El fraude de los Administradores sin facturas

En multitud de ocasiones, nos encontramos Administradores de Fincas que utilizan el precio como única herramienta para competir en el mercado, olvidando la calidad o la profesionalidad de los servicios que ofrecen. Este recurso de “bajar los precios” para conseguir clientes denota una falta de formación empresarial que lamentablemente termina en el incumplimiento de las leyes, el fraude y la corrupción. Es el caso de los Administradores que no realizan facturaciones correctamente.

IVA¿Qué es el IVA?

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es una carga fiscal que incrementa el precio en toda transacción comercial, ya sea de bienes o servicios. Por lo tanto, es un impuesto indirecto que se aplica sobre el consumo.

¿Las comunidades de propietarios tienen que pagar IVA?

Sin ninguna duda, SÍ. Las comunidades de vecinos actúan como un consumidor más, por lo que deben pagar el IVA de todos los servicios de que dispongan.

¿Hay actividades exentas de IVA?

Efectivamente existe una serie de actividades que no son gravadas con este impuesto, aunque la lista es muy reducida. Son las siguientes:

-  Servicios de Docencia: Educación reglada, enseñanza de idiomas, formación y reciclaje profesional.

-  Servicios Médicos y Sanitarios.

-  Servicios Profesionales prestados por Artistas (escritores, compositores, traductores).

-  Servicios de Seguros y Reaseguros.

-  Servicios de Mediación prestados por personas físicas en operaciones financieras exentas.

-  Servicios de intervención de fedatarios públicos en operaciones financieras exentas.

-  Entrega de sellos de correos y efectos timbrados.

¿Los Administradores de Fincas deben cobrar el IVA?

Sí. Toda persona que de modo profesional y con los requisitos necesarios se dedique a la administración de fincas debe facturar por sus servicios, por lo que deberá proceder a liquidar a la comunidad que administra los honorarios que devengue con IVA y la correspondiente retención de IRPF, según los tipos vigentes.

¿Por qué hay Administradores que no dan facturas?

El Administrador que no entrega factura por sus servicios es posible que no esté declarando esos ingresos, de manera que obtiene unos beneficios mayores que si los declarase. Literalmente, está creando dinero negro y contribuyendo al aumento de la economía sumergida.

En el título XIV del Código Penal se regula este tipo de delitos denominados “delitos contra la hacienda pública”.

¿Qué repercusión tiene que un Administrador no entregue su factura?

Cuando no se entrega la factura por el servicio prestado se comete un fraude fiscal. Además, al carecer de factura, el cliente (en este caso la comunidad) carece de prueba legal de haber recibido el servicio, con lo que no cuenta con garantía alguna que le posibilite una reclamación por mala praxis. Es decir, que cualquier mala gestión por parte del Administrador saldría totalmente impune.

Desconfíe de un profesional que, estando obligado a presentar sus facturas con el IVA perfectamente desglosado, no le da factura o le da un importe total sin separar cada cantidad.

Recuerde que si no quiere ser cómplice de un fraude fiscal debe combatir esta mala práctica rechazando a los administradores que no les hablen de IVA.

208 thoughts on “El fraude de los Administradores sin facturas

  1. Soy miembro de una Comunidad un tanto problemática y tengo previsto tomar medidas acerca de la forma que presenta los gastos propios el administrador, que no quiere enseñar sus facturas, en realidad actúa en nombre de una sociedad limitada.
    Pregunta: suponiendo que sus devengos en principio sean 3000 euros al año; ?cual es el coste real para la comunidad con los incrementos y demás impuestos de hacienda? y que modelos se deben utilizar ? ?cuales son las obligaciones del administrador con hacienda¿ gracias.

    • Hola, gracias por tu consulta.

      En primer lugar, indicarte que el Administrador debe mantener una buena transparencia en cuanto a su gestión y si cualquier vecino solicita que en una Junta se cotejen los gastos con las facturas que la comunidad está pagando, así debe hacerlo sin objeción alguna.
      Con respecto a la facturación por los servicios del Administrador, éstas deben seguir el mismo criterio de transparencia de cara a los propietarios de la comunidad y por tanto está obligado a mostrarlas cuando se le soliciten.
      Los Administradores de Fincas están obligados por Ley a facturar por sus servicios incluyendo impuestos y retenciones (cuando sean necesarias). Es decir, que en cada factura que emita se debe reflejar el coste de su servicio y el incremento de IVA correspondiente. En el caso que comentas, si el coste anual por sus servicios es de 3.000 euros, a esto debería sumársele el IVA correspondiente (21%), 630 euros más, por lo que la comunidad debería pagar por el Administrador 3.630 euros. De no hacer este desglose en la facturación, se está incurriendo en un delito contra la Hacienda Pública, estipulado en el Título XIV del Código Penal.
      Además, todos los gastos superiores a los 3.005,06 euros, según la última reforma que afecta a las Comunidades de Propietarios, están obligados a reflejarse en el modelo 347 de operaciones con terceros.
      Por lo tanto, un Administrador tiene las mismas obligaciones con la Agencia Tributaria que cualquier otra empresa de venta de bienes o servicios.

      Esperamos haber resuelto tu duda.

      Un saludo

  2. si la mayoria de la comunidad no quier pagar el IVA que pueden hacer la minoria

    • Por mucha mayoría que lo decida, no pagar IVA es un delito. Cualquier vecino puede impugnar el Acta y los acuerdos de esa reunión ya que son contrarios a la Ley.
      Un saludo

  3. Lo de las facturas no tiene ninguna importancia porque son muy fáciles hoy en día de falsificar. Lo que hay que exigir al administrador es el documento de pago. Los pagos deben hacerse principalmente por transferencia o en su caso con cheque nominal y cruzado, nunca al portador o sin cruzar. Lo que hay que pedir es la copia del cheque y acceso a la cuenta del banco.
    Si quereis saber lo que son problemas con un administrador y la camarilla que lo sistiene, echad un vistazo a este blog

    • Hola agradeceria que me envies tu respuesta a mi correo . He tenido la desgracia de darme cuenta de las irregularidades que aparecen en las cuentas de la comunidad y el Administrador de Fincas se ha negado a aclarar las cuentas con los ingresos y gastos reales de la cuenta del Banco de la comunidad,pedi la ayuda del colegio y me la nego y lo denuncie en la Fiscalia Anticorrucion pensando que lo investigaria no investigo.

  4. Hola,he encontrado por casualidad este blog y como fui presidente de mi comunidad en el año 2014 tengo esta duda:
    Los gastos de mi comunidad fueron los que voy a poner mas adelante y la duda es que si hay que hacer la declaracion de la renta al llegar a los 3000 euros del total de los gastos o solo de una parte de los gastos(ascensor,limpieza,etc).
    Gracias.
    Gastos anuales:
    -ascensor 862 euros
    telefono 301 euros
    limpieza 1005 euros
    extintores 44 euros
    antena television 554 euros
    seguro 840 euros(no cuenta para los 3000 euros)
    agua 124 euros(no cuenta para los 3000 euros)
    luz 1900 euros(no cuenta para los 3000 euros)

    • Buenas tardes,
      En primer lugar, indicarte que no hay que hacer la declaración de la renta, sino presentar el modelo 347, que es una declaración anual informativa de operaciones con terceras personas. Por tanto, este modelo sólo debe ser presentado por aquellas comunidades en las que alguno de sus proveedores les haya facturado más de 3.000 euros, pero no el total de los gastos, sino un solo proveedor. Por tanto, en el caso que nos expones no sería necesario.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo

      • Muchas gracias por contestar tan rapido.Lo has explicado muy bien y me has ayudado en la duda.
        Un saludo !

  5. Hola, en mi caso como en el de Jose Antonio, he sido presidente de comunidad en 2014, y los gastos fueron (a parte de 15.291€ en gasoil de calefacción (que en algún diario he leído que no entraría en dentro de lo que hay que declarar):
    – Limpieza: 1.217€
    – Mantenimiento y reparacion de caldera de calefacción: 2.400€
    – Seguro: 2.110€
    – Televisión 797€
    – Agua: 70€
    – Gastos bancarios 140€
    – Luz 1.100€
    – Portero automático: 40€
    – Reparación tejado: 418€
    En este caso, qué pagos están sujetos a que los tenga que declarar?
    Muchas Gracias,
    Héctor Otero

    • Buenos días,
      Como ya hemos dicho con anterioridad, sólo hay que declarar en el modelo 347 el gasto cuyo servicio haya sobrepasado los 3.000 euros. En la lista que nos expones ninguna partida supera esta cantidad con lo que no tienes la obligación de declararlas. Sin embargo, si el gasóleo para la caldera siempre os lo factura la misma empresa, éste sí que debe ser declarado.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo

  6. El Admtdor de mi comunidad nos explicó que estaba pagando facturas de distintas obras (+20.000€) sin IVA, porque así se «estiraba» más el dinero pero que no iba a constar esta operativa en Acta porque sabe que es ilegal. Yo no estoy de acuerdo ¿que puedo hacer?

    • Buenos días,
      Lógicamente es una práctica totalmente ilegal y que, además, posiblemente esconda comisiones en favor del administrador. La acción más rápida y efectiva es denunciar ante el Juzgado. Recientemente se ha condenado a algún administrador en España por realizar este tipo de acciones, por lo que siempre recomendamos que se denuncien a aquellos que no cumplen con la legalidad vigente. Son una lacra para el sector y para el resto de la sociedad.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo

      • Muchisimas gracias por la rapidez en su respuesta. He olvidado decir que los trabajos ejecutados han sido por cuenta de empresas propiedad del actual Presidente de la Cdad, con lo que desaparece la posibilidad de obtener documentación de todo y la Junta de Gobierno es conocedora de todo ello ¿eso les implica judicialmente a ellos?
        Gracias nuevamente

        • Le recomendamos que se ponga en manos de un buen abogado porque es un caso grave. La demanda puede hacerse a las tres partes implicadas, de hecho es nuestra recomendación. Denunciar a la Cdad. de Propietarios, a la empresa/as del Presidente y al Administrador. El principal problema es conseguir las pruebas, pero si hay constancia de los movimientos bancarios por los pagos de estos trabajos, pueden serle útiles.
          Un saludo

  7. El administrador de mi comunidad es una C.B. y en los gastos generales nos factura por sus honorarios 4.882,20€ mas 1.297,80€ de I.V.A. mas otros 1.297,80€ por retenciones I.R.P.F. Mod. 111 por el ejercicio 2014. Adviertan que los porcentajes son del 26,58%
    Pregunto, esto es correcto, normal o legal?
    Gracias anticipadas por su respuesta.

    • Hola Manuel,
      Obviamente los porcentajes no cuadran con los vigentes de IVA e IRPF, pero si esos datos los has obtenido del balance anual, es posible que en las partidas de gasto no sólo se incluya el IVA e IRPF de sus facturas, sino que corresponda a algunas otras. Para salir de dudas, deberías pedirle al administrador que te facilitase una copia de las facturas que os ha remitido durante el año o el resumen desglosado, pero en el que figure únicamente sus servicios.
      Si quieres que lo estudiemos con más detenimiento, envíanos escaneados los documentos a info@comunadis.com y los analizaremos sin ningún compromiso.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

    • Hola Manuel,

      No es ningún error, simplemente que el administrador desglosa su partida de otra manera, separando lo que gana neto de las retenciones practicadas. Realmente está cobrando 6.180€ (4.882,20€ honorarios + 1.297,80€ IRPF), y se le aplica el 21% del IVA. En conclusión, os está costando 7.477,80€ en total.

      Saludos.

  8. Hola mi pregunta es, yo pago la comunidad cada mes, pero me dicen que tengo una deuda de 2.097 euros y yo reclamo de qué es y que me enseñen las facturas y ellos se niegan. Me quitan el dinero de la comunidad para cubrir la deuda. ¿Es esto legal? ¿Puedo exigir que me enseñen las facturas y me lo desglosen? Gracias

    • Hola Antonia,
      Debe solicitar un Certificado de Deuda en el cuál se desglosen los conceptos de las deudas. A este requerimiento no se pueden negar. Solicítelo siempre por escrito, mediante Burofax, para que quede constancia de ello y pueda reclamarlo legalmente en caso de que se nieguen.
      Aún así, si esa deuda existe, debe reflejarse en las Actas de cada Junta. Compruebe si es así.
      Esperamos haber resuelto su duda.
      Un saludo.

  9. Buenas,
    Nuestro administrador viene cobrando por mes, dos talones al portador de 540 €, así desde hace años; no recibiendo ninguna factura a cambio.
    Dentro de poco tendremos reunión ordinaria de vecinos , cual seria el procedimiento por parte de los vecinos para , regular el pago legalmente y saber si él o nosotros hemos incurrido en algún posible delito.
    gracias por su atención , estupendo blog
    saludos

    • Hola Arevaco,
      Lo primero que debéis exigir a vuestro administrador es que os entregue una copia de las facturas. A esto no se debe negar, pero en caso de que se niegue, es más que lógico pensar que está cobrando ese dinero sin declararlo. En este caso se está defraudando a la Hacienda Pública y vuestra postura debería ser denunciarlo. Si a sabiendas mantenéis esta situación de pagos en B (sin IVA), la comunidad también estaría cometiendo el fraude para pagar menos y podría ser motivo de sanción. Hoy en día, se está empezando a examinar las cuentas de las comunidades con lupa para evitar precisamente esta práctica que mueve grandes sumas de dinero no declarado. Así que siempre recomendamos que las comunidades se cuiden de estos «profesionales».
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  10. en mi comunidad de vecinos el presidente rotatorio hace de administrador y no paga la comunidad todos los meses que es de 100 euros mensuales, sin declarar nada a hacienda. Mi pregunta no tendria que pagar iva en esta operacion o puede hacerlo al ser un vecino de la misma cada anyo?.

    • Hola Pedro,
      Esa es una forma encubierta de que el presidente cobre por sus funciones pero sin llegar a hacerlo fiscalmente. Si hay un acuerdo de la Junta de Propietarios que permite al presidente, sea quien sea, no pagar la cuota durante su mandato, es totalmente válido. Si no es así, se le podría reclamar la morosidad.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  11. Buenos días:

    En nuestra comunidad, uno de los propietarios ejerce de administrador. Esta persona lleva varios años jubilada. La comunidad le paga al año algo menos de 3.000 euros por sus servicios. Aunque estos gastos constan en el balance económico, el administrador no emite facturas.

    En este caso, se está cometiendo fraude fiscal, ¿verdad?
    ¿Cómo debería legalizar su situación?

    Muchas gracias por sus respuestas.

    • Hola Raúl,
      Efectivamente se trata de una irregularidad. Para solventarlo debéis legalizar esa situación, bien realizando un contrato al administrador y pagándole mediante nóminas o bien que éste se haga autónomo y lo facture debidamente. La otra opción es que no cobrase por realizar esta labor.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  12. Muchas gracias por responder de manera tan rápida y eficiente.

    Me queda una última duda al respecto: ¿para que esa persona pueda facturarnos está obligada a darse de alta en autónomos? Se le está pagando «en negro» menos de 3.000 euros al año.

    ¡Muchas gracias de nuevo!

