavadoras y secadoras y tendedero. Desde hace años se permitió que todos tuviéramos un toldo de plástico para evitar que se nos caiga en la cabeza cosas de otros pisos. En el último año en el lado donde tengo el piso los vecinos de arriba no paran de tirar cosas: botellas de cristal, sacuden los manteles por la ventana, etc. Al principio yo me pasaba cada 15 días limpiando el pequeño toldo, inclusive lo cambié por uno nuevo, porque el anterior estaba lleno de suciedad. Hace unos meses decidí que no lo limpiaba más ya que no encuentro normal que tiren Tanta basura por la ventana. Pues resulta que recibí un correo del administrador de la finca diciendo que teníamos que limpiarlo.
    Puedo tomar alguna medida sobre este tema? No me parece bien que los demás ensucien y que tenga que limpiarlo yo.

    • Hola Denisa,
      Sí que es cierto que tienes la obligación de limpiarlo, pero también puedes denunciar el hecho de que se tire basura por el patio.
      Un saludo.

  323. Buenas tardes, tengo un vecino en la vivienda del entresuelo la cual tiene acceso al patio de luces. En las escrituras de propiedad horizontal aparece como que tiene x m2 de superficie de patio y 25m de patio.
    El caso es que hizo un cerramiento ampliando con ello la cocina de pvc y un techo de policarbonato.(el cual mantiene sucio lo que me perjudica a la hora tender).
    ¿Mi pregunta es, aunque esos metros de patio figuren en su escritura (que según el si), puede modificarlo a su antojo?

    • Hola David,
      Es modificación debe contar con la autorización de la junta de propietarios. En caso contrario es ilegal. Además, suponemos que también sería obligatorio la licencia municipal.
      Un saludo.

  324. Hola

    Hay un patio interior en nuestra comunidad para uso de tendedero para todos los vecinos. Yo soy el del bajo.

    En su momento la comunidad (con la aprobación de los vecinos de mi bloque tuve suficiente, no hizo falta la aprobación de toda la comunidad) me dejó abrir una puerta que diera al patio desde mi casa, pues el acceso a mi patio era a través de otro portal y luego a través de su patio. Un lío vamos. Y luego también le dió permiso a la vecina de al lado y a otros vecinos de otros bloques.

    El patio tiene unas medidas aproximadas de 4×4 metros, el mueble unos 0,30×0,50. El bloque tiene dos bajos a este patio y 6 vecinos en altura.

    La pregunta es la siguiente: ¿Puedo poner un mini mueble para tener las pinzas de la ropa o el detergente de la ropa?

    Saludos

    • Hola Juan,
      Como ya indicamos en el post, pueden reclamarte que lo quites y tendrías que quitarlo. Si lo pones y no te dicen nada, pues bien. Pero que sepas que no puedes hacerlo.
      Un saludo.

  325. Hola buenos dias, compré un piso hace año y medio y en el único sitio donde se puede tender es en el patio de luces. Yo vivo encima del entresuelo que tiene un techado de uralita. Y tengo una distancia para tender respecto al techo de 1,5 m de altura si llega, mientras que el resto de vecinos que viven más arriba tienen mucho más espacio. Mi pregunta es si hay alguna normativa o algo que pueda informarme para saber que altura debe respetar el techado del piso de abajo. Ya que no puedo tender sábanas, mantas edredones etc.. y las toallas corporales tienen que estar dobladas por la mitad, si no tocan el techo.

    La comunidad se lava las manos. Dicen que ellos llevan aquí viviendo 25 años el que más antiguedad tiene y que cuando entrarón que esos techos ya estaban puestos, que nadie les ha dado permiso. Que tenemos nosotros que informarnos de la normativa de distancia y mirar si la cumple. Pero no encuentro dicha normativa.

    Hemos pedido que habiliten el terrado del bloque para poder tender a la comunidad pero se niegan a dejarnos subir. y eso que solo hay que poner una cuerda y doa tornillos
    Gracias. Saludos

    • Hola Sandy,
      Las características del edificio y del piso, por lo que nos dices, llevan así muchos años, con lo cual no podrás lograr que ahora se cambien. Además, que si has comprado el piso hace tan poco tiempo, tendrías que haber analizado bien lo que comprabas porque ahora va a ser muy difícil que puedas alegar razón alguna.
      Un saludo.

  326. Hola en mi patio solo hay acceso por la ventana, solo somos dos primeros D,I, E el E, esta necio y en mi escritura no costa que tengan que acceder por mi ventana y menos con cubos de agua para limpiar el patio pues no hay ni un grifo para limpiarlo,que puedo hacer, un saludo

    • Hola Blanca,
      Mantener el patio limpio es algo que os beneficia. Lo normal es que se establezcan turnos para limpiarlo entre los vecinos con acceso. Otra opción es que la comunidad costee una empresa de limpieza para este fin. En este caso existiría la obligación de dejarlos entrar por la vivienda para acceder al patio.
      Un saludo.

  327. Buenos días,
    Hace unos meses he alquilado con opción a compra un adosado. Ahora mi vecino quiere poner una escalera en su trozo de patio interior , q comparte conmigo y da luz a mi cocina y a donde dan las ventanas de mis habitaciones, para acceder a la azotea, la cual, según escritura no es transitable.
    Estos adosados (4 ) se hicieron en una fase, comparten azotea con un bloque de dos plantas, en el que hay 4 apartamentos hechos a la vez, pero no hay constituida junta de vecinos ni los adosados, ni los apartamentos.
    ¿Puede hacerlo? ¿Necesita algún tipo de autorización de los vecinos, o mía en particular al verme afectada directamente porque la obra me quitará luz? Muchísimas gracias.

    • Hola Mar,
      En principio no puede hacerlo y si lo hace puedes denunciarlo. Si hay elementos comunes, por pocos que sean, se deben regir pos las leyes de copropiedad. Además, si la modificación puede causar un perjuicio a un vecino también podrá ser denunciado.
      Un saludo.

  328. Buenas tardes mi oficina tiene acceso a un patio comunitario y solo puedo entrar a parte de él, ya que tengo una valla pequeña que es mi terraza.
    Podria quitar esa pequeña valla y usar todo el patio para mantenerlo limpio y cuidado…
    Si me ponen pegas puedo decir que nadie acceda jamás y obligarles a que me dejen usarlo entero?

    • Hola Nacho,
      Creo que no has entendido nada del artículo. No puedes hacer ninguna modificación sin autorización de la comunidad de propietarios. Es bastante claro.
      Un saludo.

  329. Buenos días, en primer lugar, muchas gracias por la ayuda que brindáis
    Mi consulta es la siguiente:
    Me interesa un piso para comprar cuya tesitura es la siguiente. Es un bajo con 54 m2 y un patio de uso y disfrute de 60m2. La vivienda tuvo una ampliación hace 20 años, cogiendo 30m2 de patio. Nos comentan que fue aprobado en comunidad, pero que el administrador ha perdido la documentación de la comunidad en un periodo que comprende 15 años y no encuentran para nada el acta. Me imagino que para hacer esa obra se requirió en su día una licencia, pero la propietaria ya no se acuerda. ¿Habría alguna forma de conseguir ese papel? ¿quizás en el ayuntamiento? Y ¿si así no se consigue podría hacerse actualmente? En las escrituras del piso pone 54 m2 con patio más tendedero, es decir, que en 20 años esos 30 m2 de más no están escriturados como vivienda. ¿Si al final me quedo con el piso tendría que meterlos en escritura? O como ya han pasado 20 años no es necesario y no pasaría nada.

    Antes de comprar el piso queremos ver si se puede dejar zanjado el asunto porque no queremos problemas con los vecinos futuros que pudiera tener la comunidad.

    Muchas gracias de nuevo. Un saludo

    • Hola Cristina,
      Esa situación hay que legalizarla sí o sí. El problema es que sea legal o no la ampliación, lo cual no solo depende de la comunidad. Si al Ayuntamiento da el visto bueno a la ampliación, hay que registrarla y modificar las Escrituras y las cuotas de participación de toda la comunidad. Además, afecta al IBI que también tendrá que actualizarse. Cuando las cosas no se han hecho bien desde el principio, ahora puede resultar un problema.
      Un saludo.

  330. Hola!
    Hace unos meses compre un piso que tiene acceso a un patio comunitario que esta techado. Por lo que sé, esta así desde hace 30-40 años. Ahora hay algunos vecinos que están planteando la posibilidad de quitar el techo porque hay algún incivilizado que se dedica a tirar la basura y esta se acumula en el techo, que es algo difícil de limpiar.
    ¿Pueden obligarme a quitar ese techo? He oído por ahi, que al llevar tanto tiempo puesto es posible que tenga algún tipo derecho adquirido o algo así y no sea tan sencillo si yo me negase.

    Muchas gracias!
    Saludos!

    • Hola Miyu,
      Cada caso es un mundo. Es cierto que determinadas modificaciones, si llevan muchos años sin que nadie haya reclamado molestias, no son fáciles de devolver a su estado original, según jurisprudencia actual. Esto no quiere decir que no sea posible. En vuestro caso sois nuevos propietario adquiriendo una vivienda con un patio modificado y que ahora causa problemas. Si el caso acabase en los tribunales podría decantarse de uno y otro lado según sea el planteamiento y la defensa del mismo.
      Un saludo.

  331. Buenas tardes, resido en un piso con un patio de uso y disfrute privativo y de acceso desde mi domicilio. A ese patio da una puerta desde mi salón, tres ventanas también desde mi domicilio y otra desde el portal. Además, y aquí viene el problema, la vivienda colindante tiene dos ventanas que pueden abrirse y que también dan al patio.

    Nunca había ocurrido ningún problema respecto a la intimidad y el sentido común imperaba en cuanto a la apertura de ventanas, ruidos, volumen de música o televisión. Lamentablemente, los propietarios de la vivienda aneja a la mía han optado por una explotación de alquiler vacacional. Jóvenes turistas, borracheras, gritos y música a todo volumen han hecho que el que tenga que cerrar a cal y canto las ventanas sea yo.

    Querría preguntar si, de existir servidumbre de vistas o luces inscritas en el Registro de la Propiedad o aún no existiendo, podría promover, en vía jurisdiccional, que esas ventanas permitiesen el paso de luz, tal como son ahora, pero que no pudieran abrirse.

    Muchas gracias por vuestra atención.

    • Hola Francisco,
      Si pretendes que los vecinos no puedan abrir sus ventanas… mal vamos. Lo que dices recuerda a épocas bastante oscuras de represión de libertades.
      La regulación de pisos turísticos se contempla en la Ley de Propiedad Horizontal desde la última reforma del presente año. Intenta moverlo por ahí.
      Un saludo.

  332. Buenas tardes,
    Le cuento un poco por encima mi caso, en el año 2016 me compré mi piso totalmente reformado salvo que el patio de luces se encuentra muy deteriorado.
    Cuándo fui a presentarme y a hablar con el administrador de fincas, me dijeron que el patio se encontraba deteriorado por culpa de las obras de la reforma de mi piso, mi duda es…no deberían de haber «obligado» al que me vendió el piso a mi a dejar el patio de luces en buen estado?Me pueden obligar a mi a hacerme cargo de su arreglo?
    Otra duda que tengo es la siguiente,desde que me compré el piso en el 2016 hasta el año presente no me han sido notificadas ninguna de las juntas de propietarios ni siquiera he recibido un resumen de lo que se ha tratado en esas juntas(habiendo solicitado en el 2017 que se incluyese en la orden del día de la siguiente junta de propietarios el tema del estado del patio de luces),hasta que punto es legal el que no me hayan contestado a mi propuesta y no me avisen de las juntas?
    Muchas gracias por la gran ayuda que me puede ofrecer.

