La Ley antideshaucios andaluza, inconstitucional

En 2013 el Parlamento Andaluz aprobó una ley para regular las expropiaciones forzosas de pisos vacíos en propiedad de los bancos con el fin de garantizar una función social de las viviendas. Dicho de otro modo, permitía que los pisos que habían pasado a manos de las entidades financieras fruto de embargos por impagos, fueran a su vez confiscados por la Junta para crear una base de viviendas con alquileres sociales para familias necesitadas.

DesahucioAhora el Tribunal Constitucional ha paralizado el desarrollo de esta normativa al considerar que invade las competencias que son propias y exclusivas del Estado, dentro de la planificación general de la actividad económica y que, por tanto, entorpece la eficacia de las medidas puestas en marcha por el Gobierno Central. Y es que el Estado ya actuó en esta línea creando una serie de medidas para proteger a los deudores hipotecarios y promover el mercado hipotecario con la constitución de un fondo social de viviendas propiedad de los bancos.

Por este motivo, las Comunidades Autónomas no podrán adoptar medidas unilateralmente que afecten a este mercado, aun cuando les correspondan las competencias en materia de vivienda.

Pese a que la norma andaluza estaba paralizada desde principios de este año, ya se habían tramitado varios expedientes e incluso se habían adjudicado un par de viviendas que estaban en posesión de una entidad financiera.

En cualquier caso, cabe señalar que este fallo del Constitucional sienta jurisprudencia y da al traste con las intenciones de los nuevos partidos políticos que, tras las recientes elecciones, pasarán a gobernar muchas de las autonomías del país y que llevaban en sus programas electorales medidas parecidas a la andaluza.

One thought on “La Ley antideshaucios andaluza, inconstitucional

  1. Completamente de acuerdo, esperemos jurisprudencia y que los partidos políticos generalicen medidas buenas.

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