    • Hola Raúl,
      Con independencia de la cantidad que se cobre, no se puede facturar sin estar dado de alta en la Seguridad Social y Agencia Tributaria.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  13. Hola, en mi comunidad de vecinos, desde que entró la administradora de fincas en 2011, se ha pasado la IT, con un acuerdo que quedó pendiente por el arquitecto, que fue realizar un zócalo para evitar humedades existentes en la planta baja de los trasteros y retirar un cerco de una puerta que está oxidado. A fecha de hoy no se ha realizado nada, y se está hundiendo el suelo del sótano por otro lado, Se arregló la fachada con un coste de 11.000 € y sin factura. Se pidió a la administradora que solicitase la subvención de la comunidad de Madrid por esos trabajos y nos dijo que nos devolverían lo que pagaramos de IVA y por eso, mejor no solicitar factura. Se denunció a un vecino que no paga la comunidad aun diciendo a la administradora que el titular de la vivienda había fallecido. La abogada es la misma administradora y amiga de la empresa que realizó los trabajos en la fachada. Hace dos años nos colocaron unos extintores con sus cartelitos correspondientes en todas las plantas menos en la planta baja de los trasteros. Ahora se está pagando a dos vecinos en concepto de mantenimiento de jardín, que ya se acordó en junta el no realizar gastos en el jardín para ahorrar el dinero necesario para hormigonar el suelo. Lógicamente esos pagos no llevan IVA. A la persona que debe los recibos se le ha puesto intereses de demora sin haber acordado nada en ninguna junta. Se le pidió que mirase otra compañía de seguros ya que esta se nos hace cara y cobra franquicia en cada siniestro. No hizo nada. También se le solicitó que se informase para el cobro de los recibos de agua puesto que tenemos un solo contador en el edificio y ahora quiere cambiarlos a individuales. Realizan las juntas entre cuatro vecinos y en horas donde no pueden asistir los otros ocho vecinos y fuera de plazos ya que no pasa el año de legislatura o se pasa en cuatro meses cuando interesa que esté el señor del bajo fijo en el cargo de presidente desde que empezó la administración y curiosamente quien esta cobrando por mantenimiento del jardín.
    Todo esto no me gusta puesto que cada vez hay menos dinero en la cuenta y está creando un malisimo ambiente entre vecinos, ¿como seria posible que cesara esta situación y empezar a hacer las cosas como es debido?

    • Hola Manuel,
      La administradora que os gestiona la comunidad está cometiendo varios delitos por fraude fiscal y posible estafa. Lo que debéis hacer es denunciar los hechos ante la policía o el juzgado. Hay varios casos de sentencias a administradores por toda España por delitos de este tipo. Reunid todas las pruebas que podáis para demostrar lo que aquí nos cuentas y proceded con la denuncia. Es lamentable leer estos testimonios de gente que mancha constantemente el nombre de esta profesión. Si desean más ayuda con este tema póngase en contacto con nosotros a través de info@comuandis.com.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  14. Hola muy buenas noches, el administrador de mi finca presenta facturas correctas y notas de esas que venden en los chinos tipo recibos o albaran. Diciendo al administrador que quiero facturas legales (sé que está compinchado con los proveedores e inflan las facturas), me dice que que prefiero si pagar el IVA o no. Los vecinos pasan de jaleos pagan la cuota y pasan de todo. Mi pregunta es puedo denunciar al administrador por las facturas ilegales, me merece la pena. En 5 años tengo casi 20.000€ sin justificar con facturas, tengo toda la documentación facilitada por el administrador así como los extractos bancarios.

    • Hola Enrique,
      Por supuesto que debes denunciarlo. Es un delito por fraude fiscal y no es el primer administrador que se las ve con la justicia por este asunto. Si no lo denunciais estaríais colaborando con el fraude y podría repercutir algún día en la comunidad. Hay que ser responsables con estos temas y evitar que estas personas continúen realizando estas prácticas que tanto perjuicio causan. Si necesitas más ayuda con este asunto no dudes en solicitárnosla a través de info@comunadis.com.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Muchas gracias por la respuesta. Querría saber si también incurriría en delito por el siguiente motivo, el día 01/01/16 la comunidad se quedó sin seguro porque según el administrador no había dinero. La cosa es que hasta el día 15/03/16 los vecinos menos el presidente no sabíamos nada. Lo notificó en la junta anual.

        Para mí esto no es normal.

        Muchas gracias.

        • Hola Enrique,
          En este caso hablaríamos de mala praxis o de negligencia por parte del administrador al no cumplir debidamente con sus funciones. Pero delito como tal, no. Aunque insistimos en que a este tipo de «administradores» hay que echarles cuanto antes.
          Esperamos haber resuelto tu duda.
          Un saludo.

  15. Buenas tardes, tengo un trastero en un edificio que no tengo ni piso ni garaje, solamente tengo el trastero. Como los trasteros están en el garaje yo tengo la llave del garaje para acceder al trastero, no utilizo las demás zonas comunes ni tengo llave del edificio.
    Mi pregunta es la siguiente: Por qué conceptos debo pagar la cuota de comunidad del trastero, porque me están cobrando por todos los gastos generales del edificio incluido el ascensor.
    Si no tuviera obligación a pagar por todos los gastos, diganmé, por favor, en que legislación o en qué artículo de la ley de propiedad horizontal debo apoyarme para argumentarlo.
    Muchas gracias
    Macarena.

    • Hola Macarena,
      Lo normal es que en las escrituras de constitución se refleje la exención del pago de determinados conceptos a los locales, garajes o trasteros. En el artículo 9.e de la Ley de Propiedad Horizontal se especifica que cada propietarios de contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización. Al carecer de acceso a determinadas zonas comunes ni hacer uso de ellas (como puede ser el ascensor), no tendrías que cargar con esos gastos. Puedes acudir al juzgado para denunciar el abuso al que estás siendo sometido por parte de la comunidad con muchas garantías de obtener una sentencia a tu favor.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  16. Buenas noches. Nos ha llegado a las manos un desglose del presupuesto de 2016 de los gastos de comunidad, y nos cobran más de 3.000 € en limpieza, servicio que no se hace, además nos cobran unas reparaciones de ascensor y escalera, que de momento no se han llevado a cabo porque no se ha producido ninguna averia. Es normal que se cobre anticipadamente por si se da el caso?? Y de la limpieza, que opinais? Muchas gracias

    • Hola María,
      Si se está cobrando por un servicio que no se está llevando a cabo, lo lógico es denunciarlo. En cuanto a las reparaciones, por regla general se aprueba la derrama con anterioridad a la ejecución de la misma, precisamente para que cuando se realice se pueda abonar debidamente.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  17. Si en una junta extraordinaria, el administrador admite que no paga las facturas con iva porque la comunidad pagaría más dinero, yo advierto tanto a la administración, como a los vecinos que no estoy de acuerdo en eso y denunciar al administrador. Este me dice que el no tiene problema porque tiene un seguro pero que a los vecinos les dejo literalmente «con el calor al aire» porque el juez irá a por los vecinos. Yo creo que una mala gestión no tiene nada que ver con eso y el administrador que el hacia eso porque los vecinos no decían nada y se aprobarán las cuentas.
    Total que me pone a los vecinos en contra asustando les con que el juez irá a por ellos.
    Es así?

    • Hola Enrique,
      Debes denunciarlo de inmediato porque el seguro del administrador no cubre las acciones contrarias a la Ley ni fraudulentas, con lo que el principal perjudicado sería el propio administrador. Utiliza la amenaza a los vecinos para que no le denuncien pero la comunidad puede declarar que lo ha denunciado en cuanto ha tenido conocimiento de ello. Sin duda alguna, hay que denunciar a estos individuos que defraudan a todos los españoles y manchan el nombre de esta profesión.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

      • Muchas gracias por la respuesta. Hay unos 20000 euros sin declarar el iva. Dice que pedirá a los proveedores una complementaria y así se soluciona, al menos para él. Vuelve diciendo a los vecinos que hay que hacer derramas para pagar ese iva. Casi me pegan, se realizó votación y tan sólo un vecino y yo votamos a favor de pagar el iva, con lo que estamos donde estábamos. Pero yo pedí otra votación donde desde el día de hoy se pagará el iva y a esa votación unanimidad todos quieren iva.

        Voy a denunciar, pero no me queda na con los vecinos son víctimas como yo y siguen por votación con el administrador

        • Hola Enrique,
          Insistimos en que denunciéis, a título personal o como comunidad. Es un claro fraude que seguro que no solo lo hace con vosotros sino con muchas más comunidades con lo que debe ser denunciado para que le sancionen debidamente y deje de defraudar. No sería el primer caso de administrador que acaba en la cárcel por estafa y fraude. Vuestra comunidad es la víctima en todo esto por lo que no deben tener miedo de denunciar.
          Esperamos haber resuelto tu duda.
          Un saludo.

  18. Buenas tardes.

    Hemos tenido reunión de propietarios esta semana, le requerí a la administradora que adjuntase copia de los extractos bancarios del mes de junio del año pasado, para comprobar una salida de dinero de la cuenta, resulta que el mes de junio cobra la cuota por adelantado de 3 meses sin consultar con el presidente, a la pregunta de porque lo hizo, dice que fue en previsión de una obra que había que hacer.
    Por otro lado ante estas respuesta se procedió a acudir el presidente saliente y el entrante al banco para cambiar las firmas, ya que la administradora por lo visto puede firmar cheques sin necesidad de firma mancomunada, y la sorpresa fue que la presidenta saliente no cuenta con firma en la cuenta y la posee el anterior presidente que ya no es propietario de la comunidad, y una anterior presidenta.
    Esto es legal o se puede remover del cargo a la administradora, por cierto se le ha solicitado copia de su contrato y no lo suministra.
    Otra pregunta se le puede solicitar que no aparezca su cargo en el acta de la comunidad para que su cargo no se considere renovado por ese acta.
    Gracias por adelantado.

    • Hola Emma,
      Todo hace pensar que la administradora está actuando libremente como si el cargo le permitiera hacer y deshacer a su antojo. Para revocar el cargo de la administradora se debe aprobar en Junta y que se refleje en el Acta la decisión.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  19. Hola muy buenas yo querria saber que medidas tomar ante la situacion que se me presenta.Soy divorciada y mi ex es el que vive en el piso y acude a las reuniones de escalera sin llegar a ningun acuerdo entre ambos de quien nos represente en las junta..ha habido una reunion que se ha aprobado una derrama y que se enseñaron presupuestos pero yo no fui informado de nada hasta que mi ex me comunico que debo pagar la mitad de la.derrama por ser copropietaria..le pido el presupuesto aprobado junto con la licencia de obras al administrador para saber en base a que pago ya que no me entere de dicha reunion ni tuve acceso a ver nada y no me enseñan nada y amenazan con denunciarme por no pagar..que puedo hacer?

    • Hola Ana,
      Como propietaria tienes derecho a que se te informe de todo lo que se refiere a la comunidad. El hecho de la separación, mientras un Juez no dictamine lo contrario, no tiene nada que ver aquí. Si figuras en las escrituras de la vivienda como propietaria tienes los mismos derechos que cualquier otro vecino.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  20. Que ocurre si por un servicio prestado no nos emiten factura y que es lo que pasa si compramos un bien y no nos factura

    • Hola Ana,
      Cualquier trabajo o compra que no vaya acompañado de la correspondiente factura se considera un fraude fiscal. Además, nunca tendréis una garantía de ese servicio o producto ni podréis reclamar en caso de ser necesario.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  21. Acabo de dejar la presidencia por cambio a otro vecino, ha sido una mala experiencia porque he sido ninguneada por el administrador. Hemos tenido diversas obras y yo no he pagado parte de las derramas porque por el modo de hacer las cosas creo que se están aprovechando de nosotros y estoy pidiendo las facturas y los informes de las vigas que han reforzado y todavía no he conseguido que me los den. En las acta me ponen como deudora sin explicar el motivo Fui a informarme a un abogado y me aconsejo que esperara a que me denunciaran y mi duda es si debo esperar o hacer algo.
    Saludos
    Pilar

    • Hola Pilar,
      Como cualquier vecino, tienes derecho a ser informada de todo y a poder examinar toda la documentación de la comunidad con independencia de si se es moroso o no. No obstante, si las derramas están aprobadas debidamente en Junta, no puedes oponerte al gasto salvo que recurras a la justicia ordinaria demostrando que se ha actuado en contra de los derechos de los vecinos o se ha perjudicado gravemente a la comunidad. Si esperas a que te denuncien, vas a tener que afrontar los gastos y costas del proceso.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  22. Hola
    En mi comunidad los trabajos de limpieza no superan los 3000 € anuales.
    No nos emiten facturas y no pagamos iva,mi pregunta es: prodrios tener algún problema?
    Un saludo

    • Hola Nasi,
      Con independencia de la cuantía de los trabajos realizados, si no se hace factura con su correspondiente IVA se está cometiendo un fraude fiscal y puede repercutir gravemente en la comunidad.
      Esperamos haber resuelto tu duda.
      Un saludo.

  23. En mi comunidad, la administradora hace caso omiso a mis peticiones como presidente ( redacción de actas, entrega de facturas o copias donde sabemos que no hay IVA,órdenes de compras aprobadas en junta, etc.
    Creo que está asustada por lo que la viene encima al reclamarla documentación de varios años atrás y que
    En connivencia con el anterior presidente, hicieron pagos sin facturas, sin ibas y gratificaciones y nóminas en dinero B pues el personal no estaba dado de alta.
    Yo como presidente quiero aclararlo todo para poder comenzar «limpios». Pero no me atienden. La he mandado varios Correos y no me contesta, no sé qué hacer.
    Gracias por anticipado

    • Hola Joseluis,
      Envía un Burofax con la petición y si no atiende el requerimiento, pon una denuncia ante el juzgado.
      Un saludo.

  24. Llevo 9 años pidiendo fotocopias de las facturas de la comunidad a mi administrador de fincas. Ni me las da, ni me las quiere mostrar. Pero ya sé por qué. No hay facturas. No existen. Y todos los propietarios pagando tontamente cuotas y derramas. Para después hacer obras ridículas, como cambiar los buzones o hacer más bonito el vestíbulo. Las obras importantes, como arreglar la fachada o sustituir las tuberías de hierro por otras que sean de otro material, no se hacen jamás. Eso no, claro, que es mucho trabajo.

    • Hola Javi,
      Lo que debéis hacer es denunciarlo ante Hacienda y ante el juzgado.
      Un saludo.

  25. Hola,le he pedido al administrador de la finca en la que vivo un certificado de deuda cero por la venta del piso y me dice que cuesta 50€,es legal eso o entra dentro de sus funciones de administrador?

    • Hola Pedro,
      Nos dejas de piedra!!! La Ley nada dice respecto al cobro de estas funciones más allá de lo que la comunidad tenga acordado con él de manera contractual. Es una función más del secretario, la de expedir certificados, ahora bien, cobrar por ello y 50 euros… nos parece totalmente inmoral. Revisad el contrato que tenéis con ese administrador para ver si eso lo contempla o se lo ha sacado de la manga.
      Un saludo.

  26. Buenos días,
    Me gustaría saber si es correcto que el administrador de fincas aparte de cobrar su honorario y el IVA correspondiente, cobre también su IRPF? El honorario y el IVA lo paga la comunidad de vecinos por los servicios prestados, pero el IRPF es un impuesto que lo tiene que pagar el autónomo, verdad?

    • Hola Silvia,
      No hay un criterio definido sobre si el Administrador debe o no realizar retenciones de IRPF en su facturación. Pero si la realiza, la única diferencia es que la comunidad tiene que abonar dicha cantidad a la Agencia Tributaria en vez de al propio Administrador, por eso, realmente no supone ningún perjuicio para los vecinos.
      Si quieres más aclaración sobre el tema, consulta con la Agencia Tributaria para que os expliquen el funcionamiento de las retenciones de IRPF.
      Un saludo.

  27. Hola soy hijo de propietario y aparte tengo alkilado el club social el cual me cuesta 6500€ al ano pero en el contrato la cantidad ke pone es de 500€ anual no me dan recibo porque dicen ke viene reflejado en las cuentas de la comunidad y en las cartas ke mandan viene como alquiler de bar 6500€ asi la mayoria de los trabajos los realiza el presidente ke esta jubilado pero cobra por todo y no presenta facturas ni presupuestos y siempre dice ke es para bien de la comunidad por ahorrar el iva y no estoy de acuerdo kisiera saber como actuar

    • Hola Pedro,
      Pues deberías ponerlo en conocimiento de la Agencia Tributaria porque en pocas frases nos has dejado claro que en esa comunidad se defrauda lo que no está escrito. Además te perjudica que no te den recibo del pago del alquiler porque no lo podrás declarar legalmente. En fin, debes denunciar esa situación.
      Un saludo.