    • Hola Ángel,
      El nuevo propietario asume todas las responsabilidades sobre la cosa comprada, derechos, deberes y obligaciones. Debería existir un informe pericial que determine la causa del deterioro del patio, que es extraño que sea por las obras de una vivienda, pero bueno, si así fuera, que te faciliten el informe.
      Envía las solicitudes al presidente de la comunidad por burofax para que quede constancia de tus solicitudes, indicando que las comunicaciones no te llegan, para lo que les facilitas la dirección postal que consideres. El burofax es la prueba que necesitaras en casi de que denuncies el caso.
      Un saludo.

  333. Buenos días, le cuento un poco por arriba. Me hecho cargo de la comunidad como administrador, hay mucha gente que debe y propietario que no quieren pagar por culpa del otro administrador. La pregunta es, tengo un local que han puesto un techo hace años por delante de unos balcones, se puede pasar de un lado al otro y además está todo sucio. Ellos tendrían que encargarse de la limpieza del techo y de poner las medidas necesarias para evitar el paso de un balcón a otro?

    • Hola David,
      Habría que estudiar mejor lo que nos dices y verlo con detenimiento porque depende de lo que se hiciera y cómo se hiciera, es decir, ver si tuviste autorización para poner el techado o no y qué implicaciones tenía.
      Un saludo.

  334. Buenas tardes una pregunta. Que podemos hacer los vecinos de una comunidad? Hay un vecino nuevo que sea cambiado una nevera y la vieja la a dejado en el pasillo. De la escalera no tememos ascensor y ocupa el pasó

    • Hola Yolanda,
      Que el presidente le notifique por burofax que debe retirarla de inmediato. Si no lo hace, proceded con la denuncia.
      Un saludo.

  335. Hola tengo una casa que se ha dividido en planta baja y primera planta, la vivienda de planta baja tiene un patio de sólo uso y disfrute del propietario de la misma, no existe comunidad y el propietario de la misma quiere arreglar el patio de la vivienda, tendría yo q abonar parte del arreglo del patio o solo lo pagaría el dueño de la planta baja

    • Hola Jose,
      Si el arreglo es necesario por el mal estado en el que se encuentre, ambos debéis abonarlo. Pero si es un «capricho» por decirlo así, no puede ni siquiera hacerlo, es decir, que no puede exigir una mejora no necesaria y, por tanto, no puede realizar la obra sin tu consentimiento.
      Un saludo.

  336. hola
    les cuento por encima mi salon da a un patio interior que corresponde al edificio de al lado que es por donde se accede. Hay máquinas de aire ya instaladas que son de mi edificio y quiero instalar la mía, están obligados a darme acceso al patio para poder hacer la instalación?
    Gracias
    Felisa

    • Hola Felisa,
      En principio sí. Deben permitir que accedas para realizar la instalación.
      Un saludo.

  337. Hola ! Tengo un apartamento bajo dentro de un edificio que encima tengo un duplex. Entre las dos apartamentos,y las dos duplex hay un patio de luces.Entre los apartamentos de abajo hay un muro que los separa.En este espacio tenemos la solana privada,que esta en la escritura de la propiedad ,esta cubierta 1/4 , del techo del constructor y tenemos montado el termo y la lavadora. La comunidad pretende entrar en mi espacio privado con el motivo de hacer reparaciones. Le informo que como esta en mi uso privado esta perfectamente mantenido y cuidado, y que no necesita ninguna intervension. Aun aci el administrador insiste que si y me pone a pagar la dicha obra que nunca se va hacer. Que hago ? Dentro de la solana solo yo tengo acceso.Coresponde,la puerta de la cocina,ventana de la cocina,ventana de un dormitorio y ventana del cuarto de baño.Gracias por concejos.

    • Hola Ioan,
      Si la reparación que se requiere es necesaria para el edificio tienes la obligación de ceder el paso y realizar lo que se indique.
      Un saludo.

  338. Hola, quisiera saber si un patio interior al que solo se puede acceder desde las viviendas de dos vecinos de la comunidad, pero no se realiza ningún tipo de actividad en él, si está considerado zona comunitaria o bien privativo. O como puedo averiguarlo,

    Muchas gracias.

    • Hola Patricia,
      En el Registro de la Propiedad puedes solicitar una copia de las Escrituras de tu edificio y ahí vendrá reflejado.
      Un saludo.

  339. Buenas tardes. He comprado un atico en plano que ha empezado hace 2 meses a construirse. Descubro que la caldera de condensación será instalada en la cocina, algo muy inusual desde 1999 . Bueno en España no lo sé pero en Portugal si. La promotora me dijo que no se puede cambiar a la terraza. Ya he pagado una buena cantidad de dinero. ¿qué opciones tengo? Hay alguna posibilidad? Otra cuestión: He descubierto en otros aticos de la misma promotora que el zocalo de acceso a la terraza mide unos 28 cm de alto, lo que es un riesgo cuando vienes de la terraza para el interior de la vivienda. Me iba cayendo… Se podrá poner el suelo al mismo nível de la terraza? También me dicen que no es posible. Y mi pregunta es: Dónde están las normas de seguridad? Y mi madre que está en una silla de ruedas como la puedo llevar a la terraza? Hay alguna solución para mi caso? muchas gracias de antemano. Maria

    • Hola María,
      Somos administradores de fincas, no arquitectos ni técnicos en la edificación. Gestionamos comunidades de vecinos. Tus dudas no podemos resolverlas.
      Un saludo.

  340. Buenos dias, una.vecina.de mi comunidad tiene un.patio privado por.el.que asciende una chimenea de un.local.situado en el.bajo. Para obtener la.licencia local de apertura de ese establecimiento (asador pollos), dicho local debe ampliar verticalmente unos.metros esa chimenea, para lo cual debe acceder desde el.patio de esa vecina, la cual se niega. Ademas exige que el resto de la.comunidad le.apoyemos en su negativa. La chimenea está ahí desde la.construcción del.edificio y el local.

    Cual debe ser nuestra postura? Quien lleva razon? Que ocurre si la comunidad se niega, podriamos asumir consecuencias economicas en caso de q finalmente llevara razon el.dueño del establecimiento?

    Gracias

    • Hola Jesús,
      La comunidad de vecinos puede vetar las actividades molestas en su edificio, pero esto debería estar regulado en la Escrituras o en los Estatutos. Si al local se le permite desarrollar esa actividad y para ello requiere de una obra para la cual ha de acceder a un patio, nadie puede negarse a ello y se puede denunciar la negativa a ceder la entrada. La vecina no tiene razón con su negativa a menos que las normas de la comunidad prohíban desarrollar esa actividad.
      Un saludo.

  341. Hola, buenas tardes, aquí mi relato:

    Edificio de tres plantas: bajo: local comercial, y un primer y segundo piso
    Local comercial de 122 m2 de superficie y en unos 30 m2 de su techo, descansa la cubierta del patio de luces al que se accede a través de la primera vivienda.
    El local lo compré en Diciembre 1989, habiendo estado anteriormente varios años sin uso.
    En ningún momento, se me menciona de que el vecino había construido una habitación en el patio de luces, ni así consta, en las distintas escrituras de todo el edificio.
    En la escritura de división horizontal, dice que se rige por la LPH, pero no estamos constituidos como Comunidad. Cada piso tiene cuatro dormitorios y lindan con el patio de luces, no se hace constar que sea de uso exclusivo del propietario del primer piso, pero es por el único sitio al que se tiene acceso al mismo.
    Solicité copia simple, donde consta lo mismo que en la División Horizontal.
    Se produjeron filtraciones en el local a través del patio de luces. En unas de las intervenciones de la obra subí (hace tres años) y observé, por los planos del edificio, que en el patio de luces se ha construido una habitación, ocupando aprox. unos 15m2 del mismo, descansando por supuesto, encima de la cubierta, es decir encima del techo del local, por lo que afecta a los elementos estructurales.
    Según el propietario de la vivienda, esta obra la realizó hace más de 30 años.
    Hay que tener en cuenta que dicha obra no es visible desde ningún punto desde el exterior, excepto de la segunda vivienda, por lo que el dueño del local no ha tenido conocimiento ni visión de dicha obra.
    Las preguntas:
    ¿Con sólo el requisito de haber pasado más de 30 años lo adquiere por usucapión o también se tiene que darse, como requisito imprescindible, de ser en concepto de dueño.?
    ¿Se considera en este caso, el concepto de dueño al propietario del primer piso, por ser por el único sitio al que se puede acceder?
    El requisito de pública, ¿es imprescindible para obtenerla por usucapión, aunque haya trascurrido más 30 años?
    ¿En este caso se cumpliría el requisito de ser pública, si no hay visión desde el exterior y sin conocimiento del dueño del local ?
    La afectación a la estructura del edificio y a la seguridad del soporte de la cubierta por el peso añadido, ¿serían causa de excepción para la prescripción de los 30 años?
    Tratándose de un elemento común. ¿Se consideraría servidumbre continua no aparente, con respecto al local, el patio de luz?
    ¿Prosperaría la demanda, para que el vecino dejase el patio de luces a su estado natural.

    Gracias

    • Hola Francisco,
      Somos administradores de fincas, no abogados. Respondemos a dudas sobre las comunidades de vecinos. Tú nos estás pidiendo una respuesta jurídica a un caso muy concreto. Para eso tendrás que ponerte en manos de un abogado y, lógicamente, no es gratis.
      Un saludo.

  342. Buenas tardes, en el bloque que vivo somos 4 vecinos 1 por planta, el bajo tiene en usufructo pero no escriturado el patio al que se considera zona comun, al mismo se tiene acceso desde la habitacion del bajo y desde una puerta en los trasteros del que los 4 vecinos teniamos llave ya que se considera una salida de emergencia o de incendio.
    Desde el primer momento los propietarios del bajo cambiaron esa cerradura de la puerta desde los trasteros al patio con el impedimento al resto de los vecinos a poder acceder al mismo-con la excusa de que podian robar en su casa.
    Estos vecinos a lo largo de los años han istalado 1 cenador, una caseta metalica, mesas, sillas,plantas…riego automatico y un verano hasta una piscina.y podria seguir,
    Un vecino no quiere meterse en jaleos pq no le importa, el otro vecino vendió el piso y se marchó y el nuevo propietario no sé qué podria hacer y al quedarme sola no me atreví a denunciar.
    En veramo hacen fiesta y se quedan haciendo ruido.. estoy ya planteando denunciarlo además instalaron un aire acondicionado (los otros aparatos están en la azotea) y en vez de ponerlo en el suelo casi me lo plantan en mi ventana, es desesperante el tema.
    Por la otra fachada que no da al patio pusieron una verja en la ventana que literalmente es una escalera a mi casa ya que los barrotes son horizontales.
    Todo esto que relato lo hacen de un dia para otro sin consultar ni nada y por si fuera poco son morosos y llevan meses y meses sin pagar la comunidad por su culpa hasta nos han cortado la luz y nos han devuelto muchos recibos,
    Qué me recomienda?
    . gracias y saludos,.

    • Hola Tatiana,
      Quejarse sin denunciar no sirve para nada, así que deja de quejarte y denuncia. Y si no denuncias, al menos no te quejes. Más claro no te lo podemos decir.
      Un saludo.

  343. He comprado un bajo, en Malaga, tiene un patio de uso privativo, y hay una ventana de la escalera comunitaria, de donde pueden acceder con facilidad a este patio y al piso, es legal? Puedo hacer algo para preservar mi intimidad? Gracias

    • Hola Julio,
      Claro que es legal. Lo que puedes hacer para estar más tranquilo es solicitar que se instale una reja en dicha ventana, aunque esto tiene que ser aprobado por la junta de propietarios.
      Un saludo.

