La morosidad sigue siendo uno de los temas que más preocupa dentro de las comunidades de vecinos y, por eso, vamos a explicar paso a paso cómo debe realizarse el proceso de reclamación hasta llegar a la vía judicial.
Paso 1.- Convocar la Junta de Propietarios
La convocatoria debe hacerse según lo establecido por la Ley y habrá de incluirse un par de puntos en el orden del día:
- Listado de morosos, cuantía, conceptos y fechas.
- Autorización para reclamar judicialmente los créditos contra los morosos.
Paso 2.- Aprobación y redacción del Acta
Ambos puntos del orden del día deberán ser aprobados por los vecinos y su redacción quedará de la siguiente manera:
- Listado de morosos, cuantía, conceptos y fechas.
Figura como moroso de la comunidad D. ___________________, propietario del piso _________. Su deuda asciende a _____________ euros. A continuación se desglosan los conceptos y fechas de la deuda:
Cuotas ordinarias mensuales de 201_ por un importe de ________ euros cada una. Total: ___.
Se aprueba por unanimidad liquidar la deuda que este propietario mantiene con la comunidad.
- Autorización para reclamar judicialmente los créditos contra los morosos.
Se autoriza al Administrador o al Presidente de la comunidad para liquidar la deuda y reclamar judicialmente los créditos contra los vecinos morosos y en caso de ser necesario a elegir abogado y procurador. Se aprueba por unanimidad de los presentes.
Paso 3.- Notificación
Una vez redactada el Acta y firmada por el presidente, hay que enviársela por Burofax al propietario moroso para que quede constancia de que se le ha notificado.
Paso 4.- Contestación de la notificación
Una vez recibido el acuse de recibo del Burofax en el que se indique si ha sido recibido o no, considerándose en ambos casos legalmente notificado y siempre que no se haya realizado el pago requerido, es momento de preparar el recurso monitorio para el que necesitaremos reunir la siguiente documentación:
- Copia del Acta de nombramiento de la persona a la que se haya autorizado a proceder con la reclamación (Administrador o Presidente).
- Certificado de deuda emitido por el Administrador/Secretario y con el Vº Bº del Presidente.
- Copia del Acta en el que se acuerda la liquidación de la deuda.
- Copia del acuse de recibo del Burofax.
- Factura de los gastos que se puedan haber generado por la reclamación.
Paso 5.- Presentación del recurso
Toda la documentación anterior debe escanearse ya que, actualmente, los procesos monitorios se presentan por vía telemática, con lo que la comunidad debe contar con el Certificado Digital obligatorio, acceder al portal de la Sede Judicial Electrónica, rellenar el formulario y adjuntar la documentación.
Excelente aporte. Muchas gracias por la informacion.
Nuestra comunidad quiere incluir sus morosos en un listado externo que pueda ser consultado por terceros. Donde debemos inscribir os y cuanto cuesta.
Hola Alfredo,
Creo que eso no se puede hacer. Suerte en el intento.
Un saludo.
¿Que pasa si me niego a pagar un recibo, por cobrarme unos intereses por culpa de la comunidad al enviar tarde el recibo?
Un saludo.
Hola Juan,
La comunidad no tiene autoridad para sumar intereses a los impagos de las cuotas. Paga las cuotas atrasadas en su cuantía inicial.
Un saludo.
Me envían 2 recibos de golpe por haberse demorado en enviarlos con fecha, les devuelvo uno y me lo envían con cargo , les comunico que pienso pagar el recibo pero ningún cargo.No quieren cobrarlo sino pago el recargo y no paran de llamarme. Comunicándoles desde el primer momento que el recibo se lo pago inmediatamente.
¿Que puede pasar?
Hola Juan,
Pues que te cobren el recibo y el recargo o aparezcas como moroso. Es que no hay más vuelta de hoja. El error de pasar dos recibos seguidos por retraso no te autoriza a devolverlo sin preguntar. Eso conlleva un gasto que tú has provocado y que la comunidad no tiene que asumir.
Un saludo.