  28. Soy presidente de un comunidad de 4 vecinos. Hemos arreglado la escalera y tuberias con una empresa que tambien ha hecho las reformas de una vecina. Optamos por este presupuesto que era con IVA. Han tardado 7 meses entre hacer las reformas de la vecina y luego la escalera. Falta paga la ultima entrega 1, 900 euros pero ahora la vecina y la empresa dicen que tiene que ser todo sin IVA. No tengo mucho apoyo de los otros 2 vecinos que no viven el la finca. El trabajo hecho suma 5000 euros pero presentando en 2 presupuestos .¿ Como puedo solucionar este impasse, nos puede multar si no pagamos IVA y el primero pago se hizo por la cuenta bancaria con concepto 50% obras? No tenemos administrator porque los vecinos no quieren pagar, y la vecina dice que no quiere pagar uno solo porque yo soy indeciso

    • Hola Jordi,
      Pues blanco y en botella. Os están pidiendo que cometáis un fraude fiscal. Por mucho que haya mayoría de vecinos que quieren pagar sin IVA, no se pueden cometer ilegalidades de esta índole. Además, si no hay IVA, no hay factura y sin factura no hay garantía, con lo que nunca podríais reclamar un defecto en la reforma.
      Un saludo.

  29. Buenas tardes, hace un año que adquirí mi vivienda, el edificio tiene 7 años y desde entonces siempre ha llevado la comunidad un vecino, y un administrador de fincas…. pero en el año que llevo viviendo he visto varias cosas que me hacen sospechar de que se puedan estar beneficiando de esto economicamente.

    Detallo algunos puntos que he observado por si podéis aclararme algo (antes de que la líe parda en la reunión próxima).

    Se ha pintado el interior del bloque, todos los pasillos techos y escaleras, no se hizo reunión alguna para ello, ni se presentaron presupuestos, para mas inri, la factura que me han facilitado para comprobar el pago, no esta ni sellada ni tiene numero de factura (algo q creo q es ilegal), me da la impresión de que esa factura no tiene validez y que el trabajo se ha hecho en negro llevándose dinero el presidente y administrador.

    Igualmente ha pasado con otro tema de pintura, con la misma empresa, esta vez se ha pintado el suelo de madera de la piscina y las paredes a la altura de la cintura que colindan la piscina… sin pedir opinión a los vecinos, sin presentar presupuesto y la factura no esta ni sellada ni presenta el numero de factura.

    Han puesto, un trozo de césped artificial y un conjunto de muebles (sillas sofá y mesa) en la piscina, sin aprobar en junta.

    En fin, me gustaría saber su opinión de todo esto, y en caso de ser ilegal todo … que podría hacer.

    Un saludo y gracias

    • Hola Álvaro,
      Factura ilegal, eso sin duda alguna. Quién se haya beneficiado es otra cosa, pero desde luego que no huele bien. Las reparaciones y medidas de mantenimiento son obligatorias pero lo que hay que aprobar en Junta es el presupuesto de las mismas, presentando al menos tres opciones para que los propietarios decidan el que mejor consideren. Si eso no se está haciendo, puedes denunciarlo perfectamente ante los juzgados.
      Un saludo.

  30. Espero pueda ayudarme. Hace cuatro años compré una casa, un dosado en una urbanización a un segundo comprador que la tenia sin estrenar. Hace unos días he recibido un Aviso de Administrador de fincas para pagar un importe que debo de pagar. Yo, no he firmado ningún documento que requiera sus servicios y no me han hecho ningún servicio. Mi pregunta es: Debo pagar el importe que me piden? Espero su respuesta. Un cordial saludo

    • Hola Enrique,
      Como no nos des más datos no podemos ayudarte. Es el administrador de la comunidad, en concepto de qué te reclama, te lo reclama él o es en representación de la comunidad?

  31. En mi urbanización el administrador es un propietario, un jubilado que se lleva al año unos 2700 euros. Yo no entiendo mucho, pero nos presenta las cuentas en un folio, escrita a a boli y muy cutre todo, pero lo que me choca es esto, pone, por ejemplo:

    Gastos de limpieza: 1400 euros
    Gastos administrador: 2700 euros
    Pintura pisos tal, cuál y pascual: 50 euros
    Comisiones banco: lo q sea
    IVA: tanto
    IVA: tanto
    IVA: tanto
    Fotocopias: tanto

    Mi pregunta es, todos los ivas q aparecen al final, debajo de donde pone comisiones, son el IVA del banco? O se corresponden a los conceptos previos? Esq trató de que me lo explique el administrador y me dice q conmigo no tiene nada que hablar, q es mi marido el propietario( estamos, bueno que estamos separados pero no por el juzgado, pero el piso es ganancial)

    Esq tengo la sensación que tanto la limpieza como el administrador y bueno todo, hasta la pintura, lo pagamos en b y yo no estoy conforme en eso.

    Me puede decir?

    • Hola María,
      El IVA de los servicios de administración es del 21%, por lo que solamente tienes que hacer el cálculo para comprobar a qué partida pertenece. Es decir, si los gastos del administrador son 2.700€, su IVA correspondiente debe ser de 567€. En cualquier caso, para que este vecino cobre como administrador debe estar dado de alta en la Seguridad Social y debe emitir facturas por sus servicios, así que, para comprobarlo sólo tenéis que solicitarle las copias de las facturas. O, más sencillo aun, denunciarle directamente y que sea la Administración Publica quien lo compruebe.
      Un saludo.

  32. En mi comunidad, durante 31 meses ha trabajado un limpiador sin permiso de trabajo, pagándole 900 € mensuales, con el conocimiento único del presidente y administrador , también han desoído el mandato de anteriores juntas y han incorporado en plantilla a un limpiador , ya legalizado y a un ljardinero,
    El actual limpiador lleva 5 meses de baja (depresión) y hemos tenido que contratar uno en sustitución.
    Es posible rescindir el contrato aún estando de baja?.
    Que podemos hacer ante tanta irregularidad cometida por el administrador y anterior presidente (5 años en el cargo) ..
    Los asientos contables del Mayor se hacen con documentación totalmente ilegal, no se pagan IVA y se hacen entregas a cuenta de servicios y obras, que luego no se reflejan en facturas dichas entregas, ni a parecen las facturas.
    Se la puede exigir al menos el modelo 347 y anteriores..
    Se puede denunciar todo esto, incluso al colegio de administradores?.
    Ante el fraude demostrable, que responsabilidades asume la Comunidad de propietarios?, queda exento de las futuras sanciones, aquellos que denunciamos?.
    Gracias anticipadas
    Pagá

    • Hola Jose Luis,
      Los Colegios de Administradores de Fincas no son oficiales ni profesionales, con lo cual no tienen capacidad legal para atender reclamaciones, quejas ni denuncias. Es más, en algunos lugares de España están siendo denunciados por prácticas ilegales, con lo cual, no acudas nunca a un Colegio de Administradores para resolver estas cuestiones porque no mirarán por vuestros intereses sino por los suyos (http://comunadis.com/blog/?p=495). Mientras la profesión de administrador no esté correctamente legislada, esta situación no terminará porque es muy difícil encontrar profesionales honrados en este sector.
      Por nuestra parte te recomendamos que reúnas todas las pruebas documentales que puedas y que lo denuncies ante Hacienda y en el Juzgado.
      Entre todos podemos acabar con la lacra que suponen estas prácticas fraudulentas.
      Un saludo.

  33. Comunadis, muchísimas gracias, de corazón, gracias.

    Pero como va a estar dado de alta en la seguridad social si es jubilado? Un jubilado puede recibir pagos? El lleva de administrador unos veinte años.

    Y otra cosa, para q reciba esos pagos la comunidad de vecinos habrá de tener firmado un contrato con el, no?

    No entiendo nada, porque me da la sensación de que la comunidad no tiene firmado contrato( de ser necesario este contrato firmado, como podría saber si la comunidad lo tiene?) con el, pero s que entonces no entiendo cómo se le paga? En efectivo, cheque, transferencia..me estoy explicando? Y en él acta si se ha reflejado que se le subía el sueldo porque yo voté en contra y aparecía en él acta de la reunión.

    Cobra en b, la comunidad no tiene con el contrato alguno y reflejan en acta la existencia de esos cobros?

    Si le denunció, la responsabilidad alcanzaría a la comunidad por tener los servicios de una persona y no estar bien hecho, refirió sin contrato y tal.

    Se lo que quiero reflejar, pero como no entiendo de esto, no me se expresar bien.

    • Hola María,
      Aunque parezca de perogrullo, suele suceder que aún pagando en B y sin contrato ni nada, los vecinos luego lo reflejan en el libro de actas. Es una torpeza hacer algo ilegal y encima dejar constancia escrita de ello, pero sucede más de lo que piensas. En una Junta puedes pedir explicaciones de cuál es la situación legal de este señor y que te den copia o te dejen ver los contratos, facturas, nóminas, etc. Si te lo deniegan, no lo dudes más y acude a denunciarlo.
      Un saludo.

  34. Gracias,a gracias de parte de mi compañero, también te pregunto, y mías.nos has ayudado muchísimo.

    Este señor se está dedicando a,te creerías si te digo que se comporta a estilo sheriff ,como si la comunidad fuese suya,su territorio,hace y deshace en las actas pone lo que quiere.yyo vengo teniendo con el un conflicto porque no cogelos acuérdos q se toma sobre reformas q afecta y que necesita mi casa y que son de cuenta de la comunidad, lo expongo enjunta pero nadie quiere saber nada,van a lo cómodo y a no querer ocuparse de nada.

    Hemos decidido ir a un abogado para que contacte con la comunidad y pedir que nos mande las actas y cuentas q no nos ha mandado y pedirle que nos remita copia de su «contrato» y pedir que en la próxima junta incluya como tema a tratar ese, porque entiendo que aunque la mayoría decida que este señor y el jardinero(. Este se que no lo tiene)sigan trabajando sin contrato, aunque lo decida la mayoría entiendo que no me pueden forzar a cometer un delito.

    Ves? Este es el problema de años y años en los cargos y además pagados.debia ser ilegal q se retribuyeran los cargos de presidente y administrador aunq la junta lo aprobara.

    Graciaspor tu tiempo y tu consejo.

    • Hola María,
      Efectivamente hay algunos «administradores», por llamarlos de algún modo, que se comportan de esa forma tan despótica. Debéis hacer todo lo posible por denunciarlo porque de lo contrario, tarde o temprano, la comunidad se va a resentir. Muchas veces juegan con la desidia de los vecinos y se aprovechan de ello para enriquecerse, que a fin de cuentas, es lo único que buscan. Lógicamente eso va en perjuicio de la comunidad.
      Un saludo.

  35. Mi caso es similar a los comentario de estas personas.

    Vivo en una comunidad de vecinos que el administrador hizo una obra de fachada usando el agua de mi casa a fuerza y yo dejé por miedo. con unos chicos extranjeros sin conocimiento de obra pusieran una maquina en mi grifo de la lavadora y hizo varios destrozos en mi patio y comedor. Toda obra de fachada con el agua de mi casa.pedir a el que pagara los destrozos o que abonara en lo que tenia que pagar de la fachada y mi hizo caso omiso. Mi pregunta es? Yo estoy divorciada y la vivienda tengo en el registro de inmoble como derecho de uso para mi y mi hijo. El administrador mi dice que yo no puedo reclamar porque no soy propietaria.

    • Hola Vilma,
      Sí que puedes reclamar y además, lo que se ha hecho es un abuso que debe ser compensado económicamente. Lo recomendable es que pongas el caso en manos de un abogado.
      Un saludo.

  36. Hola mi comunidad tiene que asfaltar el barrio me piden que realice el pago les pido la factura de mi ingreso y se niegan dicen que es una factura general si yo me niego a pagarla mientras no me den mi factura individual pasa algo yo no me niego a pagar solo exijo mi factura gracias

    • Hola Koldo,
      No puede haber factura individual para cada propietario. Si es un trabajo para la comunidad habrá una única factura a nombre de la comunidad y cada propietario deberá abonar la parte que le corresponda obligatoriamente. Si no lo haces se te podrá reclamar judicialmente y no hay posibilidad alguna de librarse del pago. Supongo que tampoco te mandan una factura individual del mantenimiento del ascensor, de la limpieza de las escaleras, de la luz, etc. No tiene sentido tu reclamación.
      Un saludo.

  37. Buenas noches:
    En la comunidad de la que acabo de comenzar a ser presidenta nunca hemos visto facturas de los honorarios de la administración de fincas y no sabemos a quién estamos pagando. Tampoco tengo claro que exista un contrato de la comunidad y la administración.
    Siempre se ocupa de nuestros asuntos una persona, pero en los membretes de sus documentos aparece una sociedad limitada, así como en la dirección de correo electrónico, sobres, informes, balances, etc.
    En el presupuesto del ejercicio que aprobamos cada año aparecen las cantidades correspondientes a sus honorarios y al IVA, pero en el apartado de Gastos Generales del balance de cuentas se incluyen los honorarios, el IVA y la retención del IRPF. Concretamente, durante los meses de enero a octubre de 2016:

    – Honorarios……….. 1.790,00
    – Retención IRPF…. 351,00
    – IVA………………… 375,00

    Tenemos claro que las sociedades facturan los honorarios y el IVA, y que las personas físicas como los autónomos facturan honorarios, IVA e IRPF. Si nos correspondiera este último caso, nuestra duda es si se contabiliza correctamente el IRPF como gasto, con lo cual es un cargo más, o si al ser una retención debería ir en negativo y se equilibraría con el IVA.
    ¿Es correcto este balance que nos presenta la administración?
    Si fuera erróneo, ¿con qué argumentos lo podríamos demostrar?
    Muchísimas gracias,

    • Hola Teresa,
      Por lo que vemos es todo correcto. Si el profesional aplica retención de IRPF, quiere decir que ese dinero se lo paga la comunidad a Hacienda. Si no aplicase la retención, esa cantidad se la tendríais que pagar a él. Con lo cual, ambos casos suponen un desembolso para la comunidad y, en ambos casos, el gasto es exactamente el mismo.
      Un saludo.

  38. Buenos días. Soy propietario de un piso que junto a muchos otros conforman una comunidad de propietarios. Poseo estudios universitarios y me gustaría ser el administrador de la finca. Si la comunidad me nombra, ¿tendría que hacerme autónomo o tendrían que hacerme un contrato?

    • Hola Jose,
      Ambas. Si quieres cobrar por ello tienes que estar dado de alta en la Seguridad Social y en Hacienda, tener un Seguro de Responsabilidad Civil, firmar un contrato con la comunidad y declarar tus impuestos como todo españolito decente. Cualquier otra opción se considera un fraude.
      Un saludo.

  39. Hola, en el último comentario de JOSE says:
    27 diciembre, 2016 at 23:39… creo que está incompleta. Se puede dar el caso de que un propietario, jubilado y sin problemas económicos y todo el tiempo del mundo, desee ser el Administrador de su Comunidad de manera altruista para no repercutir cargas en sus vecinos. Un propietario puede ser legalmente Administrador de su Comunidad sin más requisitos que la aprobación en Junta y sólamente cobrar por gastos de material en las gestiones para la comunidad, como pueden ser papel, sellos, certificados, seguros, cartuchos de tinta para la impresora…etcétera… pero todo ello sin necesidad de facturar por su trabajo pues así lo quiere él personalmente. ¿Es esto correcto?

    • Hola Javier,
      Es correcto, siempre que esos gastos queden perfectamente reflejados y no de lugar a dudas sobre el concepto del cobro.
      Un saludo.

  40. Mañana es la junta ordinaria anual de la comunidad de propietarios. Normalmente estas juntas en los cuatro últimos años se centran en los morosos y como gestionar el cobro de la deuda de los mismo y en aprobar la previsión de gasto del año. Ningún vecino hasta la fecha se ha cuestionado la gestión y administración que el actual administrador está haciendo de la comunidad, así que me puse manos a la obra y llevo varios meses recabando información, analizando actas y haciendo sumas y hay varias cosas que bajo mi punto son inconsistentes y sospechosas. Te detallo solo algunas de ellas:
    – Las sociedad limitada con la que nos da servicio el administrador es un sociedad que fue extinguida en Enero de 2016 y publicada su extinción en el BORM ese mismos mes y año. Este administrador creo otra sociedad a su nombre con otro nombre y otro CIF ,pero se sigue presentando y sellando las actas con el nombre de la sociedad extinta. En ningún momento ha comunicado a nuestra comunidad de este hecho y además este año la convocatoria la vuelve a hacer con el nombre de la sociedad extinguida. En el sello si que ha cambiado el CIF. Me gustaría saber si este hecho es constitutivo de delito o falta o si puede acarrear consecuencias legales para la comunidad de vecinos. Como clientes creo que debemos exigir trasparencia en la gestión y esto no es transparente.
    – Los honorarios de este administrador son confusos, en el acta donde se aprueba que sea este administrador el que nos da el servicio se detalla el importe 1858,00 € + IVA, esto es 2248,18. Pero en la previsión de gasto que se hace cada año parece que se le olvido lo del IVA y hace el desglose de la forma siguiente
    Honorarios Administración 1536
    I.V.A honorarios Administracion 322.56

    Creo que este dato es revelador de que el mayor beneficio de la administración de nuestra comunidad no es por el importe de los honorarios.
    – El importe de servicio de mantenimiento de piscina, según acta de 2013 es 8200€ + iva, sin embargo en cada previsión de anual de gasta desde el año 2013 la partida dedicada a mantenimiento de piscina ha ido “in crescendo” sin justificación alguna. Hoy día hay una partida en el presupuesto de 12100 € para la piscina.
    Se puede inflar una partida del presupuesto sin haber justificación ni explicación alguna a los vecinos?