  344. Buenas tardes

    En mi edificio hay un hostal que posee los dos pios que hay en la primera planta y un bajo.
    el caso es que desde que hay nueva direccion siempre estan totalmente abiertas y cada vez que subo a mi casa por la esclera ( no tenemos ascensor) , siento que no tengo intimidad. Veo ha sus clientes y empleados trabajar, hablar o simplemente esperar a que venga alguien , La anterior dirección era mucho mas discreta.
    Que puedo hacer?? la anterir administración era más discreta.
    saludos,
    Fernando

    • Hola Fernando,
      Si un vecino quiere tener la puerta de su casa abierta no hay nada que pueda impedírselo.
      Un saludo.

  345. Hola buenas. Yo tengo patio comunitario de uso y disfrute del mismo. Cuando compré el piso hace 12 años el suelo del patio tenia una zona con cristales de pabes que eran un tragaluz para el garaje..el garaje tenia dueño pero ha estado prácticamente abandonado todos estos años, el dueño no pagaba comunidad. Y los vecinos 4 en total no querian hacer obra de los patios.
    Nosotros cambiamos el suelo del patio porque cuando llovia se encharcaba todo el suelo y me entraba agua en casa por la puerta de la cocina, el sumidero era muy pequeño, los cristales de paves algunos se movian y por seguridad decidimos taparlos. Ahota ha llegado un nuevo dueño del garaje que lo ha conprado tal cual y dice que quiere luz, que los tragaluz tienen que volver a su estado original. Y me amenaza con denunciar.
    Mi pregunta es que si el a conprado el garaje en estas condiciones puede obligarme a cambiar el suelo del patio?

    • Hola Raquel,
      Has alterado la estructura inicial y eso no lo puedes hacer, además has perjudicado directamente a otro propietario privándole de una entrada de luz. Si no tenías autorización expresa de la comunidad ni del propietario del local, posiblemente tengas un problema.
      Un saludo.

  346. Hola

    En una vivienda de obra nueva que estoy a punto de escriturar nos hemos enterado que hay un local comercial con una terraza comun de uso privativo (delimitada con una valla de obra y con acceso exclusivo del local). ¿puede el local hacer explotación económica de la terraza? ¿podría un futuro bar poner mesas y sillas? entiendo que elementos fijos no podrían poner al necesitar permiso de la comunidad.

    ¿qué podríamos hacer los vecinos para regular el uso de esa terraza? especialmente para limitar aforo, ruidos y horario de uso ¿el horario de uso de la terraza se puede regular desde la comunidad de propietarios?

    Los pisos ya estan vendidos con contratos privados (todavía sin escriturar) y el inmueble no tiene estatutos registrados. Suponemos que en caso de querer limitar la actividad por estatutos el promotor no estará de acuerdo.

    Gracias

    • Hola Fafino,
      Lo primero es ver las Escrituras de Constitución ya que en ellas muchas veces ya se contemplan los derechos de los patios vinculados a locales comerciales. No obstante, en junta de propietarios se puede regular este asunto y elevarlo a las Escrituras para que sea firme.
      Un saludo.

      • Puede el promotor crear los estatutos si ya ha vendido en contrato privado? Y si no hubiese estatutos o no llegasemos a acuerdo para crearlos?

        • Hola Fafino,
          El promotor es el primer propietario, por decirlo de algún modo, y tiene que registrar las Escrituras de Constitución en las cuales puede incluir las normas, cuotas o estatutos. Posteriormente, una vez vendidas las viviendas, la comunidad de propietarios podrá cambiar y modificar todo lo que desee siempre que exista el acuerdo necesario para ellos.
          Un saludo.

  347. Buenas tardes, en mi casa tengo un patio interior de luz por el cual los vecinos tienden su ropa, el patio esta dividido en 4 para los 4 vecinos con muro y reja solo podemos acceder vecinos por nuestras casas de forma individual
    Mi pregunta es…
    Es normal que tiendan la ropa cayendo agua y que el vecino de arriba deje caer sus sabanas en parte de mi espacio?

    • Hola David,
      Tender la ropa es lo normal y no hay problemas por ello. Un patio no es una habitación más de la casa y no se puede pretender que los vecinos no tiendan la ropa porque caiga alguna gota de agua. Eso sí, tampoco se debe tender la ropa chorreando, pero eso es más civismo y respeto que otra cosa. Por otro lado, lo que no se puede hacer es tender sábanas cubriendo parte de las ventanas del vecino de debajo. Eso sí se puede reclamar.
      Un saludo.

  348. Buenas tardes.

    En mi edificio se han realizado obras en uno de los patios de uso privativo, se ha reformado completamente, y se ha instalado un fuente. El ruido que hace es constante y acaba taladrando. Se les puede decir algo?

    Para mas información el patio pertenece a un piso que es una clínica dental. No se si cambia algo.

    Gracias de antemano

    • Hola Miguel,
      Si la reforma está aprobada por la junta de propietarios no se puede hacer nada más que reclamar por la vía civil por molestias por ruido, pero es complicado. Así que lo primero es asegurarte de que cuente con la autorización de la comunidad de vecinos.
      Un saludo.

  349. Buenas noches,

    Acabo de comprar un piso con acceso a un patio interior mancomunado. Solo el vecino de enfrente y yo tenemos acceso.

    En la nota simple pone: El piso tiene a su favor por procedencia de la finca 7065, servidumbre de luces, vistas y paso, siendo dicha finca predio dominante, y predio sirvientes las fincas nº 7062 y 7063.

    ¿Que significa que tengo a mi favor servidumbre de luces, vistas y paso?
    ¿Que tengo obligación de dejar pasar a cualquier vecino al patio a través de mi piso?

    Desconozco cuales son las fincas indicadas. He buscado en el catastro y no logro identificarlas.

    Muchas gracias y un saludo,
    Germán

    • Hola Germán,
      De todo ello te informan en el Registro de la Propiedad, no en el Catastro.
      Un saludo.

  350. Hola me he comprado un piso bajo con patio de uso privativo, el piso de enfrente se lo ha quedado el arquitecto que hizo el edificio y en la división horizontal ha puesto que se puede techar, nos podemos negar las vecinos, se puede cambiar la dh ya que también ha puesto cosas muy a favor suya y en contra de los vecinos. gracias

    • Hola Antonio,
      Para modificar las Escrituras necesitáis acuerdo por unanimidad de los propietarios. Si en la división horizontal del edificio hay aspectos que sean o puedan ser gravosos para otros propietario, también podéis denunciarlo por la vía judicial.
      Un saludo.

  351. Buenas tardes,
    Soy el propietario de un piso siendo el único con acceso al patio comunitario.
    Recientemente se ha modificado la rejilla del sumidero por requerimiento del ayuntamiento.
    La cuestión es que por el tipo de suelo del patio al llover se crea un barro verde que rápidamente colapsa la rejilla y el patio se queda encharcado con el riesgo de que entre el agua en casa o me resbale al salir al patio.
    Se que por usar el patio tengo que hacerle el mantenimiento, pero hasta que punto?
    Porque cada vez que llueve se produce este problema. Puedo pedir/exigir a la comunidad el cambio de rejilla o de cambio del suelo del patio para evitar este problema?
    Muchas gracias

    • Hola Román,
      Puedes solicitarlo con la justificación correspondiente sin ningún problema.
      Un saludo.

  352. Hola, tengo un vivienda en un edificio la cual tengo patio de uso y disfrute, solamente se accede atraves de la cocina, el patio es de 120m , puedo poner un porche acristalado de 15 m cuadrado junto a la pared ?? Gracias

    • Hola Miguel Ángel,
      De verdad, ¿has leído el post? Creo que dejamos muy clara la respuesta a tu pregunta.
      Un saludo.

  353. Buenos días, el patio interior de mi comunidad lo compartimos dos vecinos. A él solo se accedía por las viviendas de mi vecino y mía y con motivo de poner la instalación de gas, se colocó una escalera de acceso desde la escalera interior al patio. No hay nada reflejado en las actas de que cualquier vecino pueda acceder a él, aunque alguno tiene llaves. Una vecina ha comentado en reunión anterior la intención de que todos los vecinos deberían tener una llave para acceder al patio. Mi idea es que aunque se haya colocado escalera, no deberían poder acceder ya que da acceso a nuestras viviendas y no deja de ser lo que era, un patio de uso y disfrute de ambos. Yo cuando compré el piso, todo esto ya estaba hecho, pero me he leido las actas y no refleja nada en cuanto a acceso de vecinos. Tendría la ley de mi parte? También podría yo pedir las llaves de las casas de los que tienen terraza o balcón para tener acceso a ellas ya que también son espacio común?

    • Hola Ángeles,
      Si en las escrituras viene que el uso y disfrute corresponde a las viviendas con acceso (las dos que nos comentas), para que el resto de vecinos pueda tener acceso por una zona común, debe aprobarse en junta por unanimidad, es decir, que si tú te niegas, eso nunca podrán hacerlo. Tienes la Ley de tu parte.
      Un saludo.

  354. Perdón otra pregunta, se puede exigir que el resto de vecinos no cuelque la ropa sin escurrir, que no rieguen/ bañen las plantas echando la tierra y el agua al patio? parece que nos tenemos que aguantar con todo lo que hagan el resto de vecinos. Gracias por todo

    • Hola Ángeles,
      Eso ya es más complicado porque hablamos de educación y civismo. Lamentablemente falta mucho por todas partes.
      Un saludo.

  355. Hola , tengo una vivienda con ventanas al patio, que está escrito en la escritura como parte de propiedad . Quiero cambiar una ventana por puerta para tener acceso . Hace falta pedir permiso a comunidad? O solamente a urbanismo ?

  356. Buenos días,

    Tenemos un patio trasero comunitarios al cual no había acceso en un principio. Debajo de la casa había una tienda de ropa a la cual se le permitió abrir una pequeña puerta con el fin de poder recoger la ropa tendida.

    Hará unos poco años, cerró la tienda y abrieron otro comercio. Este comercio pidió a los vecinos que se le dejara utilizar dicho patio como almacén pero su petición fue denegada. El dueño, hizo caso omiso y lo está utilizando como almacén (palets, carretillas, papeleras, etc).

    ¿El dueño del local tiene derecho a utilizar el patio para tales fines con la negativa de la comunidad de vecinos?
    Si no es así, ¿Como debemos de proceder para que retire las cosas?

    Saludos,

    • Hola Juan,
      No puede utilizar el patio como almacén y menos aún con la negativa expresa de la comunidad. Podéis reclamarle vía judicial.
      Un saludo.

  357. vivo en una comunidad de casas en la que los jardines son de uso exclusivo y excluyente.cada casa tiene su trozo de jardín el cual disfruta cada uno de los propietarios de las casas, perfectamente delitimado. todas las casas tienen intimidad en su zona de jardín ya que desde la zona común de entrada a las casas, no se ve nada. Hay una casa que tiene un muro de obra alto sobre 1.85cm el cual impide que se vea su jardín y el interior de su casa, en nuestro caso había un muro medianero que separaba la parte de nuestro jardin, de la zona común de paso. este muro haria aproximadamente 1.40cm. con lo que se veia todo el jardin y el interior de la casa. comentamos con el ayuntamiento y nos dijeron que podríamos levantar el muro hasta 1.80cm. realizamos una pequeña valla que nos daba una altura de 1.75cm totales con el fin de tener intimidad.
    Hay dos vecinos que no están de acuerdo de 4 que somos y quieren que lo retiremos.
    hasta que punto estoy obligado a retirarlo, ya que la normativa del ayuntamiento lo permite y que ademas estoy buscando la misma intimidad que tienen los demás vecinos y que en nuestro caso no habiamos podido disfrutar.
    si ya hay un vecino que tiene un muro de 1.80, porque no puedo tenerlo yo tambien.

