Contra los incendios, prevenir o lamentar

Uno de los mayores peligros que existen en cuanto a los daños que puede causar, tanto a nivel material como humano, es el fuego. No hay más que ver las noticias y comprobar la devastación que provoca a su paso, ya sea en el campo o en las viviendas. Las comunidades de vecinos no están exentas de sufrir este daño y por eso existen normas y reglamentos que controlan los sistemas de prevención contra incendios.

prevencionEn un edificio, el fuego puede tener su origen dentro de una vivienda o en las zonas comunes, pero por su propia naturaleza puede expandirse rápidamente por todo el inmueble. Por eso, hemos de tomar al pie de la letra el dicho popular “más vale prevenir que curar”.

La normativa vigente exige que los inmuebles cuenten con instalaciones de protección contra incendios, pero esta obligatoriedad es relativamente reciente (desde 2006) y no posee carácter retroactivo (Código Técnico de la Edificación.- Real Decreto 314/2006 de 17 de Marzo). Así pues, los edificios construidos a partir del 2006 deben dotarse obligatoriamente con medidas de seguridad contra incendios.

¿Y los edificios construidos con anterioridad a 2006?

Aunque la Ley actual no les obligue a instalar sistemas de protección contra incendios, es evidente y más que lógico que aun así deberían contar con ellos, puesto que el riesgo de sufrir un incendio es el mismo, mayor incluso si tenemos en cuenta el deterioro de ciertos elementos.

Como mínimo, todo edificio debería contar con extintores en las escaleras y alumbrado de emergencia en las vías de evacuación.

El mantenimiento de los sistemas contra incendios

El mantenimiento de estos elementos viene regulado por el Real Decreto 560/2010 de 7 de Mayo.

EXTINTORES

Los extintores tienen una vida útil de 20 años, siempre y cuando no se desechen antes por alguna anomalía insubsanable detectada en las revisiones periódicas que se tienen que llevar a cabo. Estas revisiones son:

Cada 3 meses se debe comprobar la accesibilidad, el buen estado de conservación aparente, seguros, precintos, mangueras, el estado de la carga, peso y presión. Esta tarea puede hacerla cualquier propietario o la persona encargada de su mantenimiento.

Una vez cada año se comprobará el peso y la presión, inspeccionando el estado de la manguera, boquilla, válvulas y partes mecánicas. En esta revisión anual, que será realizada por la empresa contratada, no será necesaria la apertura de los extintores portátiles de polvo con presión permanente, salvo que las comprobaciones anteriores se hayan detectado anomalías que lo justifiquen.

Una vez cada 5 años la empresa mantenedora llevará a cabo un retimbrado del extintor, que es una prueba hidráulica para comprobar su buen funcionamiento.

SISTEMAS AUTOMÁTICOS DE DETECCIÓN Y ALARMAS DE INCENDIOS

Estos sistemas detectan los inicios del fuego a través de detectores de calor o acumulaciones de monóxido y cuentan con sistemas de alarmas que alertarán a los vecinos. Es especialmente aconsejable que estos sistemas se instalen en los garajes comunitarios. Las revisiones son:

Cada 3 meses se comprobará el funcionamiento del sistema.

Cada año se verificará la integridad de la instalación por la empresa mantenedora.

BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS (BIE)

Una boca de incendio es una toma de agua diseñada para proporcionar un caudal considerable en caso de incendio. El agua puede obtenerla de la red urbana de abastecimiento o de un depósito. Su revisión será:

Cada 3 meses se comprobará la accesibilidad y señalización de los equipos.

Cada año se debe desmontar la manguera y realizar un  para comprobar su correcto funcionamiento. Esta revisión la realizará la empresa mantenedora.

Cada 5 años la empresa mantenedora someterá las BIE a una prueba de presión.

También podemos encontrar, aunque son menos habituales, Hidratantes, Columnas secas, Sistemas manuales de alarma, etc. Todos ellos otorgan protección y seguridad ya que pueden evitar situaciones peligrosas y daños considerables.