    NO ha habido justificación de gastos a pesar de que solicite todas las facturas hace unos meses. SE niega a ponerlas a disposición nuestra a pesar de que hay un gestor documental online donde solo pone a disposición de los vecinos las actas y convocatorias pero ninguna factura ni polizas contratadas por la comunidad.
    Hay más datos que demuestran la poca transparencia y falta de eficiencia en la gestión de este administrador, en parte por la dejadez y desidia de los vecinos.

    Muchas gracias de antemano

    Maria

    • Hola María,
      En primer lugar, claro que debería haber notificado el cambio de empresa aunque hay que ver si es la persona física la que figura como administrador de la comunidad o es la empresa. En caso de que sea la empresa, el contrato con dicha administración quedaría automáticamente cancelado y habría que convocar una Junta para contratar a una nueva empresa, aunque luego el resultado fuera que continuase este señor, pero, obviamente, lo primero debe ser la transparencia.
      Con respecto a los honorarios, es una práctica habitual, lamentablemente, para tratar de hacer creer a los vecinos que no cobra tanto como realmente cobra. La comunidad no puede desgravarse el IVA por lo que no tiene sentido que se desglose este concepto. Suponemos que las demás partidas de gastos (ascensor, limpieza, etc.) no se desglosa la base y el IVA, ¿verdad? Es otro ejemplo de mala praxis o al menos falta de transparencia.
      Las partidas deben ir justificadas y si hay aumento del gasto debe explicarse el motivo y los vecinos tienen derecho a conocer la facturación, tener acceso a ella y conocer los pormenores de las gestiones que se están realizando. A fin de cuentas, son ellos los propietarios y no el administrador.
      El Artículo 20.1.e) de la LPH dice que es función del administrador actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad. Por tanto, si no os da acceso a la documentación de la comunidad podéis y debéis denunciarle ante los juzgados.
      Un saludo.

      • Muchas gracias por tu pronta respuesta

        Es la empresa que es un Sociedad Limitada de la cual el administrador único es el administrador. Era el administrador único de la sociedad extinguida y es el actual y único administrador de la nueva sociedad.

        • Hola María,
          Aún así, esas cosas deben informarse a la comunidad. Pero por tu exposición anterior, vemos que es un administrador de los que no les gusta que las cosas estén muy claras… Hay que acabar con estas prácticas así que os invitamos a que lo denunciéis.
          Un saludo.

  41. Mi comentario es a raíz de un comentario previo sobre el altruismo de un propietario sin problemas económicos que ejerce estas labores sin ‘retribución’, percibiendo lo ‘necesario’ para gastos de material.

    No me quiero meter con nadie, ni nada de eso. Es solo que ando muy sensible con este tema, porque mi compañera ha sido víctima de un abuso por un propietario jubilado haciendo de administrador a cambio de lo que el llama compensación por molestias en forma de 120 euros mes. (Es curioso, cobra más de ‘compensación’ que el administrador de mi comunidad que cobra 840 euros más 176 IVA al año y él paga el material-sellos, sobres, certificados…-; la diferencia entre ese ‘salario’ y ‘compensación’ debe radicar en que el jubilado lo hace porque tiene mucho tiempo libre y mi administrador para dar de comer a sus hijos…)

    No entiendo muy bien que una comunidad diga al administrador le damos, p.e, 100 euros al mes para gastos de material en forma de folios, sobres, sellos, certificados, etc. No lo entiendo. Podría dar lugar a confusiones. De modo que lo más lógico sería que la comunidad hiciera y constara como tal a favor del jubilado altruista una provisión de fondos mensual por la cuantía equis debidamente desglosada.

    Pero hay que tener en cuenta una cosa; esq a raíz de lo vivido por mi compañera he tratado de informarme. Un administrador de fincas cobra entre 3 y 5 euros por vecino, dependiendo de las instalaciones con las que cuente la finca(piscina, garaje, pistas de tenis, etc) el mínimo serían 3 euros.

    Pongamos de ejemplo una comunidad cualquiera, lpor ejemplo, tres plantas de cinco vecinos mas un bajo, hacen un total de 16 vecinos, tres euros por 16 vecinos, da un total de 98 euros más el IVA. Voy a redondear a cien euros más el IVA, que sería un total de 121 euros al mes.

    Al jubilado altruista se le dan al mes 100 euros para gastos de ‘material’ en el ejercicio de la función.

    Pero esq resulta que el administrador de los 121 euros, no me cobra los folios, los sellos, los certificados…todo esto sale de los 121 euros, ah no, sale de los 100 euros, igual que de esos cien euros sale el pago de La Luz para la impresora, los cartuchos de tinta, los impuestos q ha de pagar y todo lo que supone alzar el cierre de un negocio.

    Es decir que si de esos cien euros del jubilado altruista, quedan 1,20 para un café, ninguno de los que aquí leemos negaríamos que con ellos se tomara un café al salir del banco por hacer una gestión en favor de su comunidad. Bueno, es 1,20, un café

    Pero si el que se toma el café es el administrador de los 100 euros más el IVA, el cafetito sale de los 100 que responden del pago de sellos, certificado, sobres, folios y ‘cafetito’.

    No entiendo muy bien, cómo no se quiere ver el daño que nos hacemos nosotros mismos. Es competencia desleal. Me da igual que suene grueso o no. Es una competencia infame, desleal, grosera. Y deberíamos todos luchar contra ella en cualquiera de los sectores en que la detectáramos.

    Y a eso sumémosle que estos cargos de Presidente y administrador no los quiere nadie, y se prefiere delegar con ojos cerrados en un vecino y vivir como si uno fuera un marques sin ocuparse de nada, y ello aunque un vecino esté siendo víctima de un continuo abuso ( las respuestas al pedir apoyo a todos esos vecinos…’yo esq no quiero problemas’, ‘es que no tengo tiempo para…’ ‘pues a ver si lo puedes resolver, esq nosotros trabajamos los dos…’ ah, claro mi mujer y yo evitamos, no te jode). Y claro cargos u órganos de representación que no se someten a control, a algún tipo de fiscalización…pues claro, acaban obrando como tiranos, déspotas, que confunden la comunidad con su condado a estilo sheriff. Penoso.

    Un jubilado ha acabado de su vida laboral; ha cotizado un tiempo, tiene una pensión y mucho tiempo libre. Una persona de digamos 40 años está luchando día a día por llegar a una jubilación digna, y no sólo encuentra el escollo de un estado que le fríe a impuestos, encuentra el escollo que representa una sociedad instalada en la picaresca y el fraude como sistema, el escollo de jubilados altruistas que no ven que están poniendo piedras en el camino de jóvenes o no tan jóvenes que luchan a diario por mantener una profesión, por levantar el cierre de un negocio, hacerlo sostenible y poder vivir de ello.

    Os ánimo a que denunciéis todo caso de fraude que conozcáis. Os animo a que entre todos nos ayudemos a poder llegar a una jubilación digna.

    España tiene que cambiar el chip, tiene que dejar de ver como normal ( un ‘todo el mundo lo hace’) el fraude, la corrupción, tenemos que luchar por la transparencia, pero no sólo a nivel de estado que le tenemos podrido, es que hay que empezar desde lo que nos toca más cerca.

    Y no, no soy administrador de fincas, ni político del estado.

  42. Buenas tardes. Nuestro administador de fincas nos reclama facturas de hace mas de 7 años. En las reuniones de vecinos que has sido muy escasas nos reclamaba cantidades muy altas por sus servicios al haber cambiado la persona que lo gestionaba. Hace 3 semanas es la primera vez que nos presenta documentos ya que las otras veces era un excel impreso. A los que hemos sido presidentes nunca se le ha pedido ir para firmar los talones. Tenemos que pagarle todo lo que nos pide cuando no se nos ha fustificado ni reclamado ninguna cantidad??
    Mil gracias

    • Hola Victoria,
      En primer lugar la Ley ha cambiado y solo se pueden reclamar las facturaciones por servicios a las comunidades de los últimos 5 años. Por otro lado, se supone que emite facturas y que esas facturas os las tiene que entregar para que comprobéis que, efectivamente, no se han pagado. Si es así, deberíais pagarlas. Siempre que todo sea legal y esté justificado, claro.
      Un saludo.

  43. Hola,
    Me gustaría preguntar sobre una duda que me genera el gasto de la comunidad donde vive mi madre en la que además todos los vecinos son mayores y supongo que pocos miran las cuentas.
    El contrato que la Comunidad tiene con el Administrador está a una Administración de Fincas que es una Sociedad Limitada, esta sociedad tiene un solo Administrador único que es el Administrador de la Comunidad de mi madre.
    Por lo que veo en el estado de cuentas, la Administración factura los honorarios e IVA que vienen detallados en el contrato y además IRPF trimestral, este concepto IRPF, no viene detallado en contrato.
    Mi duda y pregunta es si una S.L. puede cargar a la Comunidad el gasto de IRPF, y por que motivo, si el contrato esta a nombre de una Sociedad, de ser que SI, por que no viene reflejado en el contrato este dato.
    Muchísimas gracias

    • Hola Ángela,
      El IRPF no es un cargo a la comunidad. En las facturas se descuenta un % que, en vez de abonárselo al administrador se tiene que ingresar directamente a la Agencia Tributaria. Aplicar retenciones de IRPF no es un gasto extra para la comunidad. Puedes informarte mejor de esto en la Agencia Tributaria.
      La Ley permite que las sociedades puedan ser administradoras de las comunidades. No encontramos nada raro en lo que nos expones.
      Un saludo.

  44. Buenas tardes:
    He leído las respuestas del Blog de Comunadis. Las califico de positivas, acertadas y prácticas. Entre ellas no encuentro ninguna referente al trato a los comunitarios que no domicilian el pago de las cuotas.:
    * Pregunto: “…si no está domiciliado, ¿El propietario tiene derecho a un recibo físico y el Administrador tiene obligación de enviarlo? y Si no hay acuerdo de Junta en contra ¿El administrador debe pasar notificación o recibo previo al pago?”

    Pregunto esto porque en mi Comunidad el Administrador, después de 12 años enviando recibos a los que no los tienen domiciliados, pretende no hacerlo más, amparándose en la siguiente frase suya que no documenta: “Respecto de los pagos a la comunidad son los que se aprueban en las actas que usted tiene, … por lo que para saber lo que le corresponde pagar cada mes puede acudir a las actas enviadas, independientemente de que se le envíen o no recibos que no tienen otra función que el recuerdo.”
    Con esta afirmación mantiene que el comunitario no tiene derecho al recuerdo o recibo previo al pago y que por lo tanto el Administrador no tiene obligación de notificar.
    Sin embargo, a los domiciliados les envía a su banco subrogante un «recibo» (disquete, etc…) para que paguen la cuota, derrama o….esta actuación parece discriminatoria
    ¿Es correcta la actuación del Administrador?
    Gracias por su atención y quedo a la espera de su respuesta. Saludos.
    José Ignacio Tobía

    • Hola Jose Ignacio,
      La Ley especifica que los propietarios tienen la obligación de contribuir a los gastos en función de su cuota de participación, por tanto, cada uno sabe cuál es su obligación y cómo y cuándo ha de abonar sus cuotas según se haya establecido. No hay ninguna obligación de que el administrador envíe un aviso para el pago de las cuotas. Esa es su obligación, no la del administrador. Efectivamente, el único documento válido es el Acta y no un aviso de pago.
      No obstante, creo que no sabes muy bien cómo funciona la gestión de recibos domiciliados porque eso de que hay un trato discriminatorio es un poco absurdo.
      Según nuestro criterio, el administrador actúa perfectamente y el hecho de que os envíe un recibo previo al pago es un «favor» y no una obligación.
      Hay que pensar más en las obligaciones reales de cada uno y menos en los derechos que creemos tener sin razón alguna.
      Un saludo.

  45. Buenas tardes…quisiera comentarles 2 asuntos vinculados con nuestro administrador de fincas.
    1º Instalamos unas puertas exteriores metálicas por importe de 14612 euros divididos en 2 facturas en 3 pagos según aparece en factura (1 agosto, 5 octubre y 4 noviembre de 2016) lo peculiar del asunto es que en esos 3 pagos es el administrador el que hace cargos en nuestra cuenta para pagar al proveedor, nunca pagamos directamente. Esos 3 cargos en nuestra cuenta por parte del administrador aparecen en fecha de 4 agosto, 24 octubre y 4 enero. El administrador comentaba que en su manera de trabajar solían adelantar dinero a proveedores para luego hacer el cargo en cuenta de la comunidad. Pues ocurre que al solicitarle el modelo 347 de 2016 solo aparece la cantidad de 9974 euros como importe anula con el proveedor de las puertas. Pregunto….hay alguna explicación para que no dude de estos números? ¿el cobro que hizo el administrador en nuestra cuenta en enero para el pagar al proveedor quedaría fuera del modelo 347?

    2º El administrador comparte en su web las facturas de la comunidad, pero no aparecen las facturas que nos emiten ellos por un importe de 400 euros/mes. Tampoco aparecen en el modelo 347, deberían aparecer?

    Muchas Gracias y un saludo

    • Hola Luis Miguel,
      A priori no vemos problema en el punto 1º que nos expones. Conviene vigilarlo pero no parece que haya nada ilegal, siempre que las cantidades coincidan y que las facturas sean correctas.
      En cuanto al 2º punto, obviamente, si el administrador cobra 400 euros al mes, el volumen facturado anual supera los 3.000 euros y, por tanto, debería reflejarse en el modelo 347. Eso significaría que no está realizando facturas por sus servicios a la comunidad y que estaría cobrando en B (sin IVA y sin declarar esos ingresos).
      Un saludo.

  46. Hola Buenas tardes…
    Desde hace mas de 1 año en los que estaba nuestro administrador, se ha cambiado proveedores de la comunidad como mantenimiento de piscina, seguros, mantenimiento ascensores con el solo visto bueno de del presidente y un grupo de vocales. Además se han realizado gastos estéticos (azulejos, macetas, jardineras) sin consultar a los demás vecinos. ¿Se debería haber aprobado antes todas estas operaciones en junta de propietarios sabiendo que ninguna era urgente?

    Gracias

    • Hola Luis Miguel,
      Habría que revisar los Estatutos de la comunidad ya que en ellos puede contemplar algún aspecto relevante a este respecto, es decir, que puede que la Junta de Propietarios le confiriese en su momento autorización a la «directiva» para realizar estas gestiones.
      Por otro lado, la Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 10.1.a) expone que tienen carácter obligatorio Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato…, es decir, que en principio es legal.
      Un saludo.