    • Hola Edgar,
      Suponemos que has instalado una valla y no un muro, con lo cual tu instalación puede romper con la estética de la comunidad. No obstante, deberías contarnos cuál es el argumento de los vecinos que se oponen ya que eso nos ayudaría a darte una mejor recomendación.
      Un saludo.

      • correcto, se instaló una valla no muy alta encima del muro que ya tenemos, con el fin de tener intimidad en el jardin y dentro de la vivienda. hay un vecino que no le gusta. en las reuniones, dos estamos a favor de mantener la valla que he instalado, ya que está bien hecha y es bonita y los otros dos vecinos quieren que la quite. principalmente uno, el otro simplemente por afinidad al que no le gusta, le acompaña en sus decisiones.

        • Hola Edgar,
          No consideramos que sea un criterio para obligar a quitar la valla aunque el concepto de «estética» es muy relativo. Nos obstante, mientras no inicien una reclamación formal para obligarte a retirar la valla no tienes por qué hacer nadad.
          Un saludo.

  358. Hola, he comprado un piso que tiene un patio de luces trasero muy grande de unos 80mt2 de uso privativo, al patio solo se puede entrar a través de mi vivienda, y resulta que hace 2 años se presentaron filtraciones que afectaban al garaje y se hicieron reparaciones. Las reparaciones que hicieron las hicieron con el consentimiento del dueño anterior pues la comunidad le imputo los gastos de las reparaciones del patio en la cubierta, pero llegaron a un acuerdo y hicieron la reparación de la cubierta con manto asfáltico, es decir, quitaron el piso de baldosas que tenia para hacer uso de este y colocaron manto asfáltico no transitable y restringieron el uso de este espacio.

    Ahora bien, las reparaciones de la cubierta no se hicieron de forma que quedara en las misma condiciones de uso que originalmente tenia dicho patio y por ello me veo afectado para hacer uso de dicho patio que me corresponde por ley.

    yo quiero rehabilitar el patio para darle uso colocando una cubierta de césped artificial para cuidar el manto asfáltico y he pedido en junta la aprobación de esta instalación, en la reunión no hubo problemas , mas que por desconocimiento supeditaron esta, a que un perito aprobara la instalación, la administración no esta muy de acuerdo con la rehabilitación, pues alegan que la compañía instaladora del manto asfáltico dejara de garantizar la obra si se rehabilita la cubierta del patio para que sea transitable.

    yo me veo vulnerado pues entiendo que la obra inicial no se hizo en las condiciones para devolver la cubierta a su estado original de completa integridad funcional.

    Mi pregunta : puedo rehabilitar este patio??? o me debo creer que no puedo usarlo pues lo han anulado de por vida?? haga lo que haga en el patio sera mi responsabilidad??? pues los vecinos quieren que no se use pero si que se limpie y se mantenga.

    Gracias por las ayudas y comentarios .

    • Hola Elace,
      Para modificar el uso del patio se requiere que sea acordado por unanimidad en junta de propietarios. Por tanto, la reparación que se hizo debe terminar cuando se restituya en su totalidad para que pueda usarse en las mismas condiciones anteriores.
      Un saludo.

  359. BUENAS TARDES. VIVO EN LA PLANTA PRIMERA DE UNA CASA, TENGO LA ENTRADA INDEPENDIENTE DE MI VECINO QUE VIVE EN LA PLANTA BAJA. ELLOS TIENEN UN PATIO INTERIOR . EN 2 PAREDES DAN LA VENTANA DE UN DORMITORIO Y UN BAÑO. EL DE ABAJO QUIERE PINTAR EL PATIO Y ME PIDE QUE PAGUE PARTE DE LA PINTURA. ¿ME CORRESPONDE PAGAR AUNQUE EL PATIO SEA SUYO? Y SI ES ASI, YO TAMBIEN TENGO UN PATIO ARRIBA DE USO PROPIO Y TAMBIEN QUERRIA PINTARLO. ¿ME CORRESPONDERIA A MI O ELLOS TENDRIAN QUE PARTICIPAR EN EL PAGO?
    GRACIAS.

    • Hola Macarena,
      Para saber las obligaciones con respecto a las diferentes zonas del edificio tenéis que iros a las Escrituras. Si ambas zonas son comunitarias, ambos tendréis que costear el gasto de la pintura.
      Un saludo.

  360. Buenas Tardes, voy a adquirir un piso que linda por el este con un patio mancomunado, este patio es de la comunidad de propietarios anexa, pero unicamente tiene acceso desde mi vivienda. No tengo reconocido el usufructo en ningun lado por lo que me gustaria saber si voy a poder usarlo y en virtud de que normativa.

    Gracias

    • Hola Antonio,
      El uso del patio estará regulado en las escrituras del edificio. Si no indica nada, cosa que sería muy extraña, entendemos que quien tiene acceso al patio tiene el uso del mismo, pero eso no asegura que puedas disponer de él libremente. Es mejor que te asegures primero de lo que establecen las escrituras.
      Un saludo.

  361. Buenos días;
    Vivo en una casa de dos pisos, yo vivo en el segundo piso, el piso de abajo lo vendimos hace algunos años a una familia, en el medio de la casa existe un patio de luces, el problema es que las personas de abajo hacen demasiado ruido y aparte padre e hijo silvan todo el día, se podrán imaginar como es de desesperante. solo existe una reja que separa las dos casa, es posibles que yo instale un vidrio o algo para aislar el ruido que estas personas hacen y vivir en paz¨?

    gracias.

    • Hola Jose,
      Lo que quieras hacer ha de contar con la autorización de los propietarios. No puedes modificar o alterar las zonas comunes sin consentimientos del resto.
      Un saludo.

  362. Hola: vivo en un bajo tengo acceso a un patio para y disfrute mio aunque es de todos los propietarios , la puerta que da acceso a dicho patio no tiene puerta es como cuarto lavadero el cual esta instalado un termo de gas con su botella correspondiente esta muy cerca de la salida de acceso al patio y algunos enseres de limpieza ect,,
    Pues hace poco mas de 10 años poco después de la entrega de la vivienda, opte por poner en la puerta una pequeña marquesina transparente y cogido sobre unos sportes de madera de 1,20 mt. De ancho y unos 0.70 mt de fon cogido a la pared con 4 tornillos de 10 m/m en la pared del edificio el motivo es para proteger un poco la entrada de las aguas de lluvia , cuando tiende los vecinos la ropa también lo mas importante de basuras y lo mas importante cigarrillos que por la proximidad del calentador de agua pueda prender fuego y origina un incendio.
    Pues bien el vecino de arriba se ha quejado al presidente y al administrador de que le perjudica pues no puede tender la ropa como el quisiera pues según el roza en la marquesina , cosa yo he colocado dicho elemento a unos 0.30 mt por debajo del nivel de mi techo cosa que no deberia llegar su ropa hasta ese nivel pues esta dentro de mi propia fachada.
    La administradora me comunica que debo de quitar la marquesina pues dice que segun el articulo 7.1 de la propiedad horizontal pues afecta y modifica la seguridad del edificio, cosa que no entiendo pues como ante dije solo esta cogido por 4 tornillos y es una contrariedad cuando la mayoria de los vecinos tienen colocado tendederos que si afectan mas la fachada del edificio y aun mas los aparatos de aire acondicionado ( unos 75 en toda la comunidad) que da a la fachada principal y ademas para su montaje tienen que perforar los muros del edificio y que yo sepa no ha habido reuniones para autorizar dichos montajes, sin mas en espera de su contestación , muchas gracias

    • Hola Juan Antonio,
      En principio deberías retirarla pero es cierto que si demuestras que lleva tanto tiempo colocada y que con anterioridad no hubo reclamaciones, es posible que el juez archive la causa y no te obliguen a retirarla.
      Un saludo.

  363. Hola buenas tardes. El año pasado realizamos una reunión de vecinos donde solicité un cerramiento ( vivo en un bajo) ningún vecino de los asistentes dijo No y consta en acta. Una vez realizado se ponen en contacto con el administrador y dicen que no es lo que ellos habían entendido. Pueden hacer que retire mi cerramiento???

    • Hola Raquel,
      El acta recoge el acuerdo y si está reflejado, firmado y entregado a los propietarios sin que ninguna lo haya impugnado, en principio no pueden obligarte a retirarlo.
      Un saludo.

      • Vale muchas gracias por la respuesta. Aún así me han dicho que en la próxima reunión quieren tratar el tema. Se va a demorar por la situación que tenemos del covid-19 pero si veo que la cosa se complica os volveré a preguntar. Un saludo

  364. Buenas!! Vivo en un bloque de 10 viviendas. Mi casa es planta baja y tiene un patio de luz de uso privativo dentro de mi casa. Por otro lado la comunidad posee una pequeña piscina con un pequeño patio que da a todas las ventanas de mis dormitorios. Yo y la vecina de arriba somos las únicas que dan nuestras ventanas a ese patio. El patio esta abandonado y la piscina si no es por mi marido y yo ni se abre. En primer lugar puedo hacer uso privativo de ese patio… Pero solo sería del patio entiendo porque es lo que da mi casa… La piscina esta al lado y esta enfrente de mi puerta de casa. Y por otro lado podría comprar ambas cosas, piscina y patio? También tengo un trozo de azotea arriba que no uso.

    • Hola Mayma,
      Por poder claro que puedes comprarlo, otra cosa es que para ello se requiere el acuerdo unánime de la comunidad de propietarios.
      Un saludo.

  365. Buenas, hace poco que tengo un piso con acceso a un patio comunitario de uso privativo.
    Hay dos cosas que me preocupan. La primera es que el estado del mismo es lamentable, años de cero mantenimiento, paredes que se caen por humedades y no hay un solo azulejo del suelo que no esté roto. El arreglo corresponde a la comunidad? Se pueden negar? El sumidero se llena de las paredes que se descomponen casi a diario…
    Por otro lado tiene un murete muy bajo, con un escalón justo delante, no es la primera vez que veo a mi hijo de 5 años asomado mirando abajo (hay dos plantas hacía abajo detrás de dicho muro), se podría elevar dicho muro aunque sea con una celosía? O poner una red de lado a lado? Se que con permiso de la comunidad pero sí se niegan y hay una desgracia? Podría pedir responsabilidad penal a la comunidad?
    Mil gracias

    • Hola Jéssica,
      La reparación de un elemento común, como es un patio comunitario, corresponde a la comunidad. Por otro lado, cualquier modificación que quieras hacer tiene que contar con el acuerdo de los vecinos. No puede haber ninguna responsabilidad penal porque tú eres la única responsable del cuidado de tus hijos y si hay alguna zona peligrosa para el niño y dejas que esté allí, la responsabilidad, obviamente, será tuya.
      Un saludo.

  366. Hola buenas,
    Desde hace poco soy propietario de un piso bajo que tiene por uso privativo una terraza de unos 40m2. El edificio tiene más de 40 años y el primer y anterior propietario utilizó esta zona común como si fuera de su propiedad. (Instaló ahí calefacción, chimenea, cobertizo y jardín)
    Ahora (que el propietario falleció y yo compre la casa)la comunidad quiere convertir esa terraza de acceso común y que yo retire todo eso.
    Mi pregunta es si puedo negarme y si mi propiedad ha adquirido algún derecho sobre esa zona después de tanto tiempo. Todo eso me llevaría mucho dinero (que no tengo) en reforma ya que tendría que reinstalar la calefacción, ponerme verjas en ventanas instalar una nueva puerta privada a mi terraza y una serie de obras.
    Muchas gracias

    • Hola Fernando,
      Si la terraza es comunitaria, aunque tú tengas el uso privativo, la comunidad puede obligarte a retirar todas las instalaciones que no fueran originales. Otra cosa es que tú puedas alegar que con anterioridad la comunidad nunca reclamó al anterior propietario y que el paso del tiempo hace que exista una aceptación pasiva de las modificaciones por parte de la comunidad. Te recomendaríamos que esperases a ver qué pasos da la comunidad y luego te pongas en manos de un abogado.
      Un saludo.

