Acciones contra la morosidad

Volvemos a incidir en la morosidad en las comunidades de vecinos dada la avalancha de preguntas que nos plantean diariamente sobre este asunto. Es importante señalar que el pago de las cuotas correspondientes a la comunidad de propietarios son obligatorias y se contemplan en la Ley de Propiedad Horizontal. Así pues, esperamos ofrecer un poco más de luz y aclarar las posibles dudas que puedan surgir.

ImpagoLa deuda de un vecino la pagan los demás

El impago de las cuotas por parte de un propietario crea un desajuste dentro del equilibrio entre ingresos y gastos de una comunidad. Como consecuencia, el resto de propietarios deberán asumir un incremento de sus cuotas para cubrir dicho impago, siempre que quieran mantener el mismo nivel de servicios en su comunidad (agua, luz, limpieza, etc.).

Motivos para la morosidad

Podemos hablar de cuatro motivos que pueden causar el impago de las cuotas por parte de un vecino:

- Puntuales: son las devoluciones provocadas por falta de saldo en la cuenta, errores de domiciliación, etc.

- Disconformidad: cuando el propietario no está de acuerdo con alguno de los puntos aprobados por la comunidad.

- Imposibilidad puntual de pago: se producen cuando un propietario no tiene condiciones económicas para abonar los recibos.

- Crónicos: el propietario no quiere pagar y prolonga su deuda en el tiempo. Muy común en procedimientos de divorcio o cuando un inversor espera hasta vender el inmueble para pagar las cuotas.

La vía amistosa

Antes de iniciar cualquier proceso judicial, el primer paso debe ser la vía amistosa, hablando con el vecino moroso e interesándose por los motivos que le han llevado a esa situación. Además, es recomendable enviarle una carta certificada para que quede constancia de la reclamación.

El procedimiento monitorio

Cuando fracasa la vía amistosa es hora de iniciar el procedimiento monitorio, que consiste en el apercibimiento al vecino por vía judicial. Recuerde que este proceso no precisa de abogado ni procurador.

Lo que sí es necesario es el acuerdo de la comunidad, por lo que debe ser aprobado en la Junta de Propietarios, ya que de lo contrario el vecino en cuestión puede alegar indefensión. En esta Junta se debe reconocer el total de la deuda, expedir un certificado de la misma y adoptar un acuerdo para su liquidación según se contempla en la Ley de Propiedad Horizontal. Todo esto ha de ser debidamente notificado al propietario moroso.

La reclamación del juez

El juez requerirá que en el plazo de 20 días el propietario ofrezca una contestación, pudiéndose dar dos situaciones:

- Que el propietario satisfaga la deuda.

- Que el propietario no esté conforme y se oponga a pagar.

En el segundo caso, la comunidad de propietarios puede continuar su reclamación interponiendo un proceso ordinario por razón de la cuantía.

El proceso ordinario

Para este proceso es necesario que los propietarios presenten la documentación que demuestre que dicho vecino mantiene una posición deudora con la comunidad. Como ya hemos indicado, se debe dar fe de ello por medio de un certificado que acredite la deuda y el acuerdo para su liquidación aprobado en Junta General, además de las notificaciones o apercibimientos que hasta la fecha se hayan hecho.

Recuerde que para aprobar estos asuntos en la junta de propietarios basta con el voto de una mayoría simple y que los vecinos moroso carecen de derecho a voto.

La condena

Si las pruebas aportadas son suficientes y decisivas, el juez condenará y reclamará al vecino moroso el pago de la deuda, pudiendo incluso llegar a embargar sus cuentas y bienes.

Además, podrán ser reclamados, por parte de los propietarios, los costes del proceso, según se establece en la Ley de Propiedad Horizontal.

Plazo para la resolución

El plazo general para la resolución de este tipo de procesos es de entre dos y seis meses.

Cuando el moroso es un banco o una inmobiliaria

En estos casos, el procedimiento a seguir no varía. Se deben seguir los mismos pasos.

Que ocurre en caso de venta del “inmueble moroso”

Si la vivienda del vecino moroso es vendida, el nuevo propietario deberá hacerse cargo de todas las deudas que no hayan sido liquidadas por el anterior dueño. Por esta razón, se recomienda que antes de realizar una compra, se consulte la situación del propietario con respecto a la comunidad.

Recuerde que contar con un servicio de administración como Comunadis, SL les permite reducir y controlar la morosidad en su comunidad