  47. Buenos días:
    En mi comunidad de vecinos tenemos un administrador del que tengo serias dudas. El año pasado pude ser vicepresidente y ver cuentas bancarias y papeles. Descubrí que hemos estado 4 meses sin seguro de la comunidad, no ha comunicado nada y cuando se lo dije lo negó en Junta, pero sí acepto un problema y que por ello, había creado una nueva poliza. En su estado contable aparece el seguro anulado, como pagado. Por otro lado, hemos pagado 600 euros en gastos bancarios porque pasaba mal las remesas de recibos y le cobraban las devoluciones, ya que obviamente si pasaba 6 meses de golpe los vecinos no podían o no querían hacer frente. Además, no cuadran las domiciliaciones que él proporciona en sus cuenta con los extractos bancarios. Cuando se hace la junta es cuando da toda la documentación, sin tiempo para estudiar nada, y nos pregunta si estamos de acuerdo, ¿cómo si no explica nada ni da tiempo para analizar los pagos/gastos/ingresos?
    Yo veo una mala praxis y creo tener motivos más que suficientes para cesarle, pero ¿podrían decirme los pasos a seguir o algún modo de proceder en este caso?
    Muchas gracias

    • Hola Isabel,
      Intente reunir toda la documentación posible y estudiarla minuciosamente por si la mala praxis no es la única irregularidad. Para cesarle del cargo, basta con que se proponga en una Junta y se vote.
      Pero si hubiera indicios de delito por parte del administrador, no dudéis en denunciarle.
      Un saludo.

  48. Buenos días:
    Soy el presidente de una comunidad de vecinos que tenemos un contrato de alquiler con una operadora de telefonía a la cual facturamos por supuesto con IVA con el CIF de la comunidad, La operadora de telefonía retienen a la comunidad el IRPF correspondiente.
    La comunidad nunca ha deducido ningún gasto ni desgravado IVA.
    La comunidad ha acometido una obra de rehabilitación del edificio para mejorar la eficiencia térmica y adecentar la cubierta, necesario para mantener dicho alquiler.
    Mi pregunta es:
    ¿Puede la comunidad deducirse de los gastos de la rehabilitación o desgravarse del IVA?.
    Se que los vecinos individualmente, pero parece ser que las circunstancias del caso permiten que la comunidad si puede justificar gastos y desgravar IVA. ¿Es esto cierto?
    Muchas gracias

    • Hola Jose A.,
      Las comunidades no tienen una personalidad jurídica completa como el caso de una empresa y, por eso, no pueden desgravarse el IVA. No obstante, surge la excepción en el momento en el que la comunidad tiene ingresos por alguna actividad, en este caso por alquiler, ya que cumpliría con todos los requisitos para actuar como una empresa. No obstante, de este asunto, lo más conveniente es que se asesore en la Agencia Tributaria, ya que no hay un consenso claro sobre este tema.
      Un saludo.

  49. Hola, soy propietario de un apartamento en una urbanización veraniega con más de 200 apartamentos, con gente de lugares muy dispares, donde sólo hay una Junta anual y donde la gente desgraciadamente pasa de todo (para hacerse una idea).
    En los últimos años he detectado varias irregularidades pero han pasado de darme explicaciones, Centrándome en la más grave y en una única empresa, he podido comprobar como los gastos declarados por la Comunidad en el impreso 347 (milagrosamente lo he podido conseguir) son muy inferiores a los que aparecen en las cuentas (hoja de excel) que nos presenta cada año. Por ejemplo del total de los 200.000 euros en gastos extraordinaros por pintar la urbanización durante los últimos años, sólo hay declarados un total de 75.000 euros (sumando los 2 ejercicios en los que declara gastos con esta empresa).
    ¿Qué me aconsejáis? En el «hipotético» caso que me facilitase las facturas (antes de denunciarlo) ¿Cómo me podría engañar?.
    Gracias

    • Hola J. Enrique,
      Lo que tienes que hacer, sí o sí, es ponerte en contacto con la Agencia Tributaria para que realice las investigaciones oportunas. Puede que la empresa en cuestión realizase la mayor parte de los trabajos en B o puede que el administrador de turno esté defraudando a la comunidad. En cualquiera de los casos hay que ponerlo en manos de la Administración para que lo estudie o proceder directamente con una denuncia ante los juzgados porque ambas opciones están penadas por la Ley.
      Un saludo.

  50. Si denuncio, será responsabilidad del Administrador y/o Presidente o acabará recayendo sobre lel resto de propietaros de la Comunidad.
    Hay diferencias al denunciar ante Hacienda o ante los juzgados?

    Muchas gracias por vuestra atención.!!!!!!!

    • Hola J. Enrique,
      Claro que hay diferencia, pero lo suyo es que denuncies ante ambos porque cada uno seguirá su cauce legal.
      La responsabilidad de la comunidad, del presidente o del administrador dependerá de la interpretación del juez de turno o de las pruebas que existan. Eso es imposible que podamos determinarlo a priori.
      Un saludo.

  51. buenos dias:
    le he pedido una factura de los gastos de unos aparcamientos al administrador para ponérmela de gastos
    el administrador me dice que todo lo que le pago son aprovisiones de fondo y no tienen IVA que no me puede hacer una factura.
    a quien le tengo de predir esta factura al presidente de la comunidad o administrador ???
    gracias

    • Hola Ferrán,
      Entiendo que le estás pidiendo al Administrador una factura por los servicios que presta a la comunidad. Si es así, el Administrador está obligado a facilitártela. Si no hace factura es porque lo que cobra a la comunidad no lo está declarando debidamente.
      Un saludo.

  52. Buenas tardes,

    En mi comunidad tenemos una administradora que carga mensualmente sus honorarios + el 21% IVA. Ahora nos comenta que tiene que hacer retenciones en Hacienda, lo que encarece en otro 21% su gestión. Es obligatorio realizar esas retenciones?

    • Hola Alberto,
      La retención no encarece el coste, es un porcentaje que en vez de pagárselo al administrador se lo tenéis que abonar a la Agencia Tributaria. Es decir, con un ejemplo:

      Base: 100 euros
      IVA: +21 euros
      Retención: -21 euros
      Total factura: 100 euros

      Así pues, la comunidad tendrá que pagar al administrador 100 euros y a Hacienda 21 euros, con lo cual el coste para la comunidad es siempre el mismo.
      Un saludo.

  53. Buenas tardes.
    En la casa que acabo de comprar, en la comunidad, ejerce de administrador y presidente uno de los vecinos. Cobra 350 euros al año por hacerlo, y lo cobra sin iva y por tanto sin factura. Igualmente hace la limpieza del portal y de los patios, e incluso reparaciones menores en el inmueble con su hermano, pasando los gastos a la comunidad aunque nunca superaron los 350-400 Euros. Han llegado a subirse al tejado y reparar goteras pasando luego gastos también pero siempre rondando esas cantidades.
    Todo esto queda reflejado en las actas cuando se liquida el ejercicio. Esta actividad y forma de actuar de este señor es legal?

    • Hola Isabel,
      Lógicamente, como ya hemos comentado en varias ocasiones, si se realiza cualquier trabajo y se recibe una compensación económica por ello sin estar dado de alta en la Seguridad Social, se está incurriendo en una ilegalidad.
      Un saludo.

  54. La duda que planteo es en que conceptos un administrador de fincas puede o debe aplicar su 21% de IVA.

    Se da el caso que además de la aplicación del 21% de IVA en su factura de honorarios mensual,
    también aplica de nuevo el 21% de IVA cuando realiza algún gasto para la comunidad que ya paga el IVA al suministrador del servicio, es el caso de gastos directos cómo fotocopias, sobres, correo ordinario, burofax, etc,

    Es decir, en los conceptos anteriores (además de otros) no sólo cobra el gasto realizado, sino que emite
    una nueva factura con dichos conceptos y añade de nuevo un 21 % de IVA. Es esto correcto ?.

    Otra cuestión dudosa es cuando nos envía facturas que tienen la fecha posterior al cobro en la cuenta de la comunidad. Es correcto ?

    Gracias anticipadas por su respuesta. Un saludo.

    • Hola Antonia,
      Correcto es todo, no hay nada ilegal. Otra cosa muy diferente es si es ético o moral y allí ya entramos en un campo un poco más complicado. A nosotros no nos parece una práctica muy ética, pero eso ya es cuestión de principios.
      Un saludo.

  55. En la comunidad donde resido, nuestro administrador está bajo sospecha puesto que la empresa de mantenimiento suele hacer continuamente trabajos en la comunidad sin el visto bueno de la junta ni del presidente. Pequeños cargos, sin enseñar facturas, que al cabo del año suman varios miles de euros, varios de los cuales sospecho que van a parar al administrador en forma de comisiones. Voy a pedirle modelo 347 y facturas de estos servicios de los últimos años. Seguramente no me dará copias y me dirá que solamente atenderá al presidente, el cual lleva muchos años y al que maneja como quiere. Tengo varias opciones para presionarle; A) Solicitar al presidente que se incluya en el orden del día de la próxima junta Ordinaria el punto relativo a “Auditoría de cuentas”. B) convocar una reunión extraordinaria contando con el 25% de cuotas, incluyendo también la Auditoría de cuentas, e invitándole a que asista. En ambos casos se trataría el punto del cese del administrador. ¿Alguna idea más?

    • Hola Luis,
      Manda al Administrador un Burofax exigiendo el cumplimiento del artículo 20.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal, que dice que es obligación del administrador «actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad». Así pues, no puede negarte el acceso a cualquier documento de la comunidad, incluidas las facturas.
      Tus dos planteamientos son correctos también.
      Un saludo.

  56. Hola,
    Soy arrendatario de una vivienda que pertenece a una administradora de fincas . Entonces mi casera me ha pasado una factura de agua (fuera de lo que pago usualmente, 10 euros mensuales) donde dice que la administración de fincas le cobra 42 euros de agua además de los 10 mensuales . Puede ser cierto eso ? En caso de ser cierto cómo puedo saber si la factura ves correcta ?

    • Hola Frank,
      Si es cierto o no, no podemos saberlo, como es lógico. Tendrás que pedirle justificación a tu casero/a de manera documental, es decir que te enseñe la factura.
      Un saludo.

  57. En el complejo donde vivo, el administrador ha presentado facturas apócrifas, facturas no fiscales, y otras falencias,pero un Sr, prestaba un servicio de recolección quien manifestó que los de administración se encargaría de la factura, he aquí es la factura trucha, se ha realizado la denuncia a fiscalía y afip, estamos esperando respuesta, ademas ha comprado muebles ( escritorios, bibliotecas), todos los elementos de librería como carpetas, lapiceras, resaltadores,etc, si uno le paga no deberían ellos tener las cosas necesarias para su trabajo, Que mas hay que hacer, ya que hay poco concurrencia en asamblea de los propietarios

    • Hola Juana,
      Si ya lo habéis denunciado poco más se puede hacer salvo esperar a la resolución. Desde luego que es indignante que esas actuaciones se puedan seguir dando en la actualidad.
      Un saludo.

  58. Queremos remover al administrador en la junta ordinaria a celebrar dentro de unos meses pero antes hemos decidido que en una junta extraordinaria debidamente convocada a los propietarios excepto al administrador actual, se cambie al presidente, el cual lleva varios años. El presidente está de acuerdo y quiere dejar paso a otro propietario que intente destapar irregularidades del administrador en ese lapso de tiempo hasta la ordinaria.
    El punto a debatir de la junta será el “Cese voluntario del Presidente; elección de nuevo cargo, si procede”.
    Mi pregunta es si es obligatorio que a esta junta vaya el administrador, puesto que no queremos que asista, ya que aprovecharemos para comentar con el resto de vecinos las presuntas irregularidades del administrador. Entiendo que el acta de la reunión deberá firmarla el presidente saliente y un secretario circunstancial elegido al inicio de la junta, debiendo entregar el nuevo presidente el acta al administrador actual. ¿Se puede hacer así? ¿Original o copia del acta? ¿Podría impugnar algún propietario o incluso el administrador está junta si no asiste el secretario-administrador actual? Para el cambio de presidente en cuenta bancaria, ¿Será suficiente la firma del presidente saliente y el nuevo o hace falta que el administrador-secretario actual acredite este cambio en un certificado?

    Gracias por su respuesta

    • Hola Luis,
      Podéis hacer todo lo que pretendéis sin ningún problema. Quedaros siempre los originales. Bastan las firmas de los presidentes entrante y saliente y, como bien dices, de un secretario eventual elegido para la junta. También para el cambio en la cuenta bancaria. El administrador no puede impugnar ni tiene capacidad para oponerse a nada. El certificado lo puede emitir la persona que hayáis elegido como secretario eventual.
      Un saludo.

  59. Buenos días, en nuestra comunidad tenemos contratada a una empresa de administración de fincas desde hace 1 año, que nos tiene asignado un administrador. Tenemos prevista una obra importante desde hace 2 años, y hace un mes en la junta se aprobó el único presupuesto recibido. El administrador puso especial enfasis en que se aprobara urgente dicho presupuesto, a pesar de las reticencias de algunos vecinos, que queríamos solicitar más presupuestos para comparar. Al final se votó SI a la aprobación del presupuesto.
    Desde entonces, he estado investigando, y he descubierto que la empresa de reformas que presentó el único presupuesto pertenece al administrador de nuestra finca.
    ¿Qué podemos hacer? ¿Se podría considerar tráfico de influencias?¿Cómo debemos proceder?
    Gracias por adelantado, un saludo,

    • Hola Luis,
      Lógicamente te llama la atención porque es un claro ejemplo de irregularidad. Debéis poneros en manos de un abogado para que os lleve el caso.
      Un saludo.

  60. Hola. En la penúltima reunión ordinaria (2016) de mi comunidad se acordó aprobar una derrama de importe idéntico por cada plaza de garaje para realizar unas obras en el sótano. A lo largo de 2017 se pasaron los recibos correspondientes a los propietarios y se procedió a realizar la obra. Al revisar el acta de la última reunión ordinaria (2017) aparecen en el saldo de ingresos por esta derrama un importe inferior al que debería, puesto que el importe que resulta de sumar los ingresos de las derramas existentes más los recibos impagados de algun propietario no suman el importe teórico total de la derrama. Es decir, falta dinero y algun propietario, como puede ser bancos que tienen plazas de garaje o amigos del administrador no pagaron y figuran como no morosos.
    ¿Se puede impugnar las cuentas de esta acta aún si han pasado 9 meses? ¿Se podría solicitar al presidente que incluya como punto del día en próxima reunión la revisión de los pagos efectuados por esa derrama?

    • Hola Eva María,
      Lo que debes hacer es que solicitar que se incluya en el orden del día la determinación de morosidades y la liquidación de esas deudas, es decir, que conste en Acta los propietarios que no se encuentran al corriente de pago tanto de las derramas como de las cuotas ordinarias y exigir que se proceda a su reclamación por las vías legales correspondientes.
      Un saludo.

  61. Buenas tardes,

    En mi caso, soy presidente de una comunidad en un pueblo de Granada y quisiera saber si la empresa encargada de la reparación en mi comunidad ha facturado mal una obra realizada por una filtración de agua en la azotea, puesto que veo en la factura que el tipo de IVA aplicado es del 21%. Todo indica que se cumplen los requisitos exigidos por hacienda para las obras de reparación en comunidad de propietarios y se debería haber aplicado el interés reducido. Teniendo en cuenta que el total de la obra es de casi 5500€, Iva incluido del 21%, la comunidad y por tanto los propietarios, tendríamos que pagar 450€ más de la cuenta por este error. Resulta que el administrador ya le adelantó un 30%. ¿es correcto que el proveedor emita una nueva y elimina la anterior o rectifique la factura primera?

    Gracias

    • Hola Miguel Ángel,
      ¿Cómo consideras que podemos saber si está bien o mal la factura ni si cumple las condiciones para que el IVA aplicado sea del 21% o del 10%?
      Un saludo.

  62. Soy Presidente de una Comunidad y contratamos a nuestro administrador a finales de febrero; nos viene cargando en la cuenta de la Comunidad todos los meses sus honorarios, siendo el primer mes el de marzo. Le pedí a finales de agosto copia de las facturas y me ha enviado tres facturas: una por los honorarios de marzo, otra por los honorarios de abril, mayo y junio, y otra por los honorarios de julio, agosto y septiembre. Las 3 facturas tienen la misma fecha: 6 de septiembre, que fue el día en que me las enviaron. ¿Esto es legal? Yo pienso que no y me hace sospechar que con anterioridad a mí petición no las habían emitido. ¿Qué debo hacer? Gracias

    • Hola Natalia,
      Lógicamente es significativo. Lo que da a entender es que no está declarando la facturación, es decir, que os está cobrando en B. Lo que puedes hacer es denunciarlo ante Hacienda.
      Un saludo.