  367. Hola, un vecino dispone del patio comunitario para uso y disfrute, y se dedica a utilizar herramientas eléctricas para cortar maderas, y a darle al martillo(no se si hace bricolaje) , generando ruidos casi todos los días,incluso en días festivos….. eso entra dentro de lo que se le puede permitir a este vecino?, gracias

    • Hola Elena,
      Es un tema controvertido y bastante complejo. En principio puede hacer uso del patio pero no causar molestias al resto de vecinos. Si es algo puntual no pasa nada pero si, como dices, es algo rutinario, podéis denunciarlo.
      Un saludo.

  368. Hola, comparto patio para uso y disfrute con un vecino de otro bloque. Yo pedí permiso en mi comunidad para poner un divisor (sin necesidad de obra) y mi comunidad aceptó. Por el contrario a esta otra persona su comunidad se lo negó. ¿Podría poner esta división si no entra en el área de la otra comunidad?. ¿Podria comprar o alquilar esa parte de patio a mi comunidad y así actuar como yo quiero?. ¿Hay precios orientativos por metro cuadrado?.

    Un saludo y gracias.

    • Hola Daniel,
      Si es un patio compartido tendrás que contar con el acuerdo de los dos bloques para cualquier cambio que quieras hacer. Empieza por ahí antes de nada.
      Un saludo.

  369. Hola, vivimos en un edificio de 4 plantas, con un vecino por planta. Nosotros vivimos en el tercero y las ventanas de nuestro salón dan a una terraza comunitaria a la que se accede por la escalera del edificio. Hasta ahora los vecinos usábamos la terraza sólo para tender la ropa, pero los nuevos inquilinos del segundo piso usan la terraza para tomar el sol, beber, pasar el rato… Es como tenerlos en casa, hemos perdido nuestra privacidad. La pregunta es: dónde empieza nuestro derecho y termina el suyo?

    • Hola Marta,
      Hay que ver lo que indica en las Escrituras sobre el uso del patio. Si no se contempla nada específico, podéis regularlo en los Estatutos.
      Un saludo.

  370. Hola, gracias por la ayuda. He comprado un apartamento con un patio incluido que están terminando de construir Resulta que el patio tiene 4 ventanas, una que da a la escalera comunitaria y otras 3 al pasillo común. Le he comentado al constructor que me parece muy inseguro porque si rompen cualquier ventana acceden a la puerta de cristal de mi salón. Le he pedido que olga rejas y me dice que sí las quiero las tengo que pagar yo. ¿Son legales esas ventanas que dan a mi patio? ¿No prima la intimidad (aunque estén tapadas con vinilo) y la seguridad? Gracias de nuevo

  371. Hola, buenas tardes, quisiera hacerle la siguiente consulta. Soy propietaria de una vivienda con un patio en uso y disfrute. La tengo alquilada, y me han llamado los inquilinos para comunicarme que la comunidad de vecinos decidió en junta, a la que no asistí, que hay que quitar el césped artificial y las plantas que pusieron en el patio, alegando que eso «está prohibido». ¿Tenemos obligación de quitarlo? ¿Es cierto que esto esté prohibido? El término «uso y disfrute», ¿no significa precisamente esto, quiero decir, no sólo acceso sino también poder poner algo tan inocuo como unas plantas (entendería que me pudiesen negar algo como un acristalamiento, o algo directamente lesivo para la comunidad)?
    Muchas gracias,
    Un saludo,
    Gala

    • Hola Gala,
      Ya lo explicamos en el post. Si los vecinos no permiten que haya ese tipo de elementos en el patio, los tenéis que retirar. No queda otra.
      Un saludo.

  372. Buen día vivo en la planta baja mi hijo puso sus macetas en las ventanas que dan al área común y bajo la administradora y le dijo que quitará todas las plantas mi pregunta es tengo derecho a ponerlas no es área común?

    • Hola Adriana,
      Entendemos que no hay motivo para su retirada salvo que esté causando algún daño o perjuicio (por ejemplo al regarlas). Si no es así, espera a que realice una reclamación oficial y ver qué alega para que las tengas que retirar.
      Un saludo.

  373. Buenos días, Mi local tiene acceso por dos calles, una principal directa a calle y otra a la que se accede por el portal comuitario y el patio interior de uso privativo que comparto con otro vecino. La pregunta es ¿Es posible que la comunidad me prohiba el acceso al local por el portal comunitario y patio privativo?

    • Hola Alfonso,
      Si existe el acceso no te pueden prohibir que lo uses. Otra cosa es que lo hagas para carga y descarga de mercancías o como acceso de clientes, lo cual, lógicamente, sí que podrían prohibírtelo.
      Un saludo.

  374. Hola,
    Tenemos un patio central subdividido en varios patios a los que acceden los vecinos de los bajos comerciales del edificio. Uno de ellos es un Mesón que ha acondicionado su patio con césped artificial, macetas colgadas, mesas, sillas, sombrillas,… y lo anuncia y utiliza como una terraza para sus clientes, como una extensión del Mesón. Ni el presidente de la comunidad, ni la gestora de fincas hacen nada, a pesar del ruido y las protestas de algunos vecinos. ¿Es legítimo ese uso? ¿Qué opciones tengo como vecina?.
    Gracias por adelantado por vuestra respuesta.

    • Hola Ángela,
      Si en las Escrituras no se establece el uso del patio para dicha finalidad, puedes denunciarlo ante el juzgado para que medie en el asunto.
      Un saludo.

  375. Buenos días:

    Vivo en un segundo piso y, hace unos cuatro años, la vecina del primero techó la mitad del patio de luces impidiéndome colgar la ropa, además de concentrarse la suciedad en el tejado (no lo ha limpiado ninguna vez) y siendo el ruido cuando llueve muy molesto.

    Esta intervención la realizó sin ponerlo en conocimiento de la comunidad y, cuando lo estaba construyendo yo no dije nada por evitar un conflicto (es una señora bastante problemática). Sin embargo, según fue pasando el tiempo, la sensación de agobio se fue incrementando y lo puse en conocimiento del administrador.

    El administrador me dijo que eso no se podía hacer y que si quería que lo llevásemos a Junta Directiva. Le respondí que me lo pensaría y, justo antes del confinamiento, íbamos a llevarlo a asamblea.

    Mi pregunta es si, dado que no lo comunicó a la Comunidad y por tanto no cuenta con la autorización, puedo exigirle que lo quite debido a los trastornos que me ocasiona. Y si eso sería suficiente.

    ¿Qué puede ocurrir si se niega? ¿Puede la comunidad autorizarlo a posteriori? A mí es a la única a quien le afecta directamente al vivir justo encima. ¿Hay alguna vía para que, aunque la comunidad lo autorice a posteriori, yo pueda reclamar que lo quite? ¿Tendría que llevarlo a juicio y hacerlo a nivel particular como un conflicto entre vecinas?

    Muchas gracias por su respuesta.

    Un saludo.

    María

    • Hola María,
      Si no cuenta con autorización lo tiene que retirar. Además de la aprobación de la junta de propietarios se requiere la aceptación por parte del vecino o vecinos que se vean directamente afectados, en este caso, el suyo. Así pues, llévelo a la junta de propietarios para que se trate y conste en acta la no autorización para hacer el techado. Después, si no lo retira, se puede denunciar. Aunque también lo puede denunciar a título personal ahora mismo.
      Un saludo.

      • Buenas tardes:

        Con relación al asunto que les comenté sobre la colocación de un tejado en el patio interior sin contar previamente con la autorización de la Comunidad, me ha surgido una duda que quisiera plantearles.

        Como les comenté, las obras no autorizadas se acometieron hace cuatro años. Sin embargo, me preocupa que la señora diga que hace más tiempo de ello con el fin de mantenerlo escudándose en el consentimiento tácito. En este caso, sería nuestra palabra frente a la de ella.

        Si se diese esa situación, ¿cómo podríamos resolverlo?

        Muchas gracias por su ayuda.

        Un saludo.

        María

        • Hola María,
          Eso dependerá del Juez que llevase la causa. Podría encargarse una peritación para determinar este aspecto o requerirse justificante bancario del pago. Entramos en temas ya que escapan de nuestras funciones y son más del proceso judicial.
          Un saludo.

  376. Hola soy Manuel. Tengo un local que uno de sus tabiques de ladrillo da al ojo de patio de mi comunidad de vecinos. ¿Puedo cambiar parte de ese tabique de ladrillo por pavel traslucido para dar luz al local?. El tabique al parecer es de mi propiedad. Solo sería cambiar ladrillos por pavel, claro esta, sin ventana. El muro quedaría igual de firme solo con un hueco de 100×100 cm. de pavel para dar iluminación al local, Este muro no es de carga solo de separación del local con el ojo de patio.

    • Hola Manuel,
      Si se trata del interior de tu propiedad y no se daña la estructura del edificio, claro que lo puedes hacer. Pero no conocemos in situ la propiedad ni las características concretas así que sólo hablamos como norma general y no como un caso particular que desconocemos.
      Un saludo.

      • Se trata de un tabique que da al ojo de patio de la comunidad de vecinos desde mi local y solo quiero dar luz al local cambiando parte del tabique de ladrillos por pavel solo con un hueco de 40 x 150 cm. aproximadamente, a una altura desde el suelo de mi local de 2,5 metros, así creo que no molestaria a nadie, pero el vecino que aprovecha el ojo de patio me dice que no me deja porque no le da la gana. Esto lo necesito porque quiero cambiar el uso del local a vivienda y justo en ese tabique necesito dar luz a uno de los dormitorios, que de no ser así quedaría sin luz directa, razón por la cual no me autorizan el cambia de uso. Necesito saber si existe alguna normativa que me permita realizar el cambio de ladrillos a pavel, debido a que no daña para nada la estructura del edificio, solo es cambiar ladrillos por pavel opaco que no se pueda ver desde el local al ojo de patio, solo dar luz, además se colocaría a 2,5 metros de suelo. Espero sus consejos y me aclaren si de alguna forma pueda hacer ese cambio en el tabique sin autorización de la comunidad. Gracias.

        • Hola Manuel,
          Como te hemos indicado, no podemos dar un criterio por un caso tan concreto sin conocer in situ el edificio.
          Un saludo.

  377. Buenos días, con la llegada del buen tiempo,los vecinos del bajo, que tienen el uso y disfrute del patio hacen cenas con más invitados,las cuales terminan sobre las 2 o las 3 de la madrugada,lo cual es muy molesto. Tengo varias preguntas:
    1° según la ordenanza municipal no puedo hacer nada con el tema ruido porque hay que hacer una medición y no sé si superará los decibelios, pero se puede poner en Junta de vecinos una normativa de horarios de uso y disfrute de ese patio?somos 4 vecinos, con dos votos a favor sería suficiente? Si un vecino ,que está denunciado por impago, no aparece a la reunión que pasa con su voto, es para la mayoría?
    2° el mobiliario que han puesto, (mesas y sillas)tienen que pedir autorización a la comunidad de vecinos?
    3° nunca hemos tenido problemas con los vecinos anteriores,es la primera vez que ocurre, se puede ver en alguna ley o real decreto información sobre este tema?
    Mil gracias por ayudarnos.
    Un saludo.

