Errores en el acta

CorregirLa redacción del acta de cada reunión es una tarea encomendada al Administrador/Secretario de la comunidad o, en su defecto, al Presidente. Si bien cabe pensar que el acta debe ser un reflejo fiel de cuanto acontece en una junta de vecinos, lo cierto es que la Ley de Propiedad Horizontal, al margen de los aspectos más técnicos, obliga únicamente a reflejar los acuerdos adoptados, es decir, que no es necesaria la redacción exhaustiva de todo lo que se ha debatido en cada uno de los puntos del orden del día.

Así pues, hay una serie de elementos, dentro de cada acta, que pueden denominarse como esenciales, dada su obligatoriedad y su importancia en tanto que condicionan el resultado o la validez de los acuerdos alcanzados.

Son, pues, susceptible de subsanación los defectos o errores que puedan haberse producido en la redacción del acta siempre que afecten a esos aspectos esenciales. Por ejemplo, la omisión de asistencia de algún propietario, un fallo en el conteo de votos o la falta de la fecha de celebración de la reunión.

Cuando se detecta un defecto o error, hay que solicitar la subsanación del acta y ésta debe ser ratificada por los comuneros en la siguiente junta de propietarios, que recordemos es el máximo órgano de gobierno de la comunidad y la única con capacidad para proceder con la rectificación.

Si se denegase la corrección, el promotor de la solicitud podrá proceder a impugnar el acuerdo de no rectificación mediante la correspondiente acción judicial contemplada en la LPH. De este modo, será el juez quien determine si procede la subsanación o no.

Como ya hemos indicado, lo realmente relevante es que el acta recoja el acuerdo aprobado, la participación y la votación de los propietarios, sin que haya obligación de reflejar todos y cada uno de los comentarios. Por lo tanto, los errores que realmente son susceptibles de rectificación serán aquellos que condicionen o perviertan la realidad de los acuerdos adoptados o invaliden el acta por carecer de alguno de los aspectos esenciales establecidos en la LPH.

12 thoughts on “Errores en el acta

  1. Quería cambiar el solado de la terraza que está muy roto y me exigen que ponga el mismo que pusieron hace 25 años basándose en que según la legislación de propiedad horizontal párrafo 7 está prohibido.
    Les agradecería me informen al respecto para tener la seguridad de que hago lo correcto.
    Muchisimas gracias

  2. Buenas tardes. En mi comunidad se les está dando un aguunaldo a tres trabajadores de empresas contratadas por nosotros, al hijo de un vecino se le paga por mirar los contadores del agua y al presidente y vicepresidente de mes para el teléfono con una cuota fija y sin factura. ¿esto es legal?. También nos ha dicho el vicepresidente que pagamos facturas sin IVA

    • Hola Carol,
      Si lo preguntas es porque ya te imaginas que no es legal. Toda remuneración económica por desempeñar una labor que no esté debidamente fiscalizada es motivo de ilegalidad. Lo mismo que la facturación son IVA.
      Un saludo.

  3. Hola!!
    Tenemos administrador y ahora hemos tenido unos problemillas con el. Le hemos pedido el libro de actas y la sorpresa es que la última acta me pone como presidenta sin tocarme y sin avisarme. Los cambios se hacen por planta y pisos. Le he pedido que rectifique y me da largas. Qué pasos o que tengo que hacer?
    Gracias

    • Hola Pepi,
      Si no estáis de acuerdo con la gestión del administrador, lo que podéis hacer es convocar una reunión para destituirle del cargo. Además, si tú eres la presidenta, lo tienes fácil porque la convocatoria la puedes realizar tú misma.
      Un saludo.

  4. Hola,
    Casualmente en el conteo de votos para alcanzar los 3/5 del coeficiente de participación de los propietarios, el administrador, que presuntamente se llevará comisión de la instalación de la piscina y el contrato de administración de la misma, ha contado un voto de un deudor a la hora de sumar dicho %, en contra del articulo 15 apartado 2, donde el deudor tendra voz, pero no voto, ni podrá ser contado, de este modo han alcanzando esos 3/5.
    Como se debe proceder, denunciar ante el colegio de administradores, se subsana el error y queda NO aprobada la instalacion de la misma?
    Entiendo que ya no se repité, sino podriamos estar votando hasta que gane el SI.

    Gracias!

    • Hola Piñonero,
      En primer lugar, los colegios de administradores no son ni oficiales ni profesionales, con lo cual no van a actuar en contra de nadie, sencillamente porque no tienen autoridad para ello.
      Lo que sí que podéis y debéis hacer es impugnar el acuerdo y con ello, el acuerdo quedaría sin efecto.
      Un saludo.

  5. Buenas tardes:

    Una consulta. En la celebración de una junta general ordinaria (anual) es posible que un familiar del propietario, que vive de forma permanente en el inmueble porque está empadronada pueda votar? Entiendo que tan solo los propietarios pueden otorgar representación. Pero para más lío, puede este familiar de propietario autorizar a otra persona a que lo represente la Junta).

    ¿Es esto motivo para impuganar el acta? Si la respuesta es negativa, ¿es posible solicitar la subsanación del acta por defectos en la participación y en la votación de los propietarios sin necesidad de acudir judicialmente?

    Muchas gracias

    • Hola Ana Mari,
      El familiar tiene que contar necesariamente con la representación por parte del propietario y presentarla en la junta de propietarios, ya no para poder votar, sino para poder siquiera asistir a la junta. Si no tiene esa representación, no puede vota, como es lógico y su voto no debe ser computado. Si su voto ha sido decisivo en algún acuerdo, sí que habría que impugnarlo. En caso contrario, bastaría con una subsanación del acta.
      Un saludo.

  6. Hola,
    La administradora de nuestra comunidad ha hecho unos arreglos al interior del mirador de su casa. La factura de 2973 € está a su nombre pero lo ha pagado por la cuenta de la comunidad.
    Ahora, porque le he dicho que no es legal, quiere dejar la administración.
    Como se puede solucionar el tema?
    Un saludo,
    Mihaela

    • Hola Mihaela,
      Eso se soluciona yendo al juzgado y poniendo una demanda por apropiación indebida.
      Un saludo.

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