  63. Buenas tardes,
    El administrador de nuestra finca, que a la vez es el presidente, nos ha pasado todo lo relativo a la proxima junta General Ordinaria, he observado que entre los gastos de 2018, se encuentran gastos bancarios , que suman 410,99
    También gastos como ” varios” de gasoil, telefono, cartuchos impresora.. `por 177, 78euros,
    gastos de IRPF AEAT MOD 111 PROFESIONALES POR TRIMESTRE CON UN TOTAL DE 1,147,08 EUROS
    Es normal eso?

    sus honorarios son de 675,75 euros mensuales, lo que hace un total de 8.105,88 euros

    Tambien…los gastos de servicios que nos prestan tanto la limpiadora, el jardinero.. etc.. gastos extras.. gastos de esto , de lo otro..
    Sinceramente, creoo que no es muy claro todo esto.. y estoy mosqueadisima.Le he pedido: literalmente.. ( copio y pego )) «»todas las facturas del año 2018 tuyas..de la limpiadora.. Jardinero…todo lo referente a las personas que nos prestan sus servicios.
    Y adjuntame extractos bancarios del año 2018 y en curso.» ha tardado 5 dias.. en contestarme , y me manda un documento en PDF.. que es el siguiente..( pero no me manda lo que le pedi.., solo conceptos )
    le copio y pego parte de lo que me mandó:

    GASTOS BANCARIOS
    05/01/2018 2 Gastos Bancarios -30,73
    08/01/2018 — Gastos Bancarios -2,18
    11/01/2018 – Gastos Bancar¡os -0,36
    11/01/2018 – Gastos Bancarios -2,18
    15/01/2018 – Gastos Bancar;os —0,36
    17/01/2018 — Gastos Bancarios -0,36
    05/02/2018 – Gastos Bancar¡os -31,10
    07/02/2018 7 Gastos Bancarios 72,18

    asi … sucesivamente.. hasta llegar a diciembre ..
    13/10/2018 – Gastos Bancarios TALONARIO -1,00
    05/11/2018 – Gastos Bancarios -31,46
    05/1 112018 * Gastos Bancarios -2,00
    05/12/2018 – Gastos Bancar¡os —31,46
    10/12/2018 — Gastos Bancarios -2,18
    TOTAL GASTOS BANCARIOS -410:99

    HONORARIOS ADMINISTRACIÓN
    29/01/2018 — Honoranos adm¡nrstración presupuestados para el Ejerciciº -675,49
    asi sucesivamente hasta diciembre:
    01/11/2018 – H0n0rar¡os admin¡strac¡ón presupuestados para el ejercic¡o PAGO A/C NOVIEMBRE -675,49

    03/12/2018 * Honorarios administración presupuestados para el ejercicio PAGO A/C DICIEMBRE 2018 —675,49

    TOTAL HONORARIOS ADMINISTRACIÓN —8.105 ,88

    CORREOS FOTOCO PIAS
    01/06/2018 * Correos, fotocopias, Certificados, etc ( CORREOS, FOTOCOPIAS, CERTIFICADOS ) —65,60
    01/06/2018 – Correos, fotocopias, Certificados, etc ( SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS ) -3,25
    01/06/2018 – Correos, fotocopias, Certificados, etc ( SOCIEDAD ESTATAL CORREOS YTELEGRAFOS ) —4,37
    01/06/2018 * Correos, fotocop¡as, Certificados, etc ( SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS ) —18,20
    01/06/2018 – Correos, fotocopias, Certificados, etc ( SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS ) -2,60
    01/06/2018 – Correos, fotocopias, Cemñcados, etc ( SOCIEDAD ESTATAL CORREOS YTELEGRAFOS ) —14,95
    01/06/2018 * Correos, fotocopias, Certificados, etc ( SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS ) -3,80
    18/09/2018 – Correos, fotocop¡as, Certificados, etc ( SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS ) -1,10
    18/09/2018 — Correos, fotocopias, Certificados, etc ( SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS ) —4,27
    18/09/2018 – Correos, fotocop¡as, Ce¡tificados, etc ( SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS ) -8,54
    18/09/2018 – Correos, fotocopias, Certificados, etc ( SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS ) —4,27
    26/10/2018 — Correos, fotocoplas, Certificados, etc IMPRESIÓN TARJETAS PARKING -24,20

    TOTAL CORREOS FOTOCOPIAS 1155:15

    GASTOS VARIOS JUNTA DIRECTIVA
    17/01/2018 – Gastos Junta Directiva TELEFONO, GASOIL, BOMBILLAS —78,68
    31/10/2018 – Gastos Junta Directiva TELEFONO ( GASTOS PRESIDENTE ) -18,40
    31/10/2018 * Gastos Junta Directiva COMBUSTIBLE ( GASTOS PRESIDENTE ) -20,00
    31/10/2018 – Gastos Junta D|rect|va BAZAR CHINA HENGLI SL (BOMBILLAS) ( GASTOS PRESIDENTE ) ”10,85
    31/10/2018 – Gastos Junta Directiva FERRETERÍA «LA CALETA» ( GASTOS PRESIDENTE ) —13,30
    31/10/2018 – Gastos Junta D|rectiva BAZAR LUAN WANG ( GASTOS PRESIDENTE ) -16,85
    31/10/2018 — Gastos Junta Directiva BAZAR H.F. ( GASTOS PRESIDENTE ) ¡2,20
    31/10/2018 * Gastos Junta Dfrect|va ILUXELED SL ( GASTOS PRESIDENTE ) -7,50
    31/10/2018 – Gastos Junta Directíva CARTUCHO IMPRESORA ( GASTOS PRESIDENTE ) -10,00
    TOTAL GASTOS VARIOS JUNTA DIRECTIVA —177 78

    (((Decir que el mismo administrador hace de presidente))

    TOTAL IRPF AEAT MOD 111 PROFESIONALES -1.147 08

    ( lleva la adiministracion de 2 bloques de vecinos de 44 cada uno )
    le he vuelto a pedir lo que le he mencionado.. y sigue sin darme contestación..
    espero que me ayude con su respuesta.. gracias. anticipadas..

  64. Hola, hace unos días hicimos la reunión de vecinos y salí elegido como presidente…al reunirme con el administrador de finca que lleva esta comunidad hace años me pide que todos los meses me reúna con él para entregarle el cheque … para mi no es fácil desplazarme mensualmente así que le digo que prefiero hacerle transferencia para que así sea todo claro quede el apunte y lo pueda hacer desde casa …me dice que si es así me tendría que cobrar el iva y el tendría que declararlo …claramente no tenia ni idea que nuestro administrador lo llevaba así pero que se puede hacer ante esto ? La directiva que está ahora mismo hemos visto que lo tenemos solo para las reuniones ya que lo demás nos tenemos que encargar nosotros.
    Al no declararlo se consideraría como que no tenemos administrador ?podriamos decirle que ya no queremos seguir con sus servicios ? O
    Habría que hacer una reunión extraordinaria para cambiarlo. Gracias

    • Hola Afri,
      Haced una reunión sin contar con él y echarle pero ya mismo. Es intolerable que hoy en día siga habiendo gente defraudando y engañando. Ese que dice ser administrador es un sinvergüenza.
      Un saludo.

      • Se debe hacer entonces una reunión extraordinaria con más del 25% de los vecinos ? O con los 4 que hemos salido en esta última reunión valdría para contratar a uno legal ?

        • Me entregará toda la documentación de la comunidad ya que lleva más de 20 años así o si me pone pegas que debemos hacer ?
          Al día de hoy y después de dos semanas de la última reunión aún no nos ha entregado el acta

          • Hola Afri,
            Primero es hacer una junta para destituirle, redactar el Acta (aunque no sea en el mismo libro) firmada por los asistentes, hacerle llegar una copia al administrador y recoger la documentación en el plazo que le deis para ello.
            Un saludo.

        • Hola Afri,
          El presidente es quien tiene la autoridad legal para realizar la convocatoria.
          Un saludo.

  65. Hola¡¡
    En mi comunidad los pagos de recibos de comunidad y obras los hago en el despacho de la administracion, la cual me entrega un recibo con el concepto que sea, 1 trimestre, 2 trimestre…etc
    Ahora se a hecho una obra de la cual tengo que pagar 1000 euros, los demas vecinos han ido pagando 100 euros cada mes, y yo por ser la tienda y tener el coeficiente menor de toda la finaca opte por pagarlo de una vez, aclarando que cuando se empieze la obra pagare el importe que me corresponde y no hubo problemas.
    El problema bien que la administracion me hace pagarlo en un N de cuenta que a pesar de estar puesto a nombre de la comunidad (Supongo) ella tiene acceso a sacar dinero, a lo caul me niego a ingresar ningun dinero en una cuenta que no se quien es titular y que en actas no aparece el numero que me han dado, vamos en actas no hay ningun numero de cuenta, yo le digo que le hago el pago en la ofician y que em entregue un recibo con el importe que le entrego y los conceptos por los que se le entrego, a lo cual se niega en redondo, cuando si que me acepta pago de trimestres y me da recibo.
    Puede negarse a darme un recibo de pago?Esque no le encuentro sentido a lo que me dice, incluso le digo que me haga dos recibos y le pago en dos veces y tampoco.
    Puede negarse a darme un recibo por el pago?ya que los pagos los hago en la oficina siempre
    Muchas gracias¡¡¡¡¡¡

    • Hola Juan,
      El administrador no tiene la obligación de recoger dinero en efectivo del pago de las cuotas ya sean ordinarias o extraordinarias. Lo normal es que lo hagas mediante ingreso en la cuenta bancaria de la comunidad. Si desconfías de eso, ya es otro problema que debéis resolver en la comunidad, es decir, quién debe figurar como autorizado en la cuenta y quien no.
      Un saludo.

  66. En mi comunidad se realizó un pulido del portal de una empresa. En el acta de la comunidad el administrador lo incluye dentro del apartado de la empleada de limpieza y lo suma a la totalidad de su salario. No realizó esta empleada dicho servicio sino una empresa. De puede hacer este apunte así o debería ir a gastos extraordinarios?

    • Hola Vistas,
      La partida a la que se lleve el gasto no tiene mayor transcendencia. Se incluya en Limpieza o en Otros gastos, el total será le mismo.
      Un saludo.

  67. Buenas tardes

    Las facturas de la comunidad quien tiene que solicitarlas el presidente? Un propietario puede solicitarlas.

    Gracias

    • Hola Mamen,
      La documentación de la comunidad es propiedad de todos los propietarios, como es lógico, y el administrador debe custodiarla a disposición de los mismos. Por tanto, sí que puede solicitarlo.
      Un saludo.

  68. Buenas tardes. Debido a muchos problemas con el administrador (no contestaba correos, no ponía las reuniones cuando se le pedían, dio de baja empresas que nos daban servicios sin contar con la junta de gobierno, obligó al presidente a firmar un acta de junta diciendo que no tenía ni idea…etc. etc etc.) decidimos los vecinos echarle.

    Ahora nos pide una indemnización de los meses que le quedan para acabar el año (SIN IVA PORQUE SE LO HEMOS RECLAMADO, ya que nos la quería colar), más su última mensualidad trabajada con IVA. Me ha resultado curioso, que el recibo que nos hace firmar de su última mensualidad trabajada es 50 y pico euros menor que lo que nos cobraba mensualmente y nos habla de una retención del 15% (la cual no entiendo porque pensaba que era una empresa o autónomo). Es raro que «estando peleando con él» se equivoque en cobrar favoreciéndonos a nosotros… me huele que ha habido algo raro.

    ¿podríais darnos unas pistas de que comprobar, para ver si nos ha timado en algo o si está todo en orden? tenemos que pagarle una indemnización de más de 3000 € por no meternos en juicios largos, peor tal vez merece la pena ver que ocurre antes de pagar la injusta indemnización cuando no ha hecho nada por nosotros, más que entorpecernos y no ayudar a nuestra comunidad.

    Gracias

    • Hola Diego,
      Pedidle todas las facturas anteriores y el contrato que tenga firmado con vosotros. No dudéis en ningún momento en ir a juicio ya que la indemnización que os pide está muy por encima de lo que sería el coste del juicio. Hay jurisprudencia a vuestro favor, con lo cual, si os ponéis en manos de un buen abogado, no dudo en que os ahorraréis esos 3.000 euros y pondréis al administrador en su sitio.
      Un saludo.

      • El contrato pone claramente que si no se le avisa antes de que llegue diciembre (a pesar que las juntas anuales las tenmos en abril, que es cuando se decide todo), debemos de pagarle el año entero (en nuestro caso de abril a diciembre). Nos ha dicho que tiene muy claro que no va a perder el jucio, porque el presidente en su momento firmó dicho contrato y él no ha hecho nada.

        Desde la nueva administración nos aconsejan que le paguemos, ya que nos dicen que es muy difçicil ganar juicios así, donde demostrar que el adminsitrador no ha ejercido bien su trabajo es complicado. Aunque los vecinos tenemos una buena cantidad de emails, donde se le solicita información, problemas y demás cambios para las actas de juntas,que nunca tuvieron efecto. Además de por ejemplo haber dado de baja la empresa de conserjería sin hablarlo con la junta de gobierno (porque dice que un vecino se quejó y por eso dio la orden de no renovación) u otro ejemplo sería que el presidente anterior quería cambiar el acta de la reunión ya que había cosas que no eran del todo ciertas y el adminsitrador se negó a cambiarlas diciendo que el rpesidente no tenia «ni idea de nada» y que no lo iba a cambiar (justo fue cuando le echamos).

        Está siendo relamente injusto todo y nos vemos un poco solos, ya que no sabemos por donde tirar. Queríamos echarle y ya, sin lios de abogados ni reclamarle nada, porque lo que queremos es que funcione nuestra comunidad sin problemas. Pero ahora estamos atascados ya que se ha negado a entregar ninguna documentación (me comentan que hay un tiempo máximo para entregar todo y estará esperando hasta el último momento) y tenemos que pagarle los 3000 € de idemnización.

        • Hola Diego,
          La documentación de la comunidad es propiedad de la comunidad, no del administrador. Esto podéis denunciarlo porque incumple la Ley de Protección de Datos. Una vez cesado, no puede retener la documentación, la cual debe ser devuelta de inmediato al presidente. Lo ideal es que pongáis el caso en manos de un buen abogado, pero eso ya depende de las ganas que tengáis de guerrear.
          Un saludo.

  69. sobre esto quiero comentarles un caso,esteaño en la junta actual no se entregan los gastos del 2018,es un administrador que con elpresidente llevan 20 años,malprincipio echan la culpa al portero,luego el administrador
    dice que es torpezavecinal ylo tiran a labasura,pero como hay internet no hay problema,bueno las cuentas se aprobaron por mayoria (con mucha gente mayor de 70 años)y solo mi voto encontra, eso si,si quieres auto auditoria,ver cuentas o cualquier cosa segun tengo entendido estos dos y su camarillade 30 te hacen la vida imposible.
    Como una familia que lallevan haciendo bulling durante 10 años,vivian en un septimo tubieron problemas de goteras y cuando fueron a juicio y elperito sentencio a su favor , el presidente le dioun presupuesto al vecino donde en una carta que escribe el abogado al administrador expone»
    Mi defendido no es que no quiera leer el presupuesto del presidente,es que les digo, para que el señor juez de por terminado el litigio tenemos que saber,nombre de la empresa, domicilio, razon social y nombre del arquitecto que firma los certificados de grantia,bueno asi varios años, elpresidente le acusaba de estafador,al final la comunidad ledaba poderes al presidente hasta que perdieron por 40000 el juicio, elvecino solo a recibido 12000 ,soy yo o mi madre vive3 en una comunidad de chicago años 30

  70. Hola,
    He solicitado al administrador de mi Comunidad una copia de facturas y se está desentendiendo. Ni contesta.
    No soy la presidenta pero soy una de las propietarias. ¿Tengo derecho a que me las enseñe por no ser el presidente? ¿Qué posibilidades tengo si acudo a un abogado? La verdad es que no estoy para gastar dinero. Por eso hago la pregunta. En cuanto a las compañias de servicios como la luz o el gas, no me pueden enseñar las facturas si no es con el consentimiento del presidente, que no quiere comprometerse.
    Hace unos años, y en connivencia con la presidenta, los dos propusieron, falseando una información, eliminar la cuenta corriente del Banco. Así es como no podemos llevar el control de nuestro dinero, y a la Comunidad le da igual. No lo entiendo. Hablan, le critican, pero luego consienten en tenerlo.
    A mí personalmente intentó estafarme, esta es la palabra justa, más de 1.300€ por el pago de una obra que no pude pagar en su momento. Incrementó todos los recibos. Lo descubrí por ir directamente a las oficinas de la Vivienda. Y a la Comunidad le ha dado lo mismo.
    Ahora me he dado cuenta que de un servicio se ha embolsado 300€, aparte de que hay más irregularidades, como reparaciones innecesarias apoyadas por la que era la presidenta, la mandamás del edificio.
    Me consta que el administrador lleva años metiéndose dinero en el bolsillo y me asombra estar en una Comunidad tan pasota.
    En cuanto al Colegio de Administradores, ya hice la reclamación del intento de estafa y de una factura que se negó a enseñarme, y no me han hecho ni caso.
    Disculpa que me haya extendido, y aún me he quedado corta de las cosas que hace.