    • Hola Cristina,
      El vecino moroso no tiene derecho a voto. Cuando en las votaciones hay empate de votos es difícil llegar a acuerdos y muchas veces las comunidades se ven paralizadas por ello.
      Con respecto al mobiliario, como decimos en el post, en principio no se puede tener pero también es cierto que si no perjudica a nadie a veces reclamar es más costoso que el beneficio posterior. Aún así, el uso del patio nunca puede causar problemas y si están en el mismo a altas horas de la mañana, lógicamente se causa un malestar que perjudica a los vecinos, lo cuál sí que se puede denunciar.
      Un saludo.

  378. Hola, quisiera saber si esos patios de luces, que un vecino usa con carácter privativo, y pone todo tipo de enseres, con autorización de la comunidad, y solamente ellos pueden acceder a dichos patios, ¿tributan en IBI? Gracias

    • Hola Carlota,
      Así debería ser. Pero eso tendrás que comprobarlo en el catastro.
      Un saludo.

  379. Buenas noches.
    Mi pareja y yo somos inquilinos de un bajo con terraza en la cuál, hay una rejilla de ventilación que conecta directamente con el parking. El problema es, a parte de el molesto ruido incluso a altas horas de la madrugada…se me cuela TODO el monoxido tanto en el patio como en casa..es horrible y desde luego, dudo que sea muy bueno para la salud. ¿Existe alguna posibilidad de tapar o pedir que se cambie de lugar?
    Saludos y gracias

    • Hola Jess,
      Es un aspecto muy técnico que tendrá que consultar con un arquitecto ya que hay normativa al respecto y desconocemos las características concretas de su edificio. Lo que sí le podemos decir es que, como con cualquier otro elemento del edificio, no puede taparlo o modificarlo sin autorización de la comunidad. El proceso a seguir es plantear el problema en una junta de propietarios, proponer la solución o alternativa y que los vecinos lo voten.
      Un saludo.

  380. Hola muchas gracias por el blog;

    En mi edificio van a realizar obras por deterioro estructural del edificio. Al parecer hay humedades en la planta baja y una de las cosas que quieren hacer (al margen de de reparar muros, vigas y pilares) es una ruta de ventilación que pase por el patio que yo disfruto. Puedo negarme a ello? O es obligado hacerlo por prescripción técnica?

    Saludos

    • Hola Alberto,
      Si existe una prescripción técnica, ¿cómo te vas a negar a ello? En ese caso es obligatorio.
      Un saludo.

  381. Buenos días. Ante todo muchísimas gracias por las respuestas a todas las dudas que os planteamos.

    Mi problema es el siguiente: Vivo en un primero que tiene una terraza a la que se accede mediante una puertecita de un metro de altura, ya que da a un balcón que tiene una valla de la misma altura. A la terraza se puede acceder desde mi vivienda y la de la vecina de la puerta contigua. He sacado unas sillas y una hamaca y los vecinos de los pisos de arriba me han amenazado con denunciarme ya que dicen que esa terraza no es como tal y no se puede pisar, aparte de haber prohibido usarla en los estatutos. Quité todo y he estado comprobando:

    En cadastro consta como parte del primer piso y en el plan urbanístico está catalogada como terraza. En escritura solo nombra que hay un patio (que no terraza) pero no habla de si es de uso privativo o comunitario asecas.
    El presidente de la comunidad y el gestor del edificio me aseguran que no existen estatutos ya que nunca se han redactado, por lo que por ellos estoy en lo cierto de poner unas sillas (no voy a tocar la integridad del suelo ni la fachada), pero tengo miedo de que los vecinos denuncien y acarree una multa.
    Sólo quiero poner lo que por derecho y ley pueda poner.

    ¿Que debo/puedo hacer? Muchas gracias

    • Hola Juan,
      No podemos dar una respuesta a un caso tan concreto, más aún cuando, según nos indicas, es un poco compleja la situación de esta zona y no está claro qué denominación tiene. Te recomendamos que consultes a un experto de tu zona para que pueda valorar toda la documentación y características concretas.
      Un saludo.

  382. Buenos días, tengo un piso planta baja con un pequeño patio con puerta y ventana hacia mi cocina de uso y disfrute.
    La vecina de arriba que acaba de comprar, tiende las sabanas de manera que yo no puedo ni pasar de un lado al otro del patio ,porque me llegan a la cabeza . También ha puesto la fregona de tal manera que si pasara no podría porque me roza la cabeza. Mi pregunta es: tiene ella que tender hasta una altura máxima, de manera que yo pueda disfrutar del patio? un saludo y gracias

    • Hola Particular,
      Exponga en la junta de propietarios este problema e inste a la vecina a cesar en esta conducta incívica. Estos asuntos son complicados en cuanto a soluciones a corto plazo porque no existe una legislación tan específica, pero lo que está claro es ningún vecino puede causar un perjuicio a otro.
      Un saludo.

  383. Buenas tardes. Quería consultar. Tengo en la terraza de mi ático la antena comunitaria, pero esta una altura que si no tengo cuidado me doy con la cabeza yo o
    las personas que me vienen a visitar y utilizamos la terraza. Hay alguna forma para que la comunidad no se niegue a cambiar la antena al tejado y así evitar desgracias o golpes. En caso de que hubiese un problema al estar tan baja la antena sería la culpa de la comunidad? Gracias por su respuesta

    • Hola J,
      Cambiar la antena no tiene mayor trascendencia por lo cual no se entendería que la comunidad se negase a eso. Si, además, causa una molestia, es más que necesario y obligado el proceder a cambiarla. Plantea el problema en una junta.
      Un saludo.

  384. Buenas tardes:

    Vivo de alquiler en un piso con un patio interior de uso privado. Han llegado unos nuevos vecinos al piso de arriba y han instalado un tendedero fijo para su ropa. Su instalación ha provocado suciedad en mi patio más las ocasiones en las que se les cae ropa y pinzas en el patio.

    Entiendo que esto es una molestia para mí.

    ¿Debo pedirles que quiten este nuevo elemento?

    Gracias,

    • Hola Bárbara,
      El uso de los patios interiores es precisamente ese, el de tender la ropa. Difícil vemos que puedas conseguir que lo retiren.
      Un saludo.

  385. Tengo una propiedad en la playa con vistas al mar. Mi vecina tiene bajado el toldo todo la temporada de verano, al sobresalir dicho toldo de la fachada, impide ver el mar . He hablado con ella para que lo ponga recto pero continua dejándolo inclinado. Puedo proceder a quejarme ante la comunidad para que me permita tener visibilidad?

    • Hola María,
      Por poder puedes. Pero también deberías comprobar si la comunidad aprobó la instalación de toldos y cómo. Eso es muy importante de cara a posibles reclamaciones.
      Un saludo.

  386. Buenos días,

    ¿Pueden los vecinos del bajo, hacer uso del patio interior como si de um almacen se tratase?. Me explico:
    En el patio tienen bicicletas, bolsas de basura industrial con ropa, arcones de plástico llenos de zapatos, cajas de cartón, un tendedero collado al muro medianero,….
    Vamos, que parece el «Rastro».
    Entiendo que se puedan tener algunos objetos, pero creo que tenerlo así además puede conllevar riesgo. Si cae alguna cerilla por ejemplo, podría salir todo ardiendo.
    El presidente de la comunidad comenta que como estos vecinos tienen uso y disfrute…. Pues que no va a decir nada, vamos.
    Estoy equivocada, ¿o ese no es un buen uso del patio?.
    ¿Se les puede exigir dejar el patio despejado?. Hablamos de que a duras penas se vé el suelo.
    Gracias de antemano por su respuesta.

    Saludos,

    Verónica

    • Hola Verónica,
      Respondemos a tus preguntas en nuestro post. Vuelve a leerlo.
      Un saludo.

  387. Hola.
    En los estatutos de la cominidad y las escrituras, se le otorgan el uso y disfrute del patio al bajo comercial. Cabe la mención de que el acceso a dicho patio no se hace a través del bajo, por lo que pongo en duda el que se pueda dar un uso y disfrute de una zona común a un bajo comercial por hacerlo más atractivo a la venta por parte del constructor y que los daños y reparaciones de dicho patio tenga que afrontarlos la comunidad por ser sus propietarios verdaderos..

    El caso, es que en el bajo comercial han instalado un restaurante, y en ese patio común de uso y disfrute de la propiedad del restaurante, han instalado una terraza sin pedir permiso a la comunidad de vecinos. Se es ha enviado un burofax desde la cominidad pidiendo que retiren la terraza, pero han hecho caso omiso.

    En el Ayuntamiento se lavan las manos, pues dicen que en zonas privadas ellos no tienen jurisdicción

    Es ésto legal ?

    Muchas gracias

    • Hola Particular,
      Si en las escrituras ya les conceden el derecho de explotación del patio como negocio, estaría cumpliendo la ley sin problema. Es algo bastante común, no carente de conflicto, ya que como dices, únicamente se hace para que los locales puedan venderse con mayor facilidad.
      Un saludo.

  388. Buenas tardes, me gustaría saber, aunque no se si es lugar adecuado para preguntar esto, si puede mi vecino poner un consultorio en una de las habitaciones de su vivienda cuando está causando molestias con el tlf? ya que suena sin parar todo el día interfiriendo a mi descanso desde las 8 de la mañana.

    • Hola David,
      Creo que si la única molestia es el sonido del teléfono, poco vas a poder hacer. No se puede limitar de ningún modo que a una persona la llamen más o menos veces al día.
      Un saludo.

  389. Buenos días. Compre un piso hace 5 años del cual hago disfrute hace 3, tiene un patio interior para disfrute de los 2 bajos mi vecina abrió una puerta haciendo el patio suyo y lo tiene en condiciones pésimas y al dar mis ventanas a, dicho patio no tengo intimidad al estar ella allí entrando y saliendo ve lo que hago en mis cuartos y no puedo estar comodo en mis dormitorios que puedo hacer?

    • Hola Enrique,
      Si la puerta que abrió la vecina lo hizo con consentimiento de los vecinos, habiendo sido aprobado en junta de propietarios, no podrías evitar que haga uso del patio. Si no es así, podrías denunciarlo para que elimine la puerta. Si tú no tienes puerta, puedes solicitar que de igual manera te permitan el acceso. No obstante, quien tenga acceso al patio tiene la obligación de mantenerlo en perfecto estado y, como decimos en el post, eso no da permiso para hacer lo que se quiera en esta zona. En cuando a la intimidad, bueno, es un tema complejo que no tiene una solución sencilla ya que es muy relativo.
      Un saludo.

  390. Buenas
    Soy dueño de un local bajo comercial que estoy convirtiendo en vivienda. El local tiene dos fachadas, ambas a una zona comunitaria. El caso es que hace años, la comunidad pidió poner un muro para que la zona no fuera accesible, los dueños de los dos locales (el mío y el del otro lado) aceptaron con la condición de poder hacer puertas/escaparates/ventanas etc. en acta
    Bien, tras tener ya el proyecto de obra, cambio de uso etc. aprobado y firmado por el ayt. ahora hay 3 vecinos que me piden que cierre la «puerta» que da al patio por la zona cerrada (pongo puerta en paréntesis porque es una ventana balconera grande necesaria por condiciones de iluminación/ventilación)
    El acta del muro se firmó hace muchos años y «supuestamente» la están firmando
    Espero que me puedan ayudar, gracias

    • Hola Daniel,
      Si todo fue aprobado y consentido por la comunidad hace tiempo, ahora no se puede reclamar que se quite o deshaga. No obstante, hay algunas cuestiones que no podemos confirmar como es eso de que la puerta no es puerta sino ventana grande. Como indicamos siempre, cada caso es diferente y convendría analizarlo con la documentación del edificio, actas, escrituras, etc.
      Un saludo.

