El Certificado Digital en las comunidades de propietarios

CertificadoLas comunidad de propietarios, desde finales de 2016, tienen la obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas mediante medios telemáticos, al igual que lo hacen ya todas las empresas, sociedades o autónomos. De este modo, si por ejemplo la Agencia Tributaria desea enviar una notificación a la comunidad de vecinos, ésta deberá disponer de los medios necesarios para recibirla de forma electrónica, ya que de lo contrario podría ser sancionada con multas de 250 euros.

Esta medida sigue la línea de las iniciadas desde hace algunos años para suprimir el uso del papel y el correo postal tradicional, con el importante ahorro para las Administraciones que esto conlleva, además de agilizar los trámites y lograr una comunicación más fluida y eficiente.

Así pues, las comunidades de propietarios deberán contar con un Certificado Digital vinculado a una dirección de correo electrónico. Pero, ¿cómo hay que hacerlo?

En primer lugar hay que decidir, en Junta de Propietarios, quién va a ser la persona que se encargue de realizar las gestiones y representar a la comunidad a este efecto. Es aquí cuando nos encontramos con la primera complicación, ya que si se faculta a la presidencia y ésta cambia anualmente de propietario, conllevaría la necesidad de volver a realizar todos los trámites cada año. También habrá que tener en cuenta la habilidad o el grado de conocimiento de las nuevas tecnologías que pueda tener la persona nombrada, pudiendo darse el caso de que el presidente no sea muy ducho en estas cuestiones. Por lo que, si se cuenta con un Administrador profesional, lo más ventajoso para la comunidad será encargarle a él esta tarea.

¿Cómo conseguir el Certificado Digital?

  1. La persona encargada deberá acceder a la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Hay que solicitar el certificado para representantes de entidades sin personalidad jurídica rellenando el formulario con el CIF de la comunidad y un correo electrónico al que la FNMT enviará un email con un código (hemos dejado el enlace al final del post). El problema en este punto es que esta web únicamente funciona con los navegadores Internet Explorer y Mozilla Firefox. Desista de intentarlo con otros navegadores como Google Chrome.
  2. Después, el representante de la comunidad deberá solicitar cita en la Agencia Tributaria y personarse en su momento con fotocopia de su DNI, del CIF de la comunidad, Acta de la Junta de nombramiento, Acta de la Junta donde es elegido para realizar éste trámite y el código que recibió de la FNMT por email.
  3. Tras realizar la gestión en la Agencia Tributaria, recibirá un nuevo email con la confirmación de activación del Certificado Digital y unas instrucciones muy sencillas para descargarlo en el ordenador desde el enlace indicado. Recuerde que sólo puede utilizar Internet Explorer y Mozilla Firefox.

A partir de este momento, recibirá un aviso en su correo electrónico cada vez que tenga una notificación de las Administraciones Públicas. Además, contará con la herramienta necesaria para poder realizar muchas de las gestiones que precisa su comunidad.

Enlace directo para solicitar el código de activación:

https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/entidad-sin-personalidad-juridica/solicitar-certificado.