    • Hola Sofía,
      El colegio de administradores no es oficial ni está legislado, con lo que no creo que por ahí puedas conseguir nada. Puedes acercarte a la oficina y solicitar que te dejen revisar la facturación. Hazlo mediante un burofax. Si no te atienden, solicita por el mismo medio que se incluya en el orden del día de la próxima junta la revisión de las facturas y que las lleven a la misma para ello. Si aún así no lo hace, entonces ya podrás denunciarlo ante el juzgado.
      Un saludo.

  71. Hola, buenas tardes,
    Escribí ayer y vuelvo a hacerlo por sí me pueden contestar, hacerlo todo en uno. Resulta que el administrador, a quien le pedí que me hiciera copia de las facturas y me las enviase a mí correo, al final me ha contestado diciéndome que si las quiero, que me hará un presupuesto para que le pague las copias y el tiempo que invertirá en realizarlas, o bien que me pase a verlas. ¿Tiene derecho a cobrarme este servicio cuando la Comunidad le estamos pagando por sus servicios? De ir, que será lo que haré, porque me parece que pagarle es una excusa para que me eche atrás¿me puede prohibir que haga fotos las facturas? Pues sí hay irregularidades, que las hay ¿ cómo lo voy a poder demostrar?
    Muchas gracias por su atención. Un saludo

    • Hola Sofía,
      No sé si te dejará hacer foto, pero lo que sí puedes hacer es llevarte una libreta y apunta el número de factura, la fecha, el importe y la empresa (con su CIF). Con respecto a pagar por las copias, a ver, lógicamente si cada vecino pide copia de todas las facturas de la comunidad, como es lógico, sería un gasto impensable.
      Un saludo.

  72. Hola,
    Muchas gracas por contestarme. Me ha sido muy útil.
    Entiendo lo que decís sobre hacer copias si cada vecino lo solicitase. Hay administradores que tienen expuesto en un portal al que se accede por internet, todo lo relacionado a la Comunidad incluído copias de facturas para poder ser consultadas. Seguro que son los menos pero estaría muy bien que esto se implántase. Nos ahorraría tiempo a todos.
    Otra vez muchas gracias, hacéis una gran labor.
    Saludos.

    • Hola Sofía,
      Estamos totalmente de acuerdo. Nuestra empresa sí que ofrece ese servicio online que da mucha transparencia y confianza en la gestión de la comunidad pero, lamentablemente, somos aún muy pocas las empresas de administración que lo ofrecemos. Esperamos que soluciones sus problemas.
      Un saludo.

  73. Buenos dias:
    Tengo una duda sobre la comunidad de propietarios. Resulta que una propietaria de un local comercial (que corresponde a la comunidad por Ley de Propiedad Horizontal) lo tiene alquilado a una sociedad, y en contrato acordaron que la cuota de comunidad la pagaria el arrendatario del local ingresando la cuota directamente en la cuenta de la comunidad, pero a cambio de la factura por ese importe + el iva.
    Ese iva que repercute la comunidad al arrendatario del local, debe declararlo?? y como??
    Gracias por vuestro apoyo

    • Hola Begoña,
      Las cuotas de la comunidad no tienen IVA. No se pueden emitir facturas por los pagos de la comunidad, lo único que se puede entregar en un recibo, pero nunca puede tener IVA.
      Un saludo.

  74. Buenos días.
    En la última Juntan de la Comunidad, descubrí un “error”, informe a la Junta y le han pedido información al administrador, (aun pendiente), he propuesto a la Junta la figura del censor de cuentas y solicitarlo por carta al presidente o por buro fax o al administrador como punto de la orden del día.
    Copio la redacción: Solicitar entre los propietarios de la Comunidad la figura de un Censor de Cuentas, con acceso “online” a las cuenta/s bancaria/s de la Comunidad. Si fuera necesaria la obtención de firma, esta será mancomunada.
    Funciones a determinar: acceso a toda la contabilidad con facturas y documentos que certifiquen los ingresos y gastos…etc.
    En el caso de que se presentara un propietario, yo lo ayudaría en caso contrario aceptaría y el cargo.
    ¿Algún consejo para ampliar las funciones que se me haya pasado?

  75. Hola
    Nuestro administador despues de siete años nos ha dado las cuentas de la comunudad, ha alegado que tenia un virus en su ordenador. Nos ha dado todos los gastos juntos. Y se niega a dar los movimientos de la cuenta alegando proteccion de datos.
    Tampoco despues de meses de la reunion me da la copia del acta.
    Nos dice que el puede disponer del dinero de los fondos para lo que crea conveniente mientras no pida una derrama.

    • Hola Juan,
      No creo que haga falta que os digamos lo que hay detrás de esas respuestas del administrador. Lamentablemente en esta profesión hay mucho estafador y mucho delincuente. No tardéis ni un solo segundo en destituirle y denunciarle. A ver si entre todos acabamos de una vez con los corruptos.
      Un saludo.

    • Hola Juan,
      Si te refieres a referente de administradores, no conocemos los mercados de todas las ciudades como para poder recomendar a nadie.
      Un saludo.

  76. Buenos días, una consulta que nadie ha sabido darme respuesta:
    Nido de avispas en la fachada exterior del edificio. La Comunidad no atiende (por tres veces) los requerimientos del propietario para solucionar el problema. El propietario arregla el problema por su cuenta y le facturan a él. El propietario presenta/entrega a la Comunidad (Administrador) el informe técnico y justificativo previo al trabajo y a factura del trabajo realizado. La Comunidad dice que NO le abona la factura…a no ser que ésta venga a nombre de la Comunidad. La empresa dice que la factura la emite al nombre de la persona que le ha encargado el trabajo, no a otra (¿fraudes de facturación?).
    ¿Realmente la Comunidad no puede abonar esta factura de uno de los propietarios? (por un trabajo justificado, para evitar riesgos evidentes a las personas…y que NO lo quiso hacer la Comunidad -administrador, presidente- en su momento)
    Gracias por vuestra atención.
    Estáis sirviendo de ayuda a muchas personas.

    • Hola LR88,
      Claro que la comunidad puede abonar la factura al propietario. No es necesario que esté a nombre de la comunidad, aunque sería lo más correcto, con que exista un acuerdo de la junta de propietarios justificando el gasto es suficiente. Tampoco entendemos que si se le requiere a la empresa para que cambien los datos, no lo quiera hacer, no conlleva ningún tipo de problema ni fraude de ningún tipo, siempre que se haga y declare debidamente.
      Un saludo.

  77. Hemos tenido que abonar 360,00 € extras en nuestro bloque para, según nos indica n/Administradora, liquidar una factu
    ra del Registro por la inclusión de dos bloques nuevos que componen nuestra Comunidad en los Estatutos de la Interco
    munidad. Mi pregunta es: ¿ Es correcto que tengamos que asumir dicho cargo ?, por otra parte ¿ No sería razonable que fueran los propios bloques los que tuvieran que sufragar tal cantidad.?. Os agradecería me informen por mi correo
    a la mayor brevedad pues tenemos una reunión el próximo día 29 y quisiera tener vuestra contestación al respecto.para su exposición GRACIAS

    • Hola Antonio,
      Suponemos que ese gasto corresponde a la modificación de las escrituras que ha habido que hacer. Desconocemos la causa y simplemente suponemos. Si es así, sería correcto.
      Un saludo.

  78. Hola a todos,quería comentar un caso sucedido en mi comunidad.El administrador le hemos cesado por no cumplir con lo acordado en junta,buscar documentación que no se nos entrego el promotor : ,titulo constitutivo,documentación técnica,,etc.Este es el tercero en 15 años,,era conocedor de la carencia de documentos.
    El administrador a la entrega de la documentación nos entrego: balance del estado económico,lista de morosos,sin especificar en acta anteriores las cantidades adeudadas,lista de morosos que no están con pago domiciliados y no certifica su deuda,hemos observado en extractos bancarios aportaciones de estas personas que no están descontadas
    Devoluciones de recibos que no tiene contabilizado en lista de morosos con los gastos de devolución.
    No presenta sus facturas como honorarios de administración,ni facturas del servicio de limpieza así como facturas con IVA de otros profesionales de mantenimiento,pequeñas facturas,pero sin IVA,
    Este señor ha estado varios años al igual que la empresa de limpieza y algún que otro profesional que ha echo trabajos de mantenimiento en esta comunidad.
    el administrador cobraba mediante transferencia como honorarios de administración,beneficiario,a nombre particular,
    el cese cobró a primero de septiembre honorarios de administración y al cierre el día 23 como nómina a nombre particular como nómina de septiembre,digo esto porque no hemos observado en los extractos que hallamos pagado la parte correspondiente de IRPF el modelo 111,no sabemos si es empresa o autónomo,es abogado colegiado.
    Gracias a que habemos algunos vecinos hemos decidido poner cartas en el asunto,aunque hay algunos pocos vecinos que no están de acuerdo,alegando que con ese administrador no hemos tenido problemas.
    Me gustaría si pudieseis echarme un cable para demostrar en Junta como presidente que soy que este señor no ha
    obrado correctamente y ha puesto en evidencia a la comunidad porque sin darnos cuenta ya que este señor hacia las veces de administrador secretario no podemos demostrar ante un tercero,hacienda por ejemplo, los gastos que hemos tenido,además mintió en un caso de morosidad que tenemos arrastrando hace años de una plaza de garaje que estaba para cobrar,ya que pertenece hoy día al banco,y después no ha tenido más remedio que decir que el solo ha echo una gestión extraoficial,ahora tenemos que certificarla aprobarla en junta y hacer las gestiones con la entidad bancaria,en fin un regalo.
    Aunque me he extendido,me gustaría si alguien puede concretarme en los errores contables y fiscales que pudiera haber cometido este señor, de manera argumentada para recabar la documentación oportuna para tratar de convencer a esa minoría que aún cree que el cese de este señor no es correcto.
    Gracias y reciban un saludo de antemano.

    • Hola AML,
      Como podrás entender, no podemos opinar sin ver la documentación. Esta labor, la de auditar el trabajo de una administrador, es compleja y costosa, además, que no creo que saquen de ello ningún tipo de beneficio. En definitiva, que sin la certeza de haber cometido un delito o un perjuicio cuantificable a la comunidad, no tiene mucho sentido, más allá de la satisfacción personal. Por lo que nos cuenta no vemos demasiado motivo para emprender una empresa tan costosa de la que no van a obtener ni un euro de beneficio.
      Un saludo.

  79. Nuestro seguro comunitario incluye gastos jurídicos y cobros a morosos. El administrador no da parte al seguro sobre este concepto. La póliza esta en su poder y lo Prefiere lleva con abogados externos. Nos genera muchos gastos que tenemos cubiertos y además no son efectivos y año tras año son los mismos morosos pero con mas deuda. Cuando les aviso de pequeñas obras tienen sus empresas colaboradoras concertadas. Les digo de cambiar un foco de luz de escalera y me tardan dos meses no me dejan elegir modelo ni intensidad lumínica y cobran 152 euros, el foco cuesta 20 euros y montaje 25 total 45 euros, Se lo comunico y me ignoran. La misma empresa dos pequeñas obras 652 euros, su valor menos de la mitad. Esta empresa tiene sede en la misma administración que raro nó. Se rompió un cristal del saguan se lo comunico y dicen que enviará la misma empresa masol sl. Les digo que lo haga por el seguro. Tres semanas después llamo à la aseguradora me dicen que no existe parte de ningún cristal y doy el parte en ese momento. Nos han cambiado de compañía eléctrica sin permiso de la comunidad tambien calla y no me responde cuando le mando un mensaje. Decido pedirle las cuentas y me manda 20 facturas elegidas por el, le digo que no es suficiente y me dá 70 facturas tambien elegidas, hasi como un archivo con papeles de los 80,90, y 2000 y tambien contratos en deshuso. es normal que actue asi?

    • Hola Roki,
      Evidentemente no es normal. Si no os gusta cómo actúa vuestro administrador podéis destituirle del cargo en junta de propietarios. Es sencillo. Votáis que queréis cancelar sus servicios y listo.
      Un saludo.

  80. Hola a todos agradezco su respuesta y entiendo que sin la documentación no se puede valorar el contenido del mensaje.
    El certificar los hechos que expongo, es demostrar a los comuneros de mi comunidad que dudan q abran los ojos y se den cuenta que durante años hemos pagado unos honorarios a personas que no han cumplido perfectamente con su cometido y que a día de hoy tenemos la necesidad de buscar la documentación del edificio, pasar ocas, en fin ponernos al día con nuestro esfuerzo
    Agradezco una vez más su respuesta un saludo

  81. El administrador nos ha dado las cuentas anuales sin desglosar el IVA, sólo gastos totales. ¿Tendría que salir desglosado todo?
    Por ejemplo: limpieza comunidad. 2150 mes. Y así todo. No se ve ni el IVA ni IRPF ni nada. Así no sabemos lo si ya está metiendo el IVA o no

    • Hola María,
      ¿Cuál es la intención de desglosar el IVA? Las comunidades del propietarios no se desgravan el IVA por lo que no tiene sentido desglosarlo. Sucede lo mismo cuando compras comida para tu casa, no tiene sentido saber el IVA y sí lo que pagas en total. Por tanto, no es obligatorio y consideramos perfectamente presentadas las cuentas con los totales.
      Un saludo.

  82. Buen día, vivo en una comunidad de propietarios pagaba 57euros de comunidad, entro nueva administradora y nos dice que tienen pagos atrasados por impagos de un vecino que tiene muchos pisos en la comunidad por lo que la solución que acordaron en la junta(solo ellos) es subir al doble la comunidad (114 euros) y crear una derrama de 750 por propietario pagándolo en 5 meses para pagar la deudas y creo que es injusto porque estamos pagándole la morosidad al propietario más adinerado que hay en la comunidad y no se hace nada legal para procesar al moroso, además acordaron la junta y administradora quitar el iva de todo para tener más dinero para pagar los servicios y así salir de sus deudas.

    Es legal que hagan esto? Me tienen que dar factura por el pago de mi comunidad? A quien puedo denunciar esto? Ya que somos minoría supuestamente no tenemos voz ni voto

    • Hola Luis,
      Los recibos de la comunidad que pagan los propietarios no tienen IVA, así que no entendemos ese aspecto. El IVA afecta a los servicios profesionales que tenga contratado la comunidad y es obligatorio. Por otro lado, si tienen una morosidad, lo normal es proceder a reclamarla por la vía judicial. Hasta que esto se resuelva, lógicamente el resto de comuneros debe asumir los gastos ordinarios o, por el contrario, se vería obligada a suprimir los servicios de que disponga.
      Un saludo.