  391. Buenas noches,
    Lo primero Gracias por tu respuesta.
    Hablé con el para ver si le podría, bajar el volumen al tlf, usar unos cascos o cualquier otra solución amistosa y su respuesta, siendo breve, que me tenía que aguantar. Entonces, partiedo de que se con toda seguridad que no cumple las normativas que establece la ley y que no está registrado legalmente y no querer llegar a pleitos, si con las mismas, y teniendo en cuenta que como el me dice, que son horas en las que tiene todo el derecho de hacer lo que quiera, si yo le molesto a él con música, con la tele alta o armando jaleo ¿ tampoco puede hacer nada verdad?.
    Gracias, un cordial saludo.

  392. Buenas noches, mi pareja y yo estamos mirando un piso con patio comunitario de uso privativo (solo tiene acceso desde está vivienda, y está recogido el uso privativo en los estatutos de la comunidad). Me gustaría preguntar si existe la posibilidad de adquirir en propiedad este patio, de tal forma que pudiera instalar un cerramiento/toldo y hacer uso de él ello como terraza. En caso de ser posible cual seria el procedimiento y existe alguna referencia del precio de tasación de los metros cuadrados? Muchas gracias!

    • Hola Mikel,
      Posibilidad existe, pero requieres del acuerdo de la comunidad. En cuanto al precio, tendríais que contratar a un tasador para que indique el precio, que no tiene que coincidir con lo que la comunidad pida por esta zona.
      Un saludo.

  393. Buenas noches.
    Hemos comprado un piso en una primera planta.
    En dicha planta estamos dos viviendas (A y B)
    Estas dos viviendas son el resultado de la division en dos partes de una única vivienda original.
    Con la division actual resulta que el piso que hemos comprado tiene acceso al patio interior a través de una puerta, y el otro no.
    La otra vivienda lo que tiene son ventanas que dan al patio, pero no puerta o acceso como tal.
    Sus propietarios tienen pensado abrir una comunicacion con el patio y que ese patio quede para disfrute de ambos dividiéndolo en dos partes iguales.
    No se si eso es legal y quería resolver la duda.
    Muchas gracias. Un saludo

  394. Hola,

    Me compré un piso reformada, y tengo un patio en el que la pared de medianería de la finca colindante la albardilla vierta hacia mi propiedad «robándome unos 10m2″. El piso de al lado se trata de una oficina y en este espacio actualmente está desaprovechado (almacén).

    En la escritura del piso se especifica lo siguiente:

    *Otras cargas: Servidumbre afectante al total del edificio del que forma parte esta finca: …aberturas para ventilación y toma de luz y vista, pero sin proyección al exterior, en las circunstancias resultantes de la construcción inicial del predio dominante y en beneficio solamente del aseo y del baño recayente sobre el predio sirviente que es la finca matriz de la que ésta forma parte.

    1-creo que tengo derecho a tener el patio entero para mi uso.
    2-tengo dudads cuando se habla de «las circumstancias resultantes de la construcción inicial»

    ¿Como lo veis?

    Gracias,

    • Hola Ferrán,
      Es una cuestión muy concreta que debe analizarse con detenimiento, leyendo todas las escrituras y viendo la finca en cuestión de manera presencial. Sentimos no poder ayudarte.
      Un saludo.

  395. Hola,
    tengo un local con una pequeña ventana que da a un pequeño patio de luces que es de uso privativo del vecino. Ahora me lo ha tapiado con un cristal fijo sin mi consentimiento dejándome sin ventilación.
    ¿Puede privarme de ventilación? ¿Aunque ese patio sea de uso privativo?
    donde puedo encontrar la normativa, legislacion o ley qdonde conste este derecho ?
    Gracias!

    • Hola Ana,
      La pregunta es, ¿de quién es la ventana? Porque si la ventana es de tu local, como es lógico, nadie puede taparla ni cerrarla. Puedes denunciarlo perfectamente.
      Un saludo.

  396. Hola vivo en un primer piso el bajo que tengo debajo se ha montado una carpa con su barbacoa y no respeta nada ni ruidos ni nada aparte de tenerlo todo muy dejado que se puede hacer

    • Hola Jordi,
      Entendemos que el vecino ha montado la carpa en el patio. Si es así, como indicamos en el post, podrías denunciarlo para que lo quitase.
      Un saludo.

  397. Hola buenas.
    Tengo una casa en propiedad en la ciudad de Madrid desde hace más de cinco años. Con un patio comunitario en uso y disfrute de mi vivienda. Este patio tiene un tragaluz en el suelo de cristales de pavés, que están tapados con pintura de clorocaucho, desde mucho antes que yo comprara la casa, por filtración al local de abajo.

    Nunca me han reclamado que se debía dar servicio al tragaluz, porque el local era un taller y no lo necesitaban.
    Ahora dicho local lo van a transformar en un apartamento y el dueño me dice que tengo que dar servicio al tragaluz. ¿Esto es legal? ¿Me puedo negar?

    Muchas gracias.

    • Hola Iván,
      No te puedes negar. Es un elemento común que por algún motivo dejó de ser funcional, pero eso no implica que tenga que perderse. Los problemas de filtraciones de agua se pueden solucionar de muchas formas antes de tapar directamente el tragaluz. Entendemos que resultó la solución más económica en aquel momento, pero desde luego no fue la correcta.
      Un saludo.

  398. Hola!
    Hace un tiempo ya (tendría que informarme cuánto exactamente) , mi vecino del bajo cerró y techó su patio privado comunitario para crear su intimidad. Yo, por ese entonces ,tenía mi piso alquilado y nadie me comunicó nada al respecto. El resto de vecinos ( son pocos porque el bloque es muy pequeño, concretamente 8 viviendas) , entiendo que han hecho un consentimiento pasivo por no resultar directamente perjudicados. Pero ahora vivo yo desde hace meses y no puedo tender la ropa porque cae sobre el tejado ,que dicho sea de paso está sucisimo. Encima se queja y me impone normas y horarios de uso (porque dice que no puede dormir la siesta que le molesta ) de un aparato deshumidificador que he tenido que comprar, pues tengo que tender la ropa y secarla en una de mis habitaciones. Para más inri, el edificio sufre de capilaridad y hay humedades en las casas, es decir, no puedo optar por otra opción que la del deshumidificador para no empeorar este problema con la humedad de la rooa. ¿Hasta qué punto lo puedo demandar para que quite el techado? Y es que encima se quiere justificar con que los patios interiores no son para tender. ¿Sabéis donde tiende él ? En el rellano de la última planta, otra zona común, de la que parece que se ha apropiado también. Mi pregunta es, si puedo demandarle y de qué manera y dónde tengo que dirigirme en caso de poder denunciar. Gracias, cualquier respuesta me puede ayudar!

    • Hola Noelia,
      Como bien dices al principio, debes averiguar cuándo se hizo ese cerramiento. Es fundamental en tanto que la jurisprudencia actual viene a desestimar este tipo de demandas cuando han pasado bastantes años. Si el caso fuera de hace dos o tres años (por ejemplo) podrías proceder con la denuncia en el juzgado.
      Un saludo.

  399. Muy buenas!
    Vivo en un primer piso y mi habitación da a un patio interior. Ese patio interior es utilizado por un restaurante para almacenar cajas de refrescos, sillas viejas, cubos de basura…empiezan a las 6 de la mañana y no acaban hasta las 12 de la noche. Todo el dia dando portazos(portazos que hacen temblar los muebles, sin exagerar) haciendo ruidos con cubos y botellas etc etc
    Mi pregunta es si es legal utilizar estos espacios para este uso. Soy nuevo en el edificio y hasta donde yo se el espacio del restaurante es alquilado y ese patio está cedido por la comunidad.
    Muchas gracias de antemano

    Un saludo

    • Hola Daniel,
      Si es un patio comunitario, el local no puede hacer ese uso del mismo salvo que la comunidad se lo hubiera consentido y así figure en un Acta o en los Estatutos.
      Un saludo.

  400. Hola!
    Hace 4 años compramos un bajos con patio interior y solo con acceso desde mi piso. Dentro de ese patio hay dos cuartos trasteros que ya venían con la propiedad. Además hay un árbol de naranjas. Cuando lo compramos el techo de los cuartos estaban muy desgastados y ahora peor. Por lo que tenemos miedo de que algún día se derrumbe. Mi propuesta fue cambiar todo lo viejo por lo nuevo ya que tengo dos niños pequeños. Un vecino me dijo que no podía cambiarlo que se tiene que quedar así. Entiendo que ellos tengan derecho a decirnos que no toquemos nada, pero la cuestión no es derrumbar o hacer otro cuarto sino es mejorar esos cuartos ya que de lo viejos que están temo por mi salud. Estoy en duda, de si tengo alguna posibilidad de hablar con el ayuntamiento, ya que por lo que veo mi vecino no va a querer dejarme arreglarlo nunca. Esto ya pasa a ser una cuestión de salud mía y la de mi familia. Quiero poder entrar en el cuarto con una seguridad, además de que no me han dejado arreglar nada del interior de esos cuartos y he tenido que dejarlos así de inacabados qué ni se puede dar uso de lo mal que están. Espero que me podáis ayudar en esto ya que no quiero dejarlo así.
    Un saludo

    • Hola Yadira,
      Las reparaciones y obras de acondicionamiento de las zonas y elementos comunes son obligatorias por Ley y no se pueden negar a ello.
      Un saludo.

  401. Me gustaría saber si se necesita el permiso de la comunidad para cambiar el tipo de cristal las ventanas de un patio interior («de luces»), de cristales prácticamente opacos a transparentes para dejar entrar la luz.
    Gracias

    • Hola Beatriz,
      Depende de lo que tenga establecida la comunidad al respecto. Si no se ha contemplado anteriormente, te recomendamos que primero lo consultes a la comunidad para evitar cualquier problema. No sabemos es impacto visual que pueda suponer o si algún vecino se podrá quisquilloso con eso. Así que mejor ser precavidos y pedir permiso.
      Un saludo.

  402. Muy buen articulo la verdad pero me surgen una dudas y es que en mi comunidad hace unos años tenemos un problema con los vecinos del primero ya que ambos tienen patio interior y solo desde sus domicilios se puede acceder a los patios y justo debajo de dichos patios hay bajos y en uno de esos bajos ahora hay humedades y algunos vecinos dicen que ese problema es de los que tienen el patio y yo leyendo y asesorándome creo que ese problema lo arreglar y debe pagarlo la comunidad ya que que en teoría el patio es el techo de los bajos con lo cual es comunitario pero también leyendo llego a la conclusión que ese patio aunque de uso y disfrute privado es realmente comunitario y no pueden allí montar nada (hace años antes incluso que yo viviera allí han puesto una caseta de plástico y hasta una de hormigón y bidones y mas cosas) y eso no lo pueden hacer sin el permiso de la comunidad entiendo yo(en el libro de acta de vecinos nunca se les autorizo a ello) y otra duda es si ese patio al final es comunitario si la comunidad necesita ese espacio(como por ejemplo para poner un ascensor ya que por el interior no es viable o es mucho mas costoso) si aunque no estén de acuerdo los vecinos del primero la comunidad al ser dueño del patio puede utilizarlo.

    • Hola Alejandro,
      Vamos por partes. Si hay filtraciones de agua es porque existe un problema de impermeabilización del patio y, por tanto, se trata de un problema estructural del que tiene que responsabilizarse la comunidad, con independencia de que el uso y disfrute corresponda únicamente a un vecino.
      En cuanto a los enseres y demás elementos privativos colocados en la patio, ya respondemos en el post a eso.
      Lo del ascensor es más complejo. Evidentemente el patio no es de uso comunitario y, por tanto, para usarlo para la instalación de un ascensor, habría que compensar económicamente al vecino del patio, ya que, aunque no se propietario del mismo, el derecho de uso y disfrute aumenta el valor de la vivienda y se refleja en las escrituras, aspecto que habría que modificar, para lo cual se requiere acuerdo por unanimidad. Como decimos, es algo más complejo.
      Un saludo.

  403. Buenas, tengo una casa de dos plantas mas azotea, la azotea esta cerrada con un pretil de obra a una altura de 1,30m., la antiguedad de la casa es de 1998, una parte de pretil da al patio de un vecino, este vecino ha levantado justo a la altura de mi pretil y apoyado en mi fachada un lucernario, el patio no es mio pero el ibi de ese patio esta en mi catastro y ahora el vecino me exige que levante mi pretil porque le quito intimidad. que puedo hacer?… tendria que levantar ?? o por los años que tiene la vivienda no tiene ese derecho que el cree??

    • Hola María,
      Su vecino no puede exigirle nada. Si el patio es comunitario, corresponderá a la comunidad decidir qué modificaciones se pueden o no se pueden hacer.
      Un saludo.

  404. Buenos días,
    Acabo de comprar una vivienda con terraza privada de obra nueva. La terraza tiene un grifo pero debajo de ese grifo hay baldosa. Mi pregunta es si por ley no deberían de haber puesto un sumidero debajo de ese grifo para sacar el agua restante.
    La terraza tiene unas salidas de agua pero quedan lejos de ese grifo.

    Un saludo y gracias de antemano.

    • Hola Maite,
      Somos administradores de comunidades de vecinos, no arquitectos municipales. Consulta a un técnico sobre la normativa de edificación.
      Un saludo.

  405. Buenos días y muchas gracias de antemano por todas las respuestas que he estado leyendo.

    Hace 6 años compramos un entresuelo con un gran patio, debajo hay el aparcamiento de la finca. El patio está a dos alturas: la parte más grande a nivel de nuestro piso y otra al cual se accede con tres escaloncitos (es para que la rampa del párking de debajo tenga espacio). En este segundo nivel los anteriores propietarios hace muchos años (mínimo ya debe de hacer 30) pusieron un trastero de aluminio de 20m2 anclado/siliconado en el suelo y nunca ningún vecino se ha quejado (no tapa luz ni mucho menos, solamente quita las vistas de dos ventanas de un piso del edificio de al lado, que se construyó mucho después de que este trastero estuviera construido). Poco a poco, siempre pidiendo persmiso a la junta, hacemos mejoras en el patio y lo tenemos arreglado y limpio.

    mi pregunta es: Dentro de un tiempo nos gustaría actualizar el trastero. No desmontarlo, sino cambiar las ventanas y ponerle paneles de madera para hacerlo más acogedor. Está en buen estado pero estéticamente no es bonito. Pidiendo permiso a la comunidad, ¿se podría hacer?

    y mi segunda pregunta: Si algún día se tuviera que cambiar el suelo de todo el patio porque hubiera filtraciones hacia el párking, por ejemplo, ¿La comunidad se tendría que hacer cargo del desmontaje de dicho trastero para arreglar el suelo y después volvérnoslo a montar? Ya que han pasado mínimo 30 años desde que está allí…

    Espero haberme explicado. Muchísimas gracias.

    • Hola EsthRB,
      Nos planteas un cuestión algo compleja y de no fácil solución.
      Siempre recomendamos pedir permiso a la comunidad para hacer cualquier modificación. Ese «trastero» podría ser fuente de conflicto por mucho que lleve 30 años. Si hubiera que desmontarlo para reparar el suelo, por un lado cabría pensar que la empresa encargada de la reforma debería quitarlo y dejarlo, posteriormente, en su mismo estado, pero claro, hablamos de un elemento que no debería estar allí y, por tanto, se podría eximir a la comunidad de asumir ese gasto. Incluso se podría solicitar que no se volviera a colocar.
      Como decimos, es bastante complejo y la mejor solución pasa por la buena fe de los vecinos.
      Un saludo.

      • Muchísimas gracias por la respuesta. Esperemos que todo salga bien ^^ Eso sí, quien no se podría quejar es el vecino del edificio de al lado, ¿no? Muchas gracias de nuevo.

  406. Buenas tardes,

    comento mi caso.

    Somos una comunidad de 8 vecinos, en el terrado hay 6 lavaderos que corresponden a las plantas superiores, los bajos no disponemos de ellos, así que nuestras lavadoras están en nuestros respectivos patios de luces. Ha llegado a mis oídos que los vecinos nos quieren hacer quitar las lavadoras de ahí y he mirado en mi escritura a ver que pone, en ella pone que tiene «x» metros cuadrados distribuidos en diferentes estancias y «lavadero en patio de luces», cómo he de interpretar esto? Significa que el patio de luces es mi lavadero y que SI puedo tener ahí mi lavadora.

    Gracias.

    • Hola Eva,
      ·Lavadero en patio de luces» significa eso, que los lavaderos están en los patios de luces. Pero eso no es lo mismo que «el patio de luces sea el lavadero». No sé si ves la diferencia de significado. La primera afirmación indica dónde se encuentra el lavadero, la segundo afirmación dice cuál es el uso del patio. No es lo mismo.
      Un saludo.

  407. Buenos dias, tenemos un bajo con patio que use y disfrute de el, quiere que le cambiemos el sumidero porque dice que no pasa bien el agua, el anterior propietario hará 10 años como mucho hizo en ese patio 2 habitaciones techadas, mi pregunta es? podemos decirle que eso lo debe quitar aunque sea otro propietario? la comunidad esta obligada a cambiarle el sumidero?. graciasss

    • Hola Elsa,
      El sumidero, al igual que el resto del patio, ¿de quién es propiedad? De la comunidad, por lo que las reparaciones le corresponden a la comunidad. Las modificaciones posteriores, si no cuentan con autorización de la junta se pueden reclamar para su retirada, pero si llevan muchos años y nadie se ha quejado es posible que ningún juez autorice la retirada.
      Un saludo.

  408. Buenas, vivo en una comunidad de pisos cuyos bajos son 3 casas adosadas con puerta de acceso independiente, tienen sus 3 patios respectivos donde sólo ellos pueden acceder. Hasta el año pasado no nos enteramos que esos patios pertenecían a la comunidad porque ellos lo utilizan como si fuesen de uso privado, instalando cerramientos, juegos para niños y otros elementos. El problema vino el año pasado cuando montaron la piscina de bastante capacidad y un vecino se quejó por ello, estos vecinos de las casas pidieron sacar el proyecto del edificio para ver si el patio puede soportar el peso de la piscina pues montan encima de las cocheras de uso común, después de leer sus comentarios, entiendo que el uso que se está haciendo en esos patios es totalmente inadecuado y además el proyecto nos lo han hecho pagar entre todos los vecinos porque nos decían que era algo de interés común, es esto así? Muchas gracias

    • Hola María,
      Evidentemente es un abuso total lo que han hecho. Ese estudio es absurdo y en todo caso deberían haberlo pagado ellos pesto que son los interesados en montar una piscina, que dicho sea de paso, se podrían retirar si los vecinos quisieran al ser comunitarios (aunque de uso privativo).
      Un saludo.

  409. Buenos días,

    Tengo una cuestión sobre un patio interior al que sólo se puede acceder desde mi vivienda y, además, con dos escaleras de mano, pues las ventanas están a una altura de casi dos metros y no hay puerta. Nos piden que nos hagamos cargo de la limpieza y mantenimiento, cuando ni siquiera tenemos acceso directo y cuando el resto de vecinos que tienen otros patios sí que lo tienen y pueden hacer uso privativo de ellos.

    Es un piso de alquiler y en nuestro contrato no aparece nada específico sobre el tema, ¿tienen derecho a pedirnos eso sin si quiera dejarnos abrir un acceso que, además correría por nuestra cuenta, como les hemos dicho muchísimas veces?

    Muchas gracias.

    • Hola Ana Lola,
      No pueden exigiros la limpieza del patio si no tenéis acceso a él. Al ser comunitario, es la comunidad quien debe correr con esa responsabilidad y gasto.
      Un saludo.

  410. Puedo ampliar un poco una ventana q al patio comunitario, del q yo disfruto? O cambiar parte de la pared por pavés, para tener mas luz?

    • Hola Kenza,
      Las modificaciones de ese tipo deben contar con la autorización de la comunidad de propietarios.
      Un saludo.

  411. Buenas, mi consulta es la siguiente; Compramos hace 5 años un primer piso en una comunidad de 8 vecinos, las tomas de agua de todos los vecinos pasan por el patio de luces y para poder acceder a ellas tienen que abrir una ventanita que hay en cada rellano. Quería preguntar si puedo obligar a la comunidad a sacar la llave de paso a la escalera por temas de privacidad, ya que cuando abren la ventanita se tiene visión a la ventana del dormitorio principal que da a la coladuria, la cual no tiene cerramiento.

    • Hola Sankichi,
      Puedes solicitarlo, pero no puedes obligar a que se realice.
      Un saludo.

  412. Buenas tardes,

    Hace poco hemos comprado un piso con un patio comunitario, que en teoría, y lo digo pk así nos lo vendieron y tenemos los anuncios, era de uso privativo. El patio se encontraba en mal estado y hablé con la comunidad para ver si se hacían cargo del arreglo del mismo y se negaron. Decidimos arreglarlo nosotros de nuestro bolsillo, pero el suelo del patio era de pavés. Tras hablar con el dueño del local k es el único al k esto le proporciona luz, nos comenta que si lo queremos enlosar lo hagamos pk ellos no quieren el pavés para nada. Procedimos a hacerlo y ahora, el único vecino que ve el patio, nos quiere denunciar por no poner pavés. Es una comunidad de 6 vecinos a los k , por no vivir allí y, por negarse la administradora a facilitarnos los teléfonos por la ley de protección de datos, no hemos podido avisar. El patio ha sido de uso privativo durante 50 años y nosotros sólo queríamos arreglar la peligrosidad k implicaba puesto k nunca se había arreglado. Cómo deberíamos proceder? Nos ampara alguna ley? Tenemos algún derecho? Muchas gracias

    • Hola Auxi,
      No podéis modificar el patio libremente sin autorización de la comunidad. Si procedéis con alguna reparación por vuestra cuenta, ha de quedar en el mismo estado que se encontraba.
      Un saludo.

  413. Buenas tardes! Llevo 7 años viviendo en una comunidad de vecinos. Mi piso es de propiedad. El edificio es de 2007. Desde que estoy viviendo ahí llevo poniendo una piscina portátil y nunca me han dicho nada. Mi terraza mide unos 50m2 y me he informado que el peso que se puede poner es de 300kg/m2. El otro día la monte como todos los años y me pica la presidenta que no puedo llenar la piscina porque están saliendo grietas en el parking, que solo la puedo llenar hasta la mitad. Han convocado una reunión extraordinaria porque supongo querrán que la quite o que no llene. Pueden hacérmela quitar o negarme a que la llene? Gracias espero su respuesta.

    • Hola Cristina,
      La piscina debería llenarse únicamente como unos 20/30 cm. Más de eso supone la posibilidad de dañar la estructura. Si la terraza es comunitaria pero de uso privativo, sí que te pueden obligar a retirarla.
      Un saludo.

  414. Hola buenas vivo en un bloque de viviendas en el primer piso. Tenemos un patio de luces al que dan las ventanas de mi casa y del vecino. La entrada está realizada por una zona común del edificio. En los escrituras no dice nada de el uso del patio. En una reunión de portal se acordó que la llave de esa puerta solo la podíamos tener nosotros y a raíz de eso lo llevamos limpiando 11 años. Se podría considerar privativo??

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