  83. Buenas tardes:
    Actualmente y desde hace un año, mi mujer y yo hemos asumido la presidencia y administración de nuestra comunidad.
    Anteriormente estaba otro presidente, que también hacia de administrador, ya que el mismo hace unos años hecho a la empresa administradora que lo llevaba, antes de que llegaramos nosotros al edificio.
    Nosotros llegamos al edificio hace 4 años, en este tiempo nunca se convoco una junta, ademas al pedirle la documentación de la comunidad, nos dimos cuenta de que de los 5 años que han estado como presidente y administrador, no existe ni una sola factura ni de luz, ni agua, ni ascensor, ni seguro, ni extintores, ni reparaciones, ni nada de nada, se las hemos pedido en varias ocasiones y dice que no tiene nada mas, que eso es lo que le dieron cuando cogió el cargo.
    Mis preguntas son las siguientes:
    Respecto a las juntas, que se debe hacer una anual,¿Tiene algún tipo de consecuencia no haberlas hecho?, Para los nuevos y futuros presidentes o para la comunidad en si.
    Y respecto a las facturas, ¿Puede afectar esto al resto de vecinos y/o a la comunidad en si, si nos hacen algún requerimiento.
    Y por ultimo, como presidente y administrador, ¿Crees que es conveniente informar de toda esta situación al resto de vecinos en junta?, Ademas el antiguo presidente esta a la defensiva y todo lo que le hemos solicitado, reclamado y reprochado se lo toma como un ataque y actualmente es imposible hablar con el. No se si decirlo en junta con el presente puede ser buena idea para el ambiente del edificio.
    Que me aconsejáis

    • Hola Francisco Javier,
      La existencia de mala praxis por parte del anterior presidente es bastante evidente pero realmente no tiene gran trascendencia salvo que hubiera existido una apropiación indebida de los saldos de la comunidad. Nuestra recomendación es que obtengáis un extracto bancarios de los últimos cinco años y realicéis una pequeña auditoría de los movimientos y poneros en contacto con los proveedores de servicios para que os den copias de las facturas.
      Un saludo.

  84. Al presidente y administrador ( es el mismo) de mi comunidad se le paga la cuota y luego en gastos de arreglos que hace él también se le paga… Bueno se sirve el sólo. Unos 3000€ anuales. La cuestión es, eso es delito? Y si lo fuera dónde y cómo se denunciaría, muchas gracias.

    • Hola Alberto,
      Cualquier cobro por realizar un trabajo, mientras no esté declarado, supone un fraude. Puedes denunciarlo ante la Seguridad Social, Hacienda o Inspección de Trabajo.
      Un saludo.

  85. Buenos dias:
    Me he comprado recientemente mi primer piso y justo me a tocado ser la secretaria de mi comunidad, no tengo ni idea de como se hacen las cosas, el caso es que la presidenta que es otra vecina, con mucho más edad que yo unos 60 años, es la que se está encargando de hacer mi trabajo de secretaria y solo me avisa para firmar los documentos o ir al banco, mi pregunta es cuando se hacen obras como es mejor hacer los pagos? Por que tenemos una obra aprovada en junta de unos 8000 euros la empresa le dijo que necesitaba que se le pagaran 4000 euros de adelanto, ella lo puso en un cheque al portador, lo firme y despues me entere que no se puede hacer asi, y se lo dije y borro el cheque, ahora me dice que mejor hagamos una transferencia bancaria, obvio tenmos que ir las dos. Mi prengunta es en la transferencia debe de figurar el nombre de la empresa x o puede ser una persona autonoma? O con el cif de la empresa o la persona es correcto? Es que no estiendo bien eso. Lo digo por que el que va hacer la obra es amigo de ellos y pienso hay algo raro

    • Hola Jesica,
      En principio no hay nada raro en lo que nos cuentas. Las transferencias dejan constancia del ordenante y del receptor de la cantidad, por lo que no hay problema en poner el nombre, el CIF o lo que sea. Siempre se va a saber a dónde ha ido a parar ese dinero.
      Un saludo.

  86. Buenas Tardes:
    Caso de un Sr. que es administrador de la finca de mi comunidad y actúa como secretario.
    Nos envía resúmenes trimestrales de lo que el llama Ingresos y Gastos que parecen más bien Entradas y Salidas de Caja.

    Le he solicitado:
    1.- Movimientos de la c/c de la CP desde la que se cargan los recibos
    – A priori se niega. Le he solicitado al Presidente este detalle
    – Caso de que en estos movimientos observe:
    – Salidas en efectivo. Esto es un delito?? Tipificado en algún código?
    Podría plantearse un alzamiento de bienes, al ser una c/c un bien de la CP??

    2.- Relación de facturas que justifiquen los movimientos de la c/c
    – Caso de que no se presenten. Esto es un delito? Tipificado en algún código?
    Podría plantearse un alzamiento de bienes, al ser una c/c un bien de la CP??

    3.- Relación de contratos que justifiquen las facturas

    4.- Su factura con IVA o declaración jurada de haber realizado una Imputación de Renta de sus servicios
    Caso de no facilitarlo puedo incoar una denuncia ante la AEAT por fraude fiscal?

    5.- Modelos 347 de los últimos 4 años en periodo prescripción
    Caso de no facilitarlo puedo incoar una denuncia ante la AEAT por fraude fiscal?

    6.- Clave digital de acceso de la CP. Como PJ sin personalidad está obligada a comunicarse con las AAPP

    Busco que si alguna de la información que facilite no sigue el ordenamiento jurídico actual, solicitar al Presidente el cese
    Entiendo que a tenor del CC, Libro II, Título III de Comunidad de Bienes estoy habilitada como miembro de la CP a tomar acciones en beneficio de toda la CP mientras no impliquen la modificación de la cosa (es decir lo comunitario)??

    Adicionalmente pretendo que el administrador actual asuma cualquier obligación accesoria por mala praxis en su relación con AEAT

    Entiendo que al no tener personalidad jurídica la CP, la responsabilidad recae en todos los miembros de la CP y la no sujeción al ordenamiento jurídico es algo que se puede incoar unilateralmente… Para explicar a uno que no sepa… ante un comportamiento ilícito implica cese automático

    Estoy buscando un nuevo Administrador que lleve la gestión.
    Entiendo que puede solicitar la información al actual y si éste no la facilita el Colegio de Administradores de Fincas puede actuar de oficio por intrusión en la profesión Correcto??

    Caso que en el traspaso de la información se observen malas praxis, transferencias no justificadas etc… Le corresponde al administrador actual restituir el dinero .. so pena de cárcel?? a partir de qué cantidad ??

    Disculpe si me he extendido pero tenemos una situación muy delicada y quiero asegurar el plan a seguir.

    Agradeciendo su colaboración
    Atentamente
    María

    • Hola María,
      Como bien dices es un caso extenso. En este blog damos respuesta a cuestiones generales sobre las comunidades de vecinos, pero no resolvemos los problemas de una comunidad en concreto. Lo que os recomendamos es que os pongáis en manos de un experto que os asesore.
      Un saludo.

  87. Es legal compensar presidente y administrador en una comunidad,una compra anual en un supermercado,por las prestaciones hechas.Nadie se quiere hacer cargo y es gente mayor ellos se ofrecen y son los propietarios los que quieren imponer ese agradecimiento.la factura seria el tique del supermercado

    • Hola Julio,
      Cuando creíamos haberlo escuchado todo… Pues muy legal no es. Sin más. No permitáis que eso se haga.
      Un saludo.

  88. Hola, me gustaría saber si mi comunidad tiene obligación de pagar el IRPF del administrador.
    Y a mayores saber si se puede nombrar secretario de la comunidad si tiene una deuda con la misma.
    Los servicios comunitarios como por ejemplo el consumo de placas solares, tienen que darnos el consumo individual o es obligatorio saber lo que consume cada piso.
    Nuestro administrador, como comparabamos por coeficiente y había protestas, dejo de mandar el consumo total y ahora lo manda individual, una nota en el buzón, sin membrete ni firmado ni sellado por el administrador.
    Gracias por anticipado.

    • Hola Rosa,
      El IRPF es una cantidad que se paga a Hacienda cuando la factura lleva retención. Si no la llevase, dicha cantidad tendría que abonarse al administrador. Con lo cual, a la comunidad le da igual el IRPF.
      No hay impedimento en que un cargo en la comunidad sea un vecino con deudas.
      Con respecto al tema de las placas, tendréis que ver lo que acordasteis al respecto en su día o lo que figure en los Estatutos de la comunidad.
      Un saludo.

  89. Recientemente he accedido al cargo de presidente de la comunidad y veo q las cuentas están en números rojos y el comportamiento del administrador deja bastante que desear.. ( cobra por no hacer nada).
    Al ir a preguntale por el contrato y sus obligaciones ,me dice q no existe tal contrato, que lo único q hay firmado es » una declaración de intenciones » y q se puede cancelar cuando queramos.. (Cosa que voy a hacer en breve, ya tengo convocada reunión extraordinaria)
    La comunidad ha sido sancionada por no presentar el modelo 190, pero al parecer si se presentó el 111, aunque no en plazo y lleva algún recargo. Si se presentó este modelo 111 es que se ha declarado su contrato y es legal?
    Nos ha cobrado por servicios q no eran necesarios y las cantidades q le ha dado la gana sin ser aprobado en Junta de propietarios. Es esto legal? Entiendo que no
    Donde puedo reclamarlo, porque en consumo me dicen que al ser un profesional colegiado no pueden hacer nada. Que tengo q acudir al colegio de abogados?? ( dicha persona no es administrador sino abogado) es que tengo dudas de q no exista corporativismo… Y en la comunidad no hay un solo euro para pagar abogados.. He comprobado q hasta nos ha venido devuelto el seguro de la comunidad por falta de dinero..
    Q se puede hacer? Gracias de antemano

    • Hola Axturi4x,
      Lamentablemente es muy difícil cuantificar el daño que la mala praxis de un administrador haya podido causar a una comunidad y la reclamación en los juzgado es larga y costosa. Muchas veces no merece la pena. Además, si como dices, es abogado, pensad en lo poco le va a costar representarse a sí mismo. Nuestra recomendación es que le remováis del cargo inmediatamente y analicéis las cuentas de la comunidad de los últimos cinco años, por si encontráis alguna operación extraña cuya cuantía pueda merecer la pena reclamar. En caso contrario, no queda más remedio que hacer borrón y cuenta nueva. Muy lamentable, repetimos.
      Un saludo.

  90. En mi comunidad acabamos de cambiar el administrador y éste lo primero que hace es admitir la pintura de la fachada del edificio comunitario diciendo que para no pagar el IVA entreguemos en mano la cantidad a pagar. ¿Que debo hacer¿ porque me he negado y tanto la presidenta como el gestor casi me pegan

    • Hola María Rosa,
      Lo que pretenden hacer es ilegal y un fraude fiscal. Además que le crea una indefensión a la comunidad en tanto que no podría reclamar por no haber factura. No pueden obligaros a hacer algo ilegal y, por mucho ahorro que suponga para la comunidad no pagar el IVA, no puede hacerse. Si se empeñan en hacerlo así, que dejen constancia escrita y los que no estéis de acuerdo negaros a pagar, siempre todo por escrito.
      Un saludo.

  91. Nuestro administrador de finca nos hace facturas de los gastos mensuales tales como luz, agua (fría y caliente) y calefacción pero vivimos en un apartaotel destinado a viviendas y las factura nos la emite una empresa privada de unos contadores que instalar. Internamente es decir que ellos reciben una factura y luego nos cobran la parte proporcional a cada inquilino según sus lecturas internas ¿es esto legal?

    • Hola Rafael,
      Entendemos que es un sistema implementado por la comunidad para controlar el consumo de cada vivienda. En su día sería aprobado por la comunidad. No es ilegal.
      Un saludo.

  92. Hola me puede asesorar , en mi comunidad se aprobar una empresa para pintar , le dimos al presidente y vocales potestad para elegir , la cual fue elegida y presentada en junta ahora por otro motivos han decidido elegir otra sin hacer junta , es legal eso , nos hemos enterado por una circular . Pueden seguir usando la potestad que le dimos sin mas

    • Hola Luis,
      Si les habéis concedido la potestad para elegir la empresa, pues cumpliendo con ese cometido están. Si la primera no salió bien, pues elegirán a otra hasta que se haga la obra. Es lo que tiene conceder determinadas funciones.
      Un saludo.

  93. Hola,
    La administradora del garaje (antes también de la finca) tiene una sociedad limitada (distinta de la gestoría) que factura a la comunidad algunos servicios. Por ejemplo, pone muchas pegas para que sepas donde comprar los mandos, solo los vende ella y les añade un sobrecoste de casi el 100%, pero claro si pides ver las facturas coinciden con lo que te cobra, porque lo emite su empresa a la comunidad. Ya no puedes ver lo que vale realmente porque eso el proveedor real se lo factura a su empresa. (Yo lo se porque conseguí saber donde los hacian, fui allí y me los dieron, pero facturan a la administradora y ella a mí).
    Llevo semanas pidiéndole ver las facturas, para ver si otros trabajos como arreglos en puertas, modificaciones y similares siempre los factura su empresa. Me dice que no atienden presencialmente por el COVID, que si quiero que las pida por email, pero me factura el trabajo.
    Mis dudas son:
    – ¿Puede un administrador tener una empresa intermedia de la q es administrador único y facturarle las obras, ventas y demás a la comunidad?
    – ¿puede ampararse en que están teletrabajando durante semanas para no enseñarme las facturas?
    Gracias

    • Hola Juan Antonio,
      Sobre la primera pregunta, ilegal no es, pero moral tampoco, más aún si no hay transparencia en ello. Es lamentable que existan estas prácticas. Se puede intuir que esa administración saca buena tajada de todo lo que se hace en vuestra comunidad. Nosotros recomendamos que ante estas sospechas, optéis por revocarle el contrato.
      Dice la Ley sobre Propiedad Horizontal que el Administrador debe custodiar la documentación de la comunidad y tenerla siempre a disposición de los titulares. Apoyaros en eso para solicitar los documentos que queráis. Es su obligación y no puede cobrar por ello. Es como si la gestoría a la que le llevas las facturas de tu empresa para que hagan la contabilidad te cobrase por enseñarte tus propias facturas. ¿Dónde vamos a llegar? Una vez más, lamentable que haya administradores así.
      Un saludo.

  94. Buenas tardes, en mi comunidad de propietarios, siempre se han nombrado al equipo del presidente administrador por votación entre los vecinos que voluntariamente se han ofrecido.Es una comunidad bastante grande, más de 200 vecinos. Estas personas desde siempre han cobrado un dinero por sus servicios que nunca se ha declarado ni están dados de alta.Desde hace varios años el puesto lo ocupan un equipo formado por un presidente que es propietario y una administradora que no es propietaria, ya que la propietaria es su hija y ademas no tiene titulación ninguna, las tareas de administración se las hace su marido.estas personas cobran mensualmente 750 euros que no se declaran. una serie de vecinos hemos pedido reiteradamente que se legalice esta situación e incluso que se pusiera en acta la petición sin hacernos el mas mínimo caso. Estas personas tienen a una parte de vecinos a su favor a pesar de que existen más irregularidades relacionadas con su forma de gestionar. Cada vez que hay una reunión ,aparecen con infinidad de votos que consiguen yendo casa por casa y comprometiendo a los vecinos. Ademas cuando alguno de los que queremos que se legalicen las cosas le pedimos cuentas, nos las niegan y cuando entregamos alguna comunicación , se niegan a firmarnos o sellarnos la entrada de las mismas para asi no tener que responder a nuestras peticiones .han llegado a no cogernos ni siquiera un burofax Me gustaría saber ante esto qué podríamos hacer. Y también me gustaria saber si la administradora puede ocupar ese cargo. muchas gracias.

    • Hola María,
      Un burofax se considera una notificación fehaciente aunque no sea recogido por el destinatario. Por tanto, podéis proceder a denunciar los hechos. No dudéis ni un instante en contratar a un abogado y luchar porque no se den estas situaciones ilegales y de abuso. Pensad una cosa, ellos tienen mucho más que perder.
      Un saludo.

  95. hola. a ver si me podeis aclarar una duda. en mi comunidad de vecinos hemos hecho una obra de 8000 euros y el albañil nos ha dado su factura con el iva correspondiente . me he enterado que el albañil no va a declarar esa factura ya que la comunidad no presenta el iva en ningun sitio y asi poder ganarse el iva sin tener que devolverlo. eso es verdad que no lo pueden pillar?

    • Hola Justo,
      Eso no es cierto. Las comunidades están obligadas a presentar el modelo 347 por aquellos servicios que superen los 3000 euros. Así que el albañil que haga lo que quiera, pero vosotros tenéis la obligación de dar cuenta de ello a Hacienda.
      Un saludo.

